LEY 2594 DE 2026

Leyes 2026

Asistente Jurídico Inteligente

Selecciona un texto en la página o analiza el artículo completo.

ⓘ Puedes seleccionar un fragmento de texto o analizar el artículo completo.

LEY 2594 DE 2026

(julio 6)

D.O. 53.548, julio 9 de 2026

por medio de la cual se reconoce el carácter de factor salarial a la bonificación judicial de los servidores públicos de la Fiscalía General de la Nación, la Rama Judicial y la Justicia Penal Militar, la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y las Direcciones Seccionales de la Rama Judicial.

El Congreso de la República

DECRETA:

Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por objeto reconocer el carácter de factor salarial a la Bonificación Judicial de que tratan los Decretos números 382, 383, 384 de 2013, 022 de 2014 y 1269 de 2015, los cuales crearon y regularon una Bonificación Judicial para los servidores públicos la Fiscalía General de la Nación, la Rama Judicial y la Justicia Penal Militar, la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y las Direcciones Seccionales de la Rama Judicial, que se reconocería mensualmente y constituiría únicamente factor salarial para la base de cotización al Sistema General de Pensiones y al Sistema General de la Seguridad Social en Salud.

Artículo 2°. Bonificación Judicial como factor salarial. La Bonificación Judicial de que tratan los Decretos números 382, 383, 384 de 2013, 022 de 2014 y 1269 de 2015 constituirá factor salarial para todos los efectos legales sin excepción.

Artículo 3°. Vigencia. La presente ley rige a partir de su promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

El Presidente del Honorable Senado de la República,

Lidio Arturo García Turbay.

El Secretario General del Honorable Senado de la República,

Diego Alejandro González González.

El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes,

Julián David López Tenorio.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

Jaime Luis Lacouture Peñaloza.

REPÚBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL

Publíquese y cúmplase.

Dada a 6 de julio de 2026.

GUSTAVO PETRO URREGO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Germán Ávila Plazas.

El Ministro de Justicia y del Derecho,

Jorge Iván Cuervo Restrepo.

El Ministro de Defensa Nacional,

Pedro Arnulfo Sánchez Suárez.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *