{"id":3998,"date":"2024-02-06T22:08:26","date_gmt":"2024-02-06T22:08:26","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/2024\/02\/06\/ley-5-de-1977\/"},"modified":"2024-02-06T22:08:26","modified_gmt":"2024-02-06T22:08:26","slug":"ley-5-de-1977","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/2024\/02\/06\/ley-5-de-1977\/","title":{"rendered":"LEY 5 DE 1977"},"content":{"rendered":"\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>LEY 5 DE 1977\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 (enero 21)<\/p>\n<p>\u00a0 por la cual se confieren unas facultades extraordinarias y se dictan otras \u00a0 disposiciones.<\/p>\n<p>\u00a0 El Congreso de Colombia<\/p>\n<p>\u00a0 DECRETA: \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00ba.-Siempre que se cree un nuevo municipio se tendr\u00e1 por creado el \u00a0 correspondiente juzgado municipal, con el car\u00e1cter de promiscuo y con el \u00a0 personal y asignaciones que la ley se\u00f1ala a tales juzgados. En tal virtud, el \u00a0 Gobierno Nacional proceder\u00e1 de inmediato a hacer las operaciones presupuestales \u00a0 necesarias para atender a los gastos que ocasione el funcionamiento del nuevo \u00a0 juzgado y dar\u00e1 aviso al respectivo tribunal superior para la elecci\u00f3n del juez. \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 Art\u00edculo 2\u00ba.-Rev\u00edstese al Presidente de la Rep\u00fablica de facultades \u00a0 extraordinarias por el t\u00e9rmino de dos (2) a\u00f1os, contados a partir de la vigencia \u00a0 de la presente Ley para:\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 a) Crear o suprimir plazas de Magistrados en la Corte Suprema de Justicia, en \u00a0 los Tribunales Superiores del Distrito Judicial, Tribunales Administrativos, \u00a0 Tribunal Superior Militar y Juzgados de Instituci\u00f3n Penal Militar, con el \u00a0 personal subalterno y las asignaciones correspondientes;\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 b) Dividir en secciones los Tribunales Administrativos que as\u00ed lo requieran y \u00a0 reglamentar su funcionamiento;\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 c) Crear o suprimir circuitos judiciales y crear juzgados y aumentar o disminuir \u00a0 el personal subalterno de la Rama Jurisdiccional; y\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 d) Crear plazas de fiscales del Consejo de Estado, de los Tribunales Superiores \u00a0 de Distrito Judicial y Administrativos, del Tribunal Superior Militar y de los \u00a0 juzgados superiores y de Circuito, con el personal correspondiente.\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 Para ello el Gobierno tendr\u00e1 en cuenta la densidad de poblaci\u00f3n, vecindad \u00a0 geogr\u00e1fica, facilidades de comunicaci\u00f3n, volumen de negocios, conveniencia de \u00a0 que los funcionarios encuentren medios f\u00edsicos y sociales adecuados al ejercicio \u00a0 de sus atribuciones y los dem\u00e1s factores que inciden en la administraci\u00f3n de \u00a0 justicia y sus servicios auxiliares.\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 Igualmente, fac\u00faltase al Presidente de la Rep\u00fablica por el t\u00e9rmino indicado en \u00a0 el presente art\u00edculo para revisar la estructura, organizaci\u00f3n y atribuciones de \u00a0 la Superintendencia de Notariado y Registro.\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 Art\u00edculo 3\u00ba.-Rev\u00edstese al Presidente de la Rep\u00fablica de facultades \u00a0 extraordinarias por el t\u00e9rmino de dos (2) a\u00f1os, contados desde la vigencia de \u00a0 esta Ley, para crear los juzgados que se consideren necesarios para conocer \u00a0 asuntos propios del r\u00e9gimen de familia. Estos juzgados tendr\u00e1n la misma \u00a0 categor\u00eda, personal subalterno y r\u00e9gimen de asignaciones que los de circuito. En \u00a0 aquellos lugares donde no se crearen tales juzgados, conocer\u00e1n de esos negocios \u00a0 los jueces civiles y promiscuos de circuito, salvo el caso de separaci\u00f3n de \u00a0 cuerpos de matrimonios can\u00f3nicos, que se tramitar\u00e1n en primera instancia ante el \u00a0 tribunal superior respectivo.\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 Conforman la competencia propia del r\u00e9gimen de familia los siguientes asuntos:<\/p>\n<p>\u00a0 1. Suspensi\u00f3n, rehabilitaci\u00f3n y privaci\u00f3n de la patria potestad en los casos \u00a0 previstos por la ley;\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 2. Controversias relativas a la custodia o cuidado personal de menores y al \u00a0 ejercicio del derecho de visitas;\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 3. Discernimiento, remoci\u00f3n y rendici\u00f3n de cuentas de tutores y curadores;<\/p>\n<p>\u00a0 4. Controversias que se susciten entre los guardadores y sus pupilos o sus \u00a0 parientes, relativas al ejercicio de la tutela o curatela, y las que se \u00a0 presenten entre las personas que ejerzan en forma adjunta o conjunta una guarda, \u00a0 con ocasi\u00f3n de la administraci\u00f3n de sus