{"id":1723,"date":"2020-11-24T22:02:16","date_gmt":"2020-11-24T22:02:16","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/2020\/11\/24\/ley-1665-de-2013\/"},"modified":"2020-11-24T22:02:16","modified_gmt":"2020-11-24T22:02:16","slug":"ley-1665-de-2013","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/2020\/11\/24\/ley-1665-de-2013\/","title":{"rendered":"LEY 1665 DE 2013"},"content":{"rendered":"<p>LEY 1665 DE 2013            <\/a><\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" border=\"0\" src=\"http:\/\/dmsjuridica.com\/CODIGOS\/LEGISLACION\/LEYES\/2019\/dms.png\" width=\"138\" height=\"103\"><\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\">&nbsp;<\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"6\"><b>LEY 1665 DE 2013 <\/font><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><br \/>(julio 16 de 2013)<\/p>\n<p><b>CONGRESO DE LA REP\u00daBLICA <br \/>Por medio de la cual se aprueba el \u201cEstatuto de la Agencia Internacional de Energ\u00edas Renovables (Irena)\u201d, hecho en Bonn, Alemania, el 26 de enero de 2009.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/font><\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>EL CONGRESO DE LA REP\u00daBLICA<\/b><\/font><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><br \/>Visto el texto del \u201cEstatuto de la Agencia Internacional de Energ\u00edas Renovables (Irena)\u201d, hecho en Bonn, Alemania, el 26 de enero de 2009.<\/p>\n<p>(Para ser transcrito: Se adjunta fotocopia del texto aut\u00e9ntico del Acuerdo mencionado, certificado por la Coordinadora del Grupo Interno de Trabajo de Tratados de la Direcci\u00f3n de Asuntos Jur\u00eddicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, documento que reposa en los archivos de ese Ministerio).<br \/>&nbsp;<\/font><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><b><font face=\"Verdana\" size=\"2\">*Notas Jurisprudenciales*<\/font><\/b><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\">&nbsp;<\/p>\n<table border=\"1\" cellpadding=\"6\" cellspacing=\"0\" width=\"100%\">\n<tr>\n<td>\n<p align=\"justify\"><b><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Corte Constitucional<\/font><\/b><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<p align=\"justify\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Acuerdo declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante <b><a hrefx=\"..\/..\/..\/..\/JURISPRUDENCIA\/CORTE_CONSTITUCIONAL\/docs\/2014\/C-332-14.htm\">Sentencia C-332-14<\/a><\/b>, Junio 04 de 2014, Magistrado Ponente Dr. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub.<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<\/table>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><br \/>PROYECTO DE LEY N\u00daMERO 36 DE 2012 SENADO<\/font><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><br \/>por medio de la cual se aprueba el \u201cEstatuto de la Agencia Internacional de Energ\u00edas Renovables (Irena)\u201d, hecho en Bonn, Alemania, el 26 de enero de 2009.<br \/>&nbsp;<\/font><\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">El Congreso de la Rep\u00fablica<\/font><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><br \/>Visto el texto del \u201cEstatuto de la Agencia Internacional de Energ\u00edas Renovables (Irena)\u201d, hecho en Bonn, Alemania, el 26 de enero de 2009, que a la letra dice:<\/p>\n<p>(Para ser transcrito: Se adjunta fotocopia del texto aut\u00e9ntico del Acuerdo mencionado, certificado por la Coordinadora del Grupo Interno de Trabajo de Tratados de la Direcci\u00f3n de Asuntos Jur\u00eddicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, documento que reposa en los archivos de ese Ministerio).<\/font><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\">&nbsp;<\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\">&nbsp;<\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><br \/>ESTATUTO DE LA AGENCIA INTERNACIONAL DE ENERG\u00cdAS RENOVABLES (IRENA)<\/font><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><br \/>Las Partes del presente Estatuto,<\/p>\n<p>deseosas de promover la implantaci\u00f3n y el uso generalizados y reforzados de las energ\u00edas renovables con objeto de lograr un desarrollo sostenible,<\/p>\n<p>inspiradas por su firme convencimiento de que las energ\u00edas renovables ofrecen oportunidades incalculables para abordar y mitigar de forma gradual los problemas derivados de la seguridad energ\u00e9tica y la inestabilidad de los precios de la energ\u00eda,<\/p>\n<p>convencidas del papel crucial que las energ\u00edas renovables pueden desempe\u00f1ar en la reducci\u00f3n de la concentraci\u00f3n de gases de efecto invernadero en la atm\u00f3sfera, lo que contribuir\u00eda a la estabilizaci\u00f3n de los sistemas clim\u00e1ticos, y en la transici\u00f3n sostenible, segura y sin sobresaltos hacia una econom\u00eda baja en carbono,<\/p>\n<p>deseosas de impulsar el efecto positivo que las tecnolog\u00edas de las energ\u00edas renovables pueden producir para estimular el crecimiento econ\u00f3mico sostenible y la creaci\u00f3n de empleo,<\/p>\n<p>movidas por el enorme potencial que las energ\u00edas renovables ofrecen para el acceso descentralizado a la energ\u00eda, sobre todo en los pa\u00edses en desarrollo, y para el acceso a la energ\u00eda en regiones e islas aisladas y remotas,<\/p>\n<p>preocupadas por las graves consecuencias negativas que el empleo de combustibles f\u00f3siles y el uso ineficiente de la biomasa tradicional pueden acarrear para la salud,<\/p>\n<p>convencidas de que las energ\u00edas renovables, combinadas con una mayor eficiencia energ\u00e9tica, pueden absorber cada vez m\u00e1s el gran incremento mundial de las necesidades energ\u00e9ticas previsto para los pr\u00f3ximos decenios,<\/p>\n<p>reafirmando su deseo de establecer una organizaci\u00f3n internacional para las energ\u00edas renovables que facilite la cooperaci\u00f3n entre sus Miembros y abra tambi\u00e9n camino a una estrecha colaboraci\u00f3n con las organizaciones existentes que promueven el uso de las energ\u00edas renovables,<\/p>\n<p>han convenido en lo siguiente:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/font><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>Art\u00edculo I. <\/b><\/font><b>Constituci\u00f3n de la agencia<\/b><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>.<\/b><\/p>\n<p>A. Las Partes del presente Estatuto constituyen, por el presente instrumento, la Agencia Internacional de Energ\u00edas Renovables (en adelante denominada \u201cla Agencia\u201d), de conformidad con las siguientes disposiciones.<\/p>\n<p>B. La Agencia se basa en el principio de igualdad de todos sus Miembros y, en el desarrollo de sus actividades, observar\u00e1 debidamente los derechos soberanos y competencias de sus Miembros.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo II. Objetivos.<\/b><\/p>\n<p>La Agencia promover\u00e1 la implantaci\u00f3n generalizada y reforzada y el uso sostenible de todas las formas de energ\u00eda renovable, teniendo en cuenta:<\/p>\n<p>a) las prioridades nacionales e internas y los beneficios derivados de un planteamiento combinado de energ\u00eda renovable y medidas de eficiencia energ\u00e9tica, y<\/p>\n<p>b) la contribuci\u00f3n de las energ\u00edas renovables a la conservaci\u00f3n del medio ambiente al mitigar la presi\u00f3n ejercida sobre los recursos naturales y reducir la deforestaci\u00f3n, sobre todo en las regiones tropicales, la desertizaci\u00f3n y la p\u00e9rdida de biodiversidad; a la protecci\u00f3n del clima; al crecimiento econ\u00f3mico y la cohesi\u00f3n social, incluido el alivio de la pobreza y el desarrollo sostenible; al acceso al abastecimiento de energ\u00eda y su seguridad; al desarrollo regional y a la responsabilidad intergeneracional.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo III. Definici\u00f3n.<\/b><\/p>\n<p>En el presente Estatuto, por \u201cenerg\u00edas renovables\u201d se entender\u00e1n todas las formas de energ\u00eda producidas a partir de fuentes renovables y de manera sostenible, lo que incluye, entre otras:<\/p>\n<p>1. la bioenerg\u00eda;<\/p>\n<p>2. la energ\u00eda geot\u00e9rmica;<\/p>\n<p>3. la energ\u00eda hidr\u00e1ulica;<\/p>\n<p>4. la energ\u00eda marina, incluidas la energ\u00eda obtenida de las mareas y de las olas y la energ\u00eda t\u00e9rmica oce\u00e1nica;<\/p>\n<p>5. la energ\u00eda solar; y<\/p>\n<p>6. la energ\u00eda e\u00f3lica,<\/p>\n<p>&nbsp;<\/font><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>Art\u00edculo IV. Actividades. <br \/>A. Como centro de excelencia en materia de tecnolog\u00eda de las energ\u00edas renovables y como ente facilitador y catalizador dedicado a proveer experiencia sobre aplicaciones pr\u00e1cticas y pol\u00edticas, prestar apoyo en cualesquiera cuestiones relativas a las energ\u00edas renovables y ofrecer ayuda a los pa\u00edses para beneficiarse del desarrollo eficiente y la transferencia de conocimientos y tecnolog\u00eda, la Agencia desempe\u00f1ar\u00e1 las siguientes actividades:<\/p>\n<p>1. En particular, en beneficio de sus Miembros, la Agencia:<\/p>\n<p>a) analizar\u00e1, supervisar\u00e1 y, sin establecer obligaciones para las pol\u00edticas de sus Miembros, sistematizar\u00e1 las pr\u00e1cticas actuales en materia de energ\u00edas renovables, entre ellas los instrumentos pol\u00edticos, incentivos, mecanismos de inversi\u00f3n, pr\u00e1cticas recomendables, tecnolog\u00edas disponibles, sistemas y equipos integrados y factores de \u00e9xito y fracaso;<\/p>\n<p>b) iniciar\u00e1 debates y canalizar\u00e1 la interacci\u00f3n con otras organizaciones y redes p\u00fablicas y no gubernamentales en este y otros terrenos pertinentes;<\/p>\n<p>c) ofrecer\u00e1 a sus Miembros, si as\u00ed lo solicitan, servicios de asesoramiento y apoyo en materia de pol\u00edticas, tomando en consideraci\u00f3n sus necesidades respectivas, y fomentar\u00e1 el debate internacional sobre las pol\u00edticas de uso de las energ\u00edas renovables y sus condiciones generales;<\/p>\n<p>d) mejorar\u00e1 los mecanismos pertinentes de transferencia de conocimientos y tecnolog\u00eda y fomentar\u00e1 el desarrollo de capacidades y competencias locales en los Estados Miembros, incluidas las interconexiones necesarias;<\/p>\n<p>e) apoyar\u00e1 a sus Miembros en la creaci\u00f3n de capacidades, entre otras cosas mediante formaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n;<\/p>\n<p>f) facilitar\u00e1 a sus Miembros, si as\u00ed lo solicitan, asesoramiento en materia de financiaci\u00f3n de las energ\u00edas renovables y apoyar\u00e1 la aplicaci\u00f3n de los mecanismos correspondientes;<\/p>\n<p>g) alentar\u00e1 y fomentar\u00e1 la investigaci\u00f3n, incluida la dedicada a los temas socioecon\u00f3micos, e impulsar\u00e1 las redes de investigaci\u00f3n, la investigaci\u00f3n conjunta y el desarrollo e implantaci\u00f3n de tecnolog\u00edas; y<\/p>\n<p>h) proporcionar\u00e1 informaci\u00f3n sobre el desarrollo y aplicaci\u00f3n de normas t\u00e9cnicas nacionales e internacionales relativas a las energ\u00edas renovables, a partir de criterios solventes y mediante una presencia activa en los foros pertinentes.<\/p>\n<p>2. Asimismo, la Agencia difundir\u00e1 informaci\u00f3n y fomentar\u00e1 la toma de conciencia p\u00fablica acerca de los beneficios y el potencial que ofrecen las energ\u00edas renovables.<\/p>\n<p>B. En el desempe\u00f1o de sus actividades, la Agencia<\/p>\n<p>1. actuar\u00e1 de conformidad con los prop\u00f3sitos y principios de las Naciones Unidas para promover la paz y la cooperaci\u00f3n internacional y en consonancia con las pol\u00edticas de las Naciones Unidas para promover el desarrollo sostenible;<\/p>\n<p>2. asignar\u00e1 sus recursos de forma que se garantice su utilizaci\u00f3n eficiente con objeto de cumplir adecuadamente todos sus objetivos y desempe\u00f1ar sus actividades de manera que se obtengan los mayores beneficios posibles para sus Miembros y en todo el mundo, teniendo presente las necesidades especiales de los pa\u00edses en desarrollo y las regiones e islas aisladas y remotas;<\/p>\n<p>3. cooperar\u00e1 estrechamente y se esforzar\u00e1 por establecer relaciones mutuamente beneficiosas con las instituciones y organizaciones existentes a fin de evitar una innecesaria duplicaci\u00f3n de trabajo y aprovechar los recursos y actividades en curso, y hacer un uso eficaz y eficiente de ellos, por parte de los gobiernos y otras organizaciones y agencias, con vistas a promover las energ\u00edas renovables.<\/p>\n<p>C. La Agencia<\/p>\n<p>1. presentar\u00e1 a sus Miembros una memoria anual sobre sus actividades;<\/p>\n<p>2. informar\u00e1 a los Miembros sobre su asesoramiento en materia de pol\u00edticas una vez que lo haya facilitado; e<\/p>\n<p>3. informar\u00e1 a los Miembros acerca de las consultas y la cooperaci\u00f3n con las organizaciones internacionales activas en este \u00e1mbito, as\u00ed como sobre la labor de las mismas,<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo V. <\/b><\/font><b>Programa de trabajo y proyectos<\/b><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>.<\/b><\/p>\n<p>A. La Agencia desempe\u00f1ar\u00e1 sus actividades sobre la base de su programa de trabajo anual, que preparar\u00e1 la Secretar\u00eda, informar\u00e1 el Consejo y aprobar\u00e1 la Asamblea.<\/p>\n<p>B. Adem\u00e1s de su programa de trabajo, y tras consultar con sus Miembros y, en caso de desacuerdo, tras la aprobaci\u00f3n por parte de la Asamblea, la Agencia podr\u00e1 llevar a cabo proyectos iniciados y financiados por sus Miembros, siempre y cuando exista disponibilidad de recursos no econ\u00f3micos de la Agencia.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo VI. <\/b><\/font><b>Miembros de la agencia<\/b><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>.<\/b><\/p>\n<p>A. El ingreso estar\u00e1 abierto a todos los Estados miembros de las Naciones Unidas y a las organizaciones intergubernamentales regionales de integraci\u00f3n econ\u00f3mica en disposici\u00f3n y capacidad de actuar de conformidad con los objetivos y actividades previstos en el presente Estatuto. Para formar parte de la Agencia, dichas organizaciones intergubernamentales regionales de integraci\u00f3n econ\u00f3mica deber\u00e1n estar constituidas por Estados soberanos, uno de los cuales al menos ser\u00e1 Miembro de la Agencia, y sus Estados miembros deber\u00e1n haberles transferido competencias en al menos una de las materias comprendidas en el \u00e1mbito de actuaci\u00f3n de la Agencia.<\/p>\n<p>B. Los mencionados Estados y organizaciones intergubernamentales regionales de integraci\u00f3n econ\u00f3mica tendr\u00e1n la consideraci\u00f3n de<\/p>\n<p>1. Miembros originarios de la Agencia mediante la firma del Estatuto y el dep\u00f3sito del instrumento de ratificaci\u00f3n;<\/p>\n<p>2. Otros Miembros de la Agencia mediante el dep\u00f3sito del instrumento de adhesi\u00f3n, tras la aprobaci\u00f3n de su solicitud de ingreso. El ingreso se considerar\u00e1 aprobado si, transcurridos tres meses desde la remisi\u00f3n de la solicitud a los Miembros, ninguno manifiesta su disconformidad. En caso de disconformidad, la Asamblea resolver\u00e1 de conformidad con el apartado H.1 del Art\u00edculo IX.<\/p>\n<p>C. Cuando se trate de una organizaci\u00f3n intergubernamental regional de integraci\u00f3n econ\u00f3mica, esta y sus Estados Miembros decidir\u00e1n sobre sus respectivas responsabilidades en cuanto al cumplimiento de las obligaciones que les impone el presente Estatuto. La organizaci\u00f3n y sus Estados Miembros no podr\u00e1n ejercer de forma concurrente los derechos conferidos por el presente Estatuto, incluidos los derechos de voto. En sus instrumentos de ratificaci\u00f3n o adhesi\u00f3n, dichas organizaciones declarar\u00e1n el alcance de su competencia con respecto a las materias comprendidas en el presente Estatuto. Las organizaciones tambi\u00e9n informar\u00e1n al Gobierno depositario de toda modificaci\u00f3n pertinente en lo referente al alcance de su competencia. Cuando deba votarse sobre alguna materia de su competencia, las organizaciones intergubernamentales regionales de integraci\u00f3n econ\u00f3mica gozar\u00e1n de un n\u00famero de votos igual al del total de votos que les correspondan a sus Estados Miembros que sean tambi\u00e9n Miembros de la Agencia.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo VII. <\/b><\/font><b>Observadores<\/b><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>.<\/b><\/p>\n<p>A. La Asamblea podr\u00e1 conferir el estatuto de observadores a:<\/p>\n<p>1. las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales activas en el \u00e1mbito de las energ\u00edas renovables;<\/p>\n<p>2. los signatarios que no hayan ratificado el Estatuto; y<\/p>\n<p>3. los candidatos cuya solicitud de ingreso haya sido aprobada de acuerdo con el apartado B.2 del Art\u00edculo VI.<\/p>\n<p>B. Los observadores podr\u00e1n participar, sin derecho a voto, en las sesiones p\u00fablicas de la Asamblea y sus \u00f3rganos subsidiarios.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo VIII. \u00d3rganos.<\/b><\/p>\n<p>A. Por el presente Estatuto se establecen como \u00f3rganos principales de la Agencia<\/p>\n<p>1. la Asamblea;<\/p>\n<p>2. el Consejo; y<\/p>\n<p>3. la Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>B. La Asamblea y, a reserva de autorizaci\u00f3n por parte de la misma, el Consejo podr\u00e1n crear los \u00f3rganos subsidiarios que estimen necesarios para el ejercicio de sus funciones de conformidad con el presente Estatuto.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo IX. La Asamblea.<\/b><\/p>\n<p>A. 1. La Asamblea es el \u00f3rgano supremo de la Agencia.<\/p>\n<p>2. La Asamblea podr\u00e1 debatir cualquier materia comprendida en el \u00e1mbito del presente Estatuto o referente a las atribuciones y funciones de cualquier \u00f3rgano previsto en el mismo.<\/p>\n<p>3. Con respecto a dichas materias, la Asamblea podr\u00e1:<\/p>\n<p>a) adoptar decisiones y dirigir recomendaciones a dichos \u00f3rganos; y<\/p>\n<p>b) dirigir recomendaciones a los Miembros de la Agencia, si as\u00ed lo solicitan.<\/p>\n<p>4. Adem\u00e1s, la Asamblea ser\u00e1 competente para proponer al Consejo cuestiones para su consideraci\u00f3n y recabar de este y de la Secretar\u00eda informes sobre cualquier materia referente al funcionamiento de la Agencia.<\/p>\n<p>B. La Asamblea estar\u00e1 compuesta por todos los Miembros de la Agencia. Se reunir\u00e1 en sesiones peri\u00f3dicas, que se celebrar\u00e1n con car\u00e1cter anual, a menos que decida otra cosa.<\/p>\n<p>C. La Asamblea incluir\u00e1 a un representante de cada Miembro. Los representantes podr\u00e1n estar acompa\u00f1ados por suplentes y asesores. Los costes derivados de la participaci\u00f3n de cada delegaci\u00f3n correr\u00e1n a cargo del Miembro respectivo.<\/p>\n<p>D. Las sesiones de la Asamblea se celebrar\u00e1n en la sede de la Agencia, a menos que la Asamblea decida otra cosa.<\/p>\n<p>E. Al comienzo de cada sesi\u00f3n peri\u00f3dica, la Asamblea elegir\u00e1 un Presidente y los dem\u00e1s cargos que se estimen necesarios, teniendo presente una representaci\u00f3n geogr\u00e1fica equitativa. Su mandato se prolongar\u00e1 hasta la elecci\u00f3n de un nuevo Presidente y de los dem\u00e1s cargos en la siguiente sesi\u00f3n peri\u00f3dica. La Asamblea adoptar\u00e1 su propio reglamento de conformidad con el presente Estatuto.<\/p>\n<p>F. Con sujeci\u00f3n a lo dispuesto en el apartado C del Art\u00edculo VI, cada Miembro de la Agencia dispondr\u00e1 de un voto en la Asamblea. La Asamblea adoptar\u00e1 decisiones sobre cuestiones de procedimiento por mayor\u00eda simple de los Miembros presentes que ejerzan su derecho de voto. Las decisiones sobre cuestiones sustantivas se adoptar\u00e1n por consenso de los Miembros presentes. Si no puede alcanzarse un consenso, este se presumir\u00e1 existente si no m\u00e1s de dos Miembros formulan una objeci\u00f3n, a menos que el Estatuto disponga otra cosa. Existiendo desacuerdo sobre si una cuesti\u00f3n es o no sustantiva, esta se considerar\u00e1 sustantiva a menos que la Asamblea, por consenso de los Miembros presentes, decida lo contrario; si no se alcanza un consenso al respecto, se considerar\u00e1 que existe consenso si no m\u00e1s de dos Miembros formulan una objeci\u00f3n. Se considerar\u00e1 que hay qu\u00f3rum si asisten a la Asamblea la mayor\u00eda de los Miembros de la Agencia.<\/p>\n<p>G. Mediante consenso de los Miembros presentes, la Asamblea<\/p>\n<p>1. elegir\u00e1 a los Miembros del Consejo;<\/p>\n<p>2. aprobar\u00e1, en sus sesiones peri\u00f3dicas, el presupuesto y el programa de trabajo de la Agencia, que le habr\u00e1 presentado el Consejo, y podr\u00e1 efectuar modificaciones del presupuesto y el programa de trabajo;<\/p>\n<p>3. adoptar\u00e1 las decisiones referentes a la supervisi\u00f3n de las pol\u00edticas financieras de la Agencia, el reglamento financiero y dem\u00e1s materias financieras, y elegir\u00e1 al Auditor;<\/p>\n<p>4. aprobar\u00e1 las modificaciones del Estatuto;<\/p>\n<p>5. decidir\u00e1 sobre la creaci\u00f3n de \u00f3rganos subsidiarios y aprobar\u00e1 sus atribuciones; y<\/p>\n<p>6. resolver\u00e1 sobre la autorizaci\u00f3n de voto a que se refiere el Art\u00edculo XVII.<\/p>\n<p>H. La Asamblea, por consenso de los Miembros presentes, que, de no alcanzarse, se presumir\u00e1 existente si no m\u00e1s de dos Miembros presentes suscitan una objeci\u00f3n;<\/p>\n<p>1. resolver\u00e1, si procede, sobre las solicitudes de ingreso;<\/p>\n<p>2. aprobar\u00e1 su reglamento y el reglamento del Consejo, que este le habr\u00e1 sometido;<\/p>\n<p>3. aprobar\u00e1 la memoria anual, as\u00ed como los dem\u00e1s informes;<\/p>\n<p>4. autorizar\u00e1 la conclusi\u00f3n de acuerdos sobre cualquier cuesti\u00f3n, asunto o materia comprendidos en el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n del presente Estatuto; y<\/p>\n<p>5. resolver\u00e1 en caso de desacuerdo entre sus Miembros sobre proyectos adicionales en virtud de lo dispuesto en el apartado B del Art\u00edculo V.<\/p>\n<p>I. La Asamblea designar\u00e1 la sede de la Agencia y nombrar\u00e1 al Director General de la Secretar\u00eda (en adelante denominado &#39;el Director General&#39;) por consenso de los Miembros presentes o, si no puede alcanzarse dicho consenso, por mayor\u00eda de dos tercios de los Miembros presentes que ejerzan su derecho de voto.<\/p>\n<p>J. En su primera sesi\u00f3n, la Asamblea debatir\u00e1 y, en su caso, aprobar\u00e1 las decisiones, proyectos de acuerdo, disposiciones y directrices elaborados por la Comisi\u00f3n Preparatoria, de conformidad con los procedimientos de voto dispuestos para el asunto respectivo en los apartados F a I del Art\u00edculo IX.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo X. El Consejo.<\/b><\/p>\n<p>A. El Consejo constar\u00e1 de no menos de 11 y no m\u00e1s de 21 representantes de los Miembros de la Agencia elegidos por la Asamblea. El n\u00famero exacto de representantes entre 11 y 21 ser\u00e1 el equivalente a un tercio de los Miembros de la Agencia, redondeado al alza que se calcular\u00e1 a partir del n\u00famero de los Miembros de la Agencia existentes al comienzo de la respectiva elecci\u00f3n de los miembros del Consejo. Los miembros del Consejo se elegir\u00e1n con car\u00e1cter rotatorio, seg\u00fan se disponga en el reglamento de la Asamblea, a fin de garantizar la participaci\u00f3n efectiva de los pa\u00edses desarrollados y en desarrollo y de lograr un reparto geogr\u00e1fico justo y equitativo y un desempe\u00f1o eficaz por parte del Consejo. Los miembros del Consejo se elegir\u00e1n para un per\u00edodo de dos a\u00f1os.<\/p>\n<p>B. El Consejo se convocar\u00e1 cada seis meses y sus reuniones tendr\u00e1n lugar en la sede de la Agencia, a menos que el Consejo decida otra cosa.<\/p>\n<p>C. Al comienzo de cada reuni\u00f3n, el Consejo elegir\u00e1 entre sus miembros un Presidente y los dem\u00e1s cargos que se estimen necesarios, cuyo mandato se extender\u00e1 hasta la siguiente reuni\u00f3n. El Consejo tendr\u00e1 el derecho de elaborar su reglamento. Dicho reglamento se someter\u00e1 a la aprobaci\u00f3n de la Asamblea.<\/p>\n<p>D. Cada miembro del Consejo dispondr\u00e1 de un voto. El Consejo resolver\u00e1 en materia de procedimiento por mayor\u00eda simple de sus miembros. Las decisiones sobre cuestiones sustantivas se adoptar\u00e1n por mayor\u00eda de dos tercios de sus miembros. Existiendo desacuerdo sobre si una cuesti\u00f3n es o no sustantiva, esta se considerar\u00e1 sustantiva a menos que el Consejo decida otra cosa por mayor\u00eda de dos tercios de sus miembros.<\/p>\n<p>E. El Consejo responder\u00e1 y rendir\u00e1 cuentas ante la Asamblea. El Consejo desempe\u00f1ar\u00e1 las atribuciones y funciones que le incumban en virtud del presente Estatuto, as\u00ed como las funciones que le delegue la Asamblea. En su desempe\u00f1o actuar\u00e1 de conformidad con las decisiones de la Asamblea y teniendo debidamente en cuenta sus recomendaciones y velar\u00e1 por una aplicaci\u00f3n apropiada y permanente de las mismas.<\/p>\n<p>F. El Consejo:<\/p>\n<p>1. facilitar\u00e1 las consultas y la cooperaci\u00f3n entre los Miembros;<\/p>\n<p>2. debatir\u00e1 y remitir\u00e1 a la Asamblea el proyecto de programa de trabajo y el proyecto de presupuesto de la Agencia;<\/p>\n<p>3. aprobar\u00e1 los preparativos de las sesiones de la Asamblea, incluida la elaboraci\u00f3n del proyecto de orden del d\u00eda;<\/p>\n<p>4. debatir\u00e1 y remitir\u00e1 a la Asamblea el proyecto de memoria anual sobre la actividad de la Agencia y los dem\u00e1s informes elaborados por la Secretar\u00eda de conformidad con el apartado E.3 del Art\u00edculo XI del presente Estatuto;<\/p>\n<p>5. preparar\u00e1 cualesquiera otros informes que le solicite la Asamblea;<\/p>\n<p>6. concluir\u00e1 acuerdos o arreglos con Estados, organizaciones internacionales y organismos internacionales en nombre de la Agencia, con la previa aprobaci\u00f3n de esta;<\/p>\n<p>7. concretar\u00e1 el programa de trabajo aprobado por la Asamblea con vistas a su puesta en pr\u00e1ctica por parte de la Secretar\u00eda, dentro de los l\u00edmites del presupuesto aprobado;<\/p>\n<p>8. estar\u00e1 facultado para remitir cuestiones a la Asamblea para su consideraci\u00f3n; y<\/p>\n<p>9. establecer\u00e1, cuando proceda, \u00f3rganos subsidiarios de conformidad con el apartado B del Art\u00edculo VIII y decidir\u00e1 sobre sus atribuciones y duraci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo XI. La Secretaria.<\/b><\/p>\n<p>A. La Secretar\u00eda asistir\u00e1 a la Asamblea, el Consejo y sus \u00f3rganos subsidiarios en el ejercicio de sus funciones. Desempe\u00f1ar\u00e1 las dem\u00e1s funciones que le encomiende el presente Estatuto, as\u00ed como las que le deleguen la Asamblea o el Consejo.<\/p>\n<p>B. La Secretar\u00eda constar\u00e1 de un Director General, que ser\u00e1 su \u00f3rgano rector y director administrativo, y del personal que resulte necesario. El Director General ser\u00e1 designado por la Asamblea, previa recomendaci\u00f3n del Consejo, para un mandato de cuatro a\u00f1os, renovable una sola vez por otro de la misma duraci\u00f3n.<\/p>\n<p>C. El Director General responder\u00e1 ante la Asamblea y el Consejo, entre otras cosas, del nombramiento del personal, as\u00ed como de la organizaci\u00f3n y funcionamiento de la Secretar\u00eda. La consideraci\u00f3n principal para la contrataci\u00f3n del personal y la definici\u00f3n de sus condiciones de empleo ser\u00e1 la necesidad de garantizar el m\u00e1ximo nivel de eficiencia, competencia e integridad. Se prestar\u00e1 la debida atenci\u00f3n a la importancia de contratar al personal primeramente entre los Estados miembros y con la diversidad geogr\u00e1fica m\u00e1s amplia posible, teniendo particularmente en cuenta una adecuada representaci\u00f3n de los pa\u00edses en desarrollo y con el debido \u00e9nfasis en el equilibrio de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>En la preparaci\u00f3n del presupuesto, las propuestas de contrataci\u00f3n se regir\u00e1n por el principio de que la plantilla deber\u00e1 mantenerse en el m\u00ednimo necesario para el adecuado desempe\u00f1o de las funciones de la Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>D. El Director General, o el representante que designe, participar\u00e1 sin derecho a voto en todas las reuniones de la Asamblea y del Consejo.<\/p>\n<p>E. La Secretar\u00eda:<\/p>\n<p>1. preparar\u00e1 y presentar\u00e1 al Consejo el proyecto de programa de trabajo y el proyecto de presupuesto de la Agencia;<\/p>\n<p>2. llevar\u00e1 a efecto el programa de trabajo de la Agencia y sus decisiones;<\/p>\n<p>3. preparar\u00e1 y presentar\u00e1 al Consejo el proyecto de memoria anual sobre la actividad de la Agencia y los dem\u00e1s informes que la Asamblea y el Consejo le soliciten;<\/p>\n<p>4. proporcionar\u00e1 asistencia administrativa y t\u00e9cnica a la Asamblea, al Consejo y a sus \u00f3rganos subsidiarios;<\/p>\n<p>5. facilitar\u00e1 la comunicaci\u00f3n entre la Agencia y sus Miembros; e<\/p>\n<p>6. informar\u00e1 sobre su asesoramiento en materia de pol\u00edticas una vez que lo haya facilitado a los Miembros de la Agencia en virtud del apartado C.2 del Art\u00edculo IV y preparar\u00e1 y remitir\u00e1 a la Asamblea y al Consejo, para cada una de sus sesiones, un informe sobre dicho asesoramiento en materia de pol\u00edticas. El informe al Consejo incluir\u00e1 asimismo el asesoramiento en materia de pol\u00edticas proyectado para la puesta en pr\u00e1ctica del programa anual de trabajo.<\/p>\n<p>F. En el desempe\u00f1o de sus funciones, el Director General y los dem\u00e1s miembros del personal no recabar\u00e1n ni recibir\u00e1n instrucciones de ning\u00fan Gobierno o de ninguna otra entidad ajena a la Agencia. Se abstendr\u00e1n de cualquier actuaci\u00f3n que pueda afectar a su cometido como funcionarios internacionales responsables solo ante la Asamblea y el Consejo. Todos los miembros respetar\u00e1n el car\u00e1cter exclusivamente internacional de las funciones del Director General y de los dem\u00e1s miembros del personal y no intentar\u00e1n influir en ellos en el desempe\u00f1o de sus funciones.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo XII. El Presupuesto.