{"id":2652,"date":"2023-08-23T13:47:33","date_gmt":"2023-08-23T18:47:33","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/?p=2652"},"modified":"2023-08-23T13:47:36","modified_gmt":"2023-08-23T18:47:36","slug":"ley-2314-de-2023","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/2023\/08\/23\/ley-2314-de-2023\/","title":{"rendered":"LEY 2314 DE 2023"},"content":{"rendered":"\n<p><strong>LEY 2314 DE 2023<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>(Agosto 09)<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>POR LA CUAL SE PROMUEVE LA PARTICIPACI\u00d3N DE NI\u00d1AS, ADOLESCENTES Y MUJERES EN CIENCIA, TECNOLOG\u00cdA, INGENIER\u00cdA Y MATEM\u00c1TICAS<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>EL CONGRESO DE COLOMBIA<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>DECRETA:<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 1. Objeto.<\/strong>&nbsp;El objeto de la presente leyes promover, incentivar y fortalecer la participaci\u00f3n de ni\u00f1as, adolescentes y mujeres en \u00e1reas de la Ciencia, Tecnolog\u00eda, Ingenier\u00eda y Matem\u00e1ticas a trav\u00e9s de la implementaci\u00f3n e institucionalizaci\u00f3n de una pol\u00edtica p\u00fablica, de forma articulada, concertada y coordinada con diferentes entidades y sectores en las que se incluyan, entre otros, procesos sociales, educativos, culturales, laborales e investigativos.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 2. Pol\u00edtica p\u00fablica de la mujer en ciencia y tecnolog\u00eda<\/strong>. El Gobierno Nacional, dise\u00f1ar\u00e1 e implementar\u00e1 una pol\u00edtica p\u00fablica con la finalidad de incentivar, formar y promover la participaci\u00f3n y acceso de ni\u00f1as, adolescentes y mujeres en \u00e1reas de la ciencia, la tecnolog\u00eda, ingenier\u00eda y matem\u00e1ticas con el fin de garantizar el avance de la equidad de g\u00e9nero con un \u00e9nfasis especial en la inclusi\u00f3n social, econ\u00f3mica, productiva y educativa.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 3. Objetivos.<\/strong>&nbsp;En el dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica p\u00fablica para la promoci\u00f3n de la participaci\u00f3n de ni\u00f1as, j\u00f3venes y mujeres en ciencia, tecnolog\u00eda, ingenier\u00eda y matem\u00e1ticas, tendr\u00e1n en cuenta entre otros los siguientes objetivos:<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li>Reducir la brecha entre hombres y mujeres en la participaci\u00f3n en campos de la ciencia, la tecnolog\u00eda, la ingenier\u00eda y las matem\u00e1ticas en todos los niveles de educaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\" start=\"2\">\n<li>Promover el acceso de las ni\u00f1as y mujeres a las \u00e1reas de ciencia, tecnolog\u00eda, ingenier\u00eda y matem\u00e1ticas desde temprana edad.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\" start=\"3\">\n<li>Fomentar el inter\u00e9s de las ni\u00f1as y mujeres por la apropiaci\u00f3n de la ciencia y la tecnolog\u00eda en diferentes espacios culturales y cient\u00edficos.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\" start=\"4\">\n<li>Incentivar las perspectivas de carreras de las ni\u00f1as y mujeres en la ciencia, tecnolog\u00eda, ingenier\u00eda y matem\u00e1ticas.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\" start=\"5\">\n<li>Reconocer anualmente los logros de la mujer en las \u00e1reas de ciencia, tecnolog\u00eda, ingenier\u00eda y matem\u00e1ticas.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\" start=\"6\">\n<li>Adelantar iniciativ3s que permitan cambiar patrones culturales que obstruyen la participaci\u00f3n y desarrollo de las mujeres en estas \u00e1reas del conocimiento.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\" start=\"7\">\n<li>Promover el desarrollo de pol\u00edticas de inclusi\u00f3n laboral y de cultura institucional para las mujeres que se desempe\u00f1an en las \u00e1reas de ciencia, tecnolog\u00eda, ingenier\u00eda y matem\u00e1ticas.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\" start=\"8\">\n<li>Establecer alianzas estrat\u00e9gicas con el sector privado, y organizaciones nacionales como internacionales con la finalidad de promover la participaci\u00f3n plena de la mujer en ciencia, tecnolog\u00eda, ingenier\u00eda y matem\u00e1ticas.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\" start=\"9\">\n<li>Atraer talento femenino formado y especializado en las \u00e1reas de ciencia, tecnolog\u00eda, ingenier\u00eda y matem\u00e1ticas, con miras a combatir los estereotipos de g\u00e9nero.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\" start=\"10\">\n<li>Fomentar la empleabilidad, emprendimiento y vinculaci\u00f3n laboral de las mujeres con formaci\u00f3n acad\u00e9mica en Ciencia y Tecnolog\u00eda.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\" start=\"11\">\n<li>Estimular la participaci\u00f3n efectiva de las mujeres en espacios de toma de decisiones para avanzar en la equidad de g\u00e9nero en lo local, regional y nacional.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\" start=\"12\">\n<li>Favorecer la dimensi\u00f3n de g\u00e9nero en la investigaci\u00f3n en contextos acad\u00e9micos e institucionales.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 4\u00b0. Mesa de la Mujer en la Ciencia y la Tecnolog\u00eda<\/strong>. Cr\u00e9ese la Mesa Interinstitucional de la Mujer en la Ciencia y la Tecnolog\u00eda, con la finalidad de coordinar y articular esfuerzos entre entidades para la promoci\u00f3n de la participaci\u00f3n de la mujer en las \u00e1reas de Ciencia, Tecnolog\u00eda, Ingenier\u00eda y Matem\u00e1ticas.<\/p>\n\n\n\n<p>La Mesa T\u00e9cnica estar\u00e1 liderada por el Ministerio de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n y contar\u00e1 con la participaci\u00f3n del Ministerio de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones, Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional, el Ministerio del Trabajo, el Ministerio de la Igualdad o quien haga sus veces, organizaciones de mujeres, redes de mujeres y academia. Igualmente se contar\u00e1 con la participaci\u00f3n de los grupos asociativos de mujeres, campesinas, comunidades \u00e9tnicas y v\u00edctimas del conflicto.<\/p>\n\n\n\n<p>La Mesa se reunir\u00e1 cada seis meses y enviar\u00e1 un informe de los resultados de su gesti\u00f3n a la Comisi\u00f3n Legal para la Equidad de la Mujer del Congreso de la Rep\u00fablica de Colombia creada por la Ley&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/gestornormativo\/norma.php?i=41207#1434\">1434&nbsp;<\/a>de 2011.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>PAR\u00c1GRAFO.<\/strong>&nbsp;En las sesiones de la Mesa podr\u00e1n ser invitadas y participar las secretarias de la mujer a nivel departamental y municipal, cuando su presencia sea requerida, en funci\u00f3n de los temas a tratar, as\u00ed como otras entidades p\u00fablicas, autoridades regionales y representantes de organismos y empresas, u organizaciones sociales relacionados con los temas a tratar.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 5. Orientaciones<\/strong>. El Gobierno nacional a trav\u00e9s del Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional establecer\u00e1 orientaciones para la adecuada promoci\u00f3n de Ciencia, Tecnolog\u00eda, Ingenier\u00eda y Matem\u00e1ticas para ni\u00f1as y adolescentes en concordancia con el Proyecto Educativo Institucional (PEI) y la pr\u00e1ctica educativa comunitaria.<\/p>\n\n\n\n<p>Estas orientaciones deber\u00e1n presentar las prioridades en la acci\u00f3n educativa para un desarrollo profesional docente que lleve a la integraci\u00f3n de los conocimientos, a pensar nuevas metodolog\u00edas did\u00e1cticas que promocione el inter\u00e9s y fomento de las competencias de las ni\u00f1as y adolescentes en las \u00e1reas de Ciencia y Tecnolog\u00eda y visibilice el trabajo desarrollado por las mujeres en las \u00e1reas de Ciencias, Tecnolog\u00eda, Ingenier\u00eda y Matem\u00e1ticas.<\/p>\n\n\n\n<p>Las instituciones de educaci\u00f3n b\u00e1sica y media podr\u00e1n generar estrategias que permitan visibilizar el trabajo desarrollado por las mujeres en las \u00e1reas de la Ciencia, Tecnolog\u00eda, Ingenier\u00eda y Matem\u00e1ticas, con el objetivo de evidenciar la relevancia de estas carreras en el mercado laboral, sus aportes al desarrollo sostenible del pa\u00eds y al mejoramiento de la vida de la poblaci\u00f3n colombiana. Las instituciones de educaci\u00f3n b\u00e1sica y media fomentar\u00e1n la realizaci\u00f3n de actividades relacionadas con las \u00e1reas de la Ciencia, Tecnolog\u00eda, Ingenier\u00eda y Matem\u00e1ticas desde edades tempranas, y tendr\u00e1n la facultad de crear desde las diferentes asociaciones, consejos o grupos de padres de familia, espacios para el fortalecimiento de creencias y expectativas familiares orientadas hacia las potencialidades de la tem\u00e1tica STEM, como factores determinantes e influenciadores para la elecci\u00f3n de carreras en estas \u00e1reas por parte de ni\u00f1as y j\u00f3venes.