{"id":4226,"date":"2024-02-06T22:17:42","date_gmt":"2024-02-06T22:17:42","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/2024\/02\/06\/ley-4-de-1981\/"},"modified":"2024-02-06T22:17:42","modified_gmt":"2024-02-06T22:17:42","slug":"ley-4-de-1981","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/2024\/02\/06\/ley-4-de-1981\/","title":{"rendered":"LEY 4 DE 1981"},"content":{"rendered":"\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>LEY 4 DE 1981<\/p>\n<p>\u00a0 (ENERO 13)<\/p>\n<p>\u00a0 &#8220;Por la cual se crea el Fondo Rotatorio del Departamento Administrativo de \u00a0 Seguridad y se dictan normas para su organizaci\u00f3n y funcionamiento&#8221;.<\/p>\n<p>\u00a0 El Congreso de Colombia<\/p>\n<p>\u00a0 DECRETA: \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO I<\/p>\n<p>\u00a0 Definici\u00f3n, naturaleza y funciones del Fondo<\/p>\n<p>\u00a0 ARTICULO 1\u00ba.-Cr\u00e9ase el Fondo Rotatorio del Departamento Administrativo de \u00a0 Seguridad como Establecimiento P\u00fablico, con Personer\u00eda Jur\u00eddica, y patrimonio \u00a0 independiente, encargado de obtener y administrar los recursos necesarios para \u00a0 conseguir los bienes y servicios que le permitan el cumplimiento de sus \u00a0 funciones legales.<\/p>\n<p>\u00a0 El Fondo Rotatorio estar\u00e1 adscrito al Departamento Administrativo de Seguridad, \u00a0 tendr\u00e1 su domicilio en la ciudad de Bogot\u00e1, y las funciones t\u00e9cnicas y \u00a0 administrativas para su operaci\u00f3n ser\u00e1n atendidas por los empleados del mismo \u00a0 Departamento seg\u00fan la distribuci\u00f3n que de ellas haga el Jefe. En consecuencia, \u00a0 el Fondo carecer\u00e1 de estructura administrativa y de planta de personal propia.<\/p>\n<p>\u00a0 ARTICULO 2\u00ba.-El Fondo Rotatorio del Departamento Administrativo de Seguridad \u00a0 cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>\u00a0 1. Adquirir los edificios e instalaciