{"id":58267,"date":"2024-05-01T09:30:08","date_gmt":"2024-05-01T14:30:08","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/?p=58267"},"modified":"2024-05-01T09:30:13","modified_gmt":"2024-05-01T14:30:13","slug":"decreto-459-de-2024","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2024\/05\/01\/decreto-459-de-2024\/","title":{"rendered":"DECRETO 459 DE 2024"},"content":{"rendered":"\n<p><strong>DECRETO 459 DE 2024<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>(Abril 10)<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Por medio del cual se reglamenta la participaci\u00f3n de las familias en los procesos educativos de los establecimientos educativos oficiales y no oficiales, de educaci\u00f3n preescolar, b\u00e1sica y media para promover el desarrollo integral de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>EL PRESIDENTE DE LA REP\u00daBLICA DE COLOMBIA,<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>en uso de sus facultades constitucionales y legales , y en particular, las previstas en el numeral 11 del art\u00edculo&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/norma.php?i=4125#189\">189&nbsp;<\/a>de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, los art\u00edculos&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/norma.php?i=292#4\">4\u00ba&nbsp;<\/a>,&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/norma.php?i=292#6\">6\u00ba<\/a>&nbsp;y&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/norma.php?i=292#7\">7\u00b0<\/a>&nbsp;de la Ley 115 de 1994 y el art\u00edculo&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/norma.php?i=136893#7\">7<\/a>\u00b0 de la Ley 2025 de 2020 , y<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>CONSIDERANDO<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Que de acuerdo con el art\u00edculo 5 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica,&nbsp;<em>&#8220;El Estado reconoce, sin discriminaci\u00f3n alguna, la primac\u00eda de los derechos inalienables de la persona y ampara a la familia como instituci\u00f3n b\u00e1sica de la sociedad&#8221;.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Que el art\u00edculo 44 ib\u00eddem consagra que&nbsp;<em>&#8220;(&#8230;) La familia, la sociedad y el Estado tienen la obligaci\u00f3n de asistir y proteger al ni\u00f1o para garantizar su desarrollo arm\u00f3nico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos. (&#8230;)&#8221;<\/em>&nbsp;. En ese sentido, los art\u00edculos 67 y 68 de la carta constitucional, estipulan que&nbsp;<em>&#8220;(&#8230;) El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educaci\u00f3n (&#8230;)&#8221;<\/em>&nbsp;y que&nbsp;<em>&#8220;(&#8230;) La comunidad educativa participar\u00e1 en la direcci\u00f3n de las instituciones de educaci\u00f3n. (&#8230;)&#8221;;<\/em>&nbsp;respectivamente.<\/p>\n\n\n\n<p>Que la Ley&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/norma.php?i=292#0115\">115&nbsp;<\/a>de 1994&nbsp;<em>&#8220;Por la cual se expide la ley general de educaci\u00f3n &#8220;,&nbsp;<\/em>en su art\u00edculo&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/norma.php?i=292#4\">4\u00ba&nbsp;<\/a>establece que&nbsp;<em>&#8220;Corresponde al Estado, a la sociedad y a la familia velar por la calidad de la educaci\u00f3n y promover el acceso al servicio p\u00fablico educativo (&#8230;)&#8221;<\/em>. En armon\u00eda con lo citado, los art\u00edculos&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/norma.php?i=292#6\">6\u00ba&nbsp;<\/a>y&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/norma.php?i=292#7\">7\u00b0&nbsp;<\/a>de esta misma Ley, reconocen a la familia como parte de la comunidad educativa , por lo cual, en el marco de sus competencias , participa en el dise\u00f1o, ejecuci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del Proyecto Educativo Institucional &#8211; PEI, as\u00ed como en la buena marcha del respectivo establecimiento educativo. Lo anterior, conlleva a que, a la familia, como primer responsable de la educaci\u00f3n de los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes, se le impongan unos deberes, tales como: (i) Participar en las asociaciones de padres de familia; (ii) Buscar y recibir orientaci\u00f3n sobre la educaci\u00f3n de los hijos y (iii) Participar en el Consejo Directivo, asociaciones o comit\u00e9s, para velar por la adecuada prestaci\u00f3n del servicio educativo, entre otros.<\/p>\n\n\n\n<p>Que en la Ley&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/norma.php?i=22106#1098\">1098&nbsp;<\/a>de 2006 &#8220;Por la cual se expide el C\u00f3digo de la Infancia y la Adolescencia &#8220;, art\u00edculo&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/norma.php?i=22106#10\">10\u00ba<\/a>, se se\u00f1ala que la familia, la sociedad y el Estado son corresponsables de la atenci\u00f3n, cuidado y protecci\u00f3n de los ni\u00f1os, las ni\u00f1as y los adolescentes. De tal forma, el art\u00edculo&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/norma.php?i=22106#14\">14&nbsp;<\/a>ib\u00eddem, define la responsabilidad parental como&nbsp;<em>&#8220;(&#8230;) un complemento de la patria potestad establecida en la legislaci\u00f3n civil. Es adem\u00e1s, la obligaci\u00f3n inherente a la orientaci\u00f3n, cuidado, acompa\u00f1amiento y crianza de los ni\u00f1os, las ni\u00f1as y los adolescentes durante su proceso de formaci\u00f3n. Esto incluye la responsabilidad compartida y solidar\u00eda del padre y la madre de asegurarse que los ni\u00f1os, las ni\u00f1as y los adolescentes puedan lograr el m\u00e1ximo nivel de satisfacci\u00f3n de sus derechos (&#8230;)&#8221;.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Que la Pol\u00edtica Nacional de Apoyo y Fortalecimiento a las Familias de 2018, constituida en desarrollo de lo previsto en la Ley 1361 de 2009<em>&nbsp;&#8220;Por medio de la cual se crea la Ley de Protecci\u00f3n Integral a la Familia&#8221;<\/em>, comprende a la familia como sujeto colectivo de derechos. Adem\u00e1s, plantea el reconocimiento, promoci\u00f3n y fortalecimiento de las capacidades y posibilidades de agenciamiento de las familias colombianas y extranjeras en su diversidad, conformaci\u00f3n, din\u00e1micas, pluralidad, situaci\u00f3n y como fin en s\u00ed mismas; siendo asumidas como protagonistas y agentes de cambio, sistemas vivos y red de relaciones primarias que dan soporte al proceso de desarrollo de sus integrantes.<\/p>\n\n\n\n<p>Que, con el fin de contribuir al desarrollo y protecci\u00f3n integral de las ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes , la Pol\u00edtica Nacional de Infancia y Adolescencia 2018-2030 , defini\u00f3 a la familia como un sujeto colectivo de derechos y un agente pol\u00edtico al constituirse como una red de relaciones y de v\u00ednculos primarios y fundamentales del desarrollo humano, bajo un sentido plural y diverso, el cual goza de un papel protag\u00f3nico por su capacidad de agencia transformadora para la promoci\u00f3n de los proyectos de vida individual y colectiva de sus integrantes, as\u00ed como del desarrollo social y comunitario .<\/p>\n\n\n\n<p>Que, de acuerdo con el lineamiento constitucional y jur\u00eddico, en relaci\u00f3n con el papel de la familia frente a la responsabilidad de la educaci\u00f3n de los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes, la Corte Constitucional, en sentencia T-481 de 2009, indic\u00f3 que&nbsp;<em>&#8220;(&#8230;) las obligaciones que el ordenamiento jur\u00eddico colombiano impone a los padres no se limitan a la inscripci\u00f3n de los menores en el ciclo b\u00e1sico obligatorio. Los padres y acudientes tambi\u00e9n deben cumplir con las obligaciones que les impone la ley en desarrollo del Estatuto Superior, las que se derivan para ellos del Manual de Convivencia de cada establecimiento, y las que se incluyen en el contrato de matr\u00edcula para cada uno de los per\u00edodos escolares. Pero precisamente, por tratarse de la formaci\u00f3n de sus hijos o pupilos, las obligaciones de los padres y acudientes van acompa\u00f1adas de derechos, entre los cuales se encuentra, el de participar no solo limit\u00e1ndose a asistir peri\u00f3dicamente a las reuniones y eventos programados, sino tambi\u00e9n aperson\u00e1ndose de la educaci\u00f3n de sus hijos a partir de la supervisi\u00f3n y vigilancia de la prestaci\u00f3n del servicio que estos reciben&#8221;.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Que el Consejo de Estado ha manifestado que&nbsp;<em>&#8220;(&#8230;) la Corte Constitucional ha aceptado la existencia de dos tipos de familias en Colombia: i) la biol\u00f3gica y ii) la de crianza, sin embargo, lo cierto es que esa instituci\u00f3n no se desarrolla por el v\u00ednculo netamente gen\u00e9tico o reproductivo, sino que, a contrario sensu, su fundamentaci\u00f3n reside en la noci\u00f3n de &#8220;amor&#8221; y su manifestaci\u00f3n de solidaridad y afecto (philia). En otros t\u00e9rminos, seg\u00fan lo precisa la Carta Pol\u00edtica en el art\u00edculo 42, la familia se constituye por v\u00ednculos naturales o jur\u00eddicos (v.gr. el matrimonio o la uni\u00f3n marital de hecho), pero lo cierto es que su fundamentaci\u00f3n filos\u00f3fica reside en la solidaridad que se profesan&#8221; los miembros y los integrantes de ese n\u00facleo. Por lo tanto, es una estructura social que se constituye a partir de solidaridad, fraternidad, apoyo, cari\u00f1o y amor, lo que la estructuran y le brindan cohesi\u00f3n a la instituci\u00f3n. Como se aprecia, la familia es el eje central o estructural de la sociedad, la cual debe ser protegida por el Estado (&#8230;)&#8221;.<\/em>&nbsp;(Expediente 19001-23-31-000-02001-00757-01).<\/p>\n\n\n\n<p>Que, en atenci\u00f3n a los fundamentos constitucionales, el Estado Colombiano ha dise\u00f1ado pol\u00edticas con el fin de garantizar y propiciar la participaci\u00f3n de la familia en la elaboraci\u00f3n y desarrollo de estrategias de los procesos educativos de los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes, entre ellas, se resalta lo consagrado en la Ley&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/norma.php?i=52081#1618\">1618&nbsp;<\/a>de 2013 &#8220;Por medio de la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad&#8221; y en el Decreto 1421 de 2017 &#8220;Por el cual se reglamenta en el marco de la educaci\u00f3n inclusiva la atenci\u00f3n educativa a la poblaci\u00f3n con discapacidad&#8221;. Estas pol\u00edticas proponen el desarrollo de estrategias a fin de fomentar la participaci\u00f3n de la familia en el proceso educativo como en las instancias de toma de decisiones de los establecimientos educativos y, en la identificaci\u00f3n y superaci\u00f3n de barreras para el aprendizaje y la participaci\u00f3n de los estudiantes con discapacidad; en el marco de una educaci\u00f3n inclusiva que garantice el derecho a la educaci\u00f3n de las personas con discapacidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Que, en el marco de dichas pol\u00edticas de participaci\u00f3n de la familia en la educaci\u00f3n, la Ley 1804 de 2016&nbsp;<em>&#8220;Por la cual se establece la pol\u00edtica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre y se dictan otras disposiciones&#8221;<\/em>, se\u00f1al\u00f3 que se deber\u00e1 implementar sobre el principio de corresponsabilidad entre el Estado, la familia como actor central de dicho proceso y la sociedad, planes, estrategias y acciones que aseguren la atenci\u00f3n, la protecci\u00f3n y el desarrollo integral de ni\u00f1as y ni\u00f1os.<\/p>\n\n\n\n<p>Que al igual, en la Ley&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/norma.php?i=136893#2025\">2025&nbsp;<\/a>de 2020&nbsp;<em>&#8220;Por medio de la cual se establecen lineamientos para la implementaci\u00f3n de las escuelas para padres y madres de familia y cuidadores, en las instituciones de educaci\u00f3n preescolar, b\u00e1sica y media del pa\u00eds, se deroga la Ley 1404 de 2010 y se dictan otras disposiciones&#8221;<\/em>&nbsp;, se crean lineamientos para implementar escuelas para padres y madres de familia y cuidadores en las instituciones educativas p\u00fablicas y privadas del pa\u00eds, con el fin de fomentar su participaci\u00f3n en los procesos educativos de los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes. En virtud de ello, establece su obligatoriedad y su articulaci\u00f3n con el respectivo Proyecto Educativo Institucional &#8211; PEI, as\u00ed como los contenidos para tener en cuenta en su implementaci\u00f3n, las orientaciones para su dise\u00f1o y, en consecuencia, asign\u00f3 al Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional la responsabilidad de su reglamentaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Que, en el marco de la garant\u00eda del derecho a la educaci\u00f3n, la Ley&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/norma.php?i=209510#2294\">2294&nbsp;<\/a>de 2023&nbsp;<em>&#8220;Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 &#8220;Colombia Potencia Mundial de la Vida&#8221;,<\/em>&nbsp;defini\u00f3 como una de sus apuestas potenciar la capacidad de la familia como sujeto de derechos en el marco del di\u00e1logo y la participaci\u00f3n, bajo el concepto de comunidades protectoras integrales. Esto, con el prop\u00f3sito de que las ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes gocen de entornos seguros y protectores, en donde prime el cuidado, el amor y el respeto; incidiendo en el bienestar socioemocional, los h\u00e1bitos para el buen vivir, la protecci\u00f3n de las trayectorias educativas y la convivencia escolar.<\/p>\n\n\n\n<p>Que, bajo los par\u00e1metros normativos descritos y para alcanzar los fines del sistema educativo, se debe vincular a la familia como primera responsable de la educaci\u00f3n en el proceso de formaci\u00f3n integral de las ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes; as\u00ed como formular orientaciones sobre su participaci\u00f3n a trav\u00e9s de una alianza entre la familia, la escuela y la comunidad, a fin de fortalecer sus capacidades de protecci\u00f3n, cuidado, participaci\u00f3n, inclusi\u00f3n e incidencia en la garant\u00eda de los derechos de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes.<\/p>\n\n\n\n<p>Que con el objetivo de compilar y racionalizar las normas de car\u00e1cter reglamentario que rigen al sector educativo y contar con un instrumento jur\u00eddico \u00fanico, el Gobierno nacional expidi\u00f3 el Decreto&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/norma.php?i=77913#1075\">1075&nbsp;<\/a>de 2015 &#8220;<em>Por medio del cual se expide el Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Educaci\u00f3n&#8221;.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Que, en virtud de todo lo anterior, y con el prop\u00f3sito de desarrollar la relaci\u00f3n entre las familias y los establecimientos educativos oficiales y no oficiales (Alianza Familias\u00ad Escuela), en sinton\u00eda con la Pol\u00edtica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia &#8220;De Cero a Siempre&#8221; , la Pol\u00edtica Nacional de Infancia y Adolescencia y la Pol\u00edtica de Apoyo y Fortalecimiento a las Familias, se hace necesario adicionar un Cap\u00edtulo al T\u00edtulo 4, Parte 3 del Libro 2 del Decreto 1075 de 2015 &#8211; \u00danico Reglamentario del Sector Educaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Que de conformidad con lo establecido en el numeral 9 del art\u00edculo 3\u00ba y el numeral 8 del art\u00edculo 8\u00ba de la Ley 1437 de 2011 &#8220;Por la cual se expide el C\u00f3digo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo&#8221; y el art\u00edculo&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/norma.php?i=73593#2.1.2.1.14\">2.1.2.1.14&nbsp;<\/a>del Decreto 1081 de 2015 &#8220;Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario \u00danico del Sector Presidencia de la Rep\u00fablica&#8221;, el proyecto de decreto fue publicado y socializado entre el 24 de noviembre y el 9 de diciembre de 2023 y entre el 6 y el 11 de marzo de 2024, para observaciones de la ciudadan\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p>En m\u00e9rito de lo expuesto,<\/p>\n\n\n\n<p><strong>DECRETA<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO&nbsp;<a><\/a>1\u00b0. Adici\u00f3n del&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/norma.php?i=77913#2.3.4.1.1.1\">Cap\u00edtulo 1<\/a>&nbsp;al T\u00edtulo 4, Parte 3 del Libro 2 del Decreto 1075 de 2015.<\/strong>&nbsp;Adici\u00f3nese el Cap\u00edtulo 1 al T\u00edtulo 4, Parte 3 del Libro 2 del Decreto 1075 de 2015 &#8211; \u00danico Reglamentario del Sector Educaci\u00f3n, el cual quedar\u00e1 as\u00ed:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>CAP\u00cdTULO 1<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>RELACI\u00d3N ENTRE LAS FAMILIAS Y LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS OFICIALES Y NO OFICIALES<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>SECCI\u00d3N 1<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>ALIANZA FAMILIAS-ESCUELA POR EL DESARROLLO Y LA FORMACI\u00d3N INTEGRAL DE NI\u00d1AS, NI\u00d1OS Y ADOLESCENTES<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 2.3.4.1.1.1. Alianza Familias-Escuela por el desarrollo y la formaci\u00f3n integral de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes.<\/strong>&nbsp;La Alianza Familias-Escuela es el proceso a trav\u00e9s del cual las familias y la escuela definen conjuntamente prop\u00f3sitos, estrategias, herramientas de colaboraci\u00f3n, solidaridad y apoyo mutuo, en procura de fortalecer condiciones sociales, materiales, pedag\u00f3gicas y humanas para promover el desarrollo integral y el aprendizaje de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes, desde la educaci\u00f3n inicial hasta la educaci\u00f3n media; posibilitando el intercambio y la construcci\u00f3n de saberes y experiencias sobre las pr\u00e1cticas de cuidado, crianza, identificaci\u00f3n de capacidades y movilizando las estrategias como herramientas que se requieran en el entorno comunitario e institucional de cada territorio.<\/p>\n\n\n\n<p>La Alianza Familias-Escuela promover\u00e1 la reflexi\u00f3n y transformaci\u00f3n de las pautas que se orienten al desarrollo, el reconocimiento y defensa de los derechos humanos de las ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes, avanzando en todo caso en un proceso de reafirmaci\u00f3n o ampliaci\u00f3n de los derechos humanos, bajo los par\u00e1metros que determinen los organismos de promoci\u00f3n y protecci\u00f3n de estos, as\u00ed como de la evidencia cient\u00edfica.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>PAR\u00c1GRAFO 1\u00ba.<\/strong>&nbsp;En lo relacionado con las comunidades y pueblos \u00e9tnicos, es necesario que se garantice su participaci\u00f3n en el marco de sus procesos culturales, comunitarios y organizativos, para que ellos mismos dise\u00f1en y articulen lo concerniente a las estrategias de la participaci\u00f3n de las familias y su rol en la educaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>PAR\u00c1GRAFO 2\u00ba.<\/strong>&nbsp;Dentro de las herramientas a trav\u00e9s de las cuales se desarrolla e implementa la Alianza Familias-Escuela, est\u00e1 la Escuela para padres y madres de familia y cuidadores; por consiguiente, los lineamientos y las competencias para la implementaci\u00f3n de la Alianza Familias-Escuela hace parte de su reglamentaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>PAR\u00c1GRAFO 3\u00ba.<\/strong>&nbsp;Los prestadores del servicio educativo que no se constituyen como establecimientos educativos oficiales y no oficiales, podr\u00e1n utilizar las orientaciones de la Alianza Familias-Escuela dispuestas en el presente decreto como un referente u orientaci\u00f3n si lo consideran pertinente, en el marco de sus estructuras propias, organizaci\u00f3n y operatividad.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 2.3.4.1.1.2. Finalidad.<\/strong>&nbsp;La Alianza Familias-Escuela busca fortalecer la relaci\u00f3n entre las familias y los establecimientos educativos a partir de un trabajo articulado que sit\u00faa a ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes en el centro de su acci\u00f3n, con el prop\u00f3sito fundamental de promover su desarrollo y formaci\u00f3n integral y aprendizajes, as\u00ed como favorecer el ejercicio de sus derechos y libertades a lo largo de sus trayectorias educativas. A su vez, la Alianza pretende fortalecer las capacidades de cuidado, crianza y protecci\u00f3n de las familias y asegurar su participaci\u00f3n en los procesos educativos, en el marco del principio de corresponsabilidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Este fortalecimiento y mejora de condiciones de las familias debe partir de reconocer su situaci\u00f3n y contexto como apoyo a su desarrollo y transformaci\u00f3n de saberes y pr\u00e1cticas de cuidado, fortalecimiento de v\u00ednculos y capacidad de agencia.<\/p>\n\n\n\n<p>Las familias son el primer contexto de socializaci\u00f3n de los individuos que generan procesos identitarios de orden individual y colectivo que crean capital humano y tejido social, cumplen un papel importante para impulsar y sostener el desarrollo de las decisiones que toman los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes y por ello, como aliadas de las instituciones educativas es posible unir esfuerzos y actuar de manera conjunta, con metas comunes en el desarrollo integral.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 2.3.4.1.1.3. Objetivos.<\/strong>&nbsp;La Alianza Familias-Escuela se enmarca en el reconocimiento de las familias diversas y plurales, con potencialidades y posibilidades de transformaci\u00f3n en permanente relaci\u00f3n con las escuelas que se disponen para el trabajo y la construcci\u00f3n colectiva con y para las ni\u00f1as, ni\u00f1os, adolescentes y sus familias, en el marco de su prop\u00f3sito formativo. Esta Alianza se orienta por los siguientes objetivos:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>a)<\/strong>&nbsp;Promover las condiciones sociales y humanas necesarias en las familias y en la escuela para el desarrollo y la formaci\u00f3n integral de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes a lo largo de las trayectorias educativas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>b)<\/strong>&nbsp;Crear procesos colectivos entre las familias, las comunidades, ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes, con la escuela, para: (i) el reconocimiento y comprensi\u00f3n de realidades, (ii) la identificaci\u00f3n de asuntos de inter\u00e9s com\u00fan, (iii) la definici\u00f3n de canales de comunicaci\u00f3n fluidos y flexibles, (iv) la toma de decisiones y para (vi) la movilizaci\u00f3n de herramientas y mecanismos para la implementaci\u00f3n de las iniciativas de las familias, las comunidades y la escuela orientados al logro de los objetivos acordados,<\/p>\n\n\n\n<p><strong>c)<\/strong>&nbsp;Desarrollar capacidades en las familias para el cuidado, crianza y protecci\u00f3n de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes que reconozcan, valoren, protejan y fortalezcan su diversidad, as\u00ed como sus caracter\u00edsticas culturales y \u00e9tnicas; adem\u00e1s, de dinamizar acciones incluyentes de orden intergeneracional El desarrollo de capacidades debe permitir la denuncia de situaciones frente a la vulneraci\u00f3n de derechos humanos de sus familias.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>d)<\/strong>&nbsp;Implementar, en las escuelas y comunidades, estrategias de cuidado y protecci\u00f3n que reconozcan las caracter\u00edsticas poblacionales y territoriales, en las cuales se desarrollen las ni\u00f1as, los ni\u00f1os y adolescentes, libres de violencia y tratos crueles, humillantes y degradantes.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>e)<\/strong>&nbsp;Facilitar el intercambio de informaci\u00f3n entre las familias y el establecimiento educativo, que contribuya a la identificaci\u00f3n y superaci\u00f3n de barreras para el aprendizaje y la participaci\u00f3n de los estudiantes con discapacidad o capacidades excepcionales.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 2.3.4.1.1.4. Principios<\/strong>. La Alianza Familias-Escuela se basar\u00e1 en los siguientes principios:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>a) Paridad:<\/strong>&nbsp;Reconoce que las familias son sujetos colectivos de derecho con capacidades de interpelaci\u00f3n y reflexi\u00f3n de la realidad, de di\u00e1logo, construcci\u00f3n, gesti\u00f3n y toma de decisiones. Por lo tanto, son actores importantes e indispensables en los procesos de formaci\u00f3n y aprendizaje de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>b) Diversidad:<\/strong>&nbsp;Reconoce a las familias con sus caracter\u00edsticas, sus saberes, din\u00e1micas, diversidades, potencialidades y expectativas desde una relaci\u00f3n horizontal entre la familia y la escuela, con el fin de favorecer el desarrollo, la protecci\u00f3n y la atenci\u00f3n integral de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>c) Accesibilidad:<\/strong>&nbsp;Comprende la posibilidad de realizar las actividades en horarios, d\u00edas y con metodolog\u00edas flexibles que faciliten la participaci\u00f3n de las familias, considerando diferentes medios y recursos que se adapten a sus caracter\u00edsticas y condiciones, e incluyendo el uso de las Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones &#8211; TIC.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>d) Corresponsabilidad:<\/strong>&nbsp;Entendida como la concurrencia de actores y acciones conducentes a garantizar el ejercicio de los derechos de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes. La familia, la sociedad y el Estado son corresponsables en su atenci\u00f3n, cuidado y protecci\u00f3n y, en consecuencia, la Alianza Familias-Escuela fortalecer\u00e1 las capacidades de las familias para este ejercicio, por lo que la escuela se har\u00e1 m\u00e1s equitativa y pertinente y responder\u00e1 con la misi\u00f3n de familias que conocen y valoran.