{"id":1206,"date":"2020-11-24T19:32:34","date_gmt":"2020-11-24T19:32:34","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/2020\/11\/24\/ley-1140-de-2007\/"},"modified":"2020-11-24T19:32:34","modified_gmt":"2020-11-24T19:32:34","slug":"ley-1140-de-2007","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/2020\/11\/24\/ley-1140-de-2007\/","title":{"rendered":"LEY 1140 DE 2007"},"content":{"rendered":"<p>LEY 1140 DE 2007<B><FONT SIZE=6  face=\"Arial\"><P ALIGN=\"CENTER\"><font face=\"Verdana\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" border=\"0\" src=\"http:\/\/dmsjuridica.com\/CODIGOS\/LEGISLACION\/LEYES\/2019\/dms.png\" width=\"138\" height=\"103\"align=\"center\"><\/font><\/p>\n<p> <font size=\"6\">LEY 1140 DE 2007<\/font><\/p>\n<p><\/B><\/FONT><P ALIGN=\"CENTER\"><b><font  face=\"Arial\" size=\"2\">(junio 25)<\/font><\/b><\/P><FONT SIZE=2><P align=\"center\"><font  face=\"Arial\">por medio de la cual se aprueba el &quot;Convenio de Santa Cruz de la Sierra constitutivo de la Secretar\u00eda General Iberoamericana&quot;, adoptado en San Jos\u00e9 de Costa Rica el doce (12) de mayo de dos mil cuatro (2004) y el &quot;Estatuto de la Secretar\u00eda General Iberoamericana&quot;, aprobado en San Jos\u00e9, Costa Rica, el veinte (20) de noviembre del a\u00f1o dos mil cuatro (2004).<\/font><\/P><P align=\"left\"><b><font size=\"2\" face=\"Arial\">*Nota Jurisprudencial<\/font><font face=\"Arial\">*<\/font><\/b><\/P><\/p>\n<table cellSpacing=\"0\" cellPadding=\"6\" rules=\"none\" width=\"100%\"  border=\"1\" frame=\"border\" id=\"table2\">\n<tr>\n<td>\n<p align=\"justify\"><i><b><font face=\"Arial\" size=\"2\">CORTE CONSTITUCIONAL<\/font><\/b><\/i><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<p align=\"justify\"><i><font size=\"2\" face=\"Arial\">&#8211; Ley declarada <b>EXEQUIBLE<\/b> por la Corte Constitucional mediante <b><a hrefx=\"..\/..\/Sentencias\/C-189-08[1].doc\">Sentencia C-189-08<\/a><\/b> del 27 de febrero de 2008, Magistrado Ponente Dr. Manuel Jos\u00e9 Cepeda Espinosa.<\/font><\/i><\/td>\n<\/tr>\n<\/table>\n<p><P align=\"center\">&nbsp;<\/P><\/p>\n<div align=\"justify\"><b><font size=\"2\" face=\"Arial\">*Resumen de Notas de Vigencia<\/font><font face=\"Arial\">*<\/font><\/b><\/div>\n<div align=\"justify\">&nbsp;<\/div>\n<table cellSpacing=\"0\" cellPadding=\"6\" rules=\"none\" width=\"100%\"  border=\"1\" frame=\"border\" id=\"table1\">\n<tr>\n<td>\n<p align=\"justify\"><b><font size=\"2\" face=\"Arial\">NOTAS DE VIGENCIA:<\/font><\/b><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">&#8211; Convenio y ley aprobatoria declarados EXEQUIBLES por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-189-08 seg\u00fan Comunicado de Prensa de la Sala Plena de 27 de febrero de 2008, Magistrado Ponente Dr. Manuel Jos\u00e9 Cepeda Espinosa.<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">&#8211; Publicada originalmente en el Diario Oficial No. 46.670 de 25 de junio de 2007<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<\/table>\n<p><P align=\"center\">&nbsp;<\/P><P ALIGN=\"CENTER\"><b><font  face=\"Arial\">El Congreso de Colombia<\/font><\/b><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\">Visto el texto del <I>&quot;Convenio de Santa Cruz de la Sierra constitutivo de la Secretar\u00eda General Iberoamericana&quot;, <\/I>adoptado en San Jos\u00e9 de Costa Rica el doce (12) de mayo de dos mil cuatro (2004) y el <I>&quot;Estatuto de la Secretar\u00eda General Iberoamericana&quot;, <\/I>aprobado en San Jos\u00e9, Costa Rica, el veinte (20) de noviembre del a\u00f1o dos mil cuatro (2004), que a la letra dice:<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\">(Para ser trascrito: Se adjunta fotocopia del texto \u00edntegro del Instrumento Internacional mencionado).<\/font><\/P><P ALIGN=\"RIGHT\"><font  face=\"Arial\">\u00c1LVARO URIBE V\u00c9LEZ<\/font><\/P><P ALIGN=\"CENTER\">&nbsp;<\/P><P ALIGN=\"CENTER\"><b><font  face=\"Arial\">CONVENIO DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA CONSTITUTIVO DE LA SECRETARIA GENERAL IBEROAMERICANA<\/font><\/b><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\">Los Estados miembros de la Conferencia Iberoamericana Considerando,<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\">Que la I Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno celebrada en Guadalajara, en julio de 1991, constituy\u00f3 la Conferencia Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno con la participaci\u00f3n de los Estados soberanos de Am\u00e9rica y Europa de lengua espa\u00f1ola y portuguesa;<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\">Que las afinidades hist\u00f3ricas y culturales y la riqueza de nuestra expresi\u00f3n plural nos unen en torno al objetivo com\u00fan de desarrollar los ideales de la comunidad iberoamericana con base en el di\u00e1logo, la cooperaci\u00f3n y la solidaridad;<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\">Que en las Cumbres Iberoamericanas de Jefes de Estado y de Gobierno celebradas en Guadalajara, Madrid y Salvador, Bah\u00eda, de car\u00e1cter fundacional, se