{"id":2246,"date":"2022-10-26T10:00:26","date_gmt":"2022-10-26T15:00:26","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/?p=2246"},"modified":"2022-10-26T10:00:29","modified_gmt":"2022-10-26T15:00:29","slug":"ley-2154-de-2021","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/2022\/10\/26\/ley-2154-de-2021\/","title":{"rendered":"LEY 2154 DE 2021"},"content":{"rendered":"\n<p>LEY 2154 DE 2021<\/p>\n\n\n\n<p>(septiembre 1\u00b0)<\/p>\n\n\n\n<p>D.O. 51.784, septiembre 1\u00b0 de 2021<\/p>\n\n\n\n<p>por la cual se establecen beneficios tributarios para la realizaci\u00f3n de los I Juegos Panamericanos Junior Cali 2021, V Juegos Parapanamericanos Juveniles Bogot\u00e1 2022, XIX Juegos Deportivos Bolivarianos Valledupar 2022 y el XIX Campeonato Mundial de Atletismo Sub 20 de Cali 2022 y se dictan otras disposiciones.<\/p>\n\n\n\n<p>Nota: Reglamentada parcialmente por el Decreto 1532 de 2021.<\/p>\n\n\n\n<p>El Congreso de Colombia<\/p>\n\n\n\n<p>DECRETA:<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 1 \u00b0. Reglamentado por el Decreto 1532 de 2021. Beneficios tributarios de car\u00e1cter nacional. Con ocasi\u00f3n de la realizaci\u00f3n de los I Juegos Panamericanos Junior Cali 2021, V Juegos Parapanamericanos de la juventud Bogot\u00e1 2022, XIX Juegos Deportivos Bolivarianos Valledupar 2022 y el XIX Campeonato Mundial de Atletismo Sub-20 Cali 2022, se establecen las siguientes exenciones y exoneraciones fiscales del orden nacional:<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\"><li>Los impuestos sobre la renta y complementario de ganancias ocasionales, sobre las ventas (IVA) y el Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF) no ser\u00e1n impuestos a la Organizaci\u00f3n Deportiva Panamericana, Comit\u00e9 Paral\u00edmpico Internacional Am\u00e9ricas, Federaci\u00f3n Colombiana de Atletismo y Organizaci\u00f3n Deportiva Bolivariana (en adelante PANAM SPORTS, IPC Am\u00e9ricas, Federaci\u00f3n Colombiana de Atletismo y ODEBO) y\/o a las subsidiarias de la PANAM SPORTS, IPC Am\u00e9ricas y ODEBO, a las Delegaciones de la PANAM SPORTS, IPC Am\u00e9ricas, ODEBO; Equipos, Funcionarios de Juegos, Confederaciones, Federaciones, Organismos Internacionales de Deportes por discapacidad (IOSDs) y Comit\u00e9s Ol\u00edmpicos y Paral\u00edmpicos invitados, personal y empleados de estas partes.<\/li><li>La PANAM SPORTS, IPC Am\u00e9ricas, Federaci\u00f3n Colombiana de Atletismo y ODEBO y las subsidiarias de la PANAM SPORTS, IPC Am\u00e9ricas, Federaci\u00f3n Colombiana de Atletismo y ODEBO, Confederaciones, Federaciones, Organismos nacionales e Internacionales de Deportes por discapacidad (IOSDs) y Comit\u00e9s Ol\u00edmpicos y Paral\u00edmpicos invitados de la PANAM SPORTS, IPC Am\u00e9ricas y ODEBO no constituyen un establecimiento permanente en el pa\u00eds, ni est\u00e1n de cualquier otra manera sujetos a los mencionados impuestos de orden nacional, sobre el desarrollo exclusivo de actividades objeto de esta ley.<\/li><li>No habr\u00e1 lugar a retenci\u00f3n en la fuente a t\u00edtulo del impuesto sobre la renta y complementario de ganancias ocasionales sobre los pagos o abonos en cuenta que se efect\u00faen a la PANAM SPORTS, IPC Am\u00e9ricas, ODEBO y la Federaci\u00f3n Colombiana de Atletismo y\/o a las subsidiarias de PANAM SPORTS, IPC Am\u00e9ricas y ODEBO y sobre pagos o abonos en cuenta que realice la PANAM SPORTS, IPC Am\u00e9ricas y ODEBO y\/o subsidiarias de la PANAM SPORTS, IPC Am\u00e9ricas y ODEBO a los sujetos de que trata este art\u00edculo.<\/li><li>La PANAM SPORTS, IPC Am\u00e9ricas, Federaci\u00f3n Colombiana de Atletismo y ODEBO y las subsidiarias de la PANAM SPORTS, IPC Am\u00e9ricas y ODEBO tienen el derecho a un reembolso total del Valor del Impuesto sobre las Ventas (IVA) en productos o servicios adquiridos.<\/li><li>Todo contrato y\/o negocio jur\u00eddico que se suscriba bajo el marco de los I Juegos Panamericanos Junior Cali 2021, Juegos Parapanamericanos Juveniles Bogot\u00e1 2022, XIX Juegos Deportivos Bolivarianos Valledupar 2022 y el XIX Campeonato Mundial de Atletismo Sub-20 Cali 2022.<\/li><\/ol>\n\n\n\n<p>Nota, art\u00edculo 1\u00ba: Art\u00edculo desarrollado por el Decreto 1532 de 2021.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Exoneraci\u00f3n de tributos aduaneros para las importaciones. Con ocasi\u00f3n de la realizaci\u00f3n de los I Juegos Panamericanos Junior Cali 2021, V Juegos Parapanamericanos Juveniles Bogot\u00e1 2022, XIX Juegos Deportivos Bolivarianos Valledupar 2022 y el XIX Campeonato Mundial de Atletismo Sub-20 Cali 2022, se establecen las siguientes exenciones de los tributos aduaneros para las importaciones que tengan una relaci\u00f3n directa de causalidad con los citados eventos:<\/p>\n\n\n\n<p>A. PERSONAS Y ENTIDADES BENEFICIARIAS<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\"><li>PANAM SPORTS, IPC Am\u00e9ricas, la Federaci\u00f3n Colombiana de Atletismo y ODEBO o cualquier tercero propiedad y\/o controlado por Panam Sports, IPC Am\u00e9ricas y ODEBO directa o indirectamente.<\/li><li>Cronometrador Oficial.<\/li><li>Funcionarios de las Confederaciones, Federaciones, Organismos Internacionales de Deportes por discapacidad (IOSDs) la Federaci\u00f3n 30 Colombiana de Atletismo y Comit\u00e9s Ol\u00edmpicos y Paral\u00edmpicos afiliados de la PANAM SPORTS, IPC Am\u00e9ricas y ODEBO.<\/li><li>Personas desempe\u00f1ando funciones en los Juegos, tales como empleados, oficiales, asistentes y\/o gu\u00edas, clasificadores, y miembros de Panam Sports, IPC Am\u00e9ricas, la Federaci\u00f3n Colombiana de Atletismo y ODEBO; personal registrado de apoyo oficial asociado con los equipos de los pa\u00edses distintos al Pa\u00eds Sede, personas (tanto individuos como personas jur\u00eddicas) que sirvan como jueces, \u00e1rbitros y otros oficiales de los Juegos incluyendo, a los representantes, empleados u otras personas que act\u00faen en nombre del Cronometrador Oficial. Organizaciones internacionales de medios acreditados y sus empleados y personas que presten servicios bajo contrato con estas organizaciones y empleados acreditados de transmisores oficiales, poseedores de derechos de transmisi\u00f3n y patrocinadores\/proveedores\/concesionarios de Panam Sports, IPC Am\u00e9ricas, la Federaci\u00f3n Colombiana de Atletismo y ODEBO).<\/li><li>Funcionarios de los encuentros deportivos (directivos, miembros, directores, empleados, consultores, agentes, contratistas, otros representantes y cualquier otra persona o entidad que act\u00fae bajo el marco de los I Juegos Panamericanos Junior Cali 2021, V Juegos Deportivos Parapanamericanos Juveniles Bogot\u00e1 2022, XIX Juegos Deportivos Bolivarianos Valledupar 2022 y el XIX Campeonato Mundial de Atletismo Sub-20 Cali 2022.<\/li><li>Los equipos (y miembros de la delegaci\u00f3n de cada equipo, incluyendo los m\u00e9dicos de los mismos).<\/li><li>Personal Comercial.<\/li><li>Titulares de licencias y sus funcionarios.<\/li><li>Programadora Anfitriona, Agencia de Derechos de Radiodifusi\u00f3n, de difusi\u00f3n televisiva y personal de las mismas.<\/li><li>Personal de los socios de comercializaci\u00f3n minorista y de art\u00edculos de la PANAM SPORTS, IPC Am\u00e9ricas, la Federaci\u00f3n Colombiana de Atletismo y ODEBO Proveedores de Alojamiento de la PANAM SPORTS, IPC Am\u00e9ricas y ODEBO y socios de boleter\u00eda de la PANAM SPORTS, IPC Am\u00e9ricas y ODEBO.<\/li><li>Personal de los asesores designados de la PANAM SPORTS, IPC Am\u00e9ricas, la Federaci\u00f3n Colombiana de Atletismo y ODEBO.<\/li><li>Personal de los socios\/proveedores de servicios de hospitalidad de la PANAM SPORTS, IPC Am\u00e9ricas, la Federaci\u00f3n Colombiana de Atletismo y ODEBO.<\/li><li>Personal de los socios\/proveedores de servicio web de la PANAM SPORTS; IPC Am\u00e9ricas, la Federaci\u00f3n Colombiana de Atletismo y ODEBO.<\/li><li>Representante de los medios de comunicaci\u00f3n y.<\/li><li>Dem\u00e1s personas y\/o entidades autorizadas que participen dentro del Marco de los I Juegos Panamericanos Junior Cali 2021, V Juegos Deportivos Parapanamericanos Juveniles Bogot\u00e1 2022, XIX Juegos Deportivos Bolivarianos Valledupar 2022 y el XIX Campeonato Mundial de Atletismo Sub-20 Cali 2022.<\/li><\/ol>\n\n\n\n<p>B. MERCANC\u00cdAS EXCLUIDAS (Lista no exhaustiva)<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\"><li>Equipo t\u00e9cnico y alimentos para los atletas<\/li><li>Todo el equipo t\u00e9cnico (incluyendo equipos de grabaci\u00f3n y radiodifusi\u00f3n) de propiedad de la PANAM SPORTS, IPC Am\u00e9ricas, la Federaci\u00f3n Colombiana de Atletismo y ODEBO, estaciones transmisoras de radio y televisi\u00f3n, Agencias de Derechos de Radiodifusi\u00f3n, de difusi\u00f3n televisiva y de la Programadora Anfitriona;<\/li><li>Todo el equipo t\u00e9cnico (tales como c\u00e1maras y dispositivos de computaci\u00f3n) de propiedad de los representantes de los medios de comunicaci\u00f3n;<\/li><li>Equipos m\u00e9dicos y suministros (incluyendo productos farmac\u00e9uticos) para los atletas y equipos;<\/li><li>Importaci\u00f3n de equipamientos y dotaci\u00f3n de escenarios deportivos realizados por los operadores log\u00edsticos que sirvan de apoyo a la realizaci\u00f3n de las justas deportivas.<\/li><li>Material de oficina y equipo t\u00e9cnico necesario en cualquier sede operativa y centros organizacionales de todas las personas y entidades beneficiarias en el Literal A del presente art\u00edculo, (tales como fotocopiadoras, computadores, impresoras, esc\u00e1neres, m\u00e1quinas de fax y otros equipos de telecomunicaci\u00f3n);<\/li><li>Equipamiento t\u00e9cnico de los deportes convocados al programa de los I Juegos Panamericanos Junior Cali 2021, V Juegos Deportivos Parapanamericanos Juveniles Bogot\u00e1 2022, XIX Juegos Deportivos Bolivarianos Valledupar 2022 y el XIX Campeonato Mundial de Atletismo Sub-20 Cali 2022, tales como armas de fuego para competencia, botes de vela, canoas, kayaks, balones, jabalinas, bicicletas y embarcaciones de remo, bancos de lanzamiento, sillas de ruedas deportivas y dem\u00e1s equipamiento necesario para la PANAM SPORTS, IPC Am\u00e9ricas, la Federaci\u00f3n Colombiana de Atletismo y ODEBO, las Federaciones Internacionales (FI), Organismos Internacionales de Deportes por discapacidad (IOSDs), las Confederaciones Deportivas Panamericanas (CP) Centroamericanas y Sudamericanas, las delegaciones de los Comit\u00e9s Ol\u00edmpicos y Paral\u00edmpicos Nacionales Participantes, los equipos y\/o atletas.<\/li><li>Material publicitario y promocional para la Competici\u00f3n de todas las personas y entidades beneficiarias previstas en el literal A del presente art\u00edculo;<\/li><li>Materiales para la implementaci\u00f3n operativa de los contratos con filiales comerciales;<\/li><li>Material relacionado con la explotaci\u00f3n de los derechos asociados a la competici\u00f3n y al desempe\u00f1o de las obligaciones atinentes a la competici\u00f3n de todas las personas y entidades beneficiarias previstas en el literal A del presente art\u00edculo.<\/li><li>Art\u00edculos de valor en especie, tales como, sin limitaci\u00f3n, veh\u00edculos o hardware de tecnolog\u00eda de informaci\u00f3n, a ser suministrados por cualquiera de las subsidiarias de la PANAM SPORTS, IPC Am\u00e9ricas, la Federaci\u00f3n Colombiana de Atletismo y ODEBO y\/o la Asociaci\u00f3n Anfitriona; y<\/li><li>Cualquier otro material requerido por las personas y entidades beneficiarias previstas en el Literal A del presente art\u00edculo para la organizaci\u00f3n, montaje, administraci\u00f3n, mercadeo, implementaci\u00f3n de derechos, entre otros, en relaci\u00f3n con la Competici\u00f3n.<\/li><\/ol>\n\n\n\n<p>Par\u00e1grafo. El Gobierno nacional, en desarrollo de la Ley Marco 1609 de 2013, establecer\u00e1 los procedimientos que se requieran para facilitar la importaci\u00f3n y la reexportaci\u00f3n de las mercanc\u00edas requeridas para la realizaci\u00f3n de la competencia.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Exoneraci\u00f3n del equipaje del viajero. Se encuentran exonerados del gravamen ad valorem, a que hace referencia el Decreto ley 1742 de 1991, el equipamiento, de los viajeros procedentes del exterior que posean tiquetes v\u00e1lidos para asistir a la competencia de los I Juegos Panamericanos Junior Cali 2021, V Juegos Deportivos Parapanamericanos Juveniles Bogot\u00e1 2022, XIX Juegos Deportivos Bolivarianos Valledupar 2022 y el XIX Campeonato Mundial de Atletismo Sub-20 Cali 2022.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Reglamentado por el Decreto 1532 de 2021. Procedencia de los beneficios. El Gobierno nacional reglamentar\u00e1 las condiciones y requisitos para la procedencia de los beneficios contemplados en la presente ley. Los aspectos no contemplados se regir\u00e1n por las normas generales contenidas en el Estatuto Tributario y por las normas que lo modifiquen o adicionen.<\/p>\n\n\n\n<p>Nota, art\u00edculo 4\u00ba: Art\u00edculo desarrollado por el Decreto 1532 de 2021.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Tributaci\u00f3n territorial. Las autoridades departamentales, distritales y municipales del Valle del Cauca, Bogot\u00e1, D. C., Cesar, podr\u00e1n gestionar ante la Asamblea y Concejos, la creaci\u00f3n de las exoneraciones fiscales, respecto de los tributos del orden territorial; que puedan causar los destinatarios de la presente ley.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Reglamentado por el Decreto 1532 de 2021. Incumplimiento garant\u00edas gubernamentales. Si a alguno de los destinatarios de la presente ley le fuera cobrado alguno de los impuestos previstos en el art\u00edculo primero de la presente ley, dicho pago ser\u00e1 objeto de devoluci\u00f3n, en los t\u00e9rminos y condiciones que establezca el Gobierno nacional.<\/p>\n\n\n\n<p>Nota, art\u00edculo 6\u00ba: Art\u00edculo desarrollado por el Decreto 1532 de 2021.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Reglamentado por el Decreto 1532 de 2021. Aplicaci\u00f3n temporal de la ley. Los beneficios contemplados en la presente ley se aplicar\u00e1n a los hechos, operaciones o transacciones que se realicen entre el d\u00eda de su promulgaci\u00f3n y un mes despu\u00e9s de la fecha en que se lleve a cabo la final de los I Juegos Panamericanos Junior Cali 2021, V Juegos Deportivos Parapanamericanos Juveniles Bogot\u00e1 2022, XIX Juegos Deportivos Bolivarianos 2022 y el XIX Campeonato Mundial de Atletismo Sub-20 Cali 2022.<\/p>\n\n\n\n<p>Nota, art\u00edculo 7\u00ba: Art\u00edculo desarrollado por el Decreto 1532 de 2021.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. La Contralor\u00eda delegada para Econom\u00eda y Finanzas P\u00fablicas de la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica y la Direcci\u00f3n Nacional de Impuestos y Aduanas Nacionales presentar\u00e1n al Congreso de la Rep\u00fablica un informe, dentro de los 12 meses siguientes a la finalizaci\u00f3n de cada evento deportivo objeto de esta ley, con el fin de dar cuenta de la inspecci\u00f3n, control y vigilancia especial sobre los beneficios tributarios consagrados en esta norma, y evaluar la transparencia, eficacia y eficiencia en la aplicaci\u00f3n de las medidas contenidas en esta ley.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. En caso de que se presente una situaci\u00f3n de fuerza mayor o caso fortuito que impida el desarrollo de los \u201cI Juegos Panamericanos Junior Cali 2021, V Juegos Parapanamericanos Juveniles Bogot\u00e1 2022, XIX Juegos Deportivos Bolivarianos Valledupar 2022 y el XIX Campeonato Mundial de Atletismo Sub 20 de Cali 2022\u201d, en las fechas inicialmente previstas, y que dicho cambio de fecha implique una modificaci\u00f3n en la denominaci\u00f3n de las competencias, las referencias a los \u201cI Juegos Panamericanos Junior Cali 2021, V Juegos Parapanamericanos Juveniles Bogot\u00e1 2022, XIX Juegos Deportivos Bolivarianos Valledupar 2022 y el XIX Campeonato Mundial de Atletismo Sub 20 de Cali 2022\u201d, contenidas en el t\u00edtulo y el articulado, se entender\u00e1n sustituidas por los nombres que se le asignen a las referidas competencias debido a su aplazamiento.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 10. Vigencia. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El Presidente del honorable Senado de la Rep\u00fablica,<\/p>\n\n\n\n<p>Juan Diego G\u00f3mez Jim\u00e9nez.<\/p>\n\n\n\n<p>El Secretario General del honorable Senado de la Rep\u00fablica,<\/p>\n\n\n\n<p>Gregorio Eljach Pacheco.<\/p>\n\n\n\n<p>La Presidente de la honorable C\u00e1mara de Representantes,<\/p>\n\n\n\n<p>Jennifer Kristin Arias Falla.<\/p>\n\n\n\n<p>El Secretario General de la Honorable C\u00e1mara de Representantes,<\/p>\n\n\n\n<p>Jorge Humberto Mantilla Serrano.<\/p>\n\n\n\n<p>REP\u00daBLICA DE COLOMBIA \u2013 GOBIERNO NACIONAL<\/p>\n\n\n\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase.<\/p>\n\n\n\n<p>Dada en Bogot\u00e1, D. C., a 1\u00b0 de septiembre de 2021.<\/p>\n\n\n\n<p>IV\u00c1N DUQUE M\u00c1RQUEZ<\/p>\n\n\n\n<p>El Ministro del Interior,<\/p>\n\n\n\n<p>Daniel Andr\u00e9s Palacios Mart\u00ednez.<\/p>\n\n\n\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico,<\/p>\n\n\n\n<p>Jos\u00e9 Manuel Restrepo Abondano.<\/p>\n\n\n\n<p>La Ministra de Comercio, Industria y Turismo,<\/p>\n\n\n\n<p>Mar\u00eda Ximena Lombana Villalba.<\/p>\n\n\n\n<p>El Ministro del Deporte,<\/p>\n\n\n\n<p>Guillermo Antonio Herrera Casta\u00f1o.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>LEY 2154 DE 2021 (septiembre 1\u00b0) D.O. 51.784, septiembre 1\u00b0 de 2021 por la cual se establecen beneficios tributarios para la realizaci\u00f3n de los I Juegos Panamericanos Junior Cali 2021, V Juegos Parapanamericanos Juveniles Bogot\u00e1 2022, XIX Juegos Deportivos Bolivarianos Valledupar 2022 y el XIX Campeonato Mundial de Atletismo Sub 20 de Cali 2022 y [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[36],"tags":[],"class_list":["post-2246","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-leyes-2021"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2246","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2246"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2246\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2247,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2246\/revisions\/2247"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2246"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2246"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2246"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}