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>e) Participaci\u00f3n:<\/strong>&nbsp;Este principio es el eje articulador de la Alianza Familias-Escuela y de las escuelas para madres, padres y cuidadores, que parte de la comunicaci\u00f3n y de la importancia del trabajo colaborativo, para la convivencia, la construcci\u00f3n de la paz y el desarrollo humano. Los derechos a la educaci\u00f3n y la participaci\u00f3n posibilitan el ejercicio de otros derechos.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 2.3.4.1.1.5. Definiciones.<\/strong>&nbsp;Los procesos de interacci\u00f3n entre las familias y las instituciones educativas, a trav\u00e9s de la Alianza Familias-Escuela, se conciben desde las siguientes definiciones:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>1) Comunidad educativa:<\/strong>&nbsp;Es la integraci\u00f3n de los actores convocados alrededor del entorno escolar que construyen de manera colaborativa un proyecto educativo para la promoci\u00f3n del desarrollo de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes , La comunidad educativa est\u00e1 conformada por estudiantes, docentes, directivos docentes, administrativos, padres y madres de familia, tutores, cuidadores, acudientes legalmente autorizados o quienes ejercen la patria potestad de los estudiantes, egresados, administradores escolares, psic\u00f3logos y\/o profesionales especializados, en los casos que aplique,<\/p>\n\n\n\n<p><strong>2) Familias:<\/strong>&nbsp;Con fundamento en los desarrollos jurisprudenciales del Consejo de Estado y t\u00e9cnicos, las familias se conciben como sujetos colectivos de derechos que son reconocidos en su diversidad como una estructura social y agentes de transformaci\u00f3n social, que se constituyen a partir de un proceso que genera v\u00ednculos de consanguinidad o afinidad entre sus miembros, que supone manifestaciones de solidaridad, fraternidad, apoyo, cari\u00f1o y amor.<\/p>\n\n\n\n<p>Tienen capacidad para potenciar, tanto el desarrollo de cada uno de sus miembros a lo largo de su curso vital, como del colectivo social. Son responsables por el desarrollo integral de sus miembros en los diferentes entornos en los que transitan y, por tanto, son actores centrales en la promoci\u00f3n de la convivencia social, el cuidado, la autonom\u00eda, la construcci\u00f3n del proyecto de vida y la participaci\u00f3n democr\u00e1tica y en los procesos de acceso, permanencia y calidad de la educaci\u00f3n y la paz.<\/p>\n\n\n\n<p>En los pueblos y las comunidades \u00e9tnicas la concepci\u00f3n de familia abarca la comunidad que se concibe como familia extensa; por lo tanto, la Alianza Familias\u00ad Escuela debe privilegiar su participaci\u00f3n, en cooperaci\u00f3n con las autoridades de los pueblos \u00e9tnicos e instituciones etnoeducativas, para que sus saberes y pr\u00e1cticas se fortalezcan y vivencien desde el reconocimiento de su importante rol en el crecer bien y en la promoci\u00f3n y fortalecimiento de sus planes de vida y del desarrollo y aprendizaje de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes, desde la gestaci\u00f3n. Las estrategias de la Alianza se har\u00e1n acorde con sus sistemas de valores y costumbres.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>3) Padre, madre, cuidador, acudiente o tutor:<\/strong>&nbsp;Adulto que se identifica formalmente al momento de la firma de la matr\u00edcula o durante el a\u00f1o escolar cuando ocurra una novedad, como el representante de las ni\u00f1as, ni\u00f1os o adolescentes ante el establecimiento educativo, por cuanto ejerce la custodia, responsabilidad, protecci\u00f3n, cuidado y crianza y es corresponsable en garantizar el ejercicio de los derechos de la ni\u00f1a, el ni\u00f1o o el adolescente que representa, y con quien el establecimiento educativo interact\u00faa en todo momento en el marco de la Alianza .<\/p>\n\n\n\n<p><strong>4) Comunidad:<\/strong>&nbsp;Colectivo de personas que comparten un territorio, creencias, valores, costumbres, identidad e intereses, en el marco del relacionamiento entre quienes conforman, aportan y apoyan el proceso educativo de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>5) Compromiso de participaci\u00f3n:<\/strong>&nbsp;Es la manifestaci\u00f3n expresa y firmada por el padre, madre, acudiente, cuidador, tutor o representante legal del estudiante, al inicio del a\u00f1o escolar, de su deber de participar activamente en las diferentes convocatorias que se desarrollen en el marco de la Alianza Familias-Escuela.<\/p>\n\n\n\n<p>En todo caso debe entenderse que dicho compromiso de participaci\u00f3n se encuentra en el marco de los deberes que adquiere la familia y de los compromisos adicionales. Ahora bien, como consecuencia de la inasistencia sin justa causa a las escuelas para padres, madres y cuidadores, \u00e9stos podr\u00e1n ser acreedores de alguna de las sanciones pedag\u00f3gicas no pecuniarias, en los t\u00e9rminos previstos en la Ley&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/norma.php?i=136893#2025\">2025<\/a>&nbsp;de 2020.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 2.3.4.1.1.6. Herramientas para la implementaci\u00f3n de la Alianza Familias\u00ad Escuela.<\/strong>&nbsp;Las herramientas a trav\u00e9s de las cuales se desarrolla e implementa la Alianza Familias-Escuela, son las siguientes:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>a) Ruta metodol\u00f3gica:<\/strong>&nbsp;Para que la Alianza Familias-Escuela se incorpore como un proceso propio del establecimiento educativo, deber\u00e1n desarrollarse diferentes momentos durante el a\u00f1o escolar que permitan: (i) Caracterizar las familias para conocer sus condiciones, intereses, necesidades e intercambiar saberes, expectativas y comprensiones alrededor de las realidades de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes, sus familias y comunidades y la escuela; (ii) Priorizar necesidades e intereses para promover las acciones que se van a adelantar en el a\u00f1o; (iii) Acordar en un plan de acci\u00f3n conjunto, las estrategias de trabajo, la identificaci\u00f3n de posibles aliados en el territorio e implementar las que se consideren convenientes y; (iv) Evaluar al final del per\u00edodo sus resultados e impactos que son insumo para la planeaci\u00f3n del a\u00f1o siguiente.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>b) Instrumentos de caracterizaci\u00f3n para familias y sus contextos:<\/strong>&nbsp;Se Incluyen las diferentes herramientas de recolecci\u00f3n y an\u00e1lisis de informaci\u00f3n sobre las caracter\u00edsticas de las familias, de sus contextos y sus capacidades parentales que incorporan, entre otros instrumentos, entrevistas familiares, grupos focales, cartograf\u00edas sociales, encuentros grupales y comunitarios de discusi\u00f3n y recorridos por el territorio. Estos instrumentos pueden ser dise\u00f1ados por los establecimientos educativos, las secretar\u00edas de educaci\u00f3n y por el Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional, y servir\u00e1n como base para realizar una lectura del contexto, identificar prioridades, definir acciones y valorar el impacto y las transformaciones logradas por la Alianza. En todo caso, los instrumentos y la recolecci\u00f3n de la informaci\u00f3n deben garantizar el derecho a la intimidad y el manejo y protecci\u00f3n de datos sensibles.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>c) Instancias formales de participaci\u00f3n de las familias en la vida escolar:<\/strong>&nbsp;Incluyen los consejos directivos, asambleas, consejos y asociaciones de padres y madres de familia, comit\u00e9 de convivencia escolar, sistema de evaluaci\u00f3n del aprendizaje y promoci\u00f3n de los estudiantes, las instancias del proceso de educaci\u00f3n inclusiva y dem\u00e1s espacios formales en que tienen asiento las familias, en los que se busca escuchar su voz, fortalecer sus capacidades y cualificar su participaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>d) Espacios propios de trabajo:<\/strong>&nbsp;Son los encuentros y las estrategias flexibles dise\u00f1adas entre las familias y la escuela para promover el desarrollo, el bienestar y el aprendizaje de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes, de acuerdo con los contextos sociales y culturales, y la caracterizaci\u00f3n diferenciada de las familias y del proyecto educativo del establecimiento educativo, as\u00ed como de los proyectos de vida individual y colectivos de las familias orientados al desarrollo integral y la transformaci\u00f3n social.