reconoce que nuestra relaci\u00f3n se basa en la democracia, en el respeto de los derechos humanos, a las libertades fundamentales, y se orienta por los principios de soberan\u00eda, integridad territorial y no intervenci\u00f3n en los asuntos internos de cada Estado y por el derecho de cada pueblo a construir libremente en la paz, estabilidad y justicia su sistema pol\u00edtico y sus instituciones;<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\">Que la Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno es la m\u00e1xima instancia de la Conferencia Iberoamericana que se apoya en los acuerdos alcanzados durante las Reuniones de Ministros de Relaciones Exteriores, de los Coordinadores Nacionales y Responsables de Cooperaci\u00f3n, as\u00ed como en las reuniones ministeriales sectoriales del \u00e1mbito iberoamericano;<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\">Que el Convenio para la Cooperaci\u00f3n en el marco de la Conferencia Iberoamericana suscrito en San Carlos de Bariloche, el 15 de octubre de 1995, estableci\u00f3 un marco institucional que regula las relaciones de cooperaci\u00f3n entre sus miembros, con el prop\u00f3sito de dinamizar el progreso econ\u00f3mico y social, estimular la participaci\u00f3n ciudadana, fortalecer el di\u00e1logo y servir como expresi\u00f3n de la solidaridad entre los pueblos y los Gobiernos Iberoamericanos;<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\">Que con el Convenio de Bariloche se impuls\u00f3 un amplio n\u00famero de programas de cooperaci\u00f3n, as\u00ed como la constituci\u00f3n de redes de colaboraci\u00f3n entre instituciones de los Estados Iberoamericanos;<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\">Que los Jefes de Estado y de Gobierno Iberoamericanos acordaron crear en la VIII Cumbre Iberoamericana de Oporto la Secretar\u00eda de Cooperaci\u00f3n Iberoamericana;<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\">Que en la IX Cumbre Iberoamericana, celebrada en la ciudad de La Habana, se adopt\u00f3 el Protocolo al Convenio para la Cooperaci\u00f3n en el marco de la Conferencia Iberoamericana para la constituci\u00f3n de la Secretar\u00eda de Cooperaci\u00f3n Iberoamericana (SECIB), el cual expresa la voluntad de los Jefes de Estado y de Gobierno de reforzar el marco institucional creado por el Convenio de Bariloche;<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\">Que en la XII Cumbre Iberoamericana celebrada en B\u00e1varo se acord\u00f3 elaborar un estudio sobre medidas e iniciativas concretas para elevar el nivel de institucionalizaci\u00f3n de la Conferencia Iberoamericana, mejorar los mecanismos y procedimientos de cooperaci\u00f3n, as\u00ed como asegurarle mayor cohesi\u00f3n interna y proyecci\u00f3n internacional;<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\">Que es necesario contribuir a la mayor articulaci\u00f3n y a una adecuada coordinaci\u00f3n de los trabajos de las reuniones ministeriales sectoriales y los que realizan los organismos iberoamericanos reconocidos por la Conferencia Iberoamericana;<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\">Que en la XIII Cumbre Iberoamericana celebrada en Santa Cruz de la Sierra, los Jefes de Estado y de Gobierno expresaron su decisi\u00f3n de crear la Secretar\u00eda General Iberoamericana;<\/font><\/P><B><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\">Convienen lo siguiente:<\/font><\/P><\/B><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\"><b>Art\u00edculo 1\u00b0.<\/b> <I>Creaci\u00f3n de la Secretar\u00eda General Iberoamericana. <\/I>Se crea la Secretar\u00eda General Iberoamericana (SEGIB), organismo internacional dotado de personalidad jur\u00eddica propia y capacidad para celebrar los actos y contratos necesarios para el cumplimiento de sus fines, de conformidad con los principios y objetivos de la Conferencia Iberoamericana.<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\">La Secretar\u00eda General tendr\u00e1 su sede en Madrid.<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\"><b>Art\u00edculo 2\u00b0.<\/b> <I>Objetivos de la Secretar\u00eda General Iberoamericana. <\/I>La Secretar\u00eda General Iberoamericana, como \u00f3rgano de apoyo de la Conferencia Iberoamericana, tiene los siguientes objetivos:<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\">a) Contribuir al fortalecimiento de la Comunidad Iberoamericana y asegurarle una proyecci\u00f3n internacional;<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\">b) Coadyuvar a la organizaci\u00f3n del proceso preparatorio de las Cumbres y de todas las reuniones iberoamericanas;<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\">c) Fortalecer la labor desarrollada en materia de cooperaci\u00f3n en el marco de la Conferencia Iberoamericana, promoviendo la cooperaci\u00f3n, de conformidad con el Convenio de Bariloche;<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\">d) Promover los v\u00ednculos hist\u00f3ricos, culturales, sociales y econ\u00f3micos entre los pa\u00edses iberoamericanos, reconociendo y valorando la diversidad de sus pueblos.