cargos;\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 5. Alimentos debidos por disposici\u00f3n de la ley, aumento, disminuci\u00f3n o \u00a0 exoneraci\u00f3n de ellos; ejecuci\u00f3n y restituci\u00f3n de pensiones alimenticias;\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 6. Adopciones;\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 7. Celebraci\u00f3n del matrimonio civil;\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 8. Nulidad y divorcio del matrimonio civil;\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 9. Separaci\u00f3n de cuerpos en los casos que sea procedente;\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 10. Nulidad de capitulaciones matrimoniales;\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 11. Separaci\u00f3n de bienes y liquidaci\u00f3n de la sociedad conyugal;\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 12. Controversias entre c\u00f3nyuges o entre \u00e9stos y sus hijos por causa o con \u00a0 ocasi\u00f3n del ejercicio de la patria potestad o de la direcci\u00f3n del hogar, en los \u00a0 casos que, seg\u00fan la ley, es procedente la intervenci\u00f3n del juez;\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 13. Acciones referentes al estado civil de las personas, y especialmente, las \u00a0 relativas a la investigaci\u00f3n de la paternidad o de la maternidad y a la \u00a0 paternidad o maternidad disputadas; las diligencias para establecer la prueba \u00a0 supletoria del estado civil, de conformidad con la ley;\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 14. Sucesi\u00f3n por causa de muerte y procesos que se promuevan en ejercicio de las \u00a0 acciones de herederos. Apertura, publicaci\u00f3n y reducci\u00f3n a escrito de \u00a0 testamentos;\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 15. Permisos para que un menor pueda salir del pa\u00eds;\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 16. Interdicci\u00f3n del disipador y su rehabilitaci\u00f3n; y\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 17. Procesos de jurisdicci\u00f3n voluntaria.<\/p>\n<p>\u00a0 Par\u00e1grafo \u00fanico. El Gobierno, en desarrollo de las facultades que se le otorgan \u00a0 por la presente Ley, fijar\u00e1 la competencia territorial de los juzgados que se \u00a0 ocupen de los asuntos indicados en este art\u00edculo.\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 Art\u00edculo 4\u00ba.-El per\u00edodo de los fiscales, de tribunal administrativo es de cuatro \u00a0 (4) a\u00f1os.\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 Art\u00edculo 5\u00ba.-La elecci\u00f3n de Magistrados y Jueces que en desarrollo de la \u00a0 presente Ley se haga antes de vencer el per\u00edodo legal en curso, ser\u00e1 por el \u00a0 resto del mismo.\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 Art\u00edculo 6\u00ba.-El Gobierno queda facultado para realizar las operaciones \u00a0 presupuestales y de cr\u00e9dito necesarias para la cumplida ejecuci\u00f3n de la presente \u00a0 Ley.\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 Art\u00edculo 7\u00ba.-La presente Ley rige desde la fecha de su promulgaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u00a0 Dada en Bogot\u00e1, D. E., a &#8230; de &#8230; de mil novecientos setenta y seis (1976).<\/p>\n<p>\u00a0 El Presidente del honorable Senado de la Rep\u00fablica, EDMUNDO LOPEZ GOMEZ. El \u00a0 Presidente de la honorable C\u00e1mara de Representantes, ALBERTO SANTOFIMIO BOTERO. \u00a0 El Secretario General del honorable Senado de la Rep\u00fablica, Amaury Guerrero. El \u00a0 Secretario General de la honorable C\u00e1mara de Representantes, Ignacio Laguado \u00a0 Moncada.<\/p>\n<p>\u00a0 Rep\u00fablica de Colombia-Gobierno Nacional.<\/p>\n<p>\u00a0 Bogot\u00e1, D. E., enero 21 de 1977.<\/p>\n<p>\u00a0 Publ\u00edquese y ejec\u00fatese.<\/p>\n<p>\u00a0 ALFONSO LOPEZ MICHELSEN<\/p>\n<p>\u00a0 El Ministro de Gobierno, Rafael Pardo Vuelvas. El Ministro de Justicia, C\u00e9sar \u00a0 G\u00f3mez Estrada. El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, Abd\u00f3n Espinosa \u00a0 Valderrama. El Ministro de Defensa Nacional, General Abraham Var\u00f3n Valencia. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 LEY 5 DE 1977\u00a0 \u00a0 (enero 21) \u00a0 por la cual se confieren unas facultades extraordinarias y se dictan otras \u00a0 disposiciones. \u00a0 El Congreso de Colombia \u00a0 DECRETA: \u00a0 Art\u00edculo 1\u00ba.-Siempre que se cree un nuevo municipio se tendr\u00e1 por creado [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[120],"tags":[],"class_list":["post-3998","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-leyes-1977"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3998","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3998"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3998\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3998"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3998"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3998"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}