{"id":2759,"date":"2024-02-07T13:50:50","date_gmt":"2024-02-07T18:50:50","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/?p=2759"},"modified":"2024-02-07T15:44:46","modified_gmt":"2024-02-07T20:44:46","slug":"ley-2328-de-2023","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/2024\/02\/07\/ley-2328-de-2023\/","title":{"rendered":"LEY 2328 DE 2023"},"content":{"rendered":"<p align=\"center\"><strong>LEY 2328 DE 2023<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>(Septiembre 21)<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>&#8220;POR MEDIO DE LA CUAL SE ESTABLECE LA POL\u00cdTICA DE ESTADO PARA EL DESARROLLO INTEGRAL EN LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA. TODOS POR LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA&#8221;<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>EL CONGRESO DE COLOMBIA,<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>DECRETA<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 1\u00b0. OBJETO.<\/strong>\u00a0La presente ley tiene por objeto establecer la Pol\u00edtica de Estado para el Desarrollo Integral de la Infancia y Adolescencia, la cual sienta las bases conceptuales, t\u00e9cnicas, financieras y de gesti\u00f3n para, de manera progresiva garantizar la atenci\u00f3n integral de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes entre los seis (6) y los dieciocho (18) a\u00f1os en el marco del desarrollo integral.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 2\u00b0. \u00c1MBITO DE APLICACI\u00d3N<\/strong>. La Pol\u00edtica de Estado para el Desarrollo Integral en la Infancia y la Adolescencia adoptada mediante esta ley, debe ser aplicada por las entidades del orden nacional y territorial, la sociedad civil organizada y dem\u00e1s agentes del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, y en general, por todos los actores p\u00fablicos y privados que tienen incidencia en la generaci\u00f3n de condiciones que favorecen el proceso de desarrollo integral de las ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes entre los seis (6) y los dieciocho (18) a\u00f1os, de acuerdo con su rol y competencias, en consonancia con lo previsto los art\u00edculos\u00a0<a title=\"vinculo\" href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/gestornormativo\/norma.php?i=22106#10\">10\u00a0<\/a>y\u00a0<a title=\"vinculo\" href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/gestornormativo\/norma.php?i=22106#204\">204\u00a0<\/a>de la Ley 1098 de 2006. Esta pol\u00edtica se implementar\u00e1 de manera progresiva y tendr\u00e1 en cuenta los principios rectores, el enfoque territorial, diferencial y poblacional durante toda la trayectoria de vida.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 3\u00b0. PRINCIPIOS RECTORES.<\/strong>\u00a0La Pol\u00edtica Nacional de Infancia y Adolescencia se rige por los principios consagrados en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, en la Convenci\u00f3n de los Derechos del Ni\u00f1o &#8211; Ley\u00a0<a title=\"vinculo\" href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/gestornormativo\/norma.php?i=10579#012\">12\u00a0<\/a>de 1991 y en el C\u00f3digo de la Infancia y la Adolescencia &#8211; Ley\u00a0<a title=\"vinculo\" href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/gestornormativo\/norma.php?i=22106#1098\">1098\u00a0<\/a>de 2006, resaltando entre ellos los principios rectores de protecci\u00f3n integral, no discriminaci\u00f3n, observancia del inter\u00e9s superior de la ni\u00f1ez, el valor absoluto de la vida, la garant\u00eda de la supervivencia y el desarrollo de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes, a participar y ser escuchado; los cuales est\u00e1n orientados a asegurar la garant\u00eda de los derechos para todas las ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes y el cumplimiento de los mismos en todo el territorio nacional y son de car\u00e1cter irrenunciable y de aplicaci\u00f3n preferente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 4\u00b0. ATENCI\u00d3N INTEGRAL.<\/strong>\u00a0Es el conjunto de acciones intersectoriales, intencionadas, relacionales y efectivas encaminadas a asegurar que en cada uno de los entornos en los que transcurre la vida de los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes, existan las condiciones humanas, sociales y materiales para garantizar la promoci\u00f3n y potenciaci\u00f3n de su desarrollo. Estas acciones son planificadas, continuas y permanentes. Involucran aspectos de car\u00e1cter t\u00e9cnico, pol\u00edtico, program\u00e1tico, financiero y social, y deben darse en los \u00e1mbitos nacional y territorial.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Para asegurar la calidad, la atenci\u00f3n integral debe ser pertinente, oportuna, flexible, diferencial, continua y complementaria. La atenci\u00f3n integral se prestar\u00e1 teniendo en cuenta los siguientes componentes:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>a) Bienestar y salud.<\/strong>\u00a0Abarca las acciones que conducen a garantizar el bienestar de las ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes, el disfrute de una vida sana y la prevenci\u00f3n de condiciones que lo alteren mediante la promoci\u00f3n y el acompa\u00f1amiento, alrededor de pr\u00e1cticas de cuidado y autocuidado, el fomento de estilos de vida saludables, una alimentaci\u00f3n adecuada, prevenci\u00f3n en el uso de sustancias psicoactivas, el ejercicio de los derechos sexuales, y la relaci\u00f3n arm\u00f3nica con el ambiente y la naturaleza, en su relaci\u00f3n consigo mismo y con el otro.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>b) Educaci\u00f3n y formaci\u00f3n para la vida.<\/strong>\u00a0Contempla las acciones tendientes a promover el desarrollo y profundizaci\u00f3n de las capacidades, habilidades e intereses que movilizan la vida de las ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes en el contexto de su trayectoria educativa. Contempla la generaci\u00f3n de oportunidades, experiencias y escenarios significativos para poder acceder a la informaci\u00f3n, aprender, crear, expresar, explorar, apropiar y transformar los saberes, conocimientos, emociones, su cultura, y le contribuyan a perfilar su proyecto de vida.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>c) Construcci\u00f3n de identidad, participaci\u00f3n y ejercicio de la ciudadan\u00eda.<\/strong>\u00a0Parte de reconocer que la participaci\u00f3n como derecho es diferencial en el curso de vida, su pleno ejercicio en asuntos de su inter\u00e9s requiere de capacidades que se adquiere de manera gradual. En ese sentido, comprende las acciones que buscan fortalecer en las ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes la configuraci\u00f3n de la conciencia de s\u00ed mismo, el autoconcepto, el sentido de pertenencia colectiva, el pleno reconocimiento de su origen cultural y \u00e9tnico, as\u00ed como aquellas que promueven su participaci\u00f3n, la ampliaci\u00f3n de su capacidad de agencia y el aprendizaje de conocimientos y competencias ciudadanas. Contempla las acciones que reconocen a ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes como sujetos capaces de transformar sus entornos, incidir, expresar decisiones y emitir sus propias opiniones.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>d) Disfrute, exploraci\u00f3n y expresi\u00f3n de intereses, vocaciones y talentos.\u00a0<\/strong>Implica acciones que favorecen la atenci\u00f3n integral de las ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes para el ejercicio libre y aut\u00f3nomo del goce, el descanso, el juego, el deporte y la diversi\u00f3n, as\u00ed como para la exploraci\u00f3n o el perfeccionamiento de sus habilidades, capacidades y potencialidades en el desarrollo de disciplinas y actividades que sean de su inter\u00e9s y en la expresi\u00f3n de ideas, pensamientos y sentimientos a trav\u00e9s del uso creativo de los s\u00edmbolos verbales, corporales, sonoros, pl\u00e1sticos o visuales. Este componente tambi\u00e9n contempla acciones que promueven el juego como una necesidad vital y derecho de las ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes cuyo ejercicio potencia su desarrollo integral. As\u00ed mismo, contribuye a la construcci\u00f3n de la propia identidad y el desarrollo del sentido de pertenencia a partir del reconocimiento, apropiaci\u00f3n y disfrute en torno al conocimiento de la historia, de las memorias, de la cultura, las artes; la recreaci\u00f3n, los deportes y actividades f\u00edsicos propias, la ciencia, la tecnolog\u00eda, las manifestaciones y expresiones del patrimonio cultural inmaterial y los bienes del patrimonio cultural material.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>e) Vinculaci\u00f3n afectiva y relaciones de cuidado.<\/strong>\u00a0Considera las acciones tendientes a favorecer y fortalecer relaciones vinculantes y rec\u00edprocas de las ni\u00f1as; ni\u00f1os y adolescentes con ellos mismos, con los otros y con su entorno, como aspecto fundamental para su desarrollo y como medio para promover el cuidado de s\u00ed y de los dem\u00e1s, el buen trato y la prevenci\u00f3n frente al riesgo. La red vincular y de cuidado incluye en primera medida las familias, los grupos de pares y las comunidades, enmarcadas en la relaci\u00f3n arm\u00f3nica con el ambiente y la naturaleza.