<\/b><\/p>\n<p>A. El presupuesto de la Agencia se financiar\u00e1 con cargo a:<\/p>\n<p>1. las contribuciones obligatorias de sus Miembros, que se basar\u00e1n en la escala de c\u00e1lculo de las Naciones Unidas, seg\u00fan resuelva la Asamblea;<\/p>\n<p>2. las contribuciones voluntarias; y<\/p>\n<p>3. otras posibles fuentes,<\/p>\n<p>De conformidad con el reglamento financiero que la Asamblea apruebe por consenso, seg\u00fan se dispone en el apartado G del Art\u00edculo IX del presente Estatuto. El reglamento financiero y el presupuesto garantizar\u00e1n una s\u00f3lida base de financiaci\u00f3n a la Agencia, as\u00ed como una puesta en pr\u00e1ctica eficaz y eficiente de las actividades de la Agencia, definidas en su programa de trabajo. Las contribuciones obligatorias financiar\u00e1n las actividades principales y los gastos de administraci\u00f3n.<\/p>\n<p>B. La Secretar\u00eda preparar\u00e1 el proyecto de presupuesto de la Agencia y lo someter\u00e1 al Consejo para su examen. El Consejo lo remitir\u00e1 a la Asamblea, recomendando su aprobaci\u00f3n, o lo devolver\u00e1 a la Secretar\u00eda, que lo revisar\u00e1 y lo volver\u00e1 a presentar para su reexamen.<\/p>\n<p>C. La Asamblea designar\u00e1 un auditor externo, cuyo mandato ser\u00e1 de cuatro a\u00f1os y que podr\u00e1 ser reelegido. La primera persona designada desempe\u00f1ar\u00e1 este cargo durante dos a\u00f1os. El auditor examinar\u00e1 las cuentas de la Agencia y formular\u00e1 las observaciones y recomendaciones que estime necesarias con respecto a la eficiencia de la gesti\u00f3n y los controles financieros internos.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo XIII. <\/b><\/font><b>Personalidad jur\u00eddica, privilegios e inmunidades<\/b><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>.<\/b><\/p>\n<p>A. La Agencia gozar\u00e1 de personalidad jur\u00eddica internacional. En el territorio de los Miembros, y con sujeci\u00f3n a su legislaci\u00f3n nacional, disfrutar\u00e1 de la capacidad jur\u00eddica interna necesaria para el ejercicio de sus funciones y el cumplimiento de sus fines.<\/p>\n<p>B. Los Miembros regular\u00e1n los privilegios e inmunidades en un acuerdo independiente.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo XIV. <\/b><\/font><b>Relaciones con otras organizaciones<\/b><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>.<\/b><\/p>\n<p>Si as\u00ed lo aprueba la Asamblea, el Consejo estar\u00e1 autorizado para concluir acuerdos en nombre de la Agencia en los que se establezcan las relaciones oportunas con las Naciones Unidas y otras organizaciones cuya labor sea af\u00edn a la de la Agencia. Lo dispuesto en el presente Estatuto se entender\u00e1 sin perjuicio de los derechos y obligaciones de cualquier Miembro dimanantes de tratados internacionales en vigor.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo XV. <\/b><\/font><b>Modificaciones y retirada, revisi\u00f3n<\/b><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>.<\/b><\/p>\n<p>A. Cualquiera de los Miembros podr\u00e1 proponer modificaciones al presente Estatuto. El Director General preparar\u00e1 copias certificadas del texto de cualquier modificaci\u00f3n propuesta y la comunicar\u00e1 a todos los Miembros al menos noventa d\u00edas antes de su examen por parte de la Asamblea.<\/p>\n<p>B. Las modificaciones entrar\u00e1n en vigor para todos los Miembros:<\/p>\n<p>1. una vez aprobadas por la Asamblea, tras el examen de las observaciones formuladas por el Consejo en relaci\u00f3n con cada modificaci\u00f3n propuesta; y<\/p>\n<p>2. cuando todos los Miembros hayan consentido en quedar vinculados por la modificaci\u00f3n, de conformidad con sus procedimientos constitucionales respectivos. Los Miembros manifestar\u00e1n su consentimiento mediante el dep\u00f3sito del instrumento correspondiente ante el depositario a que se refiere el apartado A del Art\u00edculo XX.<\/p>\n<p>C. En cualquier momento, transcurridos cinco a\u00f1os desde la fecha de entrada en vigor del presente Estatuto, de conformidad con el apartado D del Art\u00edculo XIX, cualquier Miembro podr\u00e1 retirarse de la Agencia, mediante notificaci\u00f3n escrita a tal efecto dirigida al Gobierno depositario mencionado en el apartado A del Art\u00edculo XX, que informar\u00e1 de ello sin dilaci\u00f3n al Consejo y a todos los dem\u00e1s Miembros.<\/p>\n<p>D. La retirada surtir\u00e1 efecto en vigor al t\u00e9rmino del a\u00f1o en que se haya manifestado. La retirada de un Miembro de la Agencia no afectar\u00e1 a sus obligaciones contractuales contra\u00eddas conforme al apartado B del Art\u00edculo V ni a sus obligaciones financieras para el ejercicio en el que se retire.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo XVI. <\/b><\/font><b>Resoluci\u00f3n de controversias<\/b><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>.<\/b><\/p>\n<p>A. Los Miembros resolver\u00e1n por medios pac\u00edficos cualquier controversia entre ellos relativa a la interpretaci\u00f3n o aplicaci\u00f3n del presente Estatuto, de conformidad con el apartado 3 del Art\u00edculo 2 de la Carta de las Naciones Unidas y, a tal fin, procurar\u00e1n resolverla mediante los medios indicados en el apartado I del Art\u00edculo 33 de la Carta de las Naciones Unidas.<\/p>\n<p>B. El Consejo podr\u00e1 contribuir a la resoluci\u00f3n de una controversia por cualesquiera medios que estime pertinentes, entre otras cosas ofreciendo sus buenos oficios, instando a los Miembros en conflicto a que inicien el procedimiento de resoluci\u00f3n de su elecci\u00f3n y recomendando un plazo para el desarrollo del procedimiento acordado.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo XVII. <\/b><\/font><b>Suspensi\u00f3n temporal de derechos<\/b><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>.<\/b><\/p>\n<p>A. Los Miembros de la Agencia en situaci\u00f3n de mora en el pago de sus contribuciones financieras a la Agencia perder\u00e1n su derecho de voto si la deuda equivale o supera el importe de sus contribuciones de los dos a\u00f1os precedentes. No obstante, la Asamblea podr\u00e1 permitir a esos Miembros ejercer su derecho de voto si llega al convencimiento de que el impago se debe a circunstancias ajenas a su control.<\/p>\n<p>B. Por mayor\u00eda de dos tercios de los Miembros presentes y votantes y previa recomendaci\u00f3n del Consejo, la Asamblea podr\u00e1 suspender del ejercicio de sus privilegios y derechos de miembro a un Miembro que haya vulnerado de forma persistente las disposiciones del presente Estatuto o de cualquier acuerdo que haya adoptado de conformidad con aquel.<\/p>\n<p><b><br \/>Art\u00edculo XVIII. <\/b><\/font><b>Sede de la agencia<\/b><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>.<\/b><\/p>\n<p>La Asamblea decidir\u00e1 la sede de la Agencia en su primera sesi\u00f3n.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo XIX. <\/b><\/font><b>Firma, ratificaci\u00f3n, entrada en vigor y adhesi\u00f3n<\/b><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>.<\/b><\/p>\n<p>A. En la Conferencia de Constituci\u00f3n, el presente Estatuto quedar\u00e1 abierto a la firma de todos los Estados miembros de las Naciones Unidas y organizaciones intergubernamentales regionales de integraci\u00f3n econ\u00f3mica de acuerdo al apartado A del Art\u00edculo VI. Permanecer\u00e1 abierto a la firma hasta la fecha de su entrada en vigor.<\/p>\n<p>B. El present\u00e9 Estatuto quedar\u00e1 abierto a la adhesi\u00f3n de los Estados y organizaciones intergubernamentales regionales de integraci\u00f3n econ\u00f3mica de acuerdo al apartado A del Art\u00edculo V que no hubiesen firmado el Estatuto una vez que su ingreso haya sido aprobado por la Asamblea conforme a lo dispuesto en el apartado B.2 del Art\u00edculo VI.<\/p>\n<p>C. El consentimiento en quedar vinculado por el presente Estatuto se manifestar\u00e1 mediante el dep\u00f3sito del instrumento de ratificaci\u00f3n o adhesi\u00f3n ante el depositario.<\/p>\n<p>Los Estados ratificar\u00e1n el presente Estatuto o se adherir\u00e1n al mismo conforme a sus procedimientos constitucionales respectivos.<\/p>\n<p>D. El presente Estatuto entrar\u00e1 en vigor el trig\u00e9simo d\u00eda siguiente a la fecha de dep\u00f3sito del vig\u00e9simo quinto instrumento de ratificaci\u00f3n.<\/p>\n<p>E. Respecto de aquellos Estados u organizaciones intergubernamentales regionales de integraci\u00f3n econ\u00f3mica que hayan depositado un instrumento de ratificaci\u00f3n o adhesi\u00f3n despu\u00e9s de su entrada en vigor, el presente Estatuto entrar\u00e1 en vigor el trig\u00e9simo d\u00eda siguiente a la fecha de dep\u00f3sito del instrumento correspondiente.<\/p>\n<p>F. No podr\u00e1n formularse reservas a ninguna de las disposiciones contenidas en el presente Estatuto.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo XX. <\/b><\/font><b>Depositario, registro, texto aut\u00e9ntico<\/b><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>.<\/b><\/p>\n<p>A. El Gobierno de la Rep\u00fablica Federal de Alemania queda designado como depositario del presente Estatuto y de todos los instrumentos de ratificaci\u00f3n y adhesi\u00f3n.<\/p>\n<p>B. El Gobierno depositario registrar\u00e1 el presente Estatuto conforme a lo previsto en el Art\u00edculo 102 de la Carta de las Naciones Unidas,<\/p>\n<p>C. El presente Estatuto, hecho en ingl\u00e9s, quedar\u00e1 depositado en los archivos del Gobierno depositario.<\/p>\n<p>D. El Gobierno depositario remitir\u00e1 ejemplares debidamente certificados del presente Estatuto a los Gobiernos de los Estados ya los \u00f3rganos ejecutivos de las organizaciones intergubernamentales regionales de integraci\u00f3n econ\u00f3mica que lo hayan firmado o cuyo ingreso haya sido aprobado conforme al apartado B.2 del art\u00edculo VI.<\/p>\n<p>E. El Gobierno depositario comunicar\u00e1 sin dilaci\u00f3n a los signatarios del presente Estatuto la fecha de dep\u00f3sito de cada instrumento de ratificaci\u00f3n y la fecha de entrada en vigor del Estatuto.<\/p>\n<p>F. El Gobierno depositario comunicar\u00e1 sin dilaci\u00f3n a todos los signatarios y Miembros las fechas en las que otros Estados u organizaciones intergubernamentales regionales de integraci\u00f3n econ\u00f3mica adquieran posteriormente la condici\u00f3n de Miembros.<\/p>\n<p>G. El Gobierno depositario enviar\u00e1 sin dilaci\u00f3n las nuevas solicitudes de ingreso a todos los Miembros de la Agencia para su consideraci\u00f3n conforme a lo establecido en el apartado B.2 del art\u00edculo VI.<\/p>\n<p>EN TESTIMONIO DE LO CUAL, los abajo firmantes, debidamente autorizados, han firmado el presente Estatuto.<\/p>\n<p>HECHO en Bonn, el 26 de enero de 2009, en un \u00fanico original, en lengua inglesa.<\/p>\n<p>Declaraci\u00f3n de la Conferencia relativa a los textos aut\u00e9nticos del Estatuto<\/p>\n<p>Reunidos en Bonn el 26 de enero de 2009, los representantes de los Estados invitados a la Conferencia de Constituci\u00f3n de la Agencia Internacional de Energ\u00edas Renovables han adoptado la siguiente declaraci\u00f3n, la cual forma parte integrante del Estatuto:<\/p>\n<p>A instancia de los respectivos signatarios, se fijar\u00e1n textos aut\u00e9nticos del Estatuto de la Agencia Internacional de Energ\u00edas Renovables, firmado el 26 de enero de 2009 en Bonn, incluida la presente declaraci\u00f3n, tambi\u00e9n en las dem\u00e1s lenguas oficiales de las Naciones Unidas distintas del ingl\u00e9s, as\u00ed como en la lengua del depositario.(1) (2)<\/p>\n<p>LA SUSCRITA COORDINADORA DE TRATADOS DE LA DIRECCI\u00d3N DE ASUNTOS JUR\u00cdDICOS INTERNACIONALES DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DE LA REP\u00daBLICA DE COLOMBIA<br \/>&nbsp;<\/font><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\">&nbsp;<\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><b><font face=\"Verdana\" size=\"2\">CERTIFICA:<\/font><\/b><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><br \/>Que la reproducci\u00f3n del texto que antecede es fotocopia fiel y completa del \u201cEstatuto de la Agencia Internacional de Energ\u00edas Renovables (IRENA)\u201d, hecho en Bonn, Alemania, el d\u00eda 26 de enero de 2009, documento que reposa en los archivos del Grupo Interno de Trabajo de Tratados de la Direcci\u00f3n de Asuntos Jur\u00eddicos Internacionales de este Ministerio.<\/p>\n<p>Dada en Bogot\u00e1, D. C., a los cuatro (4) d\u00edas del mes de agosto de dos mil once (2011).<\/p>\n<p>La Coordinadora del Grupo Interno de Trabajo de Tratados. Direcci\u00f3n de Asuntos Jur\u00eddicos Internacionales,<\/font><\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><\/p>\n<p>ALEJANDRA VALENCIA GARTNER.<br \/>EXPOSICI\u00d3N DE MOTIVOS<\/font><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><br \/>Honorables Senadores y Representantes:<\/p>\n<p>En nombre del Gobierno Nacional y en cumplimiento de lo dispuesto en los art\u00edculos 150 numeral 16, 189 numeral 2 y 224 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de Colombia, presentamos a consideraci\u00f3n del honorable Congreso de la Rep\u00fablica el proyecto de ley por medio de la cual se aprueba el \u201cEstatuto de la Agencia Internacional de Energ\u00edas Renovables (Irena)\u201d, hecho en Bonn, Alemania, el 26 de enero de 2009.<\/p>\n<p><b>I. CONSIDERACIONES PREVIAS<\/b><\/p>\n<p>El uso de energ\u00edas renovables es una alternativa para suplir el uso de energ\u00edas f\u00f3siles, las cuales son limitadas, se agotar\u00e1 con el tiempo y no pueden abastecer la demanda total de este recurso. Este tipo de energ\u00edas f\u00f3siles necesitan miles de a\u00f1os para generarse y producen gases de efecto invernadero, contaminaci\u00f3n y emisiones de CO2, que causan perforaciones en la capa de ozono.<\/p>\n<p>Las energ\u00edas renovables pueden estimular el crecimiento econ\u00f3mico sostenible, adem\u00e1s de ofrecer oportunidades para abordar y mitigar de manera gradual los problemas derivados de la seguridad energ\u00e9tica. Este tipo de energ\u00edas reducen, a su vez, la concentraci\u00f3n de gases de efecto invernadero en la atm\u00f3sfera, situaci\u00f3n que contribuir\u00eda a la estabilizaci\u00f3n de los sistemas clim\u00e1ticos.<\/p>\n<p>Las energ\u00edas tradicionales, tambi\u00e9n conocidas como combustibles f\u00f3siles, se agotan con el tiempo. Por esta raz\u00f3n, muchos Estados est\u00e1n buscando soluciones alternativas como el sol, el viento o el agua, entre otros; En el caso espec\u00edfico de Colombia, se genera energ\u00eda el\u00e9ctrica a trav\u00e9s de la hidroelectricidad gracias a la gran cantidad de fuentes de agua con las que se cuenta. Adicionalmente, se genera energ\u00eda por medio de gas, carb\u00f3n y petr\u00f3leo. Esos recursos, sin embargo, se est\u00e1n agotando a un ritmo cada vez m\u00e1s vertiginoso, por lo cual es necesario enfocar la mirada hacia otras fuentes de energ\u00eda renovable.<\/p>\n<p>El Gobierno Nacional ha venido invirtiendo, durante los \u00faltimos a\u00f1os, en el desarrollo y aplicaci\u00f3n de alternativas de producci\u00f3n m\u00e1s limpias y en la investigaci\u00f3n acerca de recursos renovables, con miras a contribuir a un medio ambiente m\u00e1s limpio y ayudar a solucionar el problema de la crisis energ\u00e9tica mundial.<\/p>\n<p>De acuerdo con la Agencia Internacional de Energ\u00eda (AIE), el mundo actual depende en un 80% del petr\u00f3leo y en la medida que los pa\u00edses se van industrializando, el consumo de energ\u00eda aumenta cada d\u00eda a mayor velocidad. Por su parte, la Unidad de Planeaci\u00f3n Nacional Minero Energ\u00e9tica (UPME), afirma que las energ\u00edas renovables actualmente cubren cerca del 20% del consumo mundial de electricidad.11<\/p>\n<p>Promover el uso de estas energ\u00edas no s\u00f3lo est\u00e1 adquiriendo un protagonismo mayor a nivel mundial sino que tambi\u00e9n es un compromiso de los Estados que cuentan con suficientes recursos para ser aprovechados a futuro.