{"id":3779,"date":"2024-02-06T21:52:02","date_gmt":"2024-02-06T21:52:02","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/2024\/02\/06\/ley-10-de-1973\/"},"modified":"2024-02-06T21:52:02","modified_gmt":"2024-02-06T21:52:02","slug":"ley-10-de-1973","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/2024\/02\/06\/ley-10-de-1973\/","title":{"rendered":"LEY 10 DE 1973"},"content":{"rendered":"\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>LEY 10 DE 1973<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 (abril 16)<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 por la cual se aprueba el \u201cAcuerdo entre la Secretar\u00eda General de la \u00a0 \u00a0 Organizaci\u00f3n de las Estados Americanos y los Ministerios de Relaciones \u00a0 \u00a0 Exteriores y de Educaci\u00f3n de la Rep\u00fablica de Colombia para realizar el Proyecto \u00a0 \u00a0 Interamericano de producci\u00f3n de Material Educativo y Cient\u00edfico para la Prensa, \u00a0 \u00a0 del Programa Regional de Desarrollo Educativo del Consejo Interamericano para la \u00a0 \u00a0 Educaci\u00f3n, la Ciencia y la cultura de la Organizaci\u00f3n de los Estados \u00a0 \u00a0 Americanos\u201d, suscrito en la ciudad de Washington, D. C., a los 29 d\u00edas del mes \u00a0 \u00a0 de febrero de mil novecientos setenta y dos.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 El Congreso de Colombia<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00fanico. Apru\u00e9bese el \u201cAcuerdo entre la Secretaria General de la \u00a0 \u00a0 Organizaci\u00f3n de los Estados Americanos y los Ministros de Relaciones Exteriores \u00a0 \u00a0 y de Educaci\u00f3n de la Rep\u00fablica de Colombia para realizar el Proyecto \u00a0 \u00a0 Interamericano de Producci\u00f3n de Material Educativo y Cient\u00edfico para la Prensa, \u00a0 \u00a0 del Programa Regional de Desarrollo Educativo del Consejo Interamericano para la \u00a0 \u00a0 Educaci\u00f3n, la Ciencia y la Cultura de la Organizaci\u00f3n de los Estados \u00a0 \u00a0 Americanos\u201d, suscrito en la ciudad de Washington, D. C., a los 29 d\u00edas del mes \u00a0 \u00a0 de febrero de mil novecientos sesenta y dos, cuyo texto oficial es el siguiente:<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u201cAcuerdo entre la Secretaria General de la Organizaci\u00f3n de los Estados \u00a0 \u00a0 Americanos y los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Educaci\u00f3n de la \u00a0 \u00a0 Rep\u00fablica de Colombia para realizar el Proyecto Interamericano de Producci\u00f3n de \u00a0 \u00a0 Material Educativo y Cient\u00edfico para la Prensa, del Programa Regional de \u00a0 \u00a0 Desarrollo Educativo del Consejo Interamericano para la Educaci\u00f3n, la Ciencia y \u00a0 \u00a0 la Cultura de la Organizaci\u00f3n de los Estados Americanos\u201d,<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 CONSIDERANDO:<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 QUE EL Consejo Interamericano Cultural, en su quinta reuni\u00f3n celebrada en \u00a0 \u00a0 Maracay, Estado Aragua, Venezuela, del 15 al 22 de febrero de 1968, estableci\u00f3 \u00a0 \u00a0 el Programa Regional de Desarrollo Educativo de la Organizaci\u00f3n de los Estados \u00a0 \u00a0 Americanos, de acuerdo con lo decidido en la Declaraci\u00f3n de los Presidentes de \u00a0 \u00a0 Am\u00e9rica, suscrita el 14 de abril de 1967, adopt\u00f3, al mismo tiempo, su r\u00e9gimen \u00a0 \u00a0 org\u00e1nico mediante la \u201cResoluci\u00f3n de Maracay\u201d;<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Que uno de los proyectos aprobados para llevar a efecto el Programa Regional de \u00a0 \u00a0 Desarrollo Educativo es el referente al Proyecto Interamericano de Producci\u00f3n de \u00a0 \u00a0 Material Educativo y Cient\u00edfico para la Prensa, parte de cuyas actividades ha de \u00a0 \u00a0 ser ejecutada sobre la base de un acuerdo entre el Ministerio de Educaci\u00f3n, la \u00a0 \u00a0 Secretaria General de la Organizaci\u00f3n de los Estados Americanos y el Ministerio \u00a0 \u00a0 de Relaciones Exteriores;<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Que el Gobierno de Colombia ha firmado un acuerdo con la Secretaria General para \u00a0 \u00a0 presentar su apoyo a los proyectos del Programa Regional de Desarrollo Educativo \u00a0 \u00a0 y otorgar al personal internacional que participar\u00e1 en dichos proyectos los \u00a0 \u00a0 privilegios e inmunidades necesarios para asegurar su buen funcionamiento y \u00a0 \u00a0 ejecuci\u00f3n,<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Por tanto:<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 ACUERDO<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Objetivos.