<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\"><b>Art\u00edculo 3\u00b0.<\/b> <I>Funciones. <\/I>La Secretar\u00eda General Iberoamericana tendr\u00e1 las funciones fijadas en su normativa estatutaria, que ser\u00e1 aprobada por los Jefes de Estado y de Gobierno, a fin de dar apoyo institucional, en estrecha coordinaci\u00f3n con la Secretar\u00eda Pro T\u00e9mpore, a la Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno y a las dem\u00e1s instancias de la Conferencia Iberoamericana.<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\"><b>Art\u00edculo 4\u00b0.<\/b> <I>El Secretario General. <\/I>La Secretar\u00eda General Iberoamericana contar\u00e1 con un Secretario General nombrado por consenso por los Jefes de Estado y de Gobierno a propuesta de la Reuni\u00f3n Plenaria de Ministros de Relaciones Exteriores. Su mandato tendr\u00e1 una duraci\u00f3n de cuatro a\u00f1os, pudiendo ser renovado por una sola vez. El Secretario General no podr\u00e1 ser sucedido por una persona de la misma nacionalidad.<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\">Las funciones, competencias y el procedimiento de selecci\u00f3n del Secretario General ser\u00e1n definidos en la normativa estatutaria de la Secretar\u00eda General Iberoamericana.<\/font><\/P><P><font  face=\"Arial\"><b>Art\u00edculo 5\u00b0.<\/b> <I>Del Secretario Adjunto y del Secretario para la Cooperaci\u00f3n Iberoamericana. <\/I>La Secretar\u00eda General Iberoamericana contar\u00e1 con un Secretario Adjunto y un Secretario para la Cooperaci\u00f3n Iberoamericana, nombrados por la Reuni\u00f3n Plenaria de Ministros de Relaciones Exteriores. Sus mandatos tendr\u00e1n una duraci\u00f3n de cuatro a\u00f1os pudiendo ser renovados por una sola vez y sus funciones, competencias y procedimiento de selecci\u00f3n estar\u00e1n definidos en la normativa estatutaria de la Secretar\u00eda General.<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\">En la selecci\u00f3n del personal de la Secretar\u00eda General se garantizar\u00e1 la representaci\u00f3n geogr\u00e1fica equitativa, el equilibrio de idioma, as\u00ed como la incorporaci\u00f3n de la perspectiva de g\u00e9nero.<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\">El Secretario General, el Secretario Adjunto y el Secretario para la Cooperaci\u00f3n Iberoamericana deber\u00e1n ser nacionales de pa\u00edses diferentes.<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\"><b>Art\u00edculo 6\u00b0. <\/b> <I>Independencia en el cumplimiento de deberes. <\/I>En el cumplimiento de sus deberes, el Secretario General, el Secretario Adjunto, el Secretario para la Cooperaci\u00f3n Iberoamericana, as\u00ed como el resto del personal de la Secretar\u00eda, no solicitar\u00e1n ni recibir\u00e1n instrucciones de ning\u00fan Gobierno ni de ninguna autoridad ajena a la Conferencia Iberoamericana, y se abstendr\u00e1n de actuar en forma alguna que sea incompatible con su condici\u00f3n de funcionarios internacionales responsables \u00fanicamente ante la Conferencia.<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\"><b>Art\u00edculo 7\u00b0.<\/b> <I>Financiaci\u00f3n. <\/I>La Secretar\u00eda General se financiar\u00e1 a trav\u00e9s de las contribuciones de los Estados miembros, seg\u00fan la escala de cuotas que acordar\u00e1 la Reuni\u00f3n Plenaria de Ministros de Relaciones Exteriores con base en las recomendaciones formuladas por los Coordinadores Nacionales y los Responsables de Cooperaci\u00f3n Iberoamericanos.<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\">La Secretar\u00eda General Iberoamericana se regir\u00e1 por las disposiciones de car\u00e1cter financiero y presupuestario establecidas en su normativa estatutaria.<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\"><b>Art\u00edculo 8\u00b0.<\/b> <I>Privilegios e inmunidades. <\/I>La Secretar\u00eda General y su personal gozar\u00e1n de los privilegios e inmunidades reconocidos en el Acuerdo de Sede entre la Secretar\u00eda General y el Estado anfitri\u00f3n, adem\u00e1s de aquellos internacionalmente reconocidos a los funcionarios de los Organismos Internacionales necesarios para el ejercicio de sus funciones, de conformidad con los ordenamientos jur\u00eddicos de los pa\u00edses miembros de la Conferencia Iberoamericana.<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\"><b>Art\u00edculo 9\u00b0.<\/b> <I>Idiomas oficiales y de trabajo. <\/I>Los idiomas oficiales y de trabajo de la Secretar\u00eda General ser\u00e1n el espa\u00f1ol y el portugu\u00e9s.<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\"><b>Art\u00edculo 10. <\/b> <I>Firma, ratificaci\u00f3n y entrada en vigor. <\/I>El presente Convenio estar\u00e1 abierto a la firma de todos los Estados miembros de la Conferencia Iberoamericana en la sede del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Rep\u00fablica de Bolivia.<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\">El presente Convenio ser\u00e1 ratificado de conformidad con las normas internas de cada Estado Parte y entrar\u00e1 en vigor el trig\u00e9simo d\u00eda a partir de la fecha en que haya sido depositado el s\u00e9ptimo instrumento de ratificaci\u00f3n.