<\/p>\n<p><b>II. BREVE RESE\u00d1A HIST\u00d3RICA DE LA AGENCIA INTERNACIONAL DE ENERG\u00cdAS RENOVABLES (IRENA)<\/b><\/p>\n<p>La Agencia Internacional de Energ\u00edas Renovables (en adelante, la \u201cIRENA\u201d) fue establecida oficialmente en Bonn, Alemania, el d\u00eda 26 de enero de 2009. En la conferencia fundacional, 75 Estados firmaron el Estatuto del organismo. La fundaci\u00f3n de IRENA, sin embargo, fue precedida por varias reuniones que fueren sellando el camino para el establecimiento de la Agencia.<\/p>\n<p>La primera de estas reuniones fue la Conferencia Preparatoria de la Fundaci\u00f3n de la IRENA, la cual tuvo lugar en Berl\u00edn del 10 al 11 de abril 2008. En esta conferencia, los representantes de 60 pa\u00edses expresaron su apoyo general a la fundaci\u00f3n de una Agencia Internacional de Energ\u00edas Renovables y discutieron los futuros objetivos, actividades, estructura organizativa, y la financiaci\u00f3n de esta Agencia.<\/p>\n<p>El 23 y 24 octubre de 2008 se realiz\u00f3 la Conferencia Preparatoria de la IRENA, reuni\u00f3n realizada en Madrid. En esa reuni\u00f3n m\u00e1s de 150 representantes de 51 pa\u00edses estuvieron y lograron un acuerdo acerca del Estatuto de la IRENA. Por otra parte, las cuestiones importantes, tales como la financiaci\u00f3n, los criterios y procedimientos de selecci\u00f3n del Director General Interino y la sede provisional, as\u00ed como el dise\u00f1o de la fase inicial de la IRENA, se resolvieron.<\/p>\n<p>Durante la reciente Sesi\u00f3n Inaugural de la Asamblea de la IRENA, realizada en Abu Dhabi, Emiratos \u00c1rabes, sede de la Agencia, entre los d\u00edas 4 y el 5 de abril de 2011, la Agencia inici\u00f3 oficialmente su trabajo. Durante la misma, fue nombrado el primer Director General (Adnan Z. Amin, ciudadano de Kenia); fue aprobado el primer programa de trabajo y se consolid\u00f3 un presupuesto inicial de $25 millones de d\u00f3lares americanos que, se estima, le permitir\u00e1n ejecutar su misi\u00f3n.<\/p>\n<p>A la fecha, la IRENA cuenta con cerca de 149 Partes Signatarias y 50 ratificaciones. Es importante anotar que la mayor\u00eda de pa\u00edses miembros de la Organizaci\u00f3n para la Cooperaci\u00f3n y Desarrollo Econ\u00f3micos (OCDE) ya han ratificado el Estatuto, entre ellos Estados Unidos. Lo anterior, permite prever un apoyo de los pa\u00edses m\u00e1s desarrollados para el fomento de las actividades de la Agencia.<\/p>\n<p><b>III. ESTRUCTURA Y ALCANCE DEL ESTATUTO DE LA IRENA<\/b><\/p>\n<p>El \u201cEstatuto de la Agencia Internacional de Energ\u00edas Renovables (IRENA)\u201dse compone de un pre\u00e1mbulo y veinte (20) art\u00edculos.<\/p>\n<p>En el Pre\u00e1mbulo se consigna la importancia de las energ\u00edas renovables y la necesidad de promoci\u00f3n en implantaci\u00f3n del uso de las mismas para lograr un desarrollo sostenible, para ofrecer el acceso descentralizado de la energ\u00eda sobre todo en pa\u00edses en desarrollo y para el acceso a la energ\u00eda en regiones remotas donde es necesario reemplazar las energ\u00edas f\u00f3siles y, en general, para que todas las personas tengan acceso a las energ\u00edas renovables.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, se consagran expresiones sobre el papel que est\u00e1n desarrollando las energ\u00edas renovables en la reducci\u00f3n de gases de efecto invernadero en la atm\u00f3sfera, lo que contribuir\u00eda a la estabilizaci\u00f3n de los sistemas clim\u00e1ticos y a la transici\u00f3n sostenible hacia una econom\u00eda que permita satisfacer la demanda mundial a futuro.<\/p>\n<p>El Art\u00edculo 1o establece la constituci\u00f3n de la Agencia Internacional de Energ\u00eda Renovable (IRENA) y se\u00f1ala que la Agencia se fundamenta en el principio de igualdad de todos sus miembros a nivel internacional para el desarrollo de sus actividades.<\/p>\n<p>El Art\u00edculo 2o define los objetivos de la Agencia, entre los cuales se encuentra promover la implantaci\u00f3n generalizada y reforzada del uso sostenible de todas las formas de energ\u00eda renovable. As\u00ed mismo, la Agencia tiene en cuenta las prioridades nacionales de los Estados y los beneficios derivados de un planteamiento combinado de energ\u00eda renovable y medidas de eficiencia energ\u00e9tica, adem\u00e1s de la contribuci\u00f3n de las energ\u00edas renovables en la conservaci\u00f3n del medio ambiente, al mitigar la presi\u00f3n ejercida sobre los recursos naturales.<\/p>\n<p>Se destaca, particularmente, el literal b) del art\u00edculo 2o, que se refiere a la contribuci\u00f3n de las energ\u00edas renovables a la conservaci\u00f3n del medio ambiente al mitigar la presi\u00f3n ejercida sobre los recursos naturales y a reducir la reforestaci\u00f3n, sobre todo en las regiones tropicales, la desertificaci\u00f3n y la p\u00e9rdida de biodiversidad; a la protecci\u00f3n del clima; al desarrollo sostenible; al abastecimiento de energ\u00eda y su seguridad; al desarrollo regional, y a la responsabilidad intergeneracional.<\/p>\n<p>El Art\u00edculo 3o define las energ\u00edas renovables, entre las cuales se incluye: la bioenerg\u00eda; la energ\u00eda geot\u00e9rmica; la energ\u00eda hidr\u00e1ulica; la energ\u00eda marina, incluidas la energ\u00eda obtenida de las mareas, de las olas y la energ\u00eda t\u00e9rmica oce\u00e1nica; la energ\u00eda solar y la energ\u00eda e\u00f3lica.<\/p>\n<p>El Art\u00edculo 4\u00b0 enumera las actividades que se busca realizar en beneficio de sus miembros, tales como analizar y supervisar las pol\u00edticas; servicios de asesoramiento; desempe\u00f1o de sus actividades; promover la cooperaci\u00f3n internacional de energ\u00edas renovables y presentar a los Miembros un memorial de actividades, entre otras.<\/p>\n<p>El Art\u00edculo 5\u00b0 habla del programa de trabajo anual que preparar\u00e1 la Secretar\u00eda, informar\u00e1 el Consejo y aprobar\u00e1 la Asamblea. La Agencia podr\u00e1 llevar a cabo proyectos iniciados y financiados por sus Miembros, siempre y cuando exista disponibilidad de recursos no econ\u00f3micos de la Agencia.<\/p>\n<p>El Art\u00edculo 6o explica la adhesi\u00f3n de miembros a la Agencia y el ingreso de los mismos. Adicionalmente, se\u00f1ala que el Estatuto estar\u00e1 abierto a todos los miembros de Naciones Unidas. Si se trata de una organizaci\u00f3n intergubernamental regional de integraci\u00f3n econ\u00f3mica, sus Estados miembros decidir\u00e1n sobre sus respectivas responsabilidades en cuanto al cumplimiento de obligaciones que les imponga el estatuto.<\/p>\n<p>El Art\u00edculo 7o hace referencia a los observadores que podr\u00e1n asistir a las reuniones, tales como las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales activas en el \u00e1mbito de energ\u00edas renovables y signatarios que no hayan firmado el estatuto.<\/p>\n<p>El Art\u00edculo 8o contempla los \u00f3rganos principales de la Agencia, los cuales son la Asamblea, el Consejo y la Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>El Art\u00edculo 9o consagra todo lo concerniente a la composici\u00f3n y las funciones de la Asamblea como \u00f3rgano supremo de la Agencia.<\/p>\n<p>El Art\u00edculo 10 hace referencia al Consejo, el cual constar\u00e1 de no menos de 11 y no m\u00e1s de 21 representantes, que ser\u00e1 equivalente a un tercio de los Miembros de la Agencia. El art\u00edculo explica, adem\u00e1s, sus funciones y todo lo concerniente a este \u00f3rgano de dependencia.<\/p>\n<p>El Art\u00edculo 11 explica lo relativo a la Secretar\u00eda, la cual asistir\u00e1 a la Asamblea, al Consejo y a sus \u00f3rganos subsidiados en el ejercicio de sus funciones. Desempe\u00f1ar\u00e1, as\u00ed mismo, las dem\u00e1s actividades que le recomiende el Estatuto, as\u00ed como las que le deleguen la Asamblea o el Consejo.<\/p>\n<p>El Art\u00edculo 12 enuncia las disposiciones del presupuesto y las contribuciones obligatorias de sus Miembros, las cuales se basar\u00e1n en la escala de c\u00e1lculo de la Naciones Unidas, seg\u00fan disponga la Asamblea. Menciona, adem\u00e1s, qui\u00e9nes financiar\u00e1n a la Agencia, las contribuciones voluntarias y hace referencia a la preparaci\u00f3n el proyecto de presupuesto, al auditor externo, al control de la gesti\u00f3n y a los controles financieros internos.<\/p>\n<p>El Art\u00edculo 13 prev\u00e9 lo relativo a la personalidad jur\u00eddica, privilegios e inmunidades de que goza la Agencia para el ejercicio de sus funciones, la capacidad jur\u00eddica en cada uno de sus miembros y el cumplimiento de sus fines.<\/p>\n<p>El Art\u00edculo 14 se refiere a las relaciones con otras organizaciones, de acuerdo con las disposiciones que aprueben los \u00f3rganos de la Agencia con respecto a los derechos y obligaciones de cualquier Miembro, derivados de tratados internacionales de vigor.<\/p>\n<p>El Art\u00edculo 15 consagra todo lo concerniente a las modificaciones al Estatuto, el retiro de sus miembros y sus obligaciones financieras, en caso de retiro.<\/p>\n<p>El Art\u00edculo 16 hace referencia a la resoluci\u00f3n de controversias que se puedan generar entre los Miembros de la Agencia, las cuales se regir\u00e1n de conformidad con el aparte 1 del Art\u00edculo 33 de la Carta de las Naciones Unidas.<\/p>\n<p>El Art\u00edculo 17 enuncia la suspensi\u00f3n temporal de derechos, la cual se puede dar por mora en el pago de las contribuciones financieras a la Agencia. No obstante, la Asamblea podr\u00e1 permitir a esos Miembros ejercer el derecho al voto, si llega al convencimiento de que el impago se debe a circunstancias ajenas a su control.<\/p>\n<p>El Art\u00edculo 18 se refiere a la decisi\u00f3n sobre la sede de la Agencia, la cual se estableci\u00f3 en los Emiratos \u00c1rabes Unidos.<\/p>\n<p>El Art\u00edculo 19 hace referencia a la firma, ratificaci\u00f3n, entrada en vigor y adhesi\u00f3n a los Estatutos, los cuales quedaron abiertos a la firma de todos los estados Miembros de las Naciones Unidas y organizaciones intergubernamentales.<\/p>\n<p>El Art\u00edculo 20 comprende los temas relativos al depositario, registro y texto aut\u00e9ntico. El Gobierno de la Rep\u00fablica Federal de Alemania queda designado como el depositario del Estatuto y de todos los instrumentos de ratificaci\u00f3n y adhesi\u00f3n de la Agencia de Energ\u00edas Renovables (IRENA).<\/p>\n<p><b>IV. OBJETIVOS DE LA AGENCIA INTERNACIONAL DE ENERG\u00cdAS RENOVABLES (IRENA) <br \/>La visi\u00f3n de la IRENA es la de tener un mundo donde la energ\u00eda renovable moderna y eficaz es accesible en todos los pa\u00edses y que se convierta en una de las principales fuentes de energ\u00eda; propender por un mundo donde las tecnolog\u00edas de energ\u00eda renovable son utilizadas ampliamente y se consideran como una de las soluciones de energ\u00eda clave para el futuro de todos los pa\u00edses. Un mundo, donde las comunidades que actualmente carecen de suministro de energ\u00eda confiable puedan depender de la energ\u00eda renovable como la base para su desarrollo econ\u00f3mico y social.<\/p>\n<p>La IRENA considera que el uso de energ\u00eda renovable debe, y aumentar\u00e1 dr\u00e1sticamente en los pr\u00f3ximos a\u00f1os, debido a su papel clave en el aumento de la seguridad energ\u00e9tica; en la reducci\u00f3n de las emisiones de gases de efecto invernadero; en la mitigaci\u00f3n del cambio clim\u00e1tico; en el alivio de la pobreza energ\u00e9tica; en el apoyo al desarrollo sostenible, y en el impulso al crecimiento econ\u00f3mico.<\/p>\n<p>La Misi\u00f3n de la IRENA es convertirse en el principal centro internacional de excelencia para la energ\u00eda renovable y una plataforma para el intercambio y el desarrollo de los conocimientos acerca de las energ\u00edas renovables. Una vez logrado lo anterior, la IRENA se convertir\u00e1 en la voz global para las energ\u00edas renovables y facilitar\u00e1 el acceso a toda la informaci\u00f3n relevante de energ\u00eda renovable, incluidos los datos t\u00e9cnicos, datos econ\u00f3micos y los datos de recursos renovables potenciales.<\/p>\n<p><b>V. ANTECEDENTES LEGALES EN RELACI\u00d3N CON LAS ENERG\u00cdAS RENOVABLES EN COLOMBIA<\/b><\/p>\n<p>Dada la estrecha relaci\u00f3n existente entre el desarrollo de las energ\u00edas renovables a partir de fuentes primarias y la protecci\u00f3n ambiental o el impacto positivo de aquellas sobre el ambiente sano, y la protecci\u00f3n o conservaci\u00f3n de los recursos naturales renovables; se han expedido las siguientes leyes que impulsan la protecci\u00f3n como recurso natural renovable as\u00ed como el desarrollo y uso de energ\u00eda proveniente fuentes renovables, en el marco del uso racional y eficiente de la energ\u00eda y la defensa del ambiente:<\/p>\n<p>i) Ley 697 de 2001: se\u00f1ala en art\u00edculo 1o, el inter\u00e9s nacional por promover el uso de energ\u00edas no convencionales de manera sostenible con el medio ambiente y los recursos naturales.<\/p>\n<p>A su turno, en los numerales 9 a 14 del art\u00edculo 33 se refiere a las fuentes no convencionales de energ\u00eda, como aquellas disponibles a nivel mundial que son ambientalmente sostenibles, entre la cuales se encuentran la energ\u00eda solar, e\u00f3lica, geot\u00e9rmica, biomasa y los peque\u00f1os aprovechamientos hidroenerg\u00e9ticos.<\/p>\n<p>ii) Ley 1083 de 2006: rese\u00f1a la relaci\u00f3n entre los combustibles limpios5, la salud y el medio ambiente. En el inciso segundo del par\u00e1grafo del art\u00edculo 1o, prescribe, entre otros, como combustibles limpios aquellos que est\u00e1n basados en el uso de energ\u00eda solar, e\u00f3lica mec\u00e1nica, etc.<\/p>\n<p>iii) Decreto-ley 2811 de 1974: el numeral 6 del art\u00edculo 3o, se\u00f1ala entre los recursos naturales renovables, las fuentes primarias de energ\u00eda no agotables, que de conformidad con lo establecido en el art\u00edculo 167 corresponde a la proveniente de la energ\u00eda solar, e\u00f3lica, la contenida en el mar y recursos geot\u00e9rmicos.<\/p>\n<p>iv) Ley 99 de 1993: en primera instancia, el numeral 1 del art\u00edculo 1o, se\u00f1ala que el proceso de desarrollo econ\u00f3mico y social del pa\u00eds se orientar\u00e1 seg\u00fan los principios universales y del desarrollo sostenible contenidos en la Declaraci\u00f3n de R\u00edo de Janeiro de junio de 1992 sobre Medio Ambiente y Desarrollo, entre los cuales vale la pena resaltar, por su incidencia frente a la b\u00fasqueda del desarrollo sostenible y la protecci\u00f3n del ambiente, los principios 1, 4, 88 y 9.<\/p>\n<p>Igualmente, el art\u00edculo 3o se\u00f1ala que debe entenderse por desarrollo sostenible, aquel que conduzca al crecimiento econ\u00f3mico, la elevaci\u00f3n de la calidad de vida y al bienestar social, sin agotar la base de los recursos naturales en que se sustenta, ni deteriorar el ambiente, de tal suerte que las futuras generaciones puedan utilizarlo para la satisfacci\u00f3n de sus propias necesidades.<\/p>\n<p>Finalmente, el numeral 33 del art\u00edculo 5o se\u00f1ala entre las funciones del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial promover la sustituci\u00f3n de recursos naturales no renovables, para el desarrollo de tecnolog\u00edas de generaci\u00f3n de energ\u00edas no contaminantes ni degradantes.<\/p>\n<p>v) Ley 164 de 1995: el art\u00edculo 12, refiere a los proyectos de reducci\u00f3n u absorci\u00f3n de los gases efecto de invernadero en el marco del Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL).<\/font><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><\/p>\n<p><b>VI. POL\u00cdTICAS Y PLANES ENERG\u00c9TICOS NACIONALES<\/b><\/p>\n<p><b>1. POL\u00cdTICA ENERG\u00c9TICA NACIONAL EN TORNO AL URE<\/b><\/p>\n<p>Con la expedici\u00f3n de la Ley 697 de 2001, se declar\u00f3 el Uso Racional y Eficiente de la Energ\u00eda (URE) como un asunto de inter\u00e9s social, p\u00fablico y de conveniencia nacional, fundamental para asegurar el abastecimiento pleno y oportuno, la competitividad de la econom\u00eda colombiana, la protecci\u00f3n al consumidor y la promoci\u00f3n del uso de energ\u00edas no convencionales de manera sostenible con el medio ambiente y los recursos naturales, entendi\u00e9ndose como fuentes no convencionales de energ\u00eda, aquellas fuentes de energ\u00eda disponibles a nivel mundial que son ambientalmente sostenibles, pero que en el pa\u00eds no son empleadas o son utilizadas de una manera marginal y no se comercializan ampliamente, como son la energ\u00eda solar, energ\u00eda e\u00f3lica, geotermia, biomasa, peque\u00f1os aprovechamientos hidroel\u00e9ctricos, entre otros.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n la misma Ley se\u00f1al\u00f3 al Ministerio de Minas y Energ\u00eda como entidad responsable de promover, organizar y asegurar el desarrollo y el seguimiento de los programas de uso racional y eficiente.<\/p>\n<p>En ese sentido, la precitada Ley cre\u00f3 el Programa de Uso Racional y Eficiente de la Energ\u00eda y dem\u00e1s formas de energ\u00eda no convencionales (PROURE). Posteriormente, se promulgaron los Decretos Reglamentarios n\u00fameros 3683 de 2003 y 2501 de 2007, por medio de los cuales se dictan disposiciones para promover pr\u00e1cticas con fines de uso racional y eficiente de energ\u00eda y se definen algunos lineamientos.<\/p>\n<p>En el 2006, se expidi\u00f3 la Resoluci\u00f3n n\u00famero 180609 de 2006 por la cual se definieron los subprogramas que hacen parte del PROURE y posteriormente y ante la necesidad de adoptar un plan de acci\u00f3n indicativo 2010-2015 para desarrollar el programa, se expidi\u00f3 la Resoluci\u00f3n 180919 de 2010.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/font><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>2. PROGRAMA DE USO RACIONAL Y EFICIENTE DE LA ENERG\u00cdA Y DEM\u00c1S FORMAS DE ENERG\u00cdA NO CONVENCIONALES (PROURE) <br \/>Se definieron como objetivos espec\u00edficos del Plan de Acci\u00f3n indicativo 2010-2015 para desarrollar el PROURE los siguientes:<\/p>\n<p>1. Consolidar una cultura para el manejo sostenible y eficiente de los recursos naturales a lo largo de la cadena energ\u00e9tica.<\/p>\n<p>2. Construir las condiciones econ\u00f3micas, t\u00e9cnicas, regulatorias y de informaci\u00f3n para impulsar un mercado de bienes y servicios energ\u00e9ticos eficientes en Colombia.<\/p>\n<p>3. Fortalecer las instituciones e impulsar la iniciativa empresarial de car\u00e1cter privado, mixto o de capital social para el desarrollo de subprogramas y proyectos que hacen parte del PROURE.<\/p>\n<p>4. Facilitar la aplicaci\u00f3n de las normas relacionadas con incentivos, incluyendo los tributarios, que permitan impulsar el desarrollo de subprogramas y proyectos que hacen parte del PROURE.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/font><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>3. PLAN ENERG\u00c9TICO NACIONAL 2010-2030<\/p>\n<p>1. Objetivos del Plan<\/b><\/p>\n<p>Dentro de la Versi\u00f3n Preliminar del Plan Energ\u00e9tico Nacional 2010-2030, se han contemplado como grandes objetivos los siguientes:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/font><\/p>\n<div align=\"center\">\n<table border=\"1\" cellpadding=\"6\" cellspacing=\"0\" width=\"48%\">\n<tr>\n<td width=\"315\" align=\"center\" style=\"border-left-style: solid; border-left-width: 1px; border-right-width: 1px; border-top-width: 1px; border-bottom-width: 1px\"><img width=287 height=203src=\"LEY%201665%20DE%202013_archivos\/image001.gif\" v:shapes=\"_x0000_s1050 _x0000_s1049 _x0000_s1051\"><\/td>\n<td align=\"center\" style=\"border-left-style: solid; border-left-width: 1px; border-right-width: 1px; border-top-width: 1px; border-bottom-width: 1px; padding-left: 4px; padding-right: 4px; padding-top: 1px; padding-bottom: 1px\"><img border=0 width=276 height=193src=\"LEY%201665%20DE%202013_archivos\/image002.gif\" v:shapes=\"_x0000_s1054\"><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"315\" align=\"center\" style=\"border-left-style: solid; border-left-width: 1px; border-right-width: 1px; border-top-width: 1px; border-bottom-width: 1px\"><img border=0 width=276 height=193src=\"LEY%201665%20DE%202013_archivos\/image003.gif\" v:shapes=\"_x0000_s1053\"><\/td>\n<td align=\"center\" style=\"border-left-style: solid; border-left-width: 1px; border-right-width: 1px; border-top-width: 1px; border-bottom-width: 1px\"><img border=0 width=276 height=193src=\"LEY%201665%20DE%202013_archivos\/image004.gif\" v:shapes=\"_x0000_s1052\"><\/td>\n<\/tr>\n<\/table>\n<p>&nbsp;<\/p><\/div>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">El plan est\u00e1 dividido en 4 partes:<\/p>\n<p>i) Busca reducir la vulnerabilidad del sector energ\u00e9tico colombiano en todas las cadenas de suministro energ\u00e9tico colombiano y aumentar su disponibilidad y confiabilidad. Para ese fin se han identificado estrategias que conforman una serie de pol\u00edticas e instrumentos como:<\/p>\n<p>&#8212; La diversificaci\u00f3n de la matriz de generaci\u00f3n el\u00e9ctrica en el mediano y largo plazo.<\/p>\n<p>&#8212; La creaci\u00f3n de Infraestructura de gas natural redundante, la mejora de los esquemas de contrataci\u00f3n y la explotaci\u00f3n de nuevas alternativas.<\/p>\n<p>&#8212; Continuar y profundizar los planes de expansi\u00f3n de la oferta futura de hidrocarburos, combustibles l\u00edquidos y gases licuados del petr\u00f3leo (GLP).<\/p>\n<p>&#8212; Profundizar la integraci\u00f3n energ\u00e9tica regional. Implementando programas de Uso Racional y Eficiente de energ\u00eda.<\/p>\n<p>ii) Maximizar la contribuci\u00f3n del sector energ\u00e9tico colombiano a las exportaciones, a la estabilidad macroecon\u00f3mica, a la competitividad y al desarrollo del pa\u00eds. Contempla las siguientes estrategias:<\/p>\n<p>&#8212; Implementar programas integrales de desarrollo de la industria de los hidrocarburos.<\/p>\n<p>&#8212; Poner en marcha programas integrales de desarrollo de la industria del carb\u00f3n mineral.<\/p>\n<p>&#8212; Desarrollar a un nuevo nivel la actual estrategia respecto a biocombustibles.<\/p>\n<p>&#8212; Diversificar las fuentes de oferta de gas natural obteniendo sinergias m\u00faltiples.<\/p>\n<p>&#8212; Diversificar el abastecimiento con fuentes no convencionales de energ\u00eda (FNCE) y energ\u00edas renovables no convencionales (ERNC).<\/p>\n<p>&#8212; Incrementar la competitividad de Colombia mediante adecuados precios de la canasta de energ\u00eda y de los costos de la energ\u00eda el\u00e9ctrica.<\/p>\n<p>&#8212; Fortalecer la integraci\u00f3n energ\u00e9tica regional.<\/p>\n<p>&#8212; Fortalecer la investigaci\u00f3n y el desarrollo a trav\u00e9s del Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n (COLCIENCIAS).<\/p>\n<p>iii) Aprovechar los recursos energ\u00e9ticos de Colombia con criterios de sostenibilidad, teniendo en cuenta las nuevas tendencias mundiales ben\u00e9ficas para el pa\u00eds. El conjunto de pol\u00edticas y estrategias correspondientes a los dos objetivos centrales ya descritos confluyen en el presente objetivo de un modo arm\u00f3nico en un grupo de estrategias cuyos componentes fueron dispuestos as\u00ed:<\/p>\n<p>&#8212; Fortalecer el desarrollo y la normatividad para una mayor penetraci\u00f3n de fuentes limpias y renovables, sin afectar el apropiado funcionamiento del sistema ni del mercado.<\/p>\n<p>&#8212; Fortalecer los programas de URE, como mecanismo para impulsar la competitividad de la naci\u00f3n y de sus pobladores.<\/p>\n<p>&#8212; Vincular el suministro energ\u00e9tico a los requerimientos de desarrollo local, de forma tal que la energ\u00eda facilite el desarrollo de las potencialidades locales tal y como lo pretende la pol\u00edtica local.<\/p>\n<p>&#8212; Crear sinergias entre actividades energ\u00e9ticas, productivas y tur\u00edsticas para el fomento de mercados verdes.<\/p>\n<p>&#8212; Fomentar la innovaci\u00f3n tecnol\u00f3gica en el uso de la energ\u00eda.<\/p>\n<p>&#8212; Promover la realizaci\u00f3n de evaluaciones ambientales estrat\u00e9gicas a las pol\u00edticas, planes y programas de la cadena energ\u00e9tica, como instrumento de apoyo para la incorporaci\u00f3n de las consideraciones ambientales a estas decisiones, disponiendo de estimaciones del alcance ambiental de las diferentes apuestas energ\u00e9ticas del pa\u00eds y de su sostenibilidad en el mediano y largo plazo.<\/p>\n<p>&#8212; Con respecto al sector carb\u00f3n y en vista de la necesidad de realizar una transici\u00f3n ordenada hacia formas m\u00e1s limpias y sostenibles, se establecer\u00e1n normativas que, tendiendo a alcanzar las mejores pr\u00e1cticas, no limiten el desarrollo productivo que se desea impulsar.<\/p>\n<p>iv) Armonizar el marco institucional para implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica energ\u00e9tica nacional. Los principales retos institucionales del sector tienen que ver con problemas de coordinaci\u00f3n, definici\u00f3n de roles, debilidad de algunas entidades, y ausencia de instituciones en algunos casos. Para mejorar en estos aspectos es necesario:<\/p>\n<p>&#8212; Establecer una s\u00f3lida coordinaci\u00f3n interinstitucional en relaci\u00f3n con el sector energ\u00e9tico.<\/p>\n<p>&#8212; Establecer formalmente una coordinaci\u00f3n interministerial que permita un desarrollo integral del pa\u00eds en todas las \u00e1reas transversales al sector energ\u00e9tico.<\/p>\n<p>&#8212; Clarificar roles, atribuciones y nuevos entes (carb\u00f3n, gas y URE).<\/p>\n<p>&#8212; Fortalecer las respectivas instituciones.<\/p>\n<p>&#8212; Fortalecer sistemas de informaci\u00f3n integrales y confiables.<\/p>\n<p>&#8212; Revisar y fortalecer el esquema de subsidios a la oferta y la demanda, a trav\u00e9s de los fondos existentes. Al respecto, es importante garantizar los recursos necesarios para que estos fondos sigan operando, con lo cual se lograr\u00eda una mejor cobertura y un mejor servicio en las zonas m\u00e1s pobres del pa\u00eds, pero de una manera organizada, que evite la doble remuneraci\u00f3n.<\/p>\n<p>Se concluye de lo expuesto que, dentro del planteamiento del Plan Energ\u00e9tico Nacional 2010-2030, los temas relacionados con uso eficiente de la energ\u00eda y promoci\u00f3n de las fuentes no convencionales de energ\u00eda son temas pilares.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/font><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>VII. LAS FUENTES NO CONVENCIONALES DE ENERG\u00cdA EN COLOMBIA<\/b><\/p>\n<p>Las fuentes no convencionales de energ\u00eda han adquirido una din\u00e1mica importante, en especial en las zonas no interconectadas, con nuevos incentivos para la innovaci\u00f3n y recursos provenientes de fondos sectoriales, as\u00ed como tambi\u00e9n gracias a una fuerte voluntad del Instituto de Planificaci\u00f3n y Promoci\u00f3n de Soluciones Energ\u00e9ticas para las Zonas No Interconectadas (IPSE) en el desarrollo de proyectos espec\u00edficos.<\/p>\n<p>El pa\u00eds dispone de aproximaciones de car\u00e1cter nacional de potencialidades de la energ\u00eda e\u00f3lica y solar10. Actualmente la Unidad de Planeaci\u00f3n Minero Energ\u00e9tica (UPME), COLCIENCIAS, el Instituto de Hidrolog\u00eda, Meteorolog\u00eda y Estudios Ambientales de Colombia (IDEAM) y el Instituto Colombiano de Geolog\u00eda y Miner\u00eda (INGEOMINAS), as\u00ed como empresas de generaci\u00f3n, algunos grupos de investigaci\u00f3n y ciertas universidades contin\u00faan trabajando en la elaboraci\u00f3n de inventarios de proyectos que aprovechen estas fuentes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/font><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>1. Potencial de Peque\u00f1as Centrales Hidroel\u00e9ctricas (PCH):<\/b><\/p>\n<p>El Instituto de Ciencias Nucleares y Energ\u00edas Alternativas (INEA)11, en el a\u00f1o 1997, identific\u00f3 un potencial preliminar para las Peque\u00f1as Centrales Hidroel\u00e9ctricas de 25.000 MW, del cual solo se hab\u00eda aprovechado cerca del 2% en todo el pa\u00eds. A 2010, se encuentran instalados 509.98 MW de aprovechamientos hidroenerg\u00e9ticos menores a 20 MW que suministran energ\u00eda al Sistema Interconectado Nacional.<\/p>\n<p>Este valor potencial es importante si se tiene en cuenta que puede incrementarse debido a que Colombia tiene una precipitaci\u00f3n media anual de 3.000 mil\u00edmetros sobre el 25% del \u00e1rea total del territorio continental que equivale a 274.000 km2 y existe una alta potencialidad de proyectos no contabilizados.<\/p>\n<p>La tabla siguiente muestra las cuencas principales del pa\u00eds y el grado de participaci\u00f3n de la oferta h\u00eddrica del pa\u00eds.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/font><\/p>\n<table border=\"1\" cellpadding=\"6\" cellspacing=\"0\" width=\"100%\">\n<tr>\n<td colspan=\"4\" align=\"center\">\n<p style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>Tabla 1 Cuencas h\u00eddricas<\/b><\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td align=\"center\"><b><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Cuenca<\/font><\/b><\/td>\n<td align=\"center\"><b><font face=\"Verdana\" size=\"2\">\u00c1rea cubierta del Territorio Nacional<\/font><\/b><\/td>\n<td align=\"center\"><b><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Oferta H\u00eddrica<\/font><\/b><\/td>\n<td align=\"center\"><b><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Poblaci\u00f3n<\/font><\/b><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td align=\"justify\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">R\u00edos Magdalena y Cauca<\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">25%<\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">11%<\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">70%<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td align=\"justify\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">R\u00edos Orinoco, Amazonas, Pac\u00edfico, Sin\u00fa, Atrato, Catatumbo y Sierra Nevada de Santa Marta<\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">75%<\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">89%<\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">30%<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td align=\"justify\"><b><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Fuente:<\/font><\/b><\/td>\n<td colspan=\"3\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">2007. UPME.<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<\/table>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><\/p>\n<p>Adicionalmente, en Colombia existen 720.000 cuencas y microcuencas y cerca de 1.600 cuerpos de agua, identificados como lagunas, lagos y embalses, con volumen aproximado de 26.300 millones de m3 y reservas aproximadas de 140.879 km3 de agua subterr\u00e1nea.