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>e) Escuela para padres y madres de familia y cuidadores:<\/strong>&nbsp;Son espacios para el ejercicio del derecho a la participaci\u00f3n desarrollados por el establecimiento educativo en el marco de la Alianza Familias-Escuela, con el prop\u00f3sito de acompa\u00f1ar y apoyar a las familias en su rol de promotores y protectores de los derechos de ni\u00f1as, ni\u00f1os, adolescentes y j\u00f3venes, as\u00ed como fortalecer los lazos afectivos y las pr\u00e1cticas de crianza como factores protectores frente a la prevenci\u00f3n de situaciones que incidan en su desarrollo integral. Estos espacios tendr\u00e1n una programaci\u00f3n anual y estar\u00e1n sujetos a compromisos de participaci\u00f3n que suscribir\u00e1n las familias al inicio del a\u00f1o escolar. Los lineamientos y las competencias para la implementaci\u00f3n de la Alianza Familias-Escuela hacen parte de su reglamentaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>f) Recursos y materiales de apoyo:<\/strong>&nbsp;De conformidad con lo dispuesto en el&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/norma.php?i=136893#7.p\">Par\u00e1grafo&nbsp;<\/a>del art\u00edculo&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/norma.php?i=136893#7\">7<\/a>\u00b0 de la Ley 2025 de 2020, en el Portal Colombia Aprende y en la plataforma virtual de Escuela de Secretar\u00edas del Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional, se encuentran disponibles todos los recursos y materiales de apoyo relacionados con la Alianza Familias-Escuela que sirven como insumo para que los establecimientos educativos puedan desarrollar las tem\u00e1ticas definidas para las escuelas para padres, madres y cuidadores. Los recursos se presentan en diferentes formatos accesibles y ser\u00e1n actualizados por el Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 2.3.4.1.1.7. Articulaci\u00f3n con el Proyecto Educativo Institucional.<\/strong>&nbsp;Las herramientas para la implementaci\u00f3n de la Alianza Familias-Escuela, estar\u00e1n alineadas y articuladas en cada establecimiento educativo con su misi\u00f3n, visi\u00f3n, principios y valores planteados en el Proyecto Educativo Institucional, como resultado del trabajo articulado entre las familias y el establecimiento educativo, y en respuesta a su contexto m\u00e1s inmediato.<\/p>\n\n\n\n<p>Las herramientas de la Alianza Familias-Escuela se incluir\u00e1n teniendo en cuenta, por lo menos, los siguientes aspectos para la definici\u00f3n y adopci\u00f3n del Proyecto Educativo Institucional:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>a)<\/strong>&nbsp;La caracterizaci\u00f3n de las familias de cada uno de los estudiantes, que permita comprender sus particularidades y las de sus contextos, sus expectativas e intereses teniendo en cuenta su diversidad.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>b)<\/strong>&nbsp;Los principios y fundamentos que orientan la acci\u00f3n de la comunidad educativa en el establecimiento.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>c)<\/strong>&nbsp;El an\u00e1lisis de la situaci\u00f3n institucional que permita la identificaci\u00f3n de sus potencialidades y recursos, as\u00ed como las problem\u00e1ticas y sus or\u00edgenes.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>d)<\/strong>&nbsp;Los objetivos trazados conjuntamente para atender las particularidades del entorno escolar y el horizonte institucional.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>e)<\/strong>&nbsp;Las estrategias pedag\u00f3gicas y educativas que gu\u00edan las labores de formaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>f)<\/strong>&nbsp;La autoevaluaci\u00f3n institucional y el plan de mejoramiento.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>g)<\/strong>&nbsp;El manual de convivencia y los reportes del comit\u00e9 escolar de convivencia.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 2.3.4.1.1.8. Contenidos.<\/strong>&nbsp;Para la organizaci\u00f3n y desarrollo de los contenidos m\u00ednimos del art\u00edculo&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/norma.php?i=136893#5\">5<\/a>\u00ba de la Ley 2025 de 2020, que se abordar\u00e1n cada a\u00f1o escolar en las escuelas de padres, madres y cuidadores para desarrollar capacidades para el cuidado y la crianza amorosa y respetuosa, el Consejo Directivo del establecimiento educativo tendr\u00e1 en cuenta las siguientes consideraciones:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>a)<\/strong>&nbsp;Revisar las diferentes herramientas de la Alianza Familias-Escuela con las que cuenta y cualificar su uso.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>b)<\/strong>&nbsp;Reconocer la realidad y situaci\u00f3n del territorio, as\u00ed como a la poblaci\u00f3n en la que viven las familias, con el fin de comprender las din\u00e1micas sociales y culturales y conocer las caracter\u00edsticas, necesidades e intereses de las familias.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>c)<\/strong>&nbsp;Priorizar los temas que respondan a las particularidades del contexto identificadas por la comunidad educativa en el plan de acci\u00f3n construido pa1iicipativamente.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>d)<\/strong>&nbsp;Las propuestas deben estar acorde con el curso de vida de los estudiantes y los objetivos de cada uno de los niveles educativos.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>e)<\/strong>&nbsp;Incluir las propuestas de las familias de campa\u00f1as para fortalecer la democracia y la solidaridad.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>f)<\/strong>&nbsp;Las estrategias de las jornadas de trabajo o de encuentro deber\u00e1n ser apropiadas para la formaci\u00f3n de adultos.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>g)<\/strong>&nbsp;El tiempo m\u00e1ximo que pueden destinar las familias para estos espacios y la flexibilidad horaria.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>h)<\/strong>&nbsp;Aprovechar las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y las comunicaciones &#8211; TIC para disminuir costos y tiempos de desplazamiento de las familias.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>i)<\/strong>&nbsp;En atenci\u00f3n al objetivo esencial del desarrollo de capacidades de las familias, y de acuerdo con el principio de accesibilidad, las estrategias seleccionadas ser\u00e1n participativas, vivenciales, apoyadas con medios virtuales y en horarios de f\u00e1cil acceso para las familias.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>j)<\/strong>&nbsp;Para la definici\u00f3n tem\u00e1tica, con el prop\u00f3sito de abarcar las prioridades ordenadas por la ley y realizar como m\u00ednimo tres jornadas al a\u00f1o, se utilizar\u00e1n las siguientes categor\u00edas que agrupan los literales definidos en el art\u00edculo&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/norma.php?i=136893#5\">5<\/a>\u00ba de la ley 2025 de 2020, as\u00ed :<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-table\"><table><tbody><tr><td><strong>Garant\u00eda de derechos<\/strong><\/td><\/tr><tr><td>Conocimiento de la ley de infancia y adolescencia, el marco normativo y constitucional para la garant\u00eda de los derechos de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes.Responsabilidades de los padres, madres o cuidadores, en la crianza de sus hijos, acompa\u00f1amiento al proceso de aprendizaje y en la garant\u00eda de sus derechos.Entornos protectores que garanticen su desarrollo integral.Rutas de atenci\u00f3n, promoci\u00f3n y prevenci\u00f3n definidas en el manual de convivencia contenido en el Proyecto Educativo.<\/td><\/tr><tr><td><strong>Educaci\u00f3n de la sexualidad<\/strong><\/td><\/tr><tr><td>Formaci\u00f3n en sexualidad con un lenguaje apropiado y acorde con su edad y su nivel de desarrolloPrevenci\u00f3n de la violencia sexual contra ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes desde el interior de las familias.<\/td><\/tr><tr><td><strong>Crianza amorosa v respetuosa y Promoci\u00f3n de estilos de vida saludables<\/strong><\/td><\/tr><tr><td>Desarrollo de la autonom\u00eda y fomento del cuidado personal de hijas e hijos. Promoci\u00f3n de estilos de vida saludables, uso y aprovechamiento del tiempo libre y prevenci\u00f3n de consumo de sustancias psicoactivas.Prohibici\u00f3n del maltrato f\u00edsico y psicol\u00f3gico o los tratos degradantes o humillantes en su contexto familiar y escolar.Promoci\u00f3n de programas, estrategias, pol\u00edticas y directrices tendientes a incentivar, apoyar y fomentar la medicina preventiva en la pr\u00e1ctica del deporte y los h\u00e1bitos de alimentaci\u00f3n sana y de vida saludable, acorde con el Proyecto Educativo de la Instituci\u00f3n Educativa.<\/td><\/tr><tr><td><strong>Apoyo en procesos educativos y contenci\u00f3n familiar<\/strong><\/td><\/tr><tr><td>Criterios b\u00e1sicos del funcionamiento del grupo familiar, orientada a la crianza humanizadaInstrumentos adecuados de t\u00e9cnicas de estudio y apoyo y acompa\u00f1amiento a los procesos educativos.