<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\">Para el Estado que ratifique el Convenio despu\u00e9s de haber sido depositado el s\u00e9ptimo instrumento de ratificaci\u00f3n, el Convenio entrar\u00e1 en vigor el trig\u00e9simo d\u00eda a partir de la fecha en que tal Estado haya depositado su instrumento de ratificaci\u00f3n.<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\"><b>Art\u00edculo 11.<\/b> <I>Enmiendas. <\/I>El presente Convenio podr\u00e1 ser enmendado a propuesta de cualquier Estado Parte. Las propuestas de enmienda ser\u00e1n comunicadas al Secretario General quien las notificar\u00e1 a las dem\u00e1s Partes para su inclusi\u00f3n, por la Secretar\u00eda Pro T\u00e9mpore, en la agenda de la siguiente Cumbre.<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\">Una vez aprobadas por consenso de los Jefes de Estado y de Gobierno, las enmiendas entrar\u00e1n en vigor, para todos los Estados Parte de conformidad con el procedimiento establecido en el art\u00edculo 10.<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\"><b>Art\u00edculo 12.<\/b> <I>Duraci\u00f3n y denuncia. <\/I>El presente Convenio tendr\u00e1 una duraci\u00f3n indefinida, pudiendo ser denunciado por cualquiera de las Partes mediante notificaci\u00f3n escrita al Depositario.<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\">La denuncia surtir\u00e1 efecto, en relaci\u00f3n con los programas y proyectos en curso, una vez transcurrido el plazo de un a\u00f1o desde la fecha en que la notificaci\u00f3n haya sido recibida por el Depositario.<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\">El aviso de denuncia no eximir\u00e1 de la obligaci\u00f3n del pago de las cuotas pendientes.<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\"><b>Art\u00edculo 13.<\/b> <I>Interpretaci\u00f3n. <\/I>Las diferencias de interpretaci\u00f3n de este Convenio ser\u00e1n examinadas por los Coordinadores Nacionales y elevadas, en su caso, a los Ministros de Relaciones Exteriores para la resoluci\u00f3n por consenso de los Jefes de Estado y de Gobierno.<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\"><b>Art\u00edculo 14<\/b>. <I>Depositario. <\/I>El presente Convenio, cuyos textos en espa\u00f1ol y portugu\u00e9s son igualmente aut\u00e9nticos, y sus instrumentos de ratificaci\u00f3n se depositar\u00e1n en los Archivos del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Rep\u00fablica de Bolivia.<\/font><\/P><B><P ALIGN=\"CENTER\"><font  face=\"Arial\">Disposiciones transitorias<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\">Primera. <\/font> <\/B><font  face=\"Arial\">El Estatuto de la Secretaria General Iberoamericana, previamente negociado por los Coordinadores Nacionales, ser\u00e1 elevado por los Ministros de Relaciones Exteriores a la aprobaci\u00f3n por consenso de los Jefes de Estado y de Gobierno en la XIV Cumbre Iberoamericana.<\/font><\/P><B><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\">Segunda. <\/font> <\/B><font  face=\"Arial\">La Secretar\u00eda de Cooperaci\u00f3n Iberoamericana (SECIB) continuar\u00e1 ejerciendo sus funciones hasta la entrada en vigor del presente Convenio, cuando sus atribuciones sean asumidas por la Secretar\u00eda General Iberoamericana, de conformidad con el Convenio para la Cooperaci\u00f3n en el marco de la Conferencia Iberoamericana y el Protocolo al Convenio para la Cooperaci\u00f3n en el marco de la Conferencia Iberoamericana para la constituci\u00f3n de la SECIB.<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\">A todos los efectos legales, la Secretar\u00eda General Iberoamericana, sucede a la Secretar\u00eda de Cooperaci\u00f3n Iberoamericana (SECIB) en sus derechos y obligaciones.<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\">La entrada en vigor del presente Convenio no afectar\u00e1 la continuidad de los programas de cooperaci\u00f3n que se encuentren en ejecuci\u00f3n entre los Estados Parte del Protocolo al Convenio para la Cooperaci\u00f3n en el marco de la Conferencia Iberoamericana para la constituci\u00f3n de la Secretar\u00eda de Cooperaci\u00f3n Iberoamericana.<\/font><\/P><P ALIGN=\"JUSTIFY\"><font  face=\"Arial\">Firmado en la ciudad de La Paz, Bolivia,<\/font><\/P><I><P ALIGN=\"RIGHT\"><font  face=\"Arial\">Firmas ilegibles.<\/font><\/P><\/p>\n<p><font face=\"Arial\">REPUBLICA DE BOLIVIA <\/p>\n<p>MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO VREC-DCC-O40\/04\/9478.<\/p>\n<p>EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO DIRECCION DE COORDINACION DE CUMBRES <\/p>\n<p>Saluda atentamente a la honorable Embajada de la Rep\u00fablica de Colombia, y para los fines que correspondan tiene el agrado de enviar adjunta a la presente, copias legalizadas del Convenio de Santa Cruz de la Sierra Constitutivo de la Secretar\u00eda General Iberoamericana, en sus dos versiones (espa\u00f1ol y portugu\u00e9s).