{"id":58744,"date":"2025-11-05T10:56:45","date_gmt":"2025-11-05T15:56:45","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/?p=58744"},"modified":"2025-11-05T10:56:47","modified_gmt":"2025-11-05T15:56:47","slug":"decreto-1087-de-2025","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2025\/11\/05\/decreto-1087-de-2025\/","title":{"rendered":"DECRETO 1087 DE 2025"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">DECRETO 1087 DE 2025<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">(octubre 15)<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">D.O. 53.275, octubre 16 de 2025<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">por el cual se modifica el Decreto n\u00famero 2886 de 2003, relacionado con la condecoraci\u00f3n \u201cEnrique Low Murtra al M\u00e9rito en el Servicio de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el art\u00edculo 66 de la Ley 4\u00aa de 1913, y<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">CONSIDERANDO:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Que la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n se cre\u00f3 con la promulgaci\u00f3n de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de 1991, como una entidad de la rama judicial del poder p\u00fablico con plena autonom\u00eda administrativa y presupuestal.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Que conforme a lo dispuesto por el art\u00edculo 250 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de 1991, \u201cLa Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n por disposici\u00f3n constitucional, est\u00e1 obligada a adelantar el ejercicio de la acci\u00f3n penal y realizar la investigaci\u00f3n de los hechos que revistan las caracter\u00edsticas de un delito que lleguen a su conocimiento por medio de denuncia, petici\u00f3n especial, querella o de oficio, siempre y cuando medien suficientes motivos y circunstancias f\u00e1cticas que indiquen la posible existencia del mismo\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Que, en consecuencia, no podr\u00e1, suspender, interrumpir, ni renunciar a la persecuci\u00f3n penal, salvo en los casos que establezca la ley para la aplicaci\u00f3n del principio de oportunidad regulado dentro del marco de la pol\u00edtica criminal del Estado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Que mediante Decreto n\u00famero 1684 de 1993, el Gobierno nacional cre\u00f3 la condecoraci\u00f3n \u201cEnrique Low Murtra al M\u00e9rito en el Servicio de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n\u201d para exaltar las virtudes y servicios de los (las) funcionarios(as) y empleados(as) de la entidad, y como est\u00edmulo a la honestidad, consagraci\u00f3n, perseverancia y superaci\u00f3n de estos servidores del Estado el cual fue modificado, adicionado y derogado por los siguientes decretos: 1) Decreto n\u00famero 2155 de 1995, Modifica y adiciona el Decreto n\u00famero 1684 de 1993. 2) Decreto n\u00famero 844 de 2001, Deroga parcialmente el Decreto n\u00famero 1684 de 1993 y en su integridad el Decreto n\u00famero 2155 de 1995. 3) Decreto n\u00famero 2886 de 2003, Modifica el Decreto n\u00famero 1684 de 1993. 4) Decreto n\u00famero 2046 de 2016, Modifica el Decreto n\u00famero 2886 de 2003. 5) Decreto n\u00famero 1832 de 2019, Modifica el Decreto n\u00famero 2886 de 2003 y 6) Decreto n\u00famero 1654 de 2021, Adiciona el Decreto n\u00famero 2886 de 2003.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Que la condecoraci\u00f3n \u201cEnrique Low Murtra al M\u00e9rito en el Servicio de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n\u201d para exaltar las virtudes y servicios de los funcionarios y empleados de la entidad, dispone que se otorgar\u00e1 \u201ccuando a juicio del Consejo de la Medalla se presenten actuaciones excepcionales por parte de servidores, que se destaquen m\u00e1s all\u00e1 de lo com\u00fan, como la prestaci\u00f3n de servicios eminentes en el campo de la investigaci\u00f3n, acciones de valor en el ejercicio de sus funciones o el desempe\u00f1o sobresaliente\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Que, de igual forma, se establece que la distinci\u00f3n se otorgar\u00e1, por cada zona del pa\u00eds, a dos (2) servidores (as) sobresalientes. Uno(a) (1) de la planta global del \u00e1rea de Fiscal\u00edas y otro(a) de la planta global del \u00e1rea de Polic\u00eda Judicial. A nivel nacional se elegir\u00e1 un(a) (1) servidor(a) de la planta global del \u00e1rea administrativa o de apoyo a la gesti\u00f3n, un(a) (1) servidor(a) del \u00e1rea de atenci\u00f3n al usuario y un(a) (1) servidor(a) analista de comunicaciones en las salas de control telem\u00e1tico.