{"id":58896,"date":"2026-02-12T13:06:41","date_gmt":"2026-02-12T18:06:41","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/?p=58896"},"modified":"2026-02-12T13:06:44","modified_gmt":"2026-02-12T18:06:44","slug":"decreto-036-de-2026","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2026\/02\/12\/decreto-036-de-2026\/","title":{"rendered":"DECRETO 036 DE 2026"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 036 DE 2026<\/p>\n\n\n\n<p>(enero 20)<\/p>\n\n\n\n<p>D.O. 53.374, enero 21 de 2026<\/p>\n\n\n\n<p>por el cual se reglamenta parcialmente el art\u00edculo 60 de la Ley 2559 de 2025 por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1\u00b0 de enero al 31 de diciembre de 2026 referente al pago de Bonos Pensionales con T\u00edtulos de Tesorer\u00eda TES Clase B.<\/p>\n\n\n\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, y en desarrollo del inciso segundo del art\u00edculo 60 de la Ley 2559 de 2025 y,<\/p>\n\n\n\n<p>CONSIDERANDO:<\/p>\n\n\n\n<p>Que la Ley 2559 de 2025, por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1\u00b0 de enero al 31 de diciembre de 2026, en el inciso segundo del art\u00edculo 60 estableci\u00f3 que, \u201c(\u2026) durante la presente vigencia fiscal la Naci\u00f3n podr\u00e1 reconocer y pagar, bien sea con cargo al servicio de deuda del Presupuesto General de la Naci\u00f3n o con bonos u otros t\u00edtulos de deuda p\u00fablica, los bonos pensionales a su cargo de qu\u00e9 trata la Ley 100 de 1993 y su Decreto n\u00famero 1833 de 2016, compilatorio de las normas del Sistema General de Pensiones. Cuando se emitan TES clase B para atender el pago de los bonos pensionales a cargo de la Naci\u00f3n que se hayan negociado de acuerdo con el art\u00edculo 12 del Decreto n\u00famero 1299 de 1994 en el mercado secundario, podr\u00e1n ser administrados por la Direcci\u00f3n General de Cr\u00e9dito P\u00fablico y Tesoro Nacional en una cuenta independiente, con el objetivo de suministrar la respectiva liquidez.<\/p>\n\n\n\n<p>(\u2026)\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Que seg\u00fan el par\u00e1grafo del art\u00edculo 60 de la Ley 2559 de 2025, \u201cLa emisi\u00f3n de los bonos o t\u00edtulos de que trata el presente art\u00edculo no implica operaci\u00f3n presupuestal y solo debe presupuestarse para efectos de su redenci\u00f3n y pago de intereses. (\u2026)\u201d;<\/p>\n\n\n\n<p>Que se requiere autorizar al Comit\u00e9 de Gesti\u00f3n de Pasivos y Coberturas de la Naci\u00f3n del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico para que fije las condiciones financieras y determine el cupo de emisi\u00f3n de los T\u00edtulos de Tesorer\u00eda TES Clase B para el pago de los bonos pensionales a cargo de la Naci\u00f3n;<\/p>\n\n\n\n<p>Que as\u00ed mismo, se hace necesario desarrollar el mecanismo de administraci\u00f3n y la forma de operaci\u00f3n de la cuenta independiente que administre el Tesoro Nacional, con el objetivo de suministrar la respectiva liquidez para el pago de los bonos pensionales que hayan sido negociados en el mercado secundario;<\/p>\n\n\n\n<p>Que en cumplimiento de los art\u00edculos 3\u00b0 y 8\u00b0 de la Ley 1437 de 2011 y de lo dispuesto por el Decreto \u00danico Reglamentario 1081 de 2015, el proyecto de decreto fue publicado en la p\u00e1gina web del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico;<\/p>\n\n\n\n<p>DECRETA:<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Autorizaci\u00f3n al Comit\u00e9 de Gesti\u00f3n de Pasivos y Coberturas de la Naci\u00f3n del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico para fijar las condiciones financieras y determinar el cupo de emisi\u00f3n de los T\u00edtulos de Tesorer\u00eda TES Clase B para el pago de los bonos pensionales a cargo de la Naci\u00f3n. El cupo de emisi\u00f3n y las condiciones financieras generales de los T\u00edtulos de Tesorer\u00eda TES Clase B que emita la Naci\u00f3n para el pago de los bonos pensionales a su cargo, ser\u00e1n determinados por el Comit\u00e9 de Gesti\u00f3n de Pasivos y Coberturas de la Naci\u00f3n del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, los cuales deber\u00e1n guardar consistencia con la Estrategia de Gesti\u00f3n de Deuda de Mediano Plazo (EGDMP), no implicar\u00e1n operaci\u00f3n presupuestal y solo deber\u00e1n presupuestarse para efectos de su redenci\u00f3n y pago de intereses conforme con lo previsto en el par\u00e1grafo del art\u00edculo 60 de la Ley 2559 de 2025.<\/p>\n\n\n\n<p>Cada orden de expedici\u00f3n ser\u00e1 suscrita por el Director General de Cr\u00e9dito P\u00fablico y Tesoro Nacional con base en los procedimientos que establezca la Oficina de Bonos Pensionales del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico.<\/p>\n\n\n\n<p>Los T\u00edtulos de Tesorer\u00eda TES Clase B que se expidan para el pago de Bonos Pensionales, deber\u00e1n reflejar las condiciones de mercado en la fecha de expedici\u00f3n que corresponda a cada uno de los pagos.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Administraci\u00f3n de la Cuenta de Liquidez para atender el Pago de los Bonos Pensionales a cargo de la Naci\u00f3n y determinaci\u00f3n del monto para la emisi\u00f3n de los T\u00edtulos de Tesorer\u00eda TES Clase B con destino a la \u201cCuenta de Liquidez\u201d. La Direcci\u00f3n General de Cr\u00e9dito P\u00fablico y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico administrar\u00e1 una cuenta independiente, que se denominar\u00e1 \u201cCuenta de Liquidez\u201d, con el objetivo de suministrar la liquidez para el pago de los bonos pensionales a cargo de la Naci\u00f3n, en los t\u00e9rminos del inciso segundo del art\u00edculo 60 de la Ley 2559 de 2025.<\/p>\n\n\n\n<p>El Comit\u00e9 de Gesti\u00f3n de Pasivos y Coberturas de la Naci\u00f3n del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, previa solicitud de la Oficina de Bonos Pensionales, determinar\u00e1 el monto para la emisi\u00f3n de los T\u00edtulos de Tesorer\u00eda TES Clase B con destino a la \u201cCuenta de Liquidez\u201d para que, con el producto de su venta, se atiendan los procesos de pago de los bonos pensionales de que trata el presente art\u00edculo.<\/p>\n\n\n\n<p>En la administraci\u00f3n de la \u201cCuenta de Liquidez\u201d, la Direcci\u00f3n General de Cr\u00e9dito P\u00fablico y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico podr\u00e1 realizar operaciones de compraventa de t\u00edtulos y colocaci\u00f3n de excedentes en dep\u00f3sitos remunerados en el Banco de la Rep\u00fablica.<\/p>\n\n\n\n<p>Los reintegros provenientes de las entidades receptoras del proceso de pago que se hayan originado mediante la expedici\u00f3n de T\u00edtulos de Tesorer\u00eda TES Clase B, ser\u00e1n depositados en la \u201cCuenta de Liquidez\u201d a que hace referencia el presente art\u00edculo.<\/p>\n\n\n\n<p>Las operaciones que se realicen con los recursos de la \u201cCuenta de Liquidez\u201d de que trata el presente art\u00edculo no generar\u00e1n operaci\u00f3n presupuestal alguna, conforme con lo previsto en el par\u00e1grafo del art\u00edculo 60 de la Ley 2559 de 2025.<\/p>\n\n\n\n<p>La disponibilidad de los recursos en la \u201cCuenta de Liquidez\u201d al final de la vigencia fiscal de 2026, junto con los rendimientos financieros generados por la misma, ser\u00e1n trasladados a la Direcci\u00f3n General de Cr\u00e9dito P\u00fablico y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, para formar unidad de caja y posteriormente proceder a la liquidaci\u00f3n de la mencionada cuenta.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Vigencia. El presente decreto rige a partir del d\u00eda siguiente a la fecha de su publicaci\u00f3n y tendr\u00e1 efectos hasta el 31 de diciembre de 2026.<\/p>\n\n\n\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase.<\/p>\n\n\n\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 20 de enero de 2026.<\/p>\n\n\n\n<p>GUSTAVO PETRO URREGO<\/p>\n\n\n\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico,<\/p>\n\n\n\n<p>Germ\u00e1n \u00c1vila Plazas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 036 DE 2026 (enero 20) D.O. 53.374, enero 21 de 2026 por el cual se reglamenta parcialmente el art\u00edculo 60 de la Ley 2559 de 2025 por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1\u00b0 de enero al 31 de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[90],"tags":[],"class_list":["post-58896","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2026"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/58896","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=58896"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/58896\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":58897,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/58896\/revisions\/58897"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=58896"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=58896"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=58896"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}