<\/p>\n<p>EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO DIRECCION DE COORDINACION DE CUMBRES <\/p>\n<p>Hace propicia la oportunidad para expresar a la honorable Embajada de la Rep\u00fablica de Colombia, las seguridades de su m\u00e1s alta y distinguida consideraci\u00f3n.<\/p>\n<p>La Paz, 17 de agosto de 2004.<\/p>\n<p>18 agosto de 2004.<\/p>\n<p>A la honorable, Embajada de la Rep\u00fablica de Colombia.<\/p>\n<p>Presente.<\/p>\n<p>Estatuto de la Secretar\u00eda <\/p>\n<p>General Iberoamericana <\/p>\n<p>Teniendo en consideraci\u00f3n las disposiciones contenidas en el Convenio de Santa Cruz de la Sierra Constitutivo de la Secretar\u00eda General Iberoamericana (SEGIB) y en el Convenio de Bariloche, los Estados Miembros de la Conferencia Iberoamericana acuerdan el siguiente Estatuto por el cual se regir\u00e1 la Secretar\u00eda General Iberoamericana.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1o. Naturaleza <\/p>\n<p>La Secretar\u00eda General Iberoamericana (SEGIB) es el \u00f3rgano permanente de apoyo institucional, t\u00e9cnico y administrativo a la Conferencia Iberoamericana.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2o. Funciones <\/p>\n<p>La SEGIB ejercer\u00e1 sus funciones de conformidad con las decisiones de las Cumbres Iberoamericanas. En estrecha coordinaci\u00f3n con la Secretar\u00eda Pro-Tempore, brindar\u00e1 apoyo institucional a las Cumbres y dem\u00e1s instancias de la Conferencia Iberoamericana.<\/p>\n<p>Ser\u00e1 responsabilidad de la SEGIB: a) Ejecutar los mandatos que reciba de las Cumbres y Reuniones de Ministros de Relaciones Exteriores, realizar el seguimiento cuando corresponda, y mantener informadas sobre su cumplimiento a las distintas instancias de la Conferencia Iberoamericana;<\/p>\n<p>b) Apoyar a la Secretar\u00eda Pro-Tempore en la preparaci\u00f3n de las Cumbres Iberoamericanas;<\/p>\n<p>c) Colaborar con la Secretar\u00eda Pro-Tempore, y el pa\u00eds anfitri\u00f3n cuando corresponda, en la preparaci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y seguimiento de las reuniones ministeriales sectoriales;<\/p>\n<p>d) Desempe\u00f1ar en coordinaci\u00f3n con la Secretar\u00eda Pro-Tempore las funciones de relator\u00eda en las Cumbres Iberoamericanas de jefes de Estado y de Gobierno, de las Reuniones de Ministros de Relaciones Exteriores y Reuniones Ministeriales Sectoriales;<\/p>\n<p>e) Fortalecer, de conformidad con el Convenio de Bariloche, la labor en materia de cooperaci\u00f3n en el marco de la Conferencia Iberoamericana y sugerir alternativas con miras a su perfeccionamiento;<\/p>\n<p>f) Presentar propuestas de programas, proyectos e iniciativas de cooperaci\u00f3n a la reuni\u00f3n de los Responsables de Cooperaci\u00f3n Iberoamericana para su aprobaci\u00f3n de conformidad con el Convenio de Bariloche;<\/p>\n<p>g) Colaborar con los Estados miembros, en el dise\u00f1o y gesti\u00f3n de los programas, proyectos e iniciativas de Cooperaci\u00f3n Iberoamericana, as\u00ed como realizar el seguimiento y evaluaci\u00f3n de los mismos;<\/p>\n<p>h) Brindar apoyo t\u00e9cnico y administrativo a la Conferencia Iberoamericana y, en particular, preservar su memoria institucional;<\/p>\n<p>i) Asegurar la coordinaci\u00f3n de las distintas instancias de la Conferencia Iberoamericana con los dem\u00e1s organismos iberoamericanos reconocidos por la Conferencia;<\/p>\n<p>j) Presentar el proyecto del presupuesto y del programa anual de trabajo (presupuesto-programa) para su aprobaci\u00f3n por la Reuni\u00f3n de Ministros de Relaciones Exteriores, con las recomendaciones previas de los Coordinadores Nacionales y Responsables de Cooperaci\u00f3n Iberoamericana;<\/p>\n<p>k) Trabajar en estrecha coordinaci\u00f3n con los Coordinadores Nacionales y los Responsables de Cooperaci\u00f3n, a quienes informar\u00e1 peri\u00f3dicamente sobre la ejecuci\u00f3n del presupuesto-programa de la Secretar\u00eda y someter\u00e1 las correspondientes rendiciones de cuenta para su aprobaci\u00f3n por la Reuni\u00f3n de Ministros de Relaciones Exteriores;<\/p>\n<p>l) Contribuir a la proyecci\u00f3n internacional de la Comunidad Iberoamericana en el marco de las instrucciones y mandatos recibidos de los Jefes de Estado y de Gobierno;<\/p>\n<p>m) Incentivar y apoyar, en el contexto del programa de trabajo, las actividades de asociaciones de car\u00e1cter iberoamericano en los \u00e1mbitos profesional, acad\u00e9mico e institucional; y <\/p>\n<p>n) Presentar propuestas a trav\u00e9s de las instancias competentes de la Conferencia Iberoamericana con miras al cumplimiento de los objetivos enunciados en el Convenio de Santa Cruz de la Sierra Constitutivo de la Secretar\u00eda General.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3o. Estructura <\/p>\n<p>La Secretar\u00eda General estar\u00e1 integrada por un Secretario General, un Secretario Adjunto y un Secretario para la Cooperaci\u00f3n Iberoamericana.<\/p>\n<p>El Secretario General ocupa el puesto m\u00e1s alto en la estructura administrativa de la SEGIB y es el responsable del funcionamiento de la Secretar\u00eda General Iberoamericana.<\/p>\n<p>El Secretario General tendr\u00e1 como sus principales colaboradores al Secretario Adjunto y al Secretario para la Cooperaci\u00f3n Iberoamericana.<\/p>\n<p>El Secretario General presentar\u00e1 a los Coordinadores Nacionales y Responsables de Cooperaci\u00f3n, y someter\u00e1 a la aprobaci\u00f3n de la Reuni\u00f3n de Ministros de Relaciones Exteriores, una propuesta de organigrama con indicaci\u00f3n de los perfiles profesionales requeridos. Las eventuales propuestas de alteraci\u00f3n del organigrama aprobado deber\u00e1n ser sometidas a los Ministros de Relaciones Exteriores, con la propuesta del presupuesto \u2013 programa de que trata el apartado (j) del art\u00edculo 2o.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4o. Del Secretario General <\/p>\n<p>El Secretario General ser\u00e1 nombrado por consenso por los jefes de Estado y de Gobierno, a propuesta de la Reuni\u00f3n de Ministros de Relaciones Exteriores, para un mandato de cuatro a\u00f1os. El mandato podr\u00e1 ser renovado por un per\u00edodo \u00fanico adicional.<\/p>\n<p>El Secretario General deber\u00e1 ser nacional de uno de los pa\u00edses iberoamericanos y haber desempe\u00f1ado funciones de alta responsabilidad en uno de los pa\u00edses miembros de la Conferencia o en una organizaci\u00f3n internacional.<\/p>\n<p>El Secretario General cesar\u00e1 en sus funciones al t\u00e9rmino de su mandato, o por dimisi\u00f3n o separaci\u00f3n del cargo acordada por los jefes de Estado y de Gobierno.<\/p>\n<p>El Secretario General no podr\u00e1 ser sucedido por una persona de la misma nacionalidad.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5o. Atribuciones del Secretario General <\/p>\n<p>Corresponden al Secretario General las siguientes atribuciones: a) Ser Secretario de las Cumbres;<\/p>\n<p>b) Participar en las Reuniones de Ministros de Relaciones Exteriores, en las reuniones sectoriales de Ministros y en las de Coordinadores Nacionales, con voz pero sin voto;<\/p>\n<p>c) Proponer a la reuni\u00f3n de Ministros de Relaciones Exteriores un calendario anual de reuniones de la Conferencia, incluidas aquellas de car\u00e1cter sectorial;<\/p>\n<p>d) Ejercer la representaci\u00f3n legal de la Secretar\u00eda;<\/p>\n<p>e) Actuar ante los organismos internacionales de conformidad con las instrucciones espec\u00edficas y mandatos recibidos de las Cumbres o de las Reuniones de Ministros de Relaciones Exteriores;<\/p>\n<p>f) Orientar, coadyuvado por el Secretario para la Cooperaci\u00f3n Iberoamericana, la planificaci\u00f3n, organizaci\u00f3n, direcci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de las actividades de la Secretar\u00eda General en pro de la Cooperaci\u00f3n Iberoamericana;<\/p>\n<p>g) Transmitir a la Secretar\u00eda Pro-Tempore las comunicaciones recibidas de terceros Estados u Organizaciones que requieran de decisi\u00f3n o conocimiento de la Conferencia;<\/p>\n<p>h) Identificar y sugerir a la Reuni\u00f3n de Ministros de Relaciones Exteriores para su aprobaci\u00f3n, con la recomendaci\u00f3n de los Coordinadores Nacionales y, cuando corresponda, de los Responsables de Cooperaci\u00f3n, posibles fuentes adicionales de financiaci\u00f3n para los programas y proyectos de la SEGIB y de la Cumbre;<\/p>\n<p>i) Ejercer la custodia de los documentos y archivos en poder de la SEGIB;<\/p>\n<p>j) Ejercer la guardia y la custodia del patrimonio de la SEGIB;<\/p>\n<p>k) Someter a la Reuni\u00f3n de Ministros de Relaciones Exteriores para su aprobaci\u00f3n las propuestas de reglamentos internos de la SEGIB y las propuestas para su actualizaci\u00f3n, con las recomendaciones previas de los Coordinadores Nacionales y de los Responsables de la Cooperaci\u00f3n Iberoamericana cuando corresponda; y cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Cumbre Iberoamericana de jefes de Estado y de Gobierno.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6o. Del Secretario Adjunto y del Secretario para la Cooperaci\u00f3n.<\/p>\n<p>1. El Secretario Adjunto y el Secretario para la Cooperaci\u00f3n Iberoamericana ser\u00e1n nombrados por la Reuni\u00f3n de Ministros de Relaciones Exteriores para un mandato de 4 a\u00f1os, renovable por un per\u00edodo \u00fanico adicional.<\/p>\n<p>El Secretario General, el Secretario Adjunto y el Secretario para la Cooperaci\u00f3n deber\u00e1n ser nacionales de pa\u00edses iberoamericanos diferentes.<\/p>\n<p>2. Corresponden al Secretario Adjunto las siguientes funciones: a) Coadyuvar junto con el Secretario General al apoyo t\u00e9cnico, administrativo e institucional a las Cumbres, Reuniones de Ministros de Relaciones Exteriores y otras instancias de la Conferencia;<\/p>\n<p>b) Asistir al Secretario General en las tareas de administraci\u00f3n superior de la Secretar\u00eda;<\/p>\n<p>c) Reemplazar ad interim al Secretario General en los casos de ausencia o de impedimento temporales del titular de la Secretar\u00eda; y <\/p>\n<p>d) Cualesquiera otras que le asigne el Secretario General.<\/p>\n<p>En caso de que el cargo de Secretario General quede vacante, el Secretario Adjunto ser\u00e1 responsable de la Secretar\u00eda hasta el nombramiento de un nuevo titular por la Cumbre Iberoamericana.