{"id":2484,"date":"2022-11-02T10:56:41","date_gmt":"2022-11-02T15:56:41","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/?p=2484"},"modified":"2022-11-02T10:56:44","modified_gmt":"2022-11-02T15:56:44","slug":"ley-2270-de-2022","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/2022\/11\/02\/ley-2270-de-2022\/","title":{"rendered":"LEY 2270 DE 2022"},"content":{"rendered":"\n<p>LEY 2270 DE 2022<br>(septiembre 23)<br>D.O. 52.166, septiembre 23 de 2022<br>&nbsp;<br>por la cual la Naci\u00f3n se vincula a la celebraci\u00f3n del Bicentenario del Primer Congreso General de la Rep\u00fablica de Colombia celebrado en la Villa del Rosario en 1821 y se Dictan otras disposiciones.<br>&nbsp;<br>El Congreso de Colombia<br>&nbsp;<br>DECRETA:<br>&nbsp;<br>Art\u00edculo 1\u00b0. Objeto de la Ley. La presente ley tiene por objeto vincular a la Naci\u00f3n en la celebraci\u00f3n del bicentenario del nacimiento de la institucionalidad colombiana, que se gest\u00f3 en 1821 con el Primer Congreso General de la Rep\u00fablica de Colombia, celebrado en la Villa del Rosario, Norte de Santander; rendir homenaje y declarar patrimonio cultural de la Naci\u00f3n a este municipio.<br>&nbsp;<br>Art\u00edculo 2\u00b0. Reconocimiento Hist\u00f3rico. La Naci\u00f3n reconoce y exalta el valor hist\u00f3rico y patrimonial del municipio de Villa del Rosario, Norte de Santander, por cuanto fue sede del Congreso Constituyente, en donde se discuti\u00f3 y aprob\u00f3 la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica de Colombia de 1821, as\u00ed mismo, el escudo de armas, el pabell\u00f3n nacional y las leyes que le dieron vida a la Rep\u00fablica naciente, que posteriormente fue erigida como la Gran Colombia.<br>&nbsp;<br>Art\u00edculo 3\u00b0. Reconocimiento Cultural. La Naci\u00f3n reconoce y enaltece el valor cultural del municipio de Villa del Rosario, seg\u00fan lo contemplado en la Resoluci\u00f3n n\u00famero 1500 de 2012, por la cual se aprueba Plan Especial de Manejo y Protecci\u00f3n del Centro Hist\u00f3rico de Villa del Rosario, otorgada por el Ministerio de Cultura, comprendiendo en el \u00e1rea de influencia los siguientes bienes de inter\u00e9s cultural:<br>&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>La Bagatela.<br>&nbsp;<\/li>\n\n\n\n<li>La Casa Santander.<br>&nbsp;<\/li>\n\n\n\n<li>Estatua del General Santander.<br>&nbsp;<\/li>\n\n\n\n<li>Parque Gran Colombiano como conjunto.<br>&nbsp;<br>&#8212; Ruinas de la capilla Santa Ana.<br>&nbsp;<\/li>\n\n\n\n<li>Templo hist\u00f3rico.<br>&nbsp;<\/li>\n\n\n\n<li>\u00c1rbol del tamarindo hist\u00f3rico.<br>&nbsp;<\/li>\n\n\n\n<li>Estaci\u00f3n del ferrocarril.<br>&nbsp;<\/li>\n\n\n\n<li>Iglesia de Nuestra Se\u00f1ora del Rosario.<br>&nbsp;<\/li>\n\n\n\n<li>Casa de la Cultura.<br>&nbsp;<\/li>\n\n\n\n<li>Colegio Manuel Antonio Rueda Jara.<br>&nbsp;<\/li>\n\n\n\n<li>La Casona.<br>&nbsp;<\/li>\n\n\n\n<li>Bienes culturales y ambientales que componen el Complejo Hist\u00f3rico de Villa del Rosario.<br>&nbsp;<br>El Gobierno nacional, junto con el Congreso de la Rep\u00fablica, rinden homenaje al municipio de Villa del Rosario en la celebraci\u00f3n del bicentenario del Primer Congreso General de la Rep\u00fablica a celebrarse en el a\u00f1o 2021.<br>&nbsp;<br>Par\u00e1grafo. Este reconocimiento cultural, como la oficializaci\u00f3n de los eventos de conmemoraci\u00f3n del bicentenario del Primer Congreso General, estar\u00e1n bajo la responsabilidad y coordinaci\u00f3n del Ministerio de Cultura.<br>&nbsp;<br>Art\u00edculo 4\u00b0. Declaratoria del municipio beneficiario. Decl\u00e1rase el territorio de Villa del Rosario, ubicado en el departamento Norte de Santander, sede del Congreso Constituyente de 1821, beneficiario de los planes, programas y obras de desarrollo definidos en esta ley, exaltando su valor patri\u00f3tico y aporte hist\u00f3rico a la patria como cuna de la Naci\u00f3n colombiana.<br>&nbsp;<br>Art\u00edculo 5\u00b0. Autorizaci\u00f3n. Autor\u00edcese al Gobierno nacional para que, de conformidad con el Marco Fiscal de Mediano Plazo, el Marco de Gastos de Mediano Plazo y el Plan Operativo Anual de Inversiones, concurra incorporando dentro del Presupuesto General de la Naci\u00f3n las partidas presupuestales necesarias a fin de adelantar y ejecutar las disposiciones contenidas en la presente ley.<br>&nbsp;<br>Par\u00e1grafo. La autorizaci\u00f3n de gasto otorgada al Gobierno nacional en virtud de la presente ley podr\u00e1 ser incorporada en el Presupuesto General de la Naci\u00f3n, reasignando los recursos hoy existentes en cada \u00f3rgano ejecutor, sin que ello impliqu\u00e9 un aumento del presupuesto y de acuerdo con las disponibilidades que se produzcan en cada vigencia fiscal.<br>&nbsp;<br>Art\u00edculo 6\u00b0. Fundamentaci\u00f3n de los planes. Los planes y programas que se establecen en la presente ley, junto con la Resoluci\u00f3n n\u00famero 1500 de 2012 \u201cPlan Especial de Manejo y Protecci\u00f3n\u201d emanada del ministerio de Cultura, se armonizar\u00e1n con la fundamentaci\u00f3n t\u00e9cnica de las secretar\u00edas de planeaci\u00f3n del departamento de Norte de Santander y del municipio de Villa del Rosario.<br>&nbsp;<br>Art\u00edculo 7\u00b0. \u00c1mbito de aplicaci\u00f3n. Las disposiciones aqu\u00ed contenidas ser\u00e1n aplicables al municipio de Villa del Rosario ubicado en el departamento Norte de Santander, con acatamiento a las disposiciones constitucionales y legales vigentes.<br>&nbsp;<br>Art\u00edculo 8\u00b0. Monumentos. Adem\u00e1s de las obras y acciones que implica esta declaratoria, se autoriza al Gobierno nacional para disponer las correspondientes apropiaciones presupuestales para la remodelaci\u00f3n y embellecimiento de los bienes de inter\u00e9s cultural contemplados en la Resoluci\u00f3n n\u00famero 1500 de 2012, por la cual se aprueba el Plan Especial de Manejo y Protecci\u00f3n del Centro Hist\u00f3rico de Villa del Rosario (Norte de Santander) y su zona de influencia, declarado monumento nacional, hoy bien de inter\u00e9s cultural del \u00e1mbito nacional, otorgada por el Ministerio de Cultura que enmarca la grandeza hist\u00f3rica de esta tierra, comprendiendo el \u00e1rea de influencia del PEMP los siguientes bienes: La Bagatela, la Casa Santander, estatua del General Santander, parque Gran Colombiano como conjunto, ruinas de la capilla Santa Ana, templo hist\u00f3rico, \u00e1rbol del tamarindo hist\u00f3rico, estaci\u00f3n del ferrocarril, iglesia de Nuestra Se\u00f1ora del Rosario, Casa de la Cultura, colegio Manuel Antonio Rueda Jara, La Casona, y dem\u00e1s bienes culturales y ambientales que componen el Complejo Hist\u00f3rico de Villa del Rosario, donde sesionaron los miembros del Congreso Constituyente de 1821.<br>&nbsp;<br>Art\u00edculo 9\u00b0. Planes y programas. El Gobierno nacional est\u00e1 autorizado para incluir dentro de las pr\u00f3ximas apropiaciones presupuestales los siguientes planes y programas para la recuperaci\u00f3n y protecci\u00f3n especial del Patrimonio Hist\u00f3rico y Cultural de los rosarienses, con destino a la realizaci\u00f3n de proyectos de impacto en la salvaguarda, preservaci\u00f3n y divulgaci\u00f3n de la memoria hist\u00f3rica, documental, arqueol\u00f3gica y arquitect\u00f3nica del municipio beneficiario de la presente ley.<br>&nbsp;<br>a) Programa de ampliaci\u00f3n y mejoramiento de la estructura vial. El Gobierno nacional est\u00e1 autorizado para incluir dentro de las pr\u00f3ximas apropiaciones presupuestales recursos para la ampliaci\u00f3n y habilitaci\u00f3n de v\u00edas donde converge el complejo hist\u00f3rico sede del Congreso Constituyente de 1821.<br>&nbsp;<br>b) Programa de Protecci\u00f3n y Promoci\u00f3n de la cultura regional y local como componente vital de la cultura nacional colombiana. El Gobierno nacional est\u00e1 autorizado para incluir las apropiaciones presupuestales de recursos para adelantar proyectos espec\u00edficos conducentes a la recuperaci\u00f3n, salvaguarda conocimiento y divulgaci\u00f3n de las expresiones culturales regionales y locales, as\u00ed como de los elementos identitarios de sus pueblos; realizando acciones para proteger el patrimonio cultural y fortalecer su funci\u00f3n social.<br>&nbsp;<br>c) Programa de fortalecimiento tur\u00edstico. El Gobierno nacional est\u00e1 autorizado para incluir dentro de las pr\u00f3ximas apropiaciones presupuestales recursos para la promoci\u00f3n empresarial del sector y la pavimentaci\u00f3n de los anillos o circuitos tur\u00edsticos del municipio objeto de la presente ley.<br>&nbsp;<br>d) Plan de conservaci\u00f3n y divulgaci\u00f3n de documentaci\u00f3n hist\u00f3rica. El Gobierno nacional est\u00e1 autorizado para incluir dentro de las pr\u00f3ximas apropiaciones presupuestales recursos para la recuperaci\u00f3n, restauraci\u00f3n, sistematizaci\u00f3n, digitalizaci\u00f3n y puesta al servicio en l\u00ednea del Archivo Hist\u00f3rico Notarial de Villa del Rosario que se encuentra en la iglesia Nuestra Se\u00f1ora del Rosario, el Archivo Hist\u00f3rico Municipal de Villa del Rosario y todos los acervos documentales que se encuentren en riesgo de deterioro por carencia de los medios de conservaci\u00f3n, recuperaci\u00f3n y preservaci\u00f3n adecuados.<br>&nbsp;<br>e) Plan de producci\u00f3n de bibliograf\u00eda hist\u00f3rica. Edici\u00f3n de obra historiogr\u00e1fica individual y colectiva que d\u00e9 cuenta del nacimiento de la Rep\u00fablica de Colombia y su devenir hist\u00f3rico a lo largo de sus 200 a\u00f1os, dirigida al sistema educativo, red de bibliotecas p\u00fablicas, dep\u00f3sito legal, centros de documentaci\u00f3n y servicios culturales.<br>&nbsp;<br>f) Obra Historiogr\u00e1fica de Villa del Rosario. Realizaci\u00f3n de un estudio historiogr\u00e1fico integral, cr\u00edtico y bien documentado sobre el devenir hist\u00f3rico de Villa del Rosario; editado, ilustrado y publicado con amplia divulgaci\u00f3n.<br>&nbsp;<br>g) Obras Espec\u00edficas para Villa del Rosario. El Gobierno nacional est\u00e1 autorizado para incluir dentro de las pr\u00f3ximas apropiaciones presupuestales, recursos para:<br>&nbsp;<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li>Reconstrucci\u00f3n del segundo piso del museo nacional La Bagatela.<br>&nbsp;<\/li>\n\n\n\n<li>Recuperaci\u00f3n y restauraci\u00f3n de los bienes de inter\u00e9s cultural que se encuentran dentro del complejo hist\u00f3rico de Villa del Rosario.<br>&nbsp;<\/li>\n\n\n\n<li>Recuperaci\u00f3n y construcci\u00f3n del cuartel general de Villa del Rosario.<br>&nbsp;<\/li>\n\n\n\n<li>Adquisici\u00f3n del lote adjunto al Museo Nacional La Bagatela para la construcci\u00f3n del monumento Paseo de los Pr\u00f3ceres.