<\/td><\/tr><\/tbody><\/table><\/figure>\n\n\n\n<p><strong>PAR\u00c1GRAFO 1\u00ba.<\/strong>&nbsp;De acuerdo con lo se\u00f1alado en el par\u00e1grafo del art\u00edculo&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/norma.php?i=136893#5\">5\u00ba<\/a>&nbsp;de la Ley 2025 de 2020, el establecimiento educativo deber\u00e1 desarrollar al menos una actividad anual sobre prevenci\u00f3n de la violencia sexual contra ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes desde el interior de las familias, y la incorporar\u00e1 a todas las dem\u00e1s actividades que considere pertinentes para aportar a la prevenci\u00f3n de violencia y a las denuncias de las vulneraciones. Esta actividad se podr\u00e1 articular con otras iniciativas de la alianza y tendr\u00e1 relaci\u00f3n con las tem\u00e1ticas asociadas con el desarrollo de la autonom\u00eda y fomento del cuidado personal; la educaci\u00f3n en sexualidad; el fomento de entornos protectores; la ruta de atenci\u00f3n, promoci\u00f3n y prevenci\u00f3n definida en el manual de convivencia, en concordancia con la Ley&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/norma.php?i=52287#1620\">1620&nbsp;<\/a>de 2013, en los entornos escuela, familias y comunidad.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>PAR\u00c1GRAFO 2\u00ba.<\/strong>&nbsp;En cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/norma.php?i=52081#1618\">1618&nbsp;<\/a>de 2013 &#8220;Por medio de la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad&#8221; y de las disposiciones reglamentarias, la implementaci\u00f3n de la Alianza Familias-Escuela deber\u00e1 fortalecer una comunidad educativa jncluyente bajo el principio de diversidad, as\u00ed como enfatizar en los contenidos, procesos, metodolog\u00edas y dem\u00e1s aspectos que la desarrollan, para garantizar el derecho a la educaci\u00f3n de ni\u00f1as, ni\u00f1os, adolescentes y j\u00f3venes con discapacidad. La inclusi\u00f3n considerar\u00e1 el respeto a la diversidad en general, en sus diferentes modos de ser, estar e interpretar el mundo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 2.3.4.1.1.9. Actores e instancias en la implementaci\u00f3n de la Alianza Familias-Escuela.<\/strong>&nbsp;La implementaci\u00f3n de la Alianza Familias-Escuela involucra la participaci\u00f3n de los siguientes actores e instancias, con las ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes como centro de la acci\u00f3n:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>a) Rector o director.<\/strong>&nbsp;El rector o director, en el marco de sus competencias y funciones espec\u00edficas correspondientes para orientar y dirigir el establecimiento educativo en funci\u00f3n del proyecto educativo institucional y las directrices de las autoridades del sector, promover\u00e1 la creaci\u00f3n y fortalecimiento de la Alianza Familias-Escuela, generando las oportunidades y los espacios necesarios para la implementaci\u00f3n de la respectiva ruta metodol\u00f3gica, as\u00ed como favorecer\u00e1 la participaci\u00f3n de representantes de todos los miembros de la comunidad educativa en dichos espacios. As\u00ed mismo, conforme a sus competencias, adelantar\u00e1 gesti\u00f3n, junto con otros representantes de esta comunidad, ante entidades p\u00fablicas y privadas y otros organismos ubicados en el territorio para la implementaci\u00f3n y fortalecimiento de la alianza y las escuelas para padres, madres y cuidadores. Tambi\u00e9n, entregar\u00e1 o informar\u00e1 sobre la programaci\u00f3n de las actividades a las familias al momento de la matr\u00edcula y reiterar\u00e1 la invitaci\u00f3n un mes antes de la fecha efectiva de su realizaci\u00f3n, e incluir\u00e1 en los procesos de rendici\u00f3n de cuentas el desarrollo de la Alianza Familias-Escuela, sus resultados y compromisos.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>b) Docentes y\/o docentes orientadores.<\/strong>&nbsp;Conforme a la capacidad de Interactuar con la comunidad educativa, su relacionamiento con las familias y su papel en el logro de las metas institucionales, los docentes y\/o docentes orientadores se constituir\u00e1n como agentes claves en la definici\u00f3n y desarrollo de acciones de la Alianza Familias-Escuela, en coordinaci\u00f3n con el Consejo Directivo del establecimiento educativo. As\u00ed mismo, en el marco de la comunicaci\u00f3n institucional e interacci\u00f3n con la comunidad y el entorno, ser\u00e1n interlocutores directos de estudiantes, familias, acudientes y cuidadores en todos los momentos de trabajo pedag\u00f3gico en el establecimiento educativo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>c) Familia.<\/strong>&nbsp;De acuerdo con la ruta metodol\u00f3gica para la implementaci\u00f3n de la Alianza Familias-Escuela, la familia de cada ni\u00f1a, ni\u00f1o, adolescente o joven compartir\u00e1 con el establecimiento educativo, bajo el derecho a la intimidad y el manejo y protecci\u00f3n de datos, la informaci\u00f3n relevante para la caracterizaci\u00f3n de sus contextos y necesidades. La familia participar\u00e1 en la priorizaci\u00f3n de necesidades y en la estructuraci\u00f3n del plan de acci\u00f3n y contribuir\u00e1 en la definici\u00f3n de los compromisos de participaci\u00f3n y los adicionales que se aplicar\u00e1n a las familias en caso de incumplimiento, sin justa causa, a las convocatorias para la escuela para padres, madres y cuidadores.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>d) Comit\u00e9 de convivencia escolar.<\/strong>&nbsp;Como responsable de liderar los ajustes y modificaciones al manual de convivencia, esta instancia cualificar\u00e1 las estrategias definidas en los componentes de promoci\u00f3n y de prevenci\u00f3n de la ruta de atenci\u00f3n integral con las acciones de la Alianza Familias-Escuela; adem\u00e1s, consolidar\u00e1 la propuesta de compromisos de participaci\u00f3n que se acuerden con la comunidad educativa, la incluir\u00e1 en el manual y velar\u00e1 por la garant\u00eda del debido proceso.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>e) Consejo directivo.<\/strong>&nbsp;En el marco de sus funciones, el consejo directivo aprobar\u00e1 los instrumentos y estrategias que permitan caracterizar y fortalecer las capacidades de las familias del establecimiento educativo y del contexto para conocer las particularidades, necesidades e intereses de estas y brindar\u00e1 el apoyo correspondiente para su dise\u00f1o. Tambi\u00e9n, generar\u00e1 los espacios y escenarios para socializar la Alianza Familias-Escuela entre todos los integrantes de la comunidad educativa, as\u00ed como apoyar\u00e1 la definici\u00f3n de sus objetivos, contenidos, metodolog\u00edas y periodicidad, los compromisos adicionales y har\u00e1 seguimiento al cumplimiento de lo establecido en el plan de acci\u00f3n anual. Finalmente, el consejo directivo revisar\u00e1 el resultado de su implementaci\u00f3n para priorizar los ajustes que debe realizar el establecimiento educativo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>PAR\u00c1GRAFO.<\/strong>&nbsp;La presencia y participaci\u00f3n de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes como sujetos activos de derecho y estudiantes de la instituci\u00f3n educativa, deber\u00e1 ser una condici\u00f3n b\u00e1sica que considerar\u00e1n los actores e instancias en las diferentes estrategias que se desarrollen en la Alianza Familias-Escuela.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 2.3.4.1.1.10. Aliados para la ejecuci\u00f3n de la Alianza Familias-Escuela.<\/strong>&nbsp;Los establecimientos educativos podr\u00e1n contar con el apoyo intersectorial o de aliados externos para la conformaci\u00f3n, consolidaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de las acciones de la Alianza Familias-Escuela, como actores p\u00fablicos, privados, organizaciones de la sociedad civil, academia y entidades de cooperaci\u00f3n internacional presentes en el territorio que, desde su inter\u00e9s por contribuir al desarrollo integral de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes, y con su experticia en el mismo, puedan aportar conocimientos, experiencia, recursos humanos, econ\u00f3micos y log\u00edsticos, entre otros.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 2.3.4.1.1.11. Inclusi\u00f3n de los compromisos de participaci\u00f3n en el manual de convivencia.<\/strong>&nbsp;Cada establecimiento educativo promover\u00e1 procesos de participaci\u00f3n y vinculaci\u00f3n de las familias, padres, madres y cuidadores para establecer de manera conjunta los compromisos y los compromisos adicionales como herramienta de la Alianza Familias-Escuela, en el marco de los principios de participaci\u00f3n, justicia restaurativa, mediaci\u00f3n, di\u00e1logo, reflexi\u00f3n y concertaci\u00f3n, con base en las siguientes consideraciones:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>a) Determinaci\u00f3n de los compromisos.