<\/p>\n<p>3. Corresponden al Secretario para la Cooperaci\u00f3n Iberoamericana las siguientes funciones: <\/p>\n<p>a) Asistir al Secretario General en la planificaci\u00f3n, organizaci\u00f3n, direcci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de las actividades de cooperaci\u00f3n de la SEGIB;<\/p>\n<p>b) Apoyar a los pa\u00edses miembros de la Conferencia en la presentaci\u00f3n de las iniciativas y en la ejecuci\u00f3n de los programas y proyectos de Cooperaci\u00f3n Iberoamericana, propiciando su articulaci\u00f3n y complementariedad;<\/p>\n<p>c) Realizar el seguimiento de las iniciativas y la evaluaci\u00f3n de los Programas Cumbre y Proyectos adscritos a la Conferencia Iberoamericana e informar de ello en la reuni\u00f3n de Responsables de Cooperaci\u00f3n;<\/p>\n<p>d) Asegurar la coordinaci\u00f3n en materia de cooperaci\u00f3n con las instancias establecidas en el marco iberoamericano y cualquier otra Instituci\u00f3n u Organismo con los que deba relacionarse en cumplimiento de sus funciones;<\/p>\n<p>e) Favorecer la promoci\u00f3n y difusi\u00f3n p\u00fablica de la Cooperaci\u00f3n Iberoamericana; y<\/p>\n<p>f) Cualesquiera otras que le asigne el Secretario General.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7o. Personal <\/p>\n<p>El personal de la SEGIB ser\u00e1 nombrado por el Secretario General, de acuerdo con el Reglamento de Personal que ser\u00e1 aprobado por la Reuni\u00f3n de Ministros de Relaciones Exteriores.<\/p>\n<p>Todo el personal de la SEGIB deber\u00e1 ser nacional de pa\u00eds iberoamericano, ser\u00e1 seleccionado en funci\u00f3n de su capacidad, idoneidad y perfil profesional, garantiz\u00e1ndose adem\u00e1s en su selecci\u00f3n la representaci\u00f3n geogr\u00e1fica equitativa y el equilibrio de idioma, as\u00ed como la perspectiva de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>El personal de la SEGIB estar\u00e1 vinculado a la Secretar\u00eda por una relaci\u00f3n contractual.<\/p>\n<p>Las reuniones de Coordinadores Nacionales y de Responsables de Cooperaci\u00f3n Iberoamericana podr\u00e1n recomendar al Secretario General la adscripci\u00f3n, por plazo fijo y determinado, de funcionarios o expertos presentados por alg\u00fan pa\u00eds miembro de la Conferencia para contribuir a la ejecuci\u00f3n de una actividad, proyecto o programa espec\u00edfico.<\/p>\n<p>Mientras permanezcan vinculados a la Secretar\u00eda, los miembros del personal de la SEGIB y los funcionarios o expertos a ella adscritos no solicitar\u00e1n ni recibir\u00e1n instrucciones de Gobiernos o autoridad ajena a la Secretar\u00eda, y se abstendr\u00e1n de actuar de forma incompatible con la condici\u00f3n de quienes prestan sus servicios en un organismo internacional.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8o. Presupuesto <\/p>\n<p>El presupuesto\u2013programa anual de la SEGIB, conforme al Reglamento Financiero que ser\u00e1 aprobado por la Reuni\u00f3n de Ministros de Relaciones Exteriores, deber\u00e1 identificar los ingresos y los gastos proyectados para los programas, proyectos y actividades de trabajo previstas para el a\u00f1o siguiente al de su presentaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El presupuesto-programa ser\u00e1 financiado a trav\u00e9s de las contribuciones de los Estados miembros, seg\u00fan escala de cuotas establecida de acuerdo con los criterios convenidos por la Reuni\u00f3n de los Ministros de Relaciones Exteriores con base en las recomendaciones formuladas por los Coordinadores Nacionales y Responsables de Cooperaci\u00f3n Iberoamericanos.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9o. Acuerdo de Sede <\/p>\n<p>De conformidad con el art\u00edculo primero del Convenio, la sede de la SEGIB estar\u00e1 en Madrid, Espa\u00f1a.<\/p>\n<p>La SEGIB acordar\u00e1 con el Estado sede las condiciones de acogida, que incluir\u00e1n todas las facilidades necesarias para el cumplimiento de sus funciones y, en particular, el reconocimiento de privilegios, e inmunidades.<\/p>\n<p>El Secretario General someter\u00e1 el proyecto de Acuerdo de Sede a la aprobaci\u00f3n de la Reuni\u00f3n de Ministros de Relaciones Exteriores.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Idiomas <\/p>\n<p>Los idiomas oficiales y de trabajo de la Secretar\u00eda General ser\u00e1n el espa\u00f1ol y el portugu\u00e9s.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Entrada en vigor <\/p>\n<p>En cumplimiento del Convenio de Santa Cruz de la Sierra Constitutivo de la SEGIB, este Estatuto ser\u00e1 aprobado en la XIV Cumbre de San Jos\u00e9 de Costa Rica.<\/p>\n<p>El presente Estatuto entrar\u00e1 en vigor en la fecha en que lo haga el Convenio de Santa Cruz de la Sierra Constitutivo de la SEGIB, sin menoscabo de los procedimientos internos de cada Estado Miembro.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Enmiendas.<\/p>\n<p>Toda enmienda al presente Estatuto deber\u00e1 ser aprobada por la Cumbre Iberoamericana, en base a las recomendaciones que proponga la Reuni\u00f3n de Ministros de Relaciones Exteriores.<\/p>\n<p>DISPOSICIONES TRANSITORIAS <\/p>\n<p>1. A todos los efectos legales, la Secretar\u00eda General Iberoamericana (SEGIB) sucede a la Secretar\u00eda de Cooperaci\u00f3n Iberoamericana (SECIB) en sus derechos y obligaciones. La SECIB continuar\u00e1 ejerciendo sus funciones hasta la entrada en vigor del Convenio de Santa Cruz de la Sierra Constitutivo de la Secretar\u00eda General Iberoamericana. En tanto no sea aprobado el primer presupuesto anual de la SEGIB, el Secretario General dispondr\u00e1 de la sede y de los recursos humanos y materiales de la SECIB.<\/p>\n<p>2. Desde el momento de su designaci\u00f3n, el Secretario General podr\u00e1 realizar las actividades necesarias para la puesta en marcha de la Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>3. El Secretario General comunicar\u00e1 por v\u00eda diplom\u00e1tica a los Ministros de Relaciones Exteriores iberoamericanos el nombramiento del personal directivo de la Secretar\u00eda General, y someter\u00e1 para su aprobaci\u00f3n sus primeras disposiciones en materia presupuestaria.<\/p>\n<p>Aprobado en San Jos\u00e9, Costa Rica, el d\u00eda veinte de noviembre del a\u00f1o dos mil cuatro.<\/p>\n<p>VISTO EN EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO <\/p>\n<p>La Paz 18 de febrero de 2005.<\/p>\n<p>Firma <\/p>\n<p>DRA. RUZENA VILLARROEL MONTA\u00d1O.<br \/>Jefe Departamento de Legalizaciones.<\/p>\n<p>Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.<\/p>\n<p>Hay sello <\/p>\n<p>El MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, DIRECCION DE LEGALIZACIONES <\/p>\n<p>CERTIFICA que la firma de:\u2026, guarda similitud con las que cursan en nuestro registro.<\/p>\n<p>La Paz\u2026 <\/p>\n<p>RAMA EJECUTIVA DEL PODER PUBLICO<\/p>\n<p>PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA<\/p>\n<p>Bogot\u00e1, D. C., 4 de mayo de 2005 <\/p>\n<p>Aprobado. Som\u00e9tase a la Consideraci\u00f3n del honorable Congreso Nacional para los efectos Constitucionales.<\/p>\n<p>(Fdo.), \u00c1LVARO URIBE V\u00c9LEZ <\/p>\n<p>La Ministra de Relaciones Exteriores, <\/p>\n<p>(Fdo.), Carolina Barco Isakson.<\/p>\n<p>DECRETA: <\/p>\n<p>Art\u00edculo 1o. Apru\u00e9banse el \u201cConvenio de Santa Cruz de la Sierra Constitutivo de la Secretar\u00eda General Iberoamericana\u201d, adoptado en San Jos\u00e9 de Costa Rica el doce (12) de mayo de dos mil cuatro (2004) y del \u201cEstatuto de la Secretar\u00eda General Iberoamericana\u201d, aprobado en San Jos\u00e9, Costa Rica, el veinte (20) de noviembre del a\u00f1o dos mil cuatro (2004).<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2o. De conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo 1o de la Ley 7\u00aa de 1944, el \u201cConvenio de Santa Cruz de la Sierra Constitutivo de la Secretar\u00eda General Iberoamericana\u201d, adoptado en San Jos\u00e9 de Costa Rica el doce (12) de mayo de dos mil cuatro (2004) y del \u201cEstatuto de la Secretar\u00eda General Iberoamericana\u201d, aprobado en San Jos\u00e9, Costa Rica, el veinte (20) de noviembre del a\u00f1o dos mil cuatro (2004), que por el art\u00edculo 1o de esta ley se aprueba, obligar\u00e1n al pa\u00eds a partir de la fecha en que se perfeccione el v\u00ednculo internacional respecto de los mismos.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3o. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La Presidenta del honorable Senado de la Rep\u00fablica, <br \/>DILIAN FRANCISCA TORO TORRES.<\/p>\n<p>El Secretario General del honorable Senado de la Rep\u00fablica, <br \/>EMILIO RAM\u00d3N OTERO DAJUD.<\/p>\n<p>El Presidente de la honorable C\u00e1mara de Representantes, <br \/>ALFREDO APE CUELLO BAUTE.<\/p>\n<p>El Secretario General de la honorable C\u00e1mara de Representantes, <br \/>ANGELINO LIZCANO RIVERA.<\/p>\n<p>REPUBLICA DE COLOMBIA &#8211; GOBIERNO NACIONAL <\/p>\n<p>Comun\u00edquese y c\u00famplase.<\/p>\n<p>Ejec\u00fatese, previa revisi\u00f3n de la Corte Constitucional, conforme al art\u00edculo 241-10 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica.<\/p>\n<p>Dada en Bogot\u00e1, D. C., a 25 de junio de 2007.<\/p>\n<p>\u00c1LVARO URIBE V\u00c9LEZ <\/p>\n<p>El Ministro de Relaciones Exteriores, <\/font><\/I><\/FONT><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>LEY 1140 DE 2007 LEY 1140 DE 2007 (junio 25)por medio de la cual se aprueba el &quot;Convenio de Santa Cruz de la Sierra constitutivo de la Secretar\u00eda General Iberoamericana&quot;, adoptado en San Jos\u00e9 de Costa Rica el doce (12) de mayo de dos mil cuatro (2004) y el &quot;Estatuto de la Secretar\u00eda General Iberoamericana&quot;, [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[22],"tags":[],"class_list":["post-1206","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-leyes-2007"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1206","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1206"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1206\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1206"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1206"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1206"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}