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Que, adicional al reconocimiento a los(as) merecedores(as) de la medalla, se les conceder\u00e1 un est\u00edmulo econ\u00f3mico sin car\u00e1cter salarial, por una sola vez, equivalente al valor de veinte (20) salarios m\u00ednimos legales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Que para el cumplimiento de las funciones constitucionalmente asignadas a la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, resulta fundamental el trabajo en equipo e interdisciplinario con enfoque estrat\u00e9gico. En consecuencia, las actuaciones excepcionales o el \u00e9xito en las labores de investigaci\u00f3n de connotaci\u00f3n nacional, son fruto del trabajo articulado del Equipo conformado por el (la) fiscal, los (as) asistentes de fiscal y los(as) analistas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Que, en ese sentido, se requiere incluir en la reglamentaci\u00f3n de la condecoraci\u00f3n, la posibilidad de que el Consejo de la Medalla pueda otorgar la misma en su categor\u00eda \u00danica ordinaria a los equipos de trabajo que cumplan con las condiciones y requisitos m\u00ednimos ya establecidos en la reglamentaci\u00f3n correspondiente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Que, as\u00ed mismo se requiere reconocer el trabajo transversal de apoyo que realizan diferentes dependencias de la entidad relacionadas con innovaci\u00f3n tecnol\u00f3gica, eminencia cient\u00edfica y alta gerencia en el cumplimiento de las funciones propias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Que, de conformidad con lo anteriormente indicado, se hace necesario modificar el Decreto n\u00famero 2886 de 2003, que a su vez fue modificado por los Decretos n\u00fameros 2046 de 2016, 1832 de 2019 y 1654 de 2021, mediante el cual se regula el otorgamiento de la condecoraci\u00f3n \u201cEnrique Low Murtra al M\u00e9rito en el Servicio de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n\u201d, con el fin de otorgar la distinci\u00f3n a equipos de trabajo y reglamentar los est\u00edmulos del reconocimiento.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En m\u00e9rito de lo expuesto se<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">DECRETA:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Art\u00edculo 1\u00b0. Modificar el art\u00edculo 2\u00b0 del Decreto n\u00famero 2886 de 2003, que a su vez fue modificado por los Decretos n\u00fameros 2046 de 2016 y 1832 de 2019, y adicionado por el Decreto n\u00famero 1654 de 2021, el cual quedar\u00e1 as\u00ed:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cArt\u00edculo 2\u00b0. La Medalla Enrique Low Murtra al M\u00e9rito en el Servicio de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n se otorgar\u00e1 en categor\u00eda \u00fanica, meritoria en el Servicio, cuando a juicio del Consejo de la Medalla se presenten actuaciones excepcionales por parte de equipos de trabajo, que se destaquen m\u00e1s all\u00e1 de lo com\u00fan, como la prestaci\u00f3n de servicios eminentes en el campo de la investigaci\u00f3n, acciones de valor en el ejercicio de sus funciones o el desempe\u00f1o sobresaliente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por cada zona del pa\u00eds, El Consejo de la Medalla otorgar\u00e1 la distinci\u00f3n a un equipo de trabajo conformado por tres (3) o m\u00e1s servidores(as), para destacar su liderazgo en investigaciones de importante valor institucional y de connotaci\u00f3n nacional.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">De manera extraordinaria, el Consejo podr\u00e1 otorgar la condecoraci\u00f3n a dos (2) equipos de trabajo, sin importar el n\u00famero de integrantes de estos, por labores relacionadas con innovaci\u00f3n tecnol\u00f3gica, eminencia cient\u00edfica y alta gerencia en el cumplimiento de funciones propias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, las cuales no disminuir\u00e1n el n\u00famero de condecoraciones ordinarias descritas en el inciso anterior, en la respectiva vigencia.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Las condecoraciones como distinci\u00f3n p\u00f3stuma podr\u00e1n otorgarse a servidores(as) de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n fallecidos(as) en cumplimiento de su deber cuando, a juicio del (la) Fiscal General, se den las circunstancias para su reconocimiento, sin que este reconocimiento afecte el n\u00famero de distinciones autorizadas por el Consejo de la Medalla.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Par\u00e1grafo 1\u00b0. La condecoraci\u00f3n se otorgar\u00e1 a los (as) servidores (as) de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n que desempe\u00f1en su cargo en los niveles profesional, t\u00e9cnico y asistencial.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Par\u00e1grafo 2\u00b0. El Consejo de la Medalla determinar\u00e1 lo concerniente a la creaci\u00f3n de las zonas del pa\u00eds que agrupar\u00e1n las diferentes direcciones seccionales y el nivel central de la entidad, para efectos de la presente condecoraci\u00f3n, que en ning\u00fan caso podr\u00e1n ser m\u00e1s de seis (6) zonas. La creaci\u00f3n de las zonas ser\u00e1 adoptada mediante resoluci\u00f3n interna expedida por la Fiscal General de la Naci\u00f3n\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Art\u00edculo 2\u00b0. Modificar. Modif\u00edquese el art\u00edculo 4 del Decreto n\u00famero 2886 de 2003, modificado por el art\u00edculo 2\u00b0 de los Decretos 2046 de 2016 y 1832 de 2019, el cual quedar\u00e1 as\u00ed:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cArt\u00edculo 4\u00b0. El Consejo de la Medalla \u201cEnrique Low Murtra al m\u00e9rito en el servicio de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n\u201d estar\u00e1 conformado por el (la) Fiscal General de la Naci\u00f3n o su delegado(a), quien lo presidir\u00e1, el (la) Vicefiscal General de la Naci\u00f3n o su delegado(a), el (la) Director(a) Ejecutivo(a), el (la) Delegado(a) para la Seguridad Territorial, el (la) Delegado(a) para las Finanzas Criminales, el (la) Delegado(a) Contra la Criminalidad Organizada, el (la) Director(a) del Cuerpo T\u00e9cnico de Investigaci\u00f3n (CTI) y el (la) Subdirector(a) de Talento Humano.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El (la) Subdirector(a) de Talento Humano actuar\u00e1 como Canciller de la Medalla y Secretario(a) del Consejo de la Medalla.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Consejo de la Medalla se reunir\u00e1 una vez al a\u00f1o, en el mes de noviembre y, extraordinariamente, cuando lo convoque el (la) Canciller de la Medalla.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En el acta de la reuni\u00f3n del Consejo para la selecci\u00f3n de los equipos de trabajo nominados a la Medalla, se dejar\u00e1 constancia de los motivos en que se funda cada postulaci\u00f3n, haci\u00e9ndose un breve resumen de la labor del equipo nominado en la entidad y las circunstancias o actuaciones en que se haya destacado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Consejo de la Medalla establecer\u00e1 un procedimiento de postulaci\u00f3n y selecci\u00f3n para otorgar la condecoraci\u00f3n de que trata este decreto, mediante el cual garantice una adecuada participaci\u00f3n de todos los servidores de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n y asegure la transparencia y objetividad en la escogencia de los equipos de trabajo merecedores de la Medalla, de acuerdo con las condiciones y requisitos fijados en este decreto. Este procedimiento se adoptar\u00e1 mediante resoluci\u00f3n expedida por el (la) Fiscal General de Naci\u00f3n. Par\u00e1grafo. El (la) Fiscal General de la Naci\u00f3n, mediante resoluci\u00f3n interna, podr\u00e1 designar otros(as) servidores(as) del nivel directivo que considere necesarios(as) para conformar el Consejo de la Medalla\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Art\u00edculo 3\u00b0. Modificar. Modif\u00edquese el art\u00edculo 6\u00b0 del Decreto n\u00famero 2886 de 2003, el cual quedar\u00e1 as\u00ed:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cArt\u00edculo 6\u00b0. A los Equipos de Trabajo galardonados, adem\u00e1s del reconocimiento honor\u00edfico que implica la imposici\u00f3n de la Medalla, se les conceder\u00e1 un est\u00edmulo econ\u00f3mico sin car\u00e1cter salarial por una sola vez, equivalente al valor de sesenta (60) salarios m\u00ednimos legales, los cuales ser\u00e1n repartidos con partes iguales entre sus integrantes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En el evento que la condecoraci\u00f3n se otorgue como distinci\u00f3n p\u00f3stuma, el est\u00edmulo econ\u00f3mico que corresponda se entregar\u00e1 a los(as) beneficiarios(as) del(la) servidor(a) en la forma que se\u00f1ale la legislaci\u00f3n vigente, en todo caso no podr\u00e1 superar los doce (12) salarios m\u00ednimos legales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Par\u00e1grafo. El reconocimiento del est\u00edmulo econ\u00f3mico se sujetar\u00e1 en todos los casos a la disponibilidad presupuestal correspondiente\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Art\u00edculo 4\u00b0. Modificar. Modif\u00edquese el art\u00edculo 8\u00b0 del Decreto n\u00famero 2886 de 2003, por el art\u00edculo 3\u00b0 de los Decretos 2046 de 2016 y 1832 de 2019, el cual quedar\u00e1 as\u00ed:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cArt\u00edculo 8\u00b0. Los equipos de trabajo que sean merecedores de la condecoraci\u00f3n Enrique Tow Murtra, en la categor\u00eda de innovaci\u00f3n tecnol\u00f3gica, eminencia cient\u00edfica y alta gerencia de que trata el art\u00edculo 2\u00b0, se les conceder\u00e1 un est\u00edmulo econ\u00f3mico sin car\u00e1cter salarial, por una sola vez, equivalente al valor de cuarenta (40) salarios m\u00ednimos legales, los cuales ser\u00e1n repartidos en partes iguales entre sus integrantes\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Art\u00edculo 5\u00b0. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedici\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Publ\u00edquese y c\u00famplase.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Dado en Bogot\u00e1, D. C, 15 de octubre de 2025.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">GUSTAVO PETRO URREGO<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Ministro de Justicia y del Derecho,<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Luis Eduardo Montealegre Lynett.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1087 DE 2025 (octubre 15) D.O. 53.275, octubre 16 de 2025 por el cual se modifica el Decreto n\u00famero 2886 de 2003, relacionado con la condecoraci\u00f3n \u201cEnrique Low Murtra al M\u00e9rito en el Servicio de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n. 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