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Art\u00edculo 1. Los objetivos del proyecto que se llevar\u00e1n a cabo a trav\u00e9s del \u00a0 \u00a0 Centro Interamericano para la Producci\u00f3n de Material Educativo y Cient\u00edfico para \u00a0 \u00a0 la Prensa (CIMPEC), establecido por el Gobierno Colombiano en la ciudad de \u00a0 \u00a0 Bogot\u00e1 son:<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 a) Contribuir a formar una conciencia p\u00fablica, acerca de las posibilidades y los \u00a0 \u00a0 efectos de la educaci\u00f3n, la ciencia y la tecnolog\u00eda y la formaci\u00f3n y cambio de \u00a0 \u00a0 valores de la sociedad y en el desarrollo integral de pa\u00edses latinoamericanos;<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 b) Contribuir al desarrollo de la educaci\u00f3n permanente y sistem\u00e1tica de la \u00a0 \u00a0 poblaci\u00f3n mediante la producci\u00f3n de materiales educativos complementarios y \u00a0 \u00a0 divulgaci\u00f3n de los aspectos relacionados con la innovaci\u00f3n educativa para ser \u00a0 \u00a0 producidas y distribuidas por los medios de difusi\u00f3n de Am\u00e9rica Latina;<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 c) Estimular las vocaciones cient\u00edficas y educativas en la juventud \u00a0 \u00a0 latinoamericana, mediante el empleo de los medios de difusi\u00f3n;<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 d) Promover, a trav\u00e9s de los medios de difusi\u00f3n, la creaci\u00f3n de una conciencia \u00a0 \u00a0 latinoamericana que apoye la integraci\u00f3n de nuestros pa\u00edses en materia de \u00a0 \u00a0 educaci\u00f3n, ciencia y tecnolog\u00eda;<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 e) Prestar asesoramiento en materia de periodismo cient\u00edfico y educativo; a las \u00a0 \u00a0 instituciones pertinentes;<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 f) Contribuir al perfeccionamiento de periodistas por medio de la formulaci\u00f3n de \u00a0 \u00a0 programas, para su entrenamiento profesional en los campos de la educaci\u00f3n, la \u00a0 \u00a0 ciencia, y la tecnolog\u00eda;<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 g) Difundir en el resto del mundo, los logros alcanzados por los pa\u00edses \u00a0 \u00a0 latinoamericanos en el campo de la educaci\u00f3n, la ciencia y la tecnolog\u00eda.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Actividades.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Art\u00edculo 2. Para cumplir con los objetivos que se se\u00f1alan en el art\u00edculo \u00a0 \u00a0 anterior, el Centro desarrollar\u00e1 las siguientes actividades:<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 a) Producir material did\u00e1ctico e informativo, con destino a los medios de \u00a0 \u00a0 difusi\u00f3n, que tiendan a promover una participaci\u00f3n activa de redescubrimiento y \u00a0 \u00a0 de raciocinio por parte del p\u00fablico;<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 b) Promover y difundir a trav\u00e9s de los medios de comunicaci\u00f3n las actividades \u00a0 \u00a0 relacionadas con clubes, ferias y cert\u00e1menes cient\u00edficos de la juventud \u00a0 \u00a0 destacando la exigencia de trabajo de equipos por sobre las recompensas \u00a0 \u00a0 individuales;<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 c) Preparar manuales de periodismo cient\u00edfico y educativo;<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 d) Organizar cursos de perfeccionamiento para periodistas en los campos de la \u00a0 \u00a0 educaci\u00f3n, la ciencia y la tecnolog\u00eda;<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 e) Organizar reuniones entre educadores, cient\u00edficos y periodistas sobre \u00a0 \u00a0 materias de la competencia del Centro;<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 f) Gestionar el apoyo de las empresas estatales para la difusi\u00f3n del material y \u00a0 \u00a0 los medios de comunicaci\u00f3n tanto p\u00fablicos como privados.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Estas u otras actividades que se lleven a cabo dentro de los l\u00edmites \u00a0 \u00a0 establecidos en el Programa-Presupuesto aprobado por el \u00f3rgano competente de la \u00a0 \u00a0 Organizaci\u00f3n de los Estados Americanos, constar\u00e1 en el Plan de Operaciones que \u00a0 \u00a0 las partes acuerden por escrito. El Plan de Operaciones, que serpa complemento \u00a0 \u00a0 del presente Acuerdo, podr\u00e1 modificarse cuando el Ministro y la Secretar\u00eda \u00a0 \u00a0 General lo consideren necesario y lo determinen de mutuo acuerdo.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Obligaciones, responsabilidades y contribuciones de las partes.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Art\u00edculo 3. El Ministerio se obliga a:<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 1. Ejecutar el Plan de Operaciones del Proyecto en la parte que le compete.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 2. Elaborar y someter los informes t\u00e9cnicos y financieros que sean convenidos \u00a0 \u00a0 con la Secretar\u00eda General.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 3. Mantener un inventario general de los equipos que reciba de la Secretaria \u00a0 \u00a0 General.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Art\u00edculo 4. El Ministerio se obliga adem\u00e1s, a suministrar o financiar \u00a0 \u00a0 directamente lo siguiente:<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 1. Los locales adecuados para el buen funcionamiento del Centro.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 2. Los muebles, utensilios, aparatos, equipos, material fungible y efectos que \u00a0 \u00a0 sean necesarios para el desarrollo de las actividades del Centro.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 3. Los servicios de mantenimiento de los locales y enseres destinados al Centro; \u00a0 \u00a0 y<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 4. El personal t\u00e9cnico y administrativo permanente que colaborar\u00e1 en las \u00a0 \u00a0 actividades de producci\u00f3n de material educativo y cient\u00edfico para la prensa, \u00a0 \u00a0 administraci\u00f3n, investigaci\u00f3n y otras del proyecto.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Art\u00edculo 5. Es obligaci\u00f3n de la Secretar\u00eda General sufragar con las partidas \u00a0 \u00a0 asignadas con el Fondo Especial del Consejo Interamericano para la Educaci\u00f3n, la \u00a0 \u00a0 Ciencia y la Cultura y de acuerdo con el Plan de Operaciones del Proyecto:\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 1. Equipos, enseres, materiales y gastos generales del Proyecto.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 El equipo y material ser\u00e1n adquiridos por la secretar\u00eda General o, de acuerdo \u00a0 \u00a0 con \u00e9sta, por el Ministerio, previa recomendaci\u00f3n del mismo; ser\u00e1n propiedad de \u00a0 \u00a0 la Secretar\u00eda General y se usar\u00e1n para cumplir las actividades del proyecto. Si \u00a0 \u00a0 el Proyecto de determinara por cualquier circunstancia, las partes determinar\u00e1n \u00a0 \u00a0 la forma en que se efectuar\u00e1 la donaci\u00f3n del equipo y el destinatario del mismo.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 2. Los gastos de personal que ser\u00e1 adiestrado en cursos o investigaciones.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 3. Los gastos de personal que se requiera de parte del Programa Regional de \u00a0 \u00a0 Desarrollo Educativo para la ejecuci\u00f3n del Proyecto.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Art\u00edculo 6. Ser\u00e1n adem\u00e1s responsabilidades de la Secretar\u00eda General, de acuerdo \u00a0 \u00a0 con lo establecido en los Criterios y Procedimientos para la Operaci\u00f3n del \u00a0 \u00a0 Programa Regional de Desarrollo Educativo:<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 1. designar y contratar a los expertos, profesores e investigadores \u00a0 \u00a0 internacionales y designar los becarios del Proyecto, en base a recomendaci\u00f3n \u00a0 \u00a0 conjunta del Director del Programa Regional y del Director o Coordinador del \u00a0 \u00a0 Proyecto.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 2. Velar por el cumplimiento de los Criterios y Procedimientos parea la \u00a0 \u00a0 Operaci\u00f3n del Programa Regional de Desarrollo Educativo.