<\/p>\n<p>Recientemente la UPME y el IDEAM, continuando con su labor de establecer los inventarios de los recursos energ\u00e9ticos renovables, han producido una aproximaci\u00f3n al recurso hidroenerg\u00e9tico de car\u00e1cter nacional con la informaci\u00f3n del modelo digital del terreno de Colombia (MDTC) (90m x 90m), las redes de drenaje, las cuencas asociadas a 367 estaciones con medici\u00f3n y series hist\u00f3ricas de datos de caudal. Se estimaron 4.674 cuencas nacionales con y los mapas de escorrent\u00eda, potencial para Colombia.<\/p>\n<p>Fases posteriores deben buscar validar y actualizar los ejercicios desarrollados, de manera tal que permitan el apropiado desarrollo de este recurso.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/font><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>2. Energ\u00eda E\u00f3lica<\/b><\/p>\n<p>Estudios realizados por el Programa Especial de Energ\u00eda de la Costa Atl\u00e1ntica (PESENCA) en los a\u00f1os noventa para la costa atl\u00e1ntica y a nivel pa\u00eds por el INEA en 1997 y, posteriormente, por la UPME y el IDEAM son parte de los esfuerzos que permitieron construir el atlas de vientos de car\u00e1cter nacional que muestra la amplia potencialidad de este recurso.<\/p>\n<p>En tal sentido, este atlas permite identificar las \u00e1reas geogr\u00e1ficas del pa\u00eds donde existe el mayor potencial como es el caso de la Costa Atl\u00e1ntica, donde la mayor potencialidad del recurso se encuentra en la pen\u00ednsula de La Guajira, ba\u00f1ada por los vientos alisios y donde ya se instal\u00f3 el primer parque e\u00f3lico para generaci\u00f3n el\u00e9ctrica.<\/p>\n<p>Otras regiones con potencial del recurso se encuentran en el Bajo Magdalena y la cuenca del Cesar; en los departamentos de Bol\u00edvar, Atl\u00e1ntico y Norte de Santander, centro y sur del Cesar; en sectores costeros del golfo de Urab\u00e1, en el Medio Magdalena y sur del Catatumbo a la altura de Norte de Santander y en los Llanos Orientales sobre Casanare, l\u00edmites entre Boyac\u00e1 y Cundinamarca, y l\u00edmites entre Meta, Huila y Cundinamarca.<\/p>\n<p>La tabla siguiente muestra un resumen de densidad de potencia de viento en las regiones con mejor potencial en el pa\u00eds.<br \/>&nbsp;<\/font><\/p>\n<table border=\"1\" cellpadding=\"6\" cellspacing=\"0\" width=\"100%\">\n<tr>\n<td colspan=\"3\" align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>Tabla. Densidad de potencia del viento por regi\u00f3n<\/b><\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td align=\"center\">\n<p style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><b><font face=\"Verdana\" size=\"2\">REGI\u00d3N<\/font><\/b><\/td>\n<td align=\"center\">\n<p style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><b><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Densidad de Potencia a 20 M<\/font><\/b><\/p>\n<p style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><b><font face=\"Verdana\" size=\"2\">(W\/m2)<\/font><\/b><\/td>\n<td align=\"center\">\n<p style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><b><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Densidad de Potencia A 50 M<\/font><\/b><\/p>\n<p style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><b><font face=\"Verdana\" size=\"2\">&nbsp;(W\/m2)<\/font><\/b><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td align=\"justify\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Guajira <\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">1.000 \u2013 1.331<\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">2.744 \u2013 3.375<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td align=\"justify\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">San Andr\u00e9s<\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">125 \u2013 216<\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">216 \u2013 343<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td align=\"justify\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Santanderes<\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">125 \u2013 216<\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">343 \u2013 512<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td align=\"justify\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Costa Atl\u00e1ntica<\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">216 \u2013 512<\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">729 \u2013 1.331<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td align=\"justify\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Casanare y Llanos Orientales<\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">125 \u2013 216<\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">216 \u2013 343<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td align=\"justify\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Boyac\u00e1 <\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">125 \u2013 216<\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">216 \u2013 343<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td align=\"justify\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">L\u00edmites entre Tolima y zona cafetera<\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">216 \u2013 512<\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">512 \u2013 729<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td align=\"justify\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Golfo de Urab\u00e1<\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">125 \u2013 216<\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">343 \u2013 512<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td align=\"justify\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Fuente: <\/font><\/td>\n<td colspan=\"2\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">2006. UPME \u2013 IDEAM.<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<\/table>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><br \/>Estimativos con base en recurso y en par\u00e1metros t\u00e9cnicos generales, indican que se pueden instalar m\u00e1s de 10.000 MW en plantas de generaci\u00f3n solo empleando una fracci\u00f3n del litoral de La Guajira.<\/p>\n<p>Los pasos a seguir para detallar el potencial se enmarcan dentro de la realizaci\u00f3n de mediciones puntuales en las \u00e1reas ya identificadas con mayor potencial. Estas mediciones se deben realizar a varias alturas y con torres de anem\u00f3metros que como m\u00ednimo lleguen a los 50 m, los sitios seleccionados para estas mediciones deben tomar en consideraci\u00f3n la orograf\u00eda, los obst\u00e1culos del terreno, migraci\u00f3n de aves, ubicaci\u00f3n de asentamientos humanos y la cobertura del suelo entre otros factores con miras a la instalaci\u00f3n de plantas e\u00f3licas de gran tama\u00f1o.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/font><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>3. Energ\u00eda Solar<\/b><\/p>\n<p>Colombia tiene un potencial energ\u00e9tico solar a lo largo de todo el territorio nacional, con un promedio diario multianual cercano a 4,5 kWh\/m2. En las regiones costeras atl\u00e1ntica y pac\u00edfica, espec\u00edficamente en La Guajira, de acuerdo con los resultados de la evaluaci\u00f3n del recurso solar del pa\u00eds, muestra un potencial solar promedio anual diario entre 5,0 y 6,5 kWh\/m2\/d\u00eda, el mayor del pa\u00eds.<\/p>\n<p>Las regiones de la Orinoquia y Amazonia, que comprenden las planicies de los Llanos Orientales y zonas de las selvas colombianas, presentan una variaci\u00f3n ascendente de la radiaci\u00f3n solar en sentido suroeste-noreste, verific\u00e1ndose valores asimilables a los de La Guajira en el noreste (Puerto Carre\u00f1o).<\/p>\n<p><b>&nbsp;<\/b><\/font><\/p>\n<table border=\"1\" cellpadding=\"6\" cellspacing=\"0\" width=\"100%\">\n<tr>\n<td colspan=\"2\" align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>Tabla. Potencial de radiaci\u00f3n solar por regi\u00f3n<\/b><\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td align=\"center\"><b><font face=\"Verdana\" size=\"2\">REGI\u00d3N<\/font><\/b><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>Radicaci\u00f3n solar (kWh\/m2\/a\u00f1o)<\/b><\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Guajira<\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">1.980 \u2013 2.340<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Costa Atl\u00e1ntica<\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">1.260 \u2013 2.340<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Orinoquia<\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">1.440 \u2013 2.160<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Amazonia<\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">1.440 \u2013 1.800<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Andina<\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">1.080 \u2013 1.620<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Costa Pac\u00edfica<\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">1.080 \u2013 1.440<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Fuente:<\/font><\/td>\n<td><font face=\"Verdana\" size=\"2\">2005. UPME &#8211; IDEAM.<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<\/table>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">&nbsp;<\/p>\n<p>Atlas de Radiaci\u00f3n Solar de Colombia.<\/p>\n<p>Si bien la disponibilidad del atlas de radiaci\u00f3n solar permite contar con informaci\u00f3n para dise\u00f1o de peque\u00f1os sistemas con un aceptable nivel de precisi\u00f3n, se requiere de la instalaci\u00f3n de equipos de medici\u00f3n tal como radi\u00f3metros para proyectos que tengan un mayor tama\u00f1o o requerimientos m\u00e1s precisos sobre el recurso y la producci\u00f3n energ\u00e9tica de este.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/font><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>4. Biomasa<\/b><\/p>\n<p>La biomasa es uno de los recursos m\u00e1s complejos de estimar en cuanto a potencial de aprovechamiento por cuanto este depende de muchos factores e, incluso, puede desaparecer si se maneja mal.<\/p>\n<p>La UPME realiz\u00f3 un estudio12, que propici\u00f3 la primera aproximaci\u00f3n al mapa de potencial de biomasa vegetal y luego se desarroll\u00f3 con el Atlas de Potencial de Biomasa Residual en Colombia.<\/p>\n<p>Un resumen de los estudios de potencial en biomasa realizados por la UPME se resume en la siguiente tabla:<br \/><b><br \/>&nbsp;<\/b><\/font><\/p>\n<table border=\"1\" cellpadding=\"6\" cellspacing=\"0\" width=\"100%\">\n<tr>\n<td colspan=\"2\">\n<p align=\"center\"><b><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Tabla. Potencial de generaci\u00f3n el\u00e9ctrica con la biomasa<\/font><\/b><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\" align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>POTENCIAL DE GENERACI\u00d3N EL\u00c9CTRICA<\/b><\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>Cultivos Industriales<\/b><\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>MW<\/b><\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Palma<\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">100<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Ca\u00f1a az\u00facar<\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">747<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Ca\u00f1a panelera<\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">513<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Caf\u00e9<\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">310<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Arroz<\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">171<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><b><font face=\"Verdana\" size=\"2\">SUBTOTAL <\/font><\/b><\/td>\n<td align=\"center\"><b><font face=\"Verdana\" size=\"2\">1.841<\/font><\/b><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\"><b><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Biomasa residual pecuaria<\/font><\/b><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Bovinos <\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">532<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Porcino <\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">25<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Av\u00edcola <\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">184<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><b><font face=\"Verdana\" size=\"2\">SUBTOTAL <\/font><\/b><\/td>\n<td align=\"center\"><b><font face=\"Verdana\" size=\"2\">741<\/font><\/b><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\"><b><font face=\"Verdana\" size=\"2\">RESIDUOS S\u00d3LIDOS URBANOS<\/font><\/b><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Centro de Abastos y Plazas de Mercado<\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">0.5<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Poda<\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">0.6<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Rellenos sanitarios de 4 principales ciudades<\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">47<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><b><font face=\"Verdana\" size=\"2\">GRAN TOTAL <\/font><\/b><\/td>\n<td align=\"center\"><b><font face=\"Verdana\" size=\"2\">2.630<\/font><\/b><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Fuente: consolidado UPME.<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<\/table>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b> <br \/>Adem\u00e1s de lo anterior, el pa\u00eds cuenta con un potencial de biomasa natural en los bosques, especialmente en el sur del pa\u00eds, en la regi\u00f3n de la Amazon\u00eda. Aunque estos representan un potencial inmenso se encuentran protegidos ya que son considerados un pulm\u00f3n verde para el pa\u00eds y para el continente, tambi\u00e9n en la producci\u00f3n de alcohol y aceite vegetal.<\/font><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\">&nbsp;<\/p>\n<table border=\"1\" cellpadding=\"6\" cellspacing=\"0\" width=\"100%\">\n<tr>\n<td colspan=\"2\">\n<p align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>Tabla. Potencial de la biomasa estimado con cultivoy residuos agr\u00edcolas estimado por ISAGEN<\/b><\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<p align=\"center\"><b><font face=\"Verdana\" size=\"2\">POTENCIAL TOTAL<\/font><\/b><\/td>\n<td>&nbsp;<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Aceite combustible <\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">658 MWh\/a\u00f1o<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Alcohol carburante <\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">2.640 MWh\/a\u00f1o<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Residuos agroindustriales y cosecha<\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">11.828 MWh\/a\u00f1o<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Residuos bosques plantados <\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">442 MWh\/a\u00f1o<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Residuos bosques naturales <\/font><\/td>\n<td align=\"center\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">698 MWh\/a\u00f1o<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><b><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Potencial total <\/font><\/b><\/td>\n<td align=\"center\"><b><font face=\"Verdana\" size=\"2\">16.267 MWh\/a\u00f1o<\/font><\/b><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Fuente: ISAGEN.