<\/p>\n\n\n\n<p>Las instituciones, centros u organizaciones podr\u00e1n propender por la utilizaci\u00f3n de recursos y\/o herramientas que incluyan referentes femeninos, libres de estereotipos y que utilicen lenguaje incluyente para el desarrollo de sus pr\u00e1cticas acad\u00e9micas, asegurando el acceso en igualdad y equidad de condiciones para todos los integrantes de esos escenarios y generando inter\u00e9s en las \u00e1reas STEM.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 6. Estrategia de empleabilidad.<\/strong>&nbsp;El Gobierno Nacional a trav\u00e9s del Ministerio de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n y el Ministerio de Trabajo desarrollar\u00e1 una estrategia de empleabilidad con la finalidad de garantizar las condiciones de acceso y vinculaci\u00f3n laboral en equidad de las mujeres que se desempe\u00f1en en las \u00e1reas de ciencia, tecnolog\u00eda, ingenier\u00eda y matem\u00e1ticas.<\/p>\n\n\n\n<p>El SENA desarrollar\u00e1 una oferta permanente que permita certificar y capacitar habilidades tecnol\u00f3gicas para ni\u00f1as, adolescentes y mujeres de todo el pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 7. Beneficios.<\/strong>&nbsp;En el marco de la pol\u00edtica p\u00fablica de la que trata la presente Ley, el Gobierno Nacional podr\u00e1 conceder beneficios a las empresas que patrocinen a las mujeres de cualquier edad para el estudio de carreras asociadas a las \u00e1reas de la ciencia, tecnolog\u00eda, ingenier\u00eda y matem\u00e1ticas en niveles de pregrado o posgrado.<\/p>\n\n\n\n<p>Se podr\u00e1n conceder los mismos beneficios a aquellas empresas que promuevan, de una u otra forma, la apropiaci\u00f3n de estas \u00e1reas por parte de las ni\u00f1as en etapa escolar mediante alianzas con las instituciones de educaci\u00f3n b\u00e1sica y media en concordancia con lo dispuesto en el art\u00edculo 5.<\/p>\n\n\n\n<p>Igualmente, se podr\u00e1n conceder beneficios a las empresas que, bajo criterios definidos de manera espec\u00edfica, generen una mayor inclusi\u00f3n laboral de las mujeres que se desempe\u00f1an en las \u00e1reas de ciencia, tecnolog\u00eda, ingenier\u00eda y matem\u00e1ticas. El Gobierno Nacional reglamentar\u00e1 la materia en un t\u00e9rmino no mayor a un a\u00f1o contados a partir de la expedici\u00f3n de la presente ley.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 8. Alianzas y cooperaci\u00f3n internacional.<\/strong>&nbsp;El Ministerio de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n, el Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional, el Ministerio de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones, Ministerio de Relaciones Exteriores, las entidades nacionales y territoriales, podr\u00e1n aunar esfuerzos con los diferentes actores de la cooperaci\u00f3n internacional, a la academia, el sector privado y la sociedad con la finalidad de promover la participaci\u00f3n de la mujer en las \u00e1reas de Ciencia y Tecnolog\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 9. Reconocimiento al D\u00eda Internacional de la Mujer y la Ni\u00f1a en la Ciencia.<\/strong>&nbsp;En el marco del 11 de febrero declarado por Naciones Unidas como el D\u00eda Internacional de la Mujer y la Ni\u00f1a en la Ciencia, el Gobierno nacional realizar\u00e1 actividades para crear conciencia en la sociedad sobre la importancia del acceso y la participaci\u00f3n plena y equitativa en la ciencia para las mujeres y las ni\u00f1as.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 10. Operaciones estad\u00edsticas y estudios cualitativos.<\/strong>&nbsp;El Ministerio de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n en coordinaci\u00f3n con el DANE junto con la Consejer\u00eda Presidencial Para la Equidad de la Mujer o quien haga sus veces, implementar\u00e1 y fortalecer\u00e1 los instrumentos t\u00e9cnicos a nivel nacional y regional para la obtenci\u00f3n y producci\u00f3n de informaci\u00f3n confiable que sirva de insumo en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, planes, programas y proyectos nacionales y territoriales pertinentes para las ni\u00f1as, adolescentes y mujeres en las \u00e1reas de la Ciencia, Tecnolog\u00eda, Ingenier\u00eda y Matem\u00e1ticas, en cumplimiento de las estrategias para el cierre de brechas y el avance en la equidad de g\u00e9nero.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 11. Reglamentaci\u00f3n.<\/strong>&nbsp;Conc\u00e9dase al Gobierno nacional un plazo m\u00e1ximo de un (1) a\u00f1o, contado a partir de la promulgaci\u00f3n de la presente ley, para que reglamente todo lo en ella dispuesto.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 12. Vigencia.<\/strong>&nbsp;La presente ley rige a partir de su promulgaci\u00f3n y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>EL PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO DE LA REP\u00daBLICA<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>ALEXANDER LOPEZ MAYA<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>EL SECRETARIO GENERAL DEL HONORABLE SENADO DE LA REP\u00daBLICA<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>GREGORIO ELJACH PACHECO<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE C\u00c1MARA DE REPRESENTANTES<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>DAVID RICARDO RACERO MAYORCA<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>EL SECRETARIO GENEARL DE LA H. C\u00c1MARA DE REPRESENTANTES<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>JAIME LUIS LACOUTURE PE\u00d1ALOZA<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>REP\u00daBLICA DE COLOMBIA &#8211; GOBIERNO NACIONAL<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>PUBL\u00cdQUESE Y C\u00daMPLASE<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Dada, a los 09 d\u00edas del mes de Agosto de 2023<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>EL MINISTRO DE HACIENDA Y CR\u00c9DITO P\u00daBLICO DE LA REP\u00daBLICA DE COLOMBIA, DELEGATARIO DE FUNCIONES PRESIDENCIALES, MEDIANTE DECRETO 1293 DEL 4 DE AGOSTO DE 2023,<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>EL VICEMINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DEL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES,<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>FRANCISCO JOS\u00c9 COY GRANADOS<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>EL MINISTRO DE HACIENDA Y CR\u00c9DITO P\u00daBLICO<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>RICARDO BONILL GONZ\u00c1LEZ<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>LA MINISTRA DE TRABAJO,<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>GLORIA IN\u00c9S RAM\u00cdREZ RIOS<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>LA MINISTRA DE EDUCACI\u00d3N NACIONAL,<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>AURORA VERGARA FIGUEROA<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>EL MINISTRO DE TECNOLOG\u00cdAS DE LA INFORMACI\u00d3N Y LAS COMUNICACIONES,<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>OSCAR MAURICIO LIZCANO ARANGO<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>LA MINISTRA DE CIENCIA, TECNOLOG\u00cdA E INNOVACI\u00d3N,<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u00c1NGELA YESENIA OLAYA REQUENE<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>LA MINISTRA DE IGUALDAD Y EQUIDAD<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>FRANCIA ELENA M\u00c1RQUEZ MINA<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTAD\u00cdSTICA,<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>BEATR\u00cdZ PIEDAD URDINOLA CONTRERAS<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>LEY 2314 DE 2023 (Agosto 09) POR LA CUAL SE PROMUEVE LA PARTICIPACI\u00d3N DE NI\u00d1AS, ADOLESCENTES Y MUJERES EN CIENCIA, TECNOLOG\u00cdA, INGENIER\u00cdA Y MATEM\u00c1TICAS EL CONGRESO DE COLOMBIA DECRETA: ART\u00cdCULO 1. Objeto.&nbsp;El objeto de la presente leyes promover, incentivar y fortalecer la participaci\u00f3n de ni\u00f1as, adolescentes y mujeres en \u00e1reas de la Ciencia, Tecnolog\u00eda, Ingenier\u00eda [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[39],"tags":[],"class_list":["post-2652","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-leyes-2023"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2652","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2652"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2652\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2653,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2652\/revisions\/2653"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2652"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2652"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2652"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}