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 5\u00b0. GESTI\u00d3N INTERSECTORIAL PARA LA ATENCI\u00d3N INTEGRAL<\/strong>. La gesti\u00f3n de la Pol\u00edtica de Estado para el Desarrollo Integral en la Infancia y la Adolescencia tiene car\u00e1cter intersectorial, tanto a nivel nacional como territorial. Exige articulaci\u00f3n y conexiones entre sistemas, niveles y sectores en su dise\u00f1o e implementaci\u00f3n, que den cabida al reconocimiento de los sujetos, a las prioridades locales, a lograr la coherencia y consistencia de las acciones y a la b\u00fasqueda del logro del objetivo, como una experiencia permanente de gobernabilidad y gobernanza a partir de la construcci\u00f3n de acuerdos con todos los sectores sobre una visi\u00f3n de pa\u00eds respecto al desarrollo integral en la infancia y la adolescencia.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Por gesti\u00f3n intersectorial para la atenci\u00f3n integral se entiende la acci\u00f3n organizada, concurrente, subsidiaria y coordinada a trav\u00e9s de la cual los sectores estatales de los \u00f3rdenes nacional y territorial (educaci\u00f3n, salud, cultura, recreaci\u00f3n, bienestar, deportes, planeaci\u00f3n, entre otros) , as\u00ed como otros actores de la sociedad (familias, comunidad, grupos \u00e9tnicos, sociedad civil, academia, empresa privada, organizaciones no gubernamentales, organizaciones juveniles, de g\u00e9nero, conformadas por ellas y ellos, entre otras) , se articulan para lograr la atenci\u00f3n integral de los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En este sentido, ubica a las ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes en el centro de la acci\u00f3n del Estado y se materializa a trav\u00e9s de las acciones conjuntas y por separado que ejecutan los sectores y las entidades para generar las condiciones de bienestar, acceso a oportunidades con equidad e incidencia de las ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes en la transformaci\u00f3n del pa\u00eds.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Para llevar a cabo estas acciones, se requieren: i) integralidad de las atenciones mediante las cuales se generan las condiciones que favorecen el pleno desarrollo, ii) intersectorialidad, reconociendo el lugar de cada uno de los sectores y los grupos, la potencia de las intersecciones y el imperativo de la acci\u00f3n colegiada y iii) el seguimiento uno a uno de las ni\u00f1as, ni\u00f1os y los adolescentes, que permitan identificar la concurrencia en las atenciones, y ponderar as\u00ed la atenci\u00f3n integral.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Exige que cada actor involucrado reconozca la importancia central de su mandato institucional para la garant\u00eda de los derechos y la generaci\u00f3n de condiciones que promueven el desarrollo de las ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes, ya sea en el \u00e1mbito de la orientaci\u00f3n, la planeaci\u00f3n, la oferta de servicios, la articulaci\u00f3n o el seguimiento a la atenci\u00f3n integral, y ponga al servicio de ellos sus saberes, estructura institucional, acciones de\u00b7 pol\u00edtica, recursos y capacidades, as\u00ed como su apertura para transformarse.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La gesti\u00f3n intersectorial en el orden territorial se inscribe en el marco del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, como mecanismo fundamental de implementaci\u00f3n de la Pol\u00edtica de Estado para el Desarrollo Integral en la Infancia y la Adolescencia.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El cometido de la gesti\u00f3n intersectorial es lograr un trabajo articulado y sin\u00e9rgico que d\u00e9 como resultado una atenci\u00f3n integral oportuna y pertinente a cada ni\u00f1a, ni\u00f1o y adolescente, de acuerdo con los lineamientos definidos por esta pol\u00edtica en cuanto a su formulaci\u00f3n, implementaci\u00f3n y seguimiento.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 6\u00b0. COORDINACI\u00d3N DE LA POL\u00cdTICA DE ESTADO PARA EL DESARROLLO INTEGRAL EN LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA.<\/strong>\u00a0El Gobierno Nacional crear\u00e1 la Comisi\u00f3n Intersectorial para el Desarrollo Integral en la Infancia y Adolescencia, en el marco del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, la cual deber\u00e1 ser presidida y coordinada por el Instituto Nacional de Bienestar Familiar. La Comisi\u00f3n tendr\u00e1 por objeto la coordinaci\u00f3n, articulaci\u00f3n y seguimiento de la Pol\u00edtica Nacional de Infancia y Adolescencia. As\u00ed como definir los principios y lineamientos t\u00e9cnicos para la implementaci\u00f3n nacional y territorial de la Pol\u00edtica.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La coordinaci\u00f3n, articulaci\u00f3n y gesti\u00f3n intersectorial de esta Pol\u00edtica, estar\u00e1 a cargo de la Comisi\u00f3n Intersectorial para el Desarrollo Integral en la Infancia y la Adolescencia. El Comit\u00e9 Ejecutivo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, como la instancia de planificaci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del Sistema, definir\u00e1 el esquema de coordinaci\u00f3n y seguimiento de esta Pol\u00edtica.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La Comisi\u00f3n estar\u00e1 integrada por:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>El delegado del Presidente de la Rep\u00fablica, que deber\u00e1 pertenecer al nivel directivo.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li>El Consejero Presidencial para la Juventud o quien haga sus veces.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li>El ministro de Salud y Protecci\u00f3n Social o su delegado, que deber\u00e1 ser un viceministro.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"4\">\n<li>El ministro de Trabajo o su delegado, que deber\u00e1 ser un viceministro.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"5\">\n<li>El ministro de Educaci\u00f3n Nacional o su delegado, que deber\u00e1 ser un viceministro.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"6\">\n<li>El ministro de la Tecnolog\u00eda de la Informaci\u00f3n y de las Comunicaciones o su delegado, que deber\u00e1 ser un viceministro.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"7\">\n<li>El ministro de Cultura o su delegado, que deber\u00e1 ser un viceministro.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"8\">\n<li>El ministro de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n o su delegado, que deber\u00e1 ser un viceministro.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"9\">\n<li>El ministro de Deporte o su delegado, que deber\u00e1 ser un viceministro.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"10\">\n<li>El director del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n o su delegado, que deber\u00e1 pertenecer al nivel directivo.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"11\">\n<li>El director del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social o su delegado, que deber\u00e1 pertenecer al nivel directivo.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"12\">\n<li>El director del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar &#8211; ICBF o su delegado, que deber\u00e1 pertenecer al nivel directivo.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol start=\"13\">\n<li>Organizaciones de Padres de Familia.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>PAR\u00c1GRAFO 1\u00b0.<\/strong>\u00a0Con el fin de lograr la implementaci\u00f3n coordinada y efectiva de la Pol\u00edtica de Estado para el Desarrollo Integral en la Infancia y la Adolescencia, en el marco del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, se articular\u00e1n y definir\u00e1n los mecanismos de trabajo conjunto con las instancias del SNBF, agencias, organismos, sociedad civil, academia y comisiones intersectoriales o espacios de concertaci\u00f3n de grupos sociales o \u00e9tnicos, que aborden temas relacionados con las transiciones desde la primera infancia hasta la juventud.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>PAR\u00c1GR AFO 2\u00b0.\u00a0<\/strong>Con el fin de lograr la implementaci\u00f3n de la Pol\u00edtica de Estado para el Desarrollo Integral en la Infancia y la Adolescencia, en el marco de la Ley\u00a0<a title=\"vinculo\" href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/gestornormativo\/norma.php?i=22106#1098\">1098\u00a0<\/a>de 2006, la Comisi\u00f3n deber\u00e1 regirse por las disposiciones del Consejo Nacional de Pol\u00edtica Social (CNPS), el cual es el ente responsable de dise\u00f1ar la pol\u00edtica p\u00fablica, movilizar y apropiar los recursos presupuestales destinados a garantizar los derechos de los ni\u00f1os, las ni\u00f1as y los adolescentes en todo el territorio nacional.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>PAR\u00c1GR AFO 3.<\/strong>\u00a0Con el fin de dinamizar la coordinaci\u00f3n de la Pol\u00edtica de Estado para el Desarrollo Integral en la Infancia y la Adolescencia, la Comisi\u00f3n Intersectorial para el Desarrollo Integral tendr\u00e1 una secretar\u00eda t\u00e9cnica en cabeza del Instituto Nacional de Bienestar Familiar, encargada de seguimiento, articulaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de la implementaci\u00f3n de la misma.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>PAR\u00c1GRAFO TRANSITORIO.<\/strong>\u00a0El Gobierno Nacional reglamentar\u00e1 el funcionamiento, operaci\u00f3n y dem\u00e1s aspectos de la Comisi\u00f3n Intersectorial para el Desarrollo integral en la Infancia y Adolescencia que no se encuentren regulados en la presente ley, en un plazo no mayor a seis (6) meses, contados a partir de la entrada de su vigencia.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 7\u00b0. FASES PARA LA IMPLEMENTACI\u00d3N.<\/strong>\u00a0En el \u00e1mbito de los consejos nacional, departamental, distrital y municipal de Pol\u00edtica Social, en armon\u00eda con lo previsto en el C\u00f3digo de Infancia y Adolescencia &#8211; Ley\u00a0<a title=\"vinculo\" href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/gestornormativo\/norma.php?i=22106#1098\">1098\u00a0<\/a>de 2006, la Pol\u00edtica de Estado para el Desarrollo Integral en la Infancia y Adolescencia, se deber\u00e1 implementar en las siguientes fases:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>a. Identificaci\u00f3n.<\/strong>\u00a0En esta fase se identifica el estado de realizaci\u00f3n de los derechos de las ni\u00f1as; ni\u00f1os y adolescentes por momentos del curso de vida y entornos de desarrollo, analizado en la perspectiva de la Ruta Integral de Atenciones &#8211; RIA-, las atenciones y la oferta p\u00fablica y privada disponible dirigida a esta poblaci\u00f3n. Esta informaci\u00f3n dar\u00e1 los elementos para la focalizaci\u00f3n de acciones y prioridades a nivel territorial. Tambi\u00e9n se movilizar\u00e1 la participaci\u00f3n de las ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes, de las entidades que hacen parte del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y de otros actores sociales a trav\u00e9s de los consejos de Pol\u00edtica Social y espacios creados para este fin, que permitan la coordinaci\u00f3n y reflexi\u00f3n sobre las prioridades, lineamientos y acciones de la pol\u00edtica.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>b. Formulaci\u00f3n.<\/strong>\u00a0A partir del diagn\u00f3stico sobre la realizaci\u00f3n de los derechos y la Ruta Integral de Atenciones local, se deber\u00e1n plantear las mejores alternativas para garantizar de forma progresiva el goce efectivo de los derechos de las ni\u00f1as, ni\u00f1os, y adolescentes en el territorio. Para tal fin se formular\u00e1 el plan de acci\u00f3n con los objetivos, las metas, los indicadores de gesti\u00f3n y de resultado, las acciones, los recursos y los responsables para la ejecuci\u00f3n de la Ruta Integral de Atenciones, de manera complementaria a las pol\u00edticas existentes. En esta fase se promover\u00e1 la participaci\u00f3n efectiva de las ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes en los espacios de di\u00e1logo y reflexi\u00f3n para la definici\u00f3n de las prioridades.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>c. Implementaci\u00f3n.<\/strong>\u00a0En esta fase, se materializan las acciones de la Pol\u00edtica como planes, programas y servicios, para la ejecuci\u00f3n de la Ruta Integral de Atenciones local planteada en el plan de acci\u00f3n. El proceso de ejecuci\u00f3n debe estar soportado en los principios de Intersectorialidad, sostenibilidad, coordinaci\u00f3n, complementariedad y concurrencia entre los distintos actores involucrados y niveles de gobierno.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>d. Seguimiento y evaluaci\u00f3n<\/strong>. El seguimiento de la ejecuci\u00f3n de la Ruta Integral de Atenciones se har\u00e1 por parte de las instancias de coordinaci\u00f3n de infancia y adolescencia en el marco de los Consejos de Pol\u00edtica Social y las mesas de infancia y adolescencia sobre la base de metas progresivas planteadas en el plan de acci\u00f3n. La evaluaci\u00f3n de los resultados alcanzados guiar\u00e1 nuevos cursos de acci\u00f3n en la medida que se vayan alcanzando los objetivos propuestos. De los resultados se har\u00e1 un ejercicio de divulgaci\u00f3n y movilizaci\u00f3n social que permita a las ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes, as\u00ed como a los actores de lo sociedad civil, academia y ciudadan\u00eda conocer los resultados de la gesti\u00f3n para la garant\u00eda de los derechos ele la infancia y adolescencia.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 8\u00b0. FUNCIONES DE LAS ENTIDADES DEL ORDEN NACIONAL PARA LA EJECUCI\u00d3N DE LA POL\u00cdTICA.<\/strong>\u00a0De acuerdo con los aspectos misionales de cada sector, es necesario que cada uno aporte en la implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica y al logro de su finalidad. El Presidente de la Rep\u00fablica expedir\u00e1, dentro de los seis (6) meses siguientes a la entrada en vigencia de esta ley, el reglamento para la coordinaci\u00f3n de funciones entre las Entidades para la aplicaci\u00f3n de lo Pol\u00edtica.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 9\u00b0. PROTECCI\u00d3N DE TRAYECTORIAS DE VIDA Y AMPLIACI\u00d3N PROGRESIVA DE LAS ESTRATEGIAS DE RESIGNIFICACI\u00d3N DEL TIEMPO ESCOLAR PARA GARANTIZAR EL DESAR ROLLO Y LA FORMACI\u00d3N INTEGRAL DE NI\u00d1OS, NI\u00d1AS Y ADOLESCENTES.