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Art\u00edculo 7. El Ministerio prestar\u00e1 al Proyecto el apoyo que sea necesario para \u00a0 \u00a0 asegurar su mejor ejecuci\u00f3n y funcionamiento, de conformidad con lo establecido \u00a0 \u00a0 en el Acuerdo referentes a los Programas Regionales de Desarrollo Educativo y de \u00a0 \u00a0 Desarrollo Cient\u00edfico y Tecnol\u00f3gico de la Organizaci\u00f3n de los Estados Americanos \u00a0 \u00a0 suscrito entre el Gobierno de Colombia y la secretario General el 2 de \u00a0 \u00a0 septiembre de 1969.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Duraci\u00f3n y administraci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Art\u00edculo 8. La duraci\u00f3n del proyecto es de diez a\u00f1os. No obstante esto, aquella \u00a0 \u00a0 estar\u00e1 sujeta a la apropiaci\u00f3n de los fondos por parte del \u00f3rgano competente de \u00a0 \u00a0 la Organizaci\u00f3n de los Estados Americanos y del Gobierno de Colombia.\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Art\u00edculo 9. El Ministerio designar\u00e1, en consulta con el Secretario General, un \u00a0 \u00a0 Director o Coordinador del Proyecto, que asumir\u00e1 la responsabilidad t\u00e9cnica y \u00a0 \u00a0 administrativa de las actividades del mismo, de conformidad con lo previsto en \u00a0 \u00a0 los Criterios y Procedimientos para la Operaci\u00f3n del Programa Regional \u00a0 \u00a0 Educativo.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Disposiciones varias.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Art\u00edculo 10. El desembolso de fondos por la Secretar\u00eda General al Proyecto \u00a0 \u00a0 estar\u00e1 condicionado al nivel efectivo de pago de las contribuciones de los \u00a0 \u00a0 Estados Miembros al Fondo Especial del Concejo Interamericano para la Educaci\u00f3n, \u00a0 \u00a0 la Ciencia y la Cultura. Asimismo, tendr\u00e1 en cuenta la oportunidad de \u00a0 \u00a0 cumplimiento de los compromisos que el Ministerio asume en virtud del presente \u00a0 \u00a0 Acuerdo.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 1. Los criterios y procedimientos establecidos o que se establezcan para la \u00a0 \u00a0 operaci\u00f3n del Programa Regional de Desarrollo Educativo as\u00ed como las normas y \u00a0 \u00a0 procedimientos vigentes en la Secretaria General en relaci\u00f3n con los gastos \u00a0 \u00a0 referentes a dicho programa.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 2. Los Programas-presupuestos aprobados por el \u00f3rgano competente de la \u00a0 \u00a0 Organizaci\u00f3n de los Estados Americanos y las modificaciones que se introduzcan \u00a0 \u00a0 en los mismos.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 3. El presupuesto aprobado para el efecto por la autoridad competente del \u00a0 \u00a0 Gobierno Colombiano y las modificaciones que se introduzcan al mismo.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Art\u00edculo 12. De conformidad en el art\u00edculo 3 del Acuerdo suscrito entre el \u00a0 \u00a0 Gobierno de la Rep\u00fablica de Colombia y la secretar\u00eda General de la Organizaci\u00f3n \u00a0 \u00a0 de los Estados Americanos el 2 de septiembre de 1969, el Ministerio reconoce el \u00a0 \u00a0 Proyecto Interamericano de Producci\u00f3n de Material Educativo y Cient\u00edfico para la \u00a0 \u00a0 prensa y al personal internacional que trabaja en dicho proyecto, los mismos \u00a0 \u00a0 derechos, franquicias, facilidades, privilegios e inmunidades de que goza en \u00a0 \u00a0 Colombia el Centro Interamericano de Promoci\u00f3n de Exportaciones, de conformidad \u00a0 \u00a0 en lo dispuesto en el Acuerdo suscrito el 10 de septiembre de 1968 entre el \u00a0 \u00a0 Gobierno y la Secretar\u00eda General para el establecimiento de dicho Centro en la \u00a0 \u00a0 ciudad de Bogot\u00e1.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Art\u00edculo 13. Los derechos, deberes, privilegios, exenciones y facilidades que \u00a0 \u00a0 tenga o se confieran al personal nacional que trabaja en el Centro constar\u00e1n en \u00a0 \u00a0 un Decreto, Reglamento u otro tipo de disposici\u00f3n, dictada por las autoridades \u00a0 \u00a0 nacionales competentes.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Art\u00edculo 14. Toda actividad que se realice para llevar a efecto el Proyecto a \u00a0 \u00a0 que se refiere el presente Acuerdo, deber\u00e1 aparecer identificada con el Programa \u00a0 \u00a0 Regional de desarrollo Educativo del Consejo Interamericano para la Educaci\u00f3n, \u00a0 \u00a0 la Ciencia y la Cultura de la Organizaci\u00f3n de los Estados Americanos.