<\/font><\/td>\n<\/tr>\n<\/table>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><\/p>\n<p>El aprovechamiento apropiado de la biomasa es lo que la hace sostenible y renovable. Por lo tanto, en la implementaci\u00f3n de proyectos con esta fuente de energ\u00eda es indispensable considerar todos los aspectos de la explotaci\u00f3n del recurso y su manejo.<br \/>&nbsp;<\/font><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b><br \/>5. Geotermia<\/b><\/p>\n<p>Colombia, debido la presencia de actividad volc\u00e1nica reciente en la Cordillera Occidental y Central y la presencia de actividad \u00edgnea latente en algunas \u00e1reas de la Cordillera Oriental, es un pa\u00eds con recursos geot\u00e9rmicos muy interesantes que pueden orientarse, incluso, a la producci\u00f3n de energ\u00eda el\u00e9ctrica.<\/p>\n<p>En tal sentido, se ha realizado una evaluaci\u00f3n global de las \u00e1reas de inter\u00e9s con base en la valoraci\u00f3n de la presencia de tres elementos (Sistema geot\u00e9rmico de alta entalp\u00eda): (i) anomal\u00eda t\u00e9rmica superficial, (ii) reservorio y (iii) cobertura impermeable.<\/p>\n<p>i) En la Cordillera Occidental: se cuenta, de sur a norte, con las \u00e1reas de los volcanes Chiles-Cerro Negro en la frontera con el Ecuador (que despu\u00e9s se ha identificado como el proyecto geot\u00e9rmico binacional Chiles-Cerro Negro-Tufi\u00f1o), el Cumbal, el Azufral y el Galeras. Las \u00e1reas m\u00e1s significativas son:<\/p>\n<p>a) La del volc\u00e1n Azufral, con la presencia de un volcanismo de gran evoluci\u00f3n, garant\u00eda de una fuente de calor significativa en profundidad, fuentes termales superficiales y fragmentos rocosos hidrotermalizados de tipo vulcano-sedimentario que indican la existencia de un reservorio geot\u00e9rmico de alta temperatura probablemente cubierto por rocas volc\u00e1nicas terciarias que actuar\u00edan como cobertura impermeable;<\/p>\n<p>b) La del volc\u00e1n Chiles-Cerro Negro que presenta rasgos de una fuente de calor relativamente cercana a la superficie, fuentes termales de inter\u00e9s y posible presencia de rocas en profundidad relacionadas con un reservorio geot\u00e9rmico.<\/p>\n<p>ii) En la Cordillera Central: se estudiaron, de sur a norte, las \u00e1reas de los volcanes Do\u00f1a Juana, Sotar\u00e1, Purac\u00e9 y Huila. Los dos primeros se caracterizan por presentar indicios de una fuente de calor significativa, pero existen dudas sobre la existencia de un reservorio. En el caso de los dos \u00faltimos volcanes existen dudas sobre la efectividad de la fuente de calor y tiene problemas relacionados con el reservorio.<\/p>\n<p>iii) En la Cordillera Oriental: se identific\u00f3 como \u00e1rea de inter\u00e9s la de Paipa, por ser la \u00fanica situada fuera de la regi\u00f3n volc\u00e1nica principal, en ambiente geol\u00f3gico sedimentario, por lo cual no deber\u00edan existir muchos problemas de permeabilidad en el subsuelo. La presencia en superficie de un volcanismo no muy joven podr\u00eda crear incertidumbre sobre la posible presencia de una fuente de calor cercana a la superficie, pero la existencia de fuentes termales de alta temperatura en superficie, sugerir\u00eda su calentamiento por alg\u00fan cuerpo magm\u00e1tico en estado de latencia.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de estas localizaciones, un \u00e1rea en el Macizo Volc\u00e1nico Ruiz -Tolima est\u00e1 siendo investigada por iniciativas privadas las cuales deber\u00edan considerar estudios previos que plantean un problema delicado por la ausencia de formaciones rocosas, que pudieran presentar gran permeabilidad, y de esta manera actuar como efectivos reservorios geot\u00e9rmicos de inter\u00e9s industrial.<\/p>\n<p>De lo anterior se desprende que la m\u00e1xima prioridad fue asignada a las \u00e1reas de Azufral y de Chiles-Cerro Negro, las cuales, en principio, presentar\u00edan las condiciones requeridas para la existencia de un campo geot\u00e9rmico de alta entalpia.<\/p>\n<p>Otros potenciales se pueden derivar de la misma explotaci\u00f3n del petr\u00f3leo, del cual se puede aprovechar su gradiente t\u00e9rmico como elemento para suministro energ\u00e9tico en los respectivos campos.<\/p>\n<p>Finalmente, el esfuerzo de INGEOMINAS al estudiar este recurso produjo el mapa de temperaturas del subsuelo que tambi\u00e9n contribuye al conocimiento del recurso.<br \/>&nbsp;<\/font><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\">&nbsp;<\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>6. Energ\u00eda de los Oc\u00e9anos<\/b><\/p>\n<p>La energ\u00eda no convencional asociada a los oc\u00e9anos depende del agua y sus condiciones f\u00edsicas de energ\u00eda t\u00e9rmica y mec\u00e1nica, a saber: gradiente de salinidad; corrientes oce\u00e1nicas; gradiente t\u00e9rmico; onda de marea y olas de viento. En tal sentido, en el pa\u00eds se han realizado estudios que permiten tener una idea preliminar de su potencial as\u00ed:<\/p>\n<p>i) Energ\u00eda del gradiente t\u00e9rmico:<\/p>\n<p>Su potencial depende de 3 requisitos: a) un gradiente t\u00e9rmico de m\u00e1s de 20\u00baC entre la capa de agua caliente y agua fr\u00eda, b) una profundidad m\u00ednima con el gradiente t\u00e9rmico requerido, y c) una distancia horizontal m\u00ednima entre tierra y el sitio de explotaci\u00f3n energ\u00e9tica dado el gradiente t\u00e9rmico.<\/p>\n<p>De acuerdo con un estudio reciente (Torres, 2003), en una primera aproximaci\u00f3n, parecen existir las condiciones en la regi\u00f3n las Islas de San Andr\u00e9s y Providencia en el Caribe, mientras que en la regi\u00f3n del Pac\u00edfico colombiano no se presentan gradientes t\u00e9rmicos necesarios entre las aguas superficiales y las profundas que permitan aprovechar esta energ\u00eda.<\/p>\n<p>En otros sitios evaluados como Jurad\u00f3 y Cabo Corrientes, tampoco se presentan las profundidades necesarias para el sumidero de estas centrales de generaci\u00f3n, las cuales se encuentran a, por lo menos, 5.000 y a 5.700 m, respectivamente, de la l\u00ednea costera. Esta distancia es demasiado grande para la interconexi\u00f3n de este tipo de centrales de generaci\u00f3n.<\/p>\n<p>En estas condiciones, el potencial de aprovechamiento de este recurso en la costa pac\u00edfica no resulta viable en las condiciones actuales.<\/p>\n<p>ii) Energ\u00eda de las mareas:<\/p>\n<p>Proviene de las corrientes de marea en \u00e1reas costeras. Deben existir condiciones de diferencia en el nivel del agua superiores a 3m, velocidades superiores a 1.75 m\/s y \u00e1reas de bah\u00edas o estuarios que permitan la construcci\u00f3n de represas para las turbinas para la generaci\u00f3n de electricidad.<\/p>\n<p>El estudio (Torres, 2003) indica que en la costa Pac\u00edfica, Bah\u00eda M\u00e1laga, no resulta una opci\u00f3n por las bajas velocidades de marea. Sin embargo, mediante modificaciones a los canales de entrada de Bah\u00eda M\u00e1laga es posible alcanzar las velocidades necesarias para la generaci\u00f3n el\u00e9ctrica de entre 70 y 100 MW.<\/p>\n<p>Para esto se requiere de una evaluaci\u00f3n econ\u00f3mica y ambiental debido a la magnitud de las obras civiles y su impacto en la hidrodin\u00e1mica local y el tr\u00e1nsito naval.<\/p>\n<p>Otros sitios que se sugiere investigar son los sitios pr\u00f3ximos a Cabo Corrientes, reconocido por fuertes corrientes de marea.<\/p>\n<p>iii) Energ\u00eda de las olas:<\/p>\n<p>Aprovecha la energ\u00eda potencial y cin\u00e9tica de las olas. Para ello se requiere que la onda de la ola transporte por lo menos 15 kW por metro de ancho de la cresta.<\/p>\n<p>En el Pac\u00edfico la amplitud de onda es baja y descarta su potencial; en el Caribe, en el norte de La Guajira, tiene 1.72m de altura media anual de la onda y una desviaci\u00f3n est\u00e1ndar baja, de 0.3, lo cual indica que esta regi\u00f3n ser\u00eda la m\u00e1s promisoria con 11.67 kWm. Sin embargo, el flujo de energ\u00eda no alcanza los niveles m\u00ednimos (15 kWm) para generar electricidad eficientemente con la tecnolog\u00eda actual.<\/p>\n<p>El caso m\u00e1s especial es el de Bocas de Ceniza \u2013 Barranquilla. En este se encontr\u00f3 para una serie de datos de 28 d\u00edas un flujo promedio de energ\u00eda de 16.11 KWm, la cual supera los niveles m\u00ednimos para la generaci\u00f3n econ\u00f3mica de electricidad14 y ameritar\u00eda un estudio puntual para su aprovechamiento.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/font><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>7. Los retos de las fuentes no convencionales en Colombia<\/b><\/p>\n<p>Para las fuentes no convencionales de energ\u00eda se vislumbran los siguientes retos:<\/p>\n<p>i) Superar la fase de reconocimiento de recursos energ\u00e9ticos renovables y no convencionales, con miras a poder pasar a un adecuado aprovechamiento de estas fuentes en el contexto del mercado energ\u00e9tico colombiano, tanto para su aprovechamiento en el suministro el\u00e9ctrico como en el del t\u00e9rmico y como apoyo a los procesos de desarrollo de las zonas aisladas del pa\u00eds.<\/p>\n<p>ii) Actualizar el potencial del recurso hidroenerg\u00e9tico tanto a grande como a peque\u00f1a escala y generar bases para su aprovechamiento, tomando en consideraci\u00f3n aspectos de cambio de clima, optimizaci\u00f3n del desarrollo de la cuenca y compatibilizaci\u00f3n con otros usos no energ\u00e9ticos, entre otros.<\/p>\n<p>iii) Propiciar la competitividad y difundir las tecnolog\u00edas no convencionales y renovables para que el usuario final pueda hacer uso de estas.<\/p>\n<p>iv) Apoyo para que la industria nacional logre est\u00e1ndares de calidad y desarrollo de tecnolog\u00edas a costos competitivos.<\/p>\n<p>v) Priorizar efectivamente la investigaci\u00f3n y el desarrollo tecnol\u00f3gico en estas \u00e1reas y armonizarlo con los requerimientos para el desarrollo del pa\u00eds.<\/p>\n<p>vi) Fomentar la utilizaci\u00f3n de fuentes energ\u00e9ticas convencionales y no convencionales con criterios de eficiencia y bajo impacto ambiental, incluso a trav\u00e9s de sistemas de cogeneraci\u00f3n, mediante la definici\u00f3n de un marco legislativo y regulatorio adecuado.<\/p>\n<p>vii) Incorporar dentro de la canasta energ\u00e9tica los recursos renovables, m\u00e1s all\u00e1 de los aprovechamientos hidroenerg\u00e9ticos, de forma que contribuyan de manera eficaz y econ\u00f3micamente sostenible a reducir la vulnerabilidad de abastecimiento energ\u00e9tico del Estado y a su desarrollo econ\u00f3mico y social.<\/p>\n<p>viii) Lograr apropiados esquemas de financiamiento que se apoyen tanto en sistemas como los mecanismos de desarrollo limpio como en otros que permitan apalancar el desarrollo de estas tecnolog\u00edas en el contexto del mercado de energ\u00eda colombiano.<\/p>\n<p>ix) Hacer un uso \u00f3ptimo y eficaz de los potenciales de los recursos renovables para beneficio actual del pa\u00eds y de las generaciones futuras vinculando el capital privado.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/font><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\">&nbsp;<\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>VIII. IMPORTANCIA PARA COLOMBIA DE RATIFICAR EL ESTATUTO DE LA IRENA <br \/>El tema de las energ\u00edas renovables o fuentes no convencionales de energ\u00eda, es un asunto de inter\u00e9s p\u00fablico por los impactos positivos que reporta respecto de la conservaci\u00f3n y protecci\u00f3n de los recursos naturales renovables y la protecci\u00f3n del ambiente.<\/p>\n<p>En otras palabras, el desarrollo de las energ\u00edas renovables o Fuentes no Convencionales de Energ\u00eda, est\u00e1 en la l\u00ednea con la protecci\u00f3n del ambiente sano, el uso racional de los recursos naturales y el desarrollo sostenible, como bienes jur\u00eddicos tutelados de conformidad con lo establecido en los art\u00edculos 79 y 80 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, el art\u00edculo 7o del Decreto-ley 2811 de 1974 y el art\u00edculo 3o de la Ley 99 de 1993.<\/p>\n<p>Dadas las tendencias globales de agotamiento de recursos y de degradaci\u00f3n ambiental, en particular el fen\u00f3meno del cambio clim\u00e1tico, que tienen origen en gran parte a la creciente demanda energ\u00e9tica y el abastecimiento con energ\u00edas no renovables, resulta indiscutible la preponderancia que tiene en la actualidad la adopci\u00f3n de medidas para el fomento del desarrollo y utilizaci\u00f3n de fuentes energ\u00e9ticas alternativas. Las energ\u00edas renovables tienen el potencial de reducir los impactos ambientales derivados de la producci\u00f3n y consumo de la energ\u00eda, cuya demanda aumenta d\u00eda a d\u00eda, asociada al crecimiento econ\u00f3mico y de la poblaci\u00f3n mundial. Notoriamente, pueden apoyar en la reducci\u00f3n de emisiones de Gases Efecto Invernadero (GEI), cuyos altos niveles son una de las causas del calentamiento global que se est\u00e1 observando en la actualidad.<\/p>\n<p>Adicionalmente, Colombia presenta una alta dependencia en la energ\u00eda hidroel\u00e9ctrica, y de hecho, la capacidad instalada de generaci\u00f3n de energ\u00eda hidroel\u00e9ctrica tiene el potencial de cubrir hasta el 70% de demanda energ\u00e9tica.<\/p>\n<p>Para el pa\u00eds resulta necesario explorar el uso de fuentes renovables que complementen la generaci\u00f3n hidroel\u00e9ctrica, ya que los impactos del cambio clim\u00e1tico en Colombia acent\u00faan las vulnerabilidades de este sector, lo cual puede poner en riesgo la seguridad energ\u00e9tica del pa\u00eds. Seg\u00fan la Segunda Comunicaci\u00f3n Nacional sobre Cambio Clim\u00e1tico (Ideam, 2010) y como resultado de la aplicaci\u00f3n de una metodolog\u00eda de an\u00e1lisis de vulnerabilidad frente a este fen\u00f3meno, se destaca lo siguiente:<\/p>\n<p>&#8212; El alto y muy alto impacto que se podr\u00eda llegar a tener en la capacidad de generaci\u00f3n hidroel\u00e9ctrica (efectiva neta para el periodo 2011 a 2040) en los departamentos de Antioquia, Caldas, Cauca, Cundinamarca, Huila y Nari\u00f1o.<\/p>\n<p>&#8212; Impactos en la capacidad proyectada (energ\u00eda media), la cual refleja en parte la mayor capacidad de generaci\u00f3n que se podr\u00eda tener al futuro (nuevos proyectos). Se subraya un impacto significativo en los departamentos de Antioquia, Santander, Tolima, Huila y Cundinamarca, con alto y muy alto impacto potencial para el periodo 2011 a 2040. Tal identificaci\u00f3n se debe tomar de forma relativa con respecto a los proyectos ubicados en otros departamentos.<\/p>\n<p>Por su parte, el uso de energ\u00edas renovables o la proveniente de Fuentes No Convencionales, contribuye a alcanzar los siguientes beneficios ambientales15:<\/p>\n<p>&#8212; Reducci\u00f3n en las emisiones de CO2, lo cual contribuye a mitigar el cambio clim\u00e1tico del planeta.<\/p>\n<p>&#8212; Disminuci\u00f3n en las emisiones propias de la combusti\u00f3n de combustibles f\u00f3siles (material particulado, \u00f3xidos de nitr\u00f3geno y \u00f3xidos de azufre).<\/p>\n<p>&#8212; Reducci\u00f3n en la presi\u00f3n ejercida sobre el recurso h\u00eddrico.