<\/strong>\u00a0El Gobierno Nacional aumentar\u00e1 progresivamente la cobertura de los esquemas de ampliaci\u00f3n, resignificaci\u00f3n y uso del tiempo escolar como la jornada \u00fanica y la jornada escolar complementaria y garantizar\u00e1 la protecci\u00f3n de las trayectorias de vida para aumentar las oportunidades de aprendizaje de los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes a trav\u00e9s de una oferta de formaci\u00f3n integral multisectorial y diversa , que integre las componentes de la Ruta de Atenci\u00f3n Integral enunciados en el art\u00edculo 3\u00b0 de la presente ley.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 10\u00b0. ARTICULACI\u00d3N DE L\u00cdNEAS DE POL\u00cdTICA Y PREVENCI\u00d3N DE VIOLENCIAS HACIA NI\u00d1AS, NI\u00d1OS Y ADOLESCENTES<\/strong>. La Pol\u00edtica de Estado para el Desarrollo Integral en la Infancia y la Adolescencia, centrada en crear las condiciones de bienestar, acceso a oportunidades e incidencia de las ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes para su desarrollo integral, orientando la acci\u00f3n del Estado hacia la garant\u00eda de sus derechos y su protecci\u00f3n integral, se constituye como marco de gesti\u00f3n sobre la cual se articulan las l\u00edneas de pol\u00edtica y estrategias especializadas para la prevenci\u00f3n de vulneraciones y violencias, as\u00ed como el restablecimiento de derechos, tales como: Alianza Nacional contra la violencia hacia ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes y la Estrategia Nacional Pedag\u00f3gica y de Prevenci\u00f3n del Castigo F\u00edsico, los tratos crueles, humillantes o degradantes enmarcada en la misma; prevenci\u00f3n y erradicaci\u00f3n de la Explotaci\u00f3n Sexual Comercial en ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes; prevenci\u00f3n y erradicaci\u00f3n del Trabajo Infantil y protecci\u00f3n integral al adolescente trabajador; prevenci\u00f3n del reclutamiento de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes; estrategia de atenci\u00f3n integral para ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes con \u00e9nfasis en la prevenci\u00f3n del embarazo en la adolescencia; estrategias de prevenci\u00f3n de violencias.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>PAR\u00c1GRAFO.<\/strong>\u00a0La prevenci\u00f3n del embarazo en la adolescencia deber\u00e1 hacer \u00e9nfasis en el respeto del cuerpo, de la dignidad del otro, en la educaci\u00f3n para \u00b7 la afectividad como herramienta fundamental del desarrollo integral y curso de vida.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 11. SEGUIMIENTO AL DESARROLLO INTEGRAL DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA<\/strong>. La Comisi\u00f3n intersectorial para el Desarrollo Integral en la Infancia y la Adolescencia, realizar\u00e1 seguimiento nominal de las atenciones brindadas a cada una de las ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes en el marco de la Ruta Integral de Atenciones, a trav\u00e9s del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El sistema permitir\u00e1 la articulaci\u00f3n de la informaci\u00f3n respectiva a la poblaci\u00f3n en primera infancia, infancia y adolescencia, as\u00ed como la caracterizaci\u00f3n y el estado del goce efectivo de sus derechos de manera nominal.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>De manera progresiva, se deber\u00e1 garantizar el reporte de informaci\u00f3n de las atenciones por parte de todas aquellas entidades del orden nacional y territorial, p\u00fablicas y privadas, que atiendan ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes de acuerdo con lo establecido por la Comisi\u00f3n intersectorial para el Desarrollo Integral en la Infancia y la Adolescencia.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Asimismo, ser\u00e1n responsables de hacer el reporte de la informaci\u00f3n todas aquellas entidades del \u00e1mbito nacional y territorial en el Sistema \u00danico de Informaci\u00f3n de la Ni\u00f1ez &#8211; SUIN, como herramienta oficial para la toma de decisiones en materia de pol\u00edtica p\u00fablica de primera infancia, infancia y adolescencia, y de acuerdo con los indicadores priorizados que se establezcan, ser\u00e1 el medio a trav\u00e9s del cual, se alojar\u00e1 la informaci\u00f3n orientada a la garant\u00eda de los derechos de los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes. Este sistema deber\u00e1 interoperar y estar articulado con el sistema consagrado en el art\u00edculo\u00a0<a title=\"vinculo\" href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/gestornormativo\/norma.php?i=189346#4\">4<\/a>\u00b0 de la Ley 2242 de 2022.