<\/strong>&nbsp;La manifestaci\u00f3n expresa y firmada de la participaci\u00f3n de las familias a las convocatorias anuales a las escuelas de padres y madres, quedar\u00e1 plasmada en un formato de compromiso con la agenda anual con las tem\u00e1ticas priorizadas para ese a\u00f1o escolar, que luego se reforzar\u00e1 con un plan de comunicaciones y motivaci\u00f3n que asegure la participaci\u00f3n de las familias.<\/p>\n\n\n\n<p>Para el caso de las escuelas para padres, madres y cuidadores, el rector o director del establecimiento educativo convocar\u00e1 a la Asamblea de Padres de Familia para realizar una jornada de trabajo colectivo que permita construir, participativamente, la propuesta de compromisos que deber\u00e1n asumir las familias en el marco de los procesos participativos y de la alianza, as\u00ed como de los compromisos adicionales a los que se har\u00e1n acreedores, en caso de no cumplirlos.<\/p>\n\n\n\n<p>El incumplimiento de los compromisos de las partes, como la inasistencia reiterada y sin justificaci\u00f3n a las escuelas de padres y madres de familia y cuidadores, programadas en el a\u00f1o, debe redundar en una alternativa restaurativa que se acuerde seg\u00fan caso.<\/p>\n\n\n\n<p>Para garantizar la legitimidad de los compromisos en esta construcci\u00f3n colectiva se deber\u00e1n cumplir las siguientes condiciones:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>1.<\/strong>&nbsp;Ser pedag\u00f3gicos, es decir, tener la intencionalidad educativa. Por lo tanto, deben apuntar a fortalecer las capacidades parentales para la crianza, el cuidado, la protecci\u00f3n y el acompa\u00f1amiento a ni\u00f1as, ni\u00f1os, adolescentes o j\u00f3venes que representan en el establecimiento educativo, a trav\u00e9s de juegos o actividades en familia que fomenten la generaci\u00f3n de espacios de intercambio, afecto, cuidado y recreaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>2.<\/strong>&nbsp;Ser razonables y guardar estrecha relaci\u00f3n con el prop\u00f3sito de formaci\u00f3n y desarrollo de capacidades de las familias, diferenciando cada situaci\u00f3n de inasistencia presentada o la ausencia total de la familia durante el a\u00f1o escolar, en el marco del debido proceso, centrado en la escucha, al momento de tomar las decisiones atendiendo las particularidades de cada familia y de cada caso.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>3.<\/strong>&nbsp;Ser respetuosos y asegurar la dignidad humana y de las familias, por lo cual no ridiculizar\u00e1n o estigmatizar\u00e1n a quienes los incumplan.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>4.<\/strong>&nbsp;Ser reflexivos promoviendo la reflexi\u00f3n de las familias sobre la importancia de su participaci\u00f3n en las diferentes instancias y estrategias y procurar el fortalecimiento de relaciones emp\u00e1ticas y solidarias entre las dem\u00e1s familias.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>5.<\/strong>&nbsp;Ser solidarios aplic\u00e1ndolos a una familia o permitir acuerdos entre familias para cumplirlos de manera colaborativa.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>6.<\/strong>&nbsp;Ser coherentes y articulados, lo que implica estar con procesos pedag\u00f3gicos o proyectos propios que aporten al fortalecimiento de la comunidad educativa.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>7.<\/strong>&nbsp;Ser participativos moviliz\u00e1ndolos y generando estrategias para la participaci\u00f3n genuina de ni\u00f1as, ni\u00f1os, adolescentes y j\u00f3venes de manera que la construcci\u00f3n de alternativas considere sus intereses, expectativas con respecto a la participaci\u00f3n de sus familias en la escuela y en su desarrollo integral.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>8.<\/strong>&nbsp;En todos los casos, las medidas promovidas deben ser coherentes con los principios de mediaci\u00f3n y restaurativas; medidas que deben estar orientadas a la reflexi\u00f3n y el desarrollo de las familias, de las ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes, y de las escuelas como epicentro de construcci\u00f3n de paz y responsabilidad con los procesos de formaci\u00f3n integral.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>9.<\/strong>&nbsp;En ning\u00fan caso podr\u00e1n corresponder a erogaciones monetarias.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>b) Incorporaci\u00f3n en el manual de convivencia.<\/strong>&nbsp;Los compromisos acordados en la Asamblea de Padres de Familia deber\u00e1n ser consignados en el manual de convivencia del establecimiento educativo con el liderazgo del Comit\u00e9 de Convivencia Escolar, de conformidad con lo dispuesto en los lineamientos generales para la actualizaci\u00f3n del manual de convivencia. Deber\u00e1 contener el proceso para su comunicaci\u00f3n, verificaci\u00f3n de cumplimiento y seguimiento.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>PAR\u00c1GRAFO 1\u00ba.<\/strong>&nbsp;Adem\u00e1s de las justas causas de incumplimiento que justifiquen la no participaci\u00f3n en las escuelas para padres, madres y cuidadores programadas por la instituci\u00f3n educativa como lo dispone el&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/norma.php?i=136893#4.p\">par\u00e1grafo&nbsp;<\/a>del art\u00edculo&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/norma.php?i=136893#4\">4<\/a>&nbsp;la Ley 2025 de 2020, como lo son el caso fortuito, fuerza mayor o en los casos en que el padre, madre o cuidador tenga una vinculaci\u00f3n laboral formal y el empleador no conceda el permiso de asistir a dicha actividad, las instituciones educativas deber\u00e1n tener en consideraci\u00f3n la caracterizaci\u00f3n de las familias y del contexto en particular, relacionadas con trabajo informal, ruralidad extensa, costos y tiempos de desplazamiento de las familias, como justas causas de inasistencia a las escuelas y las cuales, se prever\u00e1n en las diferentes acciones que se planeen anualmente.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>PAR\u00c1GRAFO 2\u00ba.<\/strong>&nbsp;Los compromisos se incluir\u00e1n en el manual de convivencia sin que se constituyan o asocien por ning\u00fan motivo en situaciones tipo I, II, III, relacionadas con violencia escolar o vulneraci\u00f3n de derechos de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>SECCI\u00d3N 2<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>RESPONSABILIDADES<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 2.3.4.1.2.1. Responsabilidades del Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional.<\/strong>&nbsp;El Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional, en el marco de la Alianza Familias-Escuela, deber\u00e1:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>a)<\/strong>&nbsp;Brindar los lineamientos y orientaciones pedag\u00f3gicas, t\u00e9cnicas y administrativas para la creaci\u00f3n y fortalecimiento de la Alianza y sus herramientas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>b)<\/strong>&nbsp;Proporcionar asistencia t\u00e9cnica a las entidades territoriales con el fin de fortalecer las capacidades de estas, en el acompa\u00f1amiento de los establecimientos educativos en la implementaci\u00f3n de la Alianza y sus herramientas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>c)<\/strong>&nbsp;Identificar y divulgar las experiencias significativas en la implementaci\u00f3n de la Alianza y sus herramientas. Adem\u00e1s, de visibilizar las lecciones aprendidas a trav\u00e9s de la sistematizaci\u00f3n de las pr\u00e1cticas y divulgaci\u00f3n en los canales o medios de comunicaci\u00f3n del Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>d)<\/strong>&nbsp;Establecer y actualizar en el portal Colombia Aprende o en la p\u00e1gina web que haga sus veces, un espacio virtual en el cual se pueda acceder a contenidos, recursos educativos y tem\u00e1ticas que pueden ser utilizados por las instituciones educativas para el desarrollo de la Alianza.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>e)<\/strong>&nbsp;Velar por el desarrollo de la Alianza Familias-Escuela en el territorio nacional, mediante el ejercicio de la vigilancia y la evaluaci\u00f3n, con el fin de reafirmar el trabajo articulado de la familia y la escuela en la formaci\u00f3n integral de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 2.3.4.1.2.2. Responsabilidades de las Secretar\u00edas de Educaci\u00f3n de las Entidades Territoriales Certificadas en Educaci\u00f3n.