{"id":58275,"date":"2024-05-01T09:33:36","date_gmt":"2024-05-01T14:33:36","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/?p=58275"},"modified":"2024-05-01T09:33:40","modified_gmt":"2024-05-01T14:33:40","slug":"decreto-500-de-2024","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2024\/05\/01\/decreto-500-de-2024\/","title":{"rendered":"DECRETO 500 DE 2024"},"content":{"rendered":"\n<p><strong>DECRETO 500 DE 2024<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>(Abril 18)<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Por el cual se declara un d\u00eda c\u00edvico<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>EL PRESIDENTE DE LA REP\u00daBLICA DE COLOMBIA,<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los art\u00edculos 115, y el numeral 4 del 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de Colombia y el art\u00edculo&nbsp;<\/strong><strong><u>199&nbsp;<\/u><\/strong><strong>de la Ley 1801 de 2016,<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>CONSIDERANDO:<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Que en virtud de lo dispuesto en el art\u00edculo&nbsp;2&nbsp;de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, las autoridades de la Rep\u00fablica est\u00e1n instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y dem\u00e1s derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.<\/p>\n\n\n\n<p>Que de conformidad con lo establecido en los art\u00edculos&nbsp;49&nbsp;y&nbsp;95&nbsp;de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, toda persona tiene el deber de procurar el cuidado integral de su salud y de su comunidad, y obrar conforme al principio de solidaridad social, responder con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas.<\/p>\n\n\n\n<p>Que igualmente, el art\u00edculo&nbsp;79&nbsp;de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica establece que &#8220;Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizar\u00e1 la participaci\u00f3n de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las \u00e1reas de especial importancia ecol\u00f3gica y fomentar la educaci\u00f3n para el logro de estos fines&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<p>Que de conformidad con el art\u00edculo&nbsp;115&nbsp;de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de Colombia, el presidente de la Rep\u00fablica es el jefe de Estado, jefe de Gobierno y suprema autoridad administrativa.<\/p>\n\n\n\n<p>Que de acuerdo con el numeral 4 del art\u00edculo&nbsp;189&nbsp;de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de Colombia, corresponde al presidente de la Rep\u00fablica como jefe de gobierno conservar en todo el territorio el orden p\u00fablico y reestablecerlo donde fuere turbado.<\/p>\n\n\n\n<p>Que en la Sentencia&nbsp;C-225&nbsp;de 2017 la honorable Corte Constitucional define el concepto de orden p\u00fablico, as\u00ed:<\/p>\n\n\n\n<p>&#8220;La importancia constitucional del medio ambiente sano, elemento necesario para la convivencia social, tal como expresamente lo reconoci\u00f3 la Ley&nbsp;1801&nbsp;de 2016, implica reconocer que el concepto cl\u00e1sico de orden p\u00fablico, entendido como &#8220;el conjunto de condiciones de seguridad, tranquilidad y salubridad que permiten la prosperidad general y el goce de los derechos humanos&#8221;, debe completarse con el medio ambiente sano, como soporte del adecuado desenvolvimiento de la vida en sociedad. En este sentido, el orden p\u00fablico debe definirse como las condiciones de seguridad, tranquilidad y de sanidad medioambiental, necesarias para la convivencia y la vigencia de los derechos constitucionales, al amparo del principio de dignidad humana&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<p>Que de conformidad con los art\u00edculos&nbsp;5&nbsp;y&nbsp;6&nbsp;de la Ley 1801 de 2016 se entiende por convivencia, la interacci\u00f3n pac\u00edfica, respetuosa y arm\u00f3nica entre las personas, con los bienes, y con el ambiente, en el marco del ordenamiento jur\u00eddico, y se\u00f1ala como una de las categor\u00edas de convivencia el ambiente, de manera que se favorezca la protecci\u00f3n de los recursos naturales, el patrimonio ecol\u00f3gico, el goce y la relaci\u00f3n sostenible con el ambiente.<\/p>\n\n\n\n<p>Que, de acuerdo con lo se\u00f1alado por el IDEAM, el pa\u00eds se encuentra ante un agravamiento de la emergencia clim\u00e1tica, con presencia actual de un fen\u00f3meno de El Ni\u00f1o at\u00edpico, junto con la oscilaci\u00f3n clim\u00e1tica Madden-Julian, lo que ha prolongado nuestra temporada seca, y que demanda adoptar acciones y medidas para evitar mayores impactos, como un racionamiento de energ\u00eda, cortes permanentes de suministro de agua potable, o disminuci\u00f3n del riego en los cultivos de nuestros campos.<\/p>\n\n\n\n<p>Que a pese a las predicciones del IDEAM de principios de abril de 2024, que proyectaron lluvias por encima de lo normal para las \u00faltimas dos semanas del mes de abril, hasta la fecha estas han estado por debajo de lo esperado, completando tres meses, por lo que el rezago en la llegada de las precipitaciones pone un horizonte de tiempo m\u00e1s lejano para la recuperaci\u00f3n de las escorrent\u00edas y por tanto los niveles en los embalses, aspecto que genera riesgo a la seguridad energ\u00e9tica y la garant\u00eda al derecho fundamental al agua.