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La informaci\u00f3n generada por ambos sistemas ser\u00e1n los principales insumos en la toma de decisiones sobre seguimiento, evaluaci\u00f3n y orientaci\u00f3n de las acciones para la ejecuci\u00f3n de la Pol\u00edtica en el orden nacional y territorial. De manera progresiva, se deber\u00e1 garantizar el reporte de informaci\u00f3n de las a tendones por parte de todas aquellas entidades del orden nacional y territorial, p\u00fablicas y privadas, que atiendan ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes de acuerdo con lo establecido por la Comisi\u00f3n intersectorial para el Desarrollo Integral en la Infancia y la Adolescencia.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>PAR\u00c1GRAFO 1.<\/strong>\u00a0Las entidades territorial es estar\u00e1n obligadas a reportar la informaci\u00f3n solicitada cumpliendo con los criterios de calidad y oportunidad, de acuerdo a la reglamentaci\u00f3n que expida el Gobierno nacional.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>PAR\u00c1GRAFO 2\u00b0.<\/strong>\u00a0Las entidades de la Comisi\u00f3n intersectorial de Infancia y Adolescencia tendr\u00e1n a su cargo el reporte permanente de informaci\u00f3n al Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>PAR\u00c1GRAFO 3\u00b0.<\/strong>\u00a0El seguimiento al desarrollo integral de la primera infancia, la infancia y la adolescencia se realizar\u00e1 a trav\u00e9s del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral. El Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral a la Primera Infancia &#8211; SSDIPI creado mediante la Ley 1804 de 2016, se convertir\u00e1 en el Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral, a trav\u00e9s del cual, se har\u00e1 el registro y seguimiento a las atenciones que se brindan a todos los ni\u00f1os, ni\u00f1os y adolescentes entre los cero (0) y los dieciocho (18) a\u00f1os del pa\u00eds.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 12. V EEDUR\u00cdA CIUDADANA.<\/strong>\u00a0En consonancia con lo previsto en la Ley\u00a0<a title=\"vinculo\" href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/gestornormativo\/norma.php?i=10570#0850\">850\u00a0<\/a>de 2003, los ciudadanos interesados podr\u00e1n conformar veedur\u00edas ciudadanas para participar en el seguimiento y vigilancia de la implementaci\u00f3n de Pol\u00edtica de Estado para el Desarrollo Integral en la Infancia y Adolescencia.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 13\u00b0. FINANCIACI\u00d3N.<\/strong>\u00a0El Gobierno Nacional proyectar\u00e1 y garantizar\u00e1 los recursos para la implementaci\u00f3n de la Pol\u00edtica de Estado para el Desarrollo Integral en la Infancia y la Adolescencia de acuerdo con el Marco Fiscal y de Gasto de Mediano Plazo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La proyecci\u00f3n de recursos se har\u00e1 sobre la base de las metas de cobertura, calidad y gesti\u00f3n que se definan en el marco de la Comisi\u00f3n intersectorial para el Desarrollo Integral en la Infancia y Adolescencia. Por su parte, Las entidades del orden nacional y territorial incluir\u00e1n en su proceso anual de planeaci\u00f3n y programaci\u00f3n presupuestal, los recursos destinados para la implementaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de esta pol\u00edtica.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Para el desarrollo e implementaci\u00f3n de esta pol\u00edtica p\u00fablica, se podr\u00e1n destinar recursos de las entidades p\u00fablicas del orden nacional y territorial en el marco de su autonom\u00eda, de organismos multilaterales, de convenios de cooperaci\u00f3n internacional y de convenios con organizaciones privadas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>PAR\u00c1GRAFO.<\/strong>\u00a0El Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n definir\u00e1 un marcador para Desarrollo Integral en la Infancia y la Adolescencia, con el fin de que las entidades que conforman el Presupuesto General de la Naci\u00f3n identifiquen las asignaciones presupuestales para lo referida finalidad, preparen y presenten anualmente un informe de los recursos y los resultados obtenidos en la vigencia inmediatamente anterior, as\u00ed como de los recursos apropiados para la vigencia en curso.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El informe mencionado en el inciso anterior deber\u00e1 presentarse a m\u00e1s tardar en el mes de abril ante el Congreso de la Rep\u00fablica. En la elaboraci\u00f3n del Plan anual de Inversiones que prioriza el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, se identificar\u00e1n los proyectos de inversi\u00f3n que dispondr\u00e1n del trazador presupuestal a que hace referencia el inciso anterior.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>PAR\u00c1GR AFO TRANSITORIO.<\/strong>\u00a0Dentro de los seis (6) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley, el Gobierno Nacional a trav\u00e9s del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, definir\u00e1 los costos fiscales de esta pol\u00edtica y de manera gradual, de acuerdo a las disponibilidades presupuestales, definir\u00e1 la fuente de ingreso adicional que deba generarse para su respectivo financiamiento, acorde con el Marco Fiscal de Mediano Plazo. As\u00ed mismo, el Gobierno Nacional identificar\u00e1 los ministerios y entidades responsables que deber\u00e1n estructurar y definir los lineamientos de esta pol\u00edtica.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 14\u00b0. VIGENCIA Y DEROGATORIAS.<\/strong>\u00a0La presente ley rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y deroga las normas que le sean contrarias.<\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>EL PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO DE LA R EP\u00daBLICA,<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>IV\u00c1N LEONIDAS NAME V\u00c1SQUEZ<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>EL SECRETARIO GENERAL DEL HONORABLE SENADO DE LA REP\u00daBLICA,<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>GREGORIO ELJACH PACHECO<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE C\u00c1MARA DE REPRESENTANTES,<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>ANDR\u00c9S DAVID CALLE AGUAS<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>EL SECRETARIO GENERAL DE LA HONORABLE C\u00c1MARA DE REPRESENTANTES,<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>JAIME LUIS LACOUTURE PE\u00d1ALOZA<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>REP\u00daBLICA DE COLOMBIA \u00bf GOBIERNO NACIONAL<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>PUBL\u00cdQUESE Y C\u00daMPLASE<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>Dada, a los 21 d\u00edas del mes de Septiembre de 2023<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>EL PRESIDENTE DE LA REP\u00daBLICA,<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>(FDO.) GUSTAVO PETRO URREGO<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>EL MINISTRO DEL INTERIOR,<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>LUIS FERNANDO VELASCO CHAVES<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>EL MINISTRO DE HACIENDA Y CR\u00c9DITO P\u00daBLICO<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>RICARDO BONILLA GONZ\u00c1LEZ<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCI\u00d3N SOCIAL,<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>GUILLERMO ALFONSO JARAMILLO MART\u00cdNEZ<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>EL VICEMINISTRO DE RELACIONES LABORALES E INSPECCI\u00d3N DEL MINISTERIO DE TRABAJO, ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DE LA MINISTRA DE TRABAJO,<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>EDWIN PALMA EGEA<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>LA MINISTRA DE EDUCACI\u00d3N NACIONAL,<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>AURORA VERGARA FIGUEROA<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>EL MINISTRO DE TECNOLOG\u00cdAS DE LA INFORMACI\u00d3N Y LAS COMUNICACIONES,<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>OSCAR MAURICIO LIZCANO ARANGO<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>LA MINISTRA DEL DEPORTE,<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>ASTRID BIBIANA RODR\u00cdGUEZ CORTES<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>EL MINISTRO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS SABERES,<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>JUAN DAVID CORREA ULLOA<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>LA MINISTRA DE CIENCIA, TECNOLOG\u00cdA E INNOVACI\u00d3N,<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>\u00c1NGELA YESENIA OLAYA REQUENE<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>LA VICEMINISTRA DE LAS MUJERES DEL MINISTERIO DE IGUALDAD Y EQUIDAD, ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DE LA MINISTRA DE LA IGUALDAD Y EQUIDAD,<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>DIANA MARCELA G\u00d3MEZ CORREAL<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>EL SUBDIRECTOR GENERAL DE INVERSIONES, SEGUIMIENTO Y EVALUACI\u00d3N DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACI\u00d3N, ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DEL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACI\u00d3N,<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>JOS\u00c9 ALEJANDRO HERRERA LOZANO<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL,<\/strong><\/p>\n<p align=\"center\">\n<p align=\"center\"><strong>LAURA SARABIA TORRES<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>LEY 2328 DE 2023 (Septiembre 21) &#8220;POR MEDIO DE LA CUAL SE ESTABLECE LA POL\u00cdTICA DE ESTADO PARA EL DESARROLLO INTEGRAL EN LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA. 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