<\/strong>&nbsp;Son obligaciones de las Entidades Territoriales, en el marco de la Alianza Familias-Escuela, las siguientes:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>a)<\/strong>&nbsp;Acompa\u00f1ar a los establecimientos educativos en la apropiaci\u00f3n de las orientaciones t\u00e9cnicas, pedag\u00f3gicas y administrativas para la implementaci\u00f3n y dinamizaci\u00f3n de la Alianza.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>b)<\/strong>&nbsp;Gestionar y coordinar acciones intersectoriales con entidades p\u00fablicas y privadas para contar con el apoyo de actores locales que intervienen en el trabajo con familias, tales como: salud, cultura, comunicaciones, recreaci\u00f3n y deporte, sector social, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar-ICBF, Polic\u00eda de Infancia y Adolescencia, Defensor\u00eda del Pueblo, Comisar\u00edas de Familia, Instituciones de Educaci\u00f3n Superior, Escuelas Normales Superiores y ONG que hacen presencia en el territorio donde est\u00e1 ubicado el establecimiento educativo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>c)<\/strong>&nbsp;Generar mecanismos para identificar, sistematizar y cualificar las experiencias significativas de implementaci\u00f3n de la Alianza, con el fin de compartir saberes, socializar las lecciones aprendidas y conformar redes de apoyo para fortalecerla.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>d)<\/strong>&nbsp;Hacer seguimiento a los avances en cumplimiento de los objetivos del proceso de la Alianza y reportarlos de acuerdo con los lineamientos que establezca el Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 2.3.4.1.2.3. Responsabilidades de los establecimientos educativos.<\/strong>&nbsp;Son responsabilidades de los establecimientos educativos, en el marco de la Alianza Familias-Escuela, las siguientes:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>a)<\/strong>&nbsp;Desarrollar acciones y procesos que vinculen a las familias y a los dem\u00e1s actores de la comunidad educativa en las diversas instancias de participaci\u00f3n con las que cuenta el establecimiento educativo para la conformaci\u00f3n y consolidaci\u00f3n de la Alianza y sus herramientas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>b)<\/strong>&nbsp;Generar espacios de encuentro con las familias para intercambiar saberes, expectativas y comprensiones alrededor de las realidades de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes, las familias y la comunidad; as\u00ed como las apuestas curriculares y el sentido de los procesos educativos.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>c)<\/strong>&nbsp;Caracterizar la informaci\u00f3n en relaci\u00f3n con las realidades de las familias y comunidades a trav\u00e9s de diversos instrumentos y estrategias, como insumos para la construcci\u00f3n colectiva del plan de acci\u00f3n de la Alianza conformado por el conjunto de prioridades hacia las cuales van a orientar su acci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>d)<\/strong>&nbsp;Construir al inicio del a\u00f1o escolar, en conjunto con las familias reconociendo sus necesidades, intereses, capacidades y potencialidades, un plan anual para la implementaci\u00f3n de la Alianza y sus herramientas, el cual incluya los compromisos de participaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>e)<\/strong>&nbsp;Definir colaborativamente con la comunidad educativa los compromisos de participaci\u00f3n y las consecuencias de su incumplimiento sin justa causa, acordados en un clima de confianza y construcci\u00f3n colectiva que reconozca las realidades de las familias y de la escuela e incorporarlas en el manual de convivencia.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>f)<\/strong>&nbsp;Implementar diferentes canales y estrategias para desarrollar las escuelas para padres y madres de familia, cuidadores y representantes legales, con una frecuencia m\u00ednima de tres actividades por a\u00f1o acad\u00e9mico, as\u00ed como hacer seguimiento a la participaci\u00f3n y aplicar los compromisos adicionales como consecuencia de su incumplimiento sin justa causa, siguiendo el debido proceso con garant\u00edas universales.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>g)<\/strong>&nbsp;Sensibilizar y motivar a los docentes sobre los principios en los que se basa la conformaci\u00f3n o fortalecimiento de la Alianza y comunicar su rol para el desarrollo de esta.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>h)<\/strong>&nbsp;Documentar las experiencias desarrolladas para enriquecer las propuestas de trabajo conjunto e intercambiar comprensiones, preguntas y reflexiones que surjan de la implementaci\u00f3n de la Alianza y sus herramientas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>i)<\/strong>&nbsp;Reportar las acciones y los avances de la Alianza, en las condiciones que establezca el Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional a la Secretar\u00eda de Educaci\u00f3n de la Entidad Territorial Certificada correspondiente.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 2.3.4.1.2.4. Responsabilidades de las familias.<\/strong>&nbsp;Son responsabilidades de la familia, en el marco de la Alianza Familias-Escuela, las siguientes:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>a)<\/strong>&nbsp;Participar como protagonista en la construcci\u00f3n y fortalecimiento de la Alianza para favorecer el desarrollo integral de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>b)<\/strong>&nbsp;Proporcionar la informaci\u00f3n solicitada por el establecimiento educativo para llevar a cabo el proceso de caracterizaci\u00f3n que permite entender la realidad de las familias y su contexto, base para construir el plan de acci\u00f3n de la Alianza, respetando el principio de intimidad.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>c)<\/strong>&nbsp;Firmar el compromiso al inicio del a\u00f1o escolar, as\u00ed como asistir y participar en las actividades del plan de acci\u00f3n para familias que programe el establecimiento educativo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>d)<\/strong>&nbsp;Aportar en la definici\u00f3n de los compromisos de participaci\u00f3n y los compromisos adicionales en caso de incumplimiento con las Escuelas para padres, madres y cuidadores y reportar las dificultades o inconvenientes que le impiden participar, de acuerdo con los plazos y condiciones que se acordaron con el establecimiento educativo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>e)<\/strong>&nbsp;Aportar y poner a disposici\u00f3n su saber propio, pr\u00e1cticas y capacidades que pueda compartir con los y las estudiantes o con otras familias, como aporte al desarrollo y formaci\u00f3n integral de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 2. Vigencia.<\/strong>&nbsp;El presente decreto rige a partir de su publicaci\u00f3n y adiciona el&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/norma.php?i=77913#2.3.4.1.1.1\">Cap\u00edtulo 1<\/a>&nbsp;al T\u00edtulo 4, Parte 3 del Libro 2 del Decreto 1075 de 2015 \u00danico Reglamentario del Sector Educaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>PUBL\u00cdQUESE Y C\u00daMPLASE<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Dado en Bogot\u00e1 D. C., a los 10 d\u00edas del mes de Abril del a\u00f1o 2024<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>EL PRESIDENTE DE LA REP\u00daBLICA,<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>(FDO.) GUSTAVO PETRO URREGO<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>LA MINISTRA DE EDUCACI\u00d3N NACIONAL,<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>AURORA VERGARA FIGUEROA<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 459 DE 2024 (Abril 10) Por medio del cual se reglamenta la participaci\u00f3n de las familias en los procesos educativos de los establecimientos educativos oficiales y no oficiales, de educaci\u00f3n preescolar, b\u00e1sica y media para promover el desarrollo integral de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes EL PRESIDENTE DE LA REP\u00daBLICA DE COLOMBIA, en uso de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[88],"tags":[],"class_list":["post-58267","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2024"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/58267","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=58267"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/58267\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":58268,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/58267\/revisions\/58268"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=58267"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=58267"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=58267"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}