<\/p>\n\n\n\n<p>Que, dado que en las \u00faltimas semanas el consumo de agua y de energ\u00eda en el pa\u00eds no se han reducido de manera suficiente es necesario recordar que el cuidado de nuestros recursos naturales, como la energ\u00eda y el agua, es un objetivo que nos une como Naci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Que no obstante las diferentes medidas adoptadas por las autoridades territoriales y nacionales, se considera procedente declarar un D\u00eda C\u00edvico que genere en la memoria colectiva de la Naci\u00f3n, el deber que tenemos, como personas y habitantes del planeta, de cuidar de uno de sus mayores recursos naturales como es el agua, fuente primaria de toda existencia.<\/p>\n\n\n\n<p>En m\u00e9rito de lo expuesto,<\/p>\n\n\n\n<p><strong>DECRETA:<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 1. D\u00eda C\u00edvico.<\/strong>&nbsp;Declarar como &#8220;D\u00eda C\u00edvico de la Paz con la Naturaleza&#8221; el tercer viernes del mes de abril de cada a\u00f1o, con motivo de la protecci\u00f3n de los recursos naturales.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>PAR\u00c1GRAFO.<\/strong>&nbsp;Para tales efectos, el primer d\u00eda C\u00edvico de la Paz con la Naturaleza ser\u00e1 el 19 de abril del 2024.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 2. Alcance<\/strong>. Las entidades p\u00fablicas de la Rama Ejecutiva del orden nacional, tanto del nivel central como descentralizado, impartir\u00e1n y adoptar\u00e1n las instrucciones pertinentes que permitan a sus servidores p\u00fablicos suspender las diferentes actividades laborales y de atenci\u00f3n al p\u00fablico, de manera que el tercer viernes del mes de abril de cada a\u00f1o sea considerado como un d\u00eda No H\u00e1bil, laboralmente.<\/p>\n\n\n\n<p>Lo anterior, para generar un espacio de reflexi\u00f3n a nivel Nacional, sobre el adecuado uso y cuidado de los recursos naturales como esenciales para la preservaci\u00f3n de la vida.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 3. Exhorto.<\/strong>&nbsp;Se exhorta a las entidades territoriales y sus entidades descentralizadas, a los entes aut\u00f3nomos y a las Ramas del poder legislativo y judicial, y a la ciudan\u00eda en general a acoger lo dispuesto en el presente decreto, siendo aut\u00f3nomas en decidir si otorgan como d\u00eda no h\u00e1bil el tercer viernes del mes de abril de todos a\u00f1os, empezando el 19 de abril del 2024, para conmemorar el d\u00eda c\u00edvico de la Paz con la Naturaleza.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>PAR\u00c1GRAFO.<\/strong>&nbsp;En el marco de su autonom\u00eda, las entidades territoriales certificadas junto con el Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional podr\u00e1n adoptar las medidas pertinentes para la modificaci\u00f3n de los calendarios acad\u00e9micos, de conformidad con las disposiciones legales respectivas y, en especial, el Decreto&nbsp;1075&nbsp;de 2015.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 4. Continuidad de los servicios:<\/strong>&nbsp;Las entidades y funcionarios que por la naturaleza de sus funciones tienen como objetivo la prestaci\u00f3n de servicios p\u00fablicos esenciales, tales como polic\u00eda, salud p\u00fablica, emergencias, atenci\u00f3n y prevenci\u00f3n de desastres, movilidad, seguridad y orden p\u00fablico continuar\u00e1n con el cumplimiento de sus funciones con total normalidad.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 5. Vigencia.<\/strong>&nbsp;El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Dado en Bogot\u00e1 D.C a los 18 d\u00edas del mes de abril del a\u00f1o 2024<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>PUBL\u00cdQUESE y C\u00daMPLASE<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>EL PRESIDENTE DE LA REP\u00daBLICA,<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>(FDO.) GUSTAVO PETRO URREGO<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>EL MINISTRO DEL INTERIOR,<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>LUIS FERNADO VELASCO CHAVES<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>LA MINISTRA DEL TRABAJO<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>GLORIA INES RAMIREZ R\u00cdOS<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>EL MINISTRO DE MINAS Y ENERG\u00cdA,<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>OMAR ANDR\u00c9S CAMACHO MORALES<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>LA MINISTRA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>MAR\u00cdA SUSANA MUHAMAD GONZ\u00c1LEZ<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>LA MINISTRA DE EDUCAC\u00cd\u00d3N NACIONAL<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>AURORA VERGARA FIGUEROA<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCI\u00d3N P\u00daBLICA,<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>CESAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 500 DE 2024 (Abril 18) Por el cual se declara un d\u00eda c\u00edvico EL PRESIDENTE DE LA REP\u00daBLICA DE COLOMBIA, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los art\u00edculos 115, y el numeral 4 del 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de Colombia y el art\u00edculo&nbsp;199&nbsp;de la Ley [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[88],"tags":[],"class_list":["post-58275","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2024"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/58275","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=58275"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/58275\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":58276,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/58275\/revisions\/58276"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=58275"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=58275"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=58275"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}