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Art\u00edculo 15. El presente Acuerdo podr\u00e1 ser modificado en cualquier momento, en \u00a0 \u00a0 todo o en parte, de com\u00fan acuerdo entre las partes, a solicitud por escrito de \u00a0 \u00a0 una de ellas a la otra.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Art\u00edculo 16. El presente Acuerdo comenzar\u00e1 a surtir efecto desde la fecha de su \u00a0 \u00a0 firma.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 En fe de lo cual, los representantes de las partes, debidamente autorizados para \u00a0 \u00a0 hacerlo, firmaran el presente Acuerdo en los dos originales igualmente validos, \u00a0 \u00a0 en las ciudades y fechas abajo indicadas.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Por la Secretaria General (fdo.), Galo Plaza, Secretario General de la \u00a0 \u00a0 Organizaci\u00f3n de los Estados Americanos.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Washington, D. C., 29 de febrero de 1972.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Washington, D. C., 29 de febrero de 1972.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Rama Ejecutiva del Poder P\u00fablico. Presidencia de la Rep\u00fablica.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Bogot\u00e1, D. E., julio de 1972.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Aprobado, som\u00e9tase a la consideraci\u00f3n del Congreso Nacional, para los efectos \u00a0 \u00a0 constitucionales.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 MISAEL PASTRANA BORRERO<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 EL Ministerio de Relaciones Exteriores,<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Alfredo V\u00e1zquez Carrizosa<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Es fiel copia del texto original del Acuerdo arriba trascrito que reposa en los \u00a0 \u00a0 archivos de la Divisi\u00f3n de Asuntos Jur\u00eddicos del Ministerio de relaciones \u00a0 \u00a0 Exteriores.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Jorge s\u00e1nchez Camacho, Jefe de la Divisi\u00f3n de Asuntos Jur\u00eddicos.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Dada en Bogot\u00e1, D. E., a los veintinueve d\u00edas del mes de marzo de mil \u00a0 \u00a0 novecientos setenta y tres.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 El presidente del honorable Senado,\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 HUGO ESCOBAR SIERRA.\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 El Presidente de la honorable C\u00e1mara de representantes,\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 DAVID ALJURE RAMIREZ.\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 El Secretario General del honorable Senado,\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Amaury Guerrero.\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 El Secretario General de la honorable C\u00e1mara de Representantes,\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 N\u00e9stor Eduardo Ni\u00f1o Cruz.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Rep\u00fablica de Colombia-Congreso Nacional.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Bogot\u00e1, D, E., 16 de abril de 1973.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Publ\u00edquese y ejec\u00fatese.<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 MISAEL PASTRANA BORRERO<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 EL Ministro De Relaciones Exteriores,<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Alfredo V\u00e1zquez Carrizosa<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 El Ministro de Educaci\u00f3n Nacional,<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 Juan Jacobo Mu\u00f1os<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 LEY 10 DE 1973 \u00a0 \u00a0 (abril 16) \u00a0 \u00a0 por la cual se aprueba el \u201cAcuerdo entre la Secretar\u00eda General de la \u00a0 \u00a0 Organizaci\u00f3n de las [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[116],"tags":[],"class_list":["post-3779","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-leyes-1973"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3779","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3779"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3779\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3779"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3779"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3779"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}