<br>&nbsp;<\/li>\n\n\n\n<li>Reconstrucci\u00f3n del monumento denominado Mes\u00f3n de Tres Esquinas.<br>&nbsp;<\/li>\n\n\n\n<li>Restauraci\u00f3n de la Estaci\u00f3n del ferrocarril K-14 de Villa del Rosario.<br>&nbsp;<br>h) Plan Conmemorativo. Bajo la direcci\u00f3n del Ministerio de Cultura se realizar\u00e1n eventos conmemorativos en la Villa del Rosario en los bienes de inter\u00e9s cultural que hacen parte del complejo hist\u00f3rico, seg\u00fan cronograma que para el efecto se establezca; coincidentes con las fechas de las sesiones del Congreso Constituyente seg\u00fan actas de 1821. Dentro de dicha programaci\u00f3n se incluir\u00e1n exposiciones art\u00edsticas, conciertos, conversatorios hist\u00f3ricos, exposiciones muse\u00edsticas y eventos acad\u00e9micos.<br>&nbsp;<br>i) Plan de difusi\u00f3n conmemorativa. Bajo la direcci\u00f3n del Ministerio de Cultura y en coordinaci\u00f3n con las autoridades del ente territorial anfitri\u00f3n del Congreso Constituyente de Villa. del Rosario de 1821 se realizar\u00e1 una amplia difusi\u00f3n de esta conmemoraci\u00f3n a nivel nacional.<br>&nbsp;<br>Art\u00edculo 10. Comisi\u00f3n Especial Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica de Colombia en Villa del Rosario 1821. Se podr\u00e1 crear una Comisi\u00f3n Especial encargada de apoyar al Gobierno nacional en el estudio y proceso de ejecuci\u00f3n de los planes, programas, proyectos y acciones para la conmemoraci\u00f3n del bicentenario del nacimiento de la Rep\u00fablica de Colombia que habr\u00e1 de celebrarse en el a\u00f1o 2021.<br>&nbsp;<br>Art\u00edculo 11. Junta Bicentenario. El municipio de Villa del Rosario en coordinaci\u00f3n con la Gobernaci\u00f3n de Norte de Santander podr\u00e1 conformar una Junta Bicentenario para adelantar las labores de promoci\u00f3n y seguimiento a la ejecuci\u00f3n de las disposiciones contenidas en esta ley.<br>&nbsp;<br>Art\u00edculo 12. Vigencia. La presente ley rige a partir de su promulgaci\u00f3n y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.<br>&nbsp;<br>El Presidente del honorable Senado de la Rep\u00fablica,<br>&nbsp;<br>Roy Leonardo Barreras Montealegre.<br>&nbsp;<br>El Secretario General del honorable Senado de la Rep\u00fablica,<br>&nbsp;<br>Gregorio Eljach Pacheco.<br>&nbsp;<br>El Presidente de la honorable C\u00e1mara de Representantes,<br>&nbsp;<br>David Ricardo Racero Mayorca.<br>&nbsp;<br>El Secretario General de la honorable C\u00e1mara de Representantes,<br>&nbsp;<br>Jaime Luis Lacouture Pe\u00f1aloza.<br>&nbsp;<br>REP\u00daBLICA DE COLOMBIA &#8211; GOBIERNO NACIONAL<br>&nbsp;<br>Publ\u00edquese y c\u00famplase.<br>&nbsp;<br>Dada en Bogot\u00e1, D. C., a 23 de septiembre de 2022.<br>&nbsp;<br>GUSTAVO PETRO URREGO<br>&nbsp;<br>El Ministro del Interior,<br>&nbsp;<br>Hernando Alfonso Prada Gil.<br>&nbsp;<br>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico,<br>&nbsp;<br>Jos\u00e9 Antonio Ocampo Gaviria.<br>&nbsp;<br>La Ministra de Cultura,<br>&nbsp;<br>Patricia Elia Ariza Fl\u00f3rez.<br>&nbsp;<br>&nbsp;<\/li>\n<\/ol>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>LEY 2270 DE 2022(septiembre 23)D.O. 52.166, septiembre 23 de 2022&nbsp;por la cual la Naci\u00f3n se vincula a la celebraci\u00f3n del Bicentenario del Primer Congreso General de la Rep\u00fablica de Colombia celebrado en la Villa del Rosario en 1821 y se Dictan otras disposiciones.&nbsp;El Congreso de Colombia&nbsp;DECRETA:&nbsp;Art\u00edculo 1\u00b0. Objeto de la Ley. 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