<\/p>\n<p>&#8212; Representan una alternativa para evitar la destrucci\u00f3n de ecosistemas.<\/p>\n<p>Considerando que Colombia es un pa\u00eds que cuenta con importantes potenciales de energ\u00eda renovable y no convencional, es necesario impulsar el desarrollo y profundizar a\u00fan m\u00e1s la investigaci\u00f3n de estas fuentes de energ\u00eda, con el fin de diversificar la matriz de las fuentes de energ\u00eda convencionales y contribuir as\u00ed a un mejor abastecimiento energ\u00e9tico, econ\u00f3mico y social, adem\u00e1s de generar un desarrollo sostenible considerando las dimensiones econ\u00f3micas, tecnol\u00f3gicas, ambientales, sociales y pol\u00edticas que el desarrollo de estas energ\u00edas implica, con el fin de que Colombia se posicione como un polo energ\u00e9tico regional.<\/p>\n<p>El Gobierno Nacional ha formulado el Plan de Acci\u00f3n para el periodo 2010-2015, con miras a desarrollar el Programa de Uso Racional y Eficiente de la Energ\u00eda y Dem\u00e1s Formas de Energ\u00eda No Convencionales (PROURE). El pa\u00eds cuenta, adem\u00e1s, con un marco legal expedido desde la Ley 697 de 2001 y sus decretos reglamentarios, mediante el cual se fomenta el uso racional y eficiente de la energ\u00eda y la promoci\u00f3n de las fuentes no convencionales de energ\u00eda.<\/p>\n<p>As\u00ed mismo, la pol\u00edtica energ\u00e9tica colombiana en torno a la promoci\u00f3n de las fuentes no convencionales de energ\u00eda se identifica con las consideraciones que motivan la creaci\u00f3n de IRENA, a saber:<\/p>\n<p>1. Promoci\u00f3n de las energ\u00edas renovables en el marco de un desarrollo sostenible.<\/p>\n<p>2. Oportunidades que ofrecen las energ\u00edas renovables para abordar y mitigar los problemas derivados de la seguridad energ\u00e9tica y la inestabilidad de los precios de energ\u00eda.<\/p>\n<p>3. Reconocimiento del papel que las energ\u00edas renovables pueden desempe\u00f1ar en la reducci\u00f3n de la concentraci\u00f3n de gases de efecto invernadero en la atm\u00f3sfera. Se debe tener en cuenta que el sector colombiano de generaci\u00f3n de energ\u00eda es un sector limpio, al contar con una participaci\u00f3n mayoritaria de la energ\u00eda hidr\u00e1ulica, considerada como energ\u00eda renovable.<\/p>\n<p>4. Deseo de impulsar el efecto positivo que las tecnolog\u00edas de las energ\u00edas renovables pueden generar en el est\u00edmulo el crecimiento econ\u00f3mico sostenible y a la creaci\u00f3n de empleo.<\/p>\n<p>5. Gran potencial que las energ\u00edas renovables ofrecen para el acceso descentralizado de la energ\u00eda, sobre todo para pa\u00edses en desarrollo y zonas remotas.<\/p>\n<p>6. Colombia promueve y desarrolla a trav\u00e9s de tecnolog\u00edas limpias, la extracci\u00f3n y uso de combustibles f\u00f3siles, con criterios de eficiencia y sostenibilidad ambiental, los cuales constituyen prop\u00f3sitos compartidos por la IRENA.<\/p>\n<p>7. Las energ\u00edas renovables combinadas con una mayor eficiencia energ\u00e9tica pueden absorber cada vez m\u00e1s el incremento mundial de las necesidades energ\u00e9ticas previsto para los pr\u00f3ximos decenios.<\/p>\n<p>8. Participar en una organizaci\u00f3n internacional para las energ\u00edas renovables que facilite la cooperaci\u00f3n entre sus Miembros para la promoci\u00f3n de las energ\u00edas renovables.<\/p>\n<p>Adicionalmente, la promoci\u00f3n de las fuentes no convencionales de energ\u00eda y eficiencia energ\u00e9tica, objetivo que busca la IRENA, es coherente con la pol\u00edtica energ\u00e9tica nacional en torno a estas materias, la cual se enmarca dentro de lo estipulado en la Ley 697 de 2001 y sus Decretos Reglamentarios, base para el desarrollo del Plan de acci\u00f3n 2010-2015 del Programa de Uso Racional y Eficiente de la Energ\u00eda y dem\u00e1s formas de energ\u00eda no convencionales (PROURE), y se ha contemplado en el marco de diferentes versiones del Plan Energ\u00e9tico Nacional, en particular en su versi\u00f3n preliminar para el horizonte 2010-2030, como se ver\u00e1 m\u00e1s adelante.<\/p>\n<p>En cuanto a las actividades que realizar\u00e1 la IRENA, resulta conveniente para Colombia conocer sobre las experiencias, informaci\u00f3n, regulaci\u00f3n, pr\u00e1cticas, tecnolog\u00edas, incentivos, etc. relacionadas con las fuentes no convencionales de energ\u00eda y eficiencia energ\u00e9tica, de las cuales pueda beneficiarse el sector energ\u00e9tico colombiano y recibir servicios de asesoramiento y apoyo para implementar el Plan de acci\u00f3n indicativo 2010-2015 para desarrollar el PROURE, fortaleciendo las capacidades nacionales y apoyando la investigaci\u00f3n para el desarrollo de tales fuentes. En este sentido Colombia puede beneficiarse de las Actividades que llevar\u00e1 a cabo IRENA, de acuerdo con sus Estatutos.<\/p>\n<p>La vinculaci\u00f3n del IRENA puede contribuir notoriamente a desarrollar las energ\u00edas renovables a\u00fan sin explotar, a divulgar experiencias de otros pa\u00edses en la aplicaci\u00f3n de nuevas tecnolog\u00edas y a asesorar en materia de pol\u00edticas para promover su uso.<\/p>\n<p>Como corolario, es pertinente mencionar que el objetivo que busca la IRENA, es coherente con la pol\u00edtica energ\u00e9tica nacional en torno a la promoci\u00f3n de las fuentes no convencionales de energ\u00eda y eficiencia energ\u00e9tica, la cual se enmarca dentro de lo estipulado en la Ley 697 de 2001 y se contempla como pilar del Plan Energ\u00e9tico Nacional 2010-2030.<\/p>\n<p>Por las razones expuestas, el Gobierno Nacional, a trav\u00e9s de la Ministra de Relaciones Exteriores y el Ministro de Minas y Energ\u00eda, solicita al honorable Congreso de la Rep\u00fablica aprobar el \u201cEstatuto de la Agencia Internacional de Energ\u00edas Renovables (Irena)\u201d, hecho en Bonn, Alemania, el 26 de enero de 2009.<br \/>&nbsp;<\/font><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\">&nbsp;<\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\">&nbsp;<\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">De los honorables Congresistas,<\/font><\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><br \/>La Ministra de Relaciones Exteriores<br \/>Mar\u00eda \u00c1ngela Holgu\u00edn Cu\u00e9llar<\/p>\n<p>El Ministro de Minas y Energ\u00eda<br \/>Mauricio C\u00e1rdenas Santa Mar\u00eda<\/p>\n<p><b>RAMA EJECUTIVA DEL PODER P\u00daBLICO &#8211; PRESIDENCIA DE LA REP\u00daBLICA <br \/>Bogot\u00e1, D. C., 22 de agosto de 2011<br \/>Autorizado. Som\u00e9tase a la consideraci\u00f3n del honorable Congreso de la Rep\u00fablica para los efectos constitucionales<\/p>\n<p>(Fdo.) JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N<\/p>\n<p>La Ministra de Relaciones Exteriores<br \/>(Fdo.) Mar\u00eda \u00c1ngela Holg\u00edn Cu\u00e9llar<br \/>&nbsp;<\/font><\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\">&nbsp;<\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><br \/><b>DECRETA:<\/b><\/font><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><br \/><b><a name=\"1\">Art\u00edculo 1\u00b0.<\/a><\/b> Apru\u00e9base el \u201cEstatuto de la Agencia Internacional de Energ\u00edas Renovables (Irena)\u201d, hecho en Bonn, Alemania, el 26 de enero de 2009.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/font><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b><a name=\"2\">Art\u00edculo 2\u00b0.<\/a><\/b> De conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo 1o de la Ley 7\u00aa de 1944, el \u201cEstatuto de la Agencia Internacional de Energ\u00edas Renovables (Irena)\u201d, hecho en Bonn, Alemania, el 26 de enero de 2009, que por el art\u00edculo 1o de esta ley se aprueba, obligar\u00e1 al pa\u00eds a partir de la fecha en que se perfeccione el v\u00ednculo internacional respecto de los mismos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/font><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><br \/><b><a name=\"3.\">Art\u00edculo 3\u00b0.<\/a><\/b> La presente ley rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n.<br \/>&nbsp;<\/font><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\">&nbsp;<\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Dada en Bogot\u00e1, D. C., a 22 de agosto de 2011.<\/font><\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><br \/>Presentado al honorable Congreso de la Rep\u00fablica por la Ministra de Relaciones Exteriores y el Ministro de Minas y Energ\u00eda<\/p>\n<p>La Ministra de Relaciones Exteriores<br \/>Mar\u00eda \u00c1ngela Holgu\u00edn Cu\u00e9llar<\/p>\n<p>El Ministro de Minas y Energ\u00eda<br \/>Mauricio C\u00e1rdenas Santa Mar\u00eda<\/font><\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\">&nbsp;<\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><br \/> <font face=\"Verdana\" size=\"4\"><b>LEY 424 DE 1998 <\/font><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><br \/>(enero 13)<br \/><i><br \/>por la cual se ordena el seguimiento a los convenios internacionales suscritos por Colombia.<\/i><\/font><\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><\/p>\n<p><b>El Congreso de Colombia<\/b><\/font><\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\">&nbsp;<\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><b><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><\/p>\n<p>DECRETA:<\/font><\/b><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><br \/><b>Art\u00edculo 1\u00b0. <\/b>El Gobierno Nacional a trav\u00e9s de la Canciller\u00eda presentar\u00e1 anualmente a las Comisiones Segundas de Relaciones Exteriores de Senado y C\u00e1mara, y dentro de los primeros treinta d\u00edas calendario posteriores al per\u00edodo legislativo que se inicia cada 20 de julio, un informe pormenorizado acerca de c\u00f3mo se est\u00e1n cumpliendo y desarrollando los Convenios Internacionales vigentes suscritos por Colombia con otros Estados.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/font><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>Art\u00edculo 2\u00b0. <\/b>Cada dependencia del Gobierno Nacional encargada de ejecutar los Tratados Internacionales de su competencia y requerir la reciprocidad en los mismos, trasladar\u00e1 la informaci\u00f3n pertinente al Ministerio de Relaciones Exteriores y este, a las Comisiones Segundas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/font><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>Art\u00edculo 3\u00b0. <\/b>El texto completo de la presente ley se incorporar\u00e1 como anexo a todos y cada uno de los Convenios Internacionales que el Ministerio de Relaciones Exteriores presente a consideraci\u00f3n del Congreso.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/font><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>Art\u00edculo 4\u00b0.<\/b> La presente ley rige a partir de su promulgaci\u00f3n.<br \/>&nbsp;<\/font><\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">El Presidente del honorable Senado de la Rep\u00fablica<br \/>Amylkar Acosta Medina<\/p>\n<p>El Secretario General del honorable Senado de la Rep\u00fablica<br \/>Pedro Pumarejo Vega<\/p>\n<p>El Presidente de la honorable C\u00e1mara de Representantes<br \/>Carlos Ardila Ballesteros<\/p>\n<p>El Secretario General de la honorable C\u00e1mara de Representantes<br \/>Diego Vivas Tafur<\/p>\n<p><b>REP\u00daBLICA DE COLOMBIA &#8211; GOBIERNO NACIONAL<\/b><\/p>\n<p>Publ\u00edquese y ejec\u00fatese<br \/>Dada en Santa Fe de Bogot\u00e1, D. C., a 13 de enero de 1998<\/p>\n<p>ERNESTO SAMPER PIZANO<\/p>\n<p>La Ministra de Relaciones Exteriores<br \/>Mar\u00eda Emma Mej\u00eda V\u00e9lez<\/p>\n<p><b>RAMA EJECUTIVA DEL PODER P\u00daBLICO &#8211; PRESIDENCIA DE LA REP\u00daBLICA <br \/>Bogot\u00e1, D. C., 22 de agosto de 2011<\/p>\n<p>Autorizado. Som\u00e9tase a la consideraci\u00f3n del honorable Congreso de la Rep\u00fablica para los efectos constitucionales.<\/p>\n<p>(Fdo.) JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N<\/p>\n<p>La Ministra de Relaciones Exteriores<br \/>(Fdo.) Mar\u00eda \u00c1ngela Holg\u00edn Cu\u00e9llar<\/font><\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\">&nbsp;<\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><\/p>\n<p><b>DECRETA:<\/b><\/font><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><br \/><b>Art\u00edculo 1\u00b0.<\/b> Apru\u00e9base el \u201cEstatuto de la Agencia Internacional de Energ\u00edas Renovables (Irena)\u201d, hecho en Bonn, Alemania, el 26 de enero de 2009.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/font><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>Art\u00edculo 2\u00b0. <\/b>De conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo 1o de la Ley 7\u00aa de 1944, el \u201cEstatuto de la Agencia Internacional de Energ\u00edas Renovables (Irena)\u201d, hecho en Bonn, Alemania, el 26 de enero de 2009, que por el art\u00edculo 1o de esta ley se aprueba, obligar\u00e1 al pa\u00eds a partir de la fecha en que se perfeccione el v\u00ednculo internacional respecto de los mismos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/font><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><b>Art\u00edculo 3\u00b0.<\/b> La presente ley rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n.<\/font><\/p>\n<p align=\"justify\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\">&nbsp;<\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\"><br \/>El Presidente del honorable Senado de la Rep\u00fablica<br \/>ROY LEONARDO BARRERAS MONTEALEGRE<\/p>\n<p>El Secretario General del honorable Senado de la Rep\u00fablica<br \/>GREGORIO ELJACH PACHECO<\/p>\n<p>El Presidente de la honorable C\u00e1mara de Representantes<br \/>AUGUSTO POSADA S\u00c1NCHEZ<\/p>\n<p>El Secretario General de la honorable C\u00e1mara de Representantes<br \/>JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO<\/p>\n<p><b>REP\u00daBLICA DE COLOMBIA GOBIERNO NACIONAL<\/b><\/p>\n<p>Comun\u00edquese y c\u00famplase<\/font><\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Verdana\" size=\"2\">Ejec\u00fatese, previa revisi\u00f3n de la Corte Constitucional, conforme al art\u00edculo 241-10 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica<\/p>\n<p>Dada en Bogot\u00e1, D. C., a 16 de julio de 2013.<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N<\/p>\n<p>La Ministra de Relaciones Exteriores<br \/>MAR\u00cdA \u00c1NGELA HOLGU\u00cdN CU\u00c9LLAR<\/p>\n<p>El Ministro de Minas y Energ\u00eda<br \/>FEDERICO RENGIFO V\u00c9LEZ<\/font><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>LEY 1665 DE 2013 &nbsp; LEY 1665 DE 2013 (julio 16 de 2013) CONGRESO DE LA REP\u00daBLICA Por medio de la cual se aprueba el \u201cEstatuto de la Agencia Internacional de Energ\u00edas Renovables (Irena)\u201d, hecho en Bonn, Alemania, el 26 de enero de 2009. &nbsp; EL CONGRESO DE LA REP\u00daBLICA Visto el texto del \u201cEstatuto [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[28],"tags":[],"class_list":["post-1723","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-leyes-2013"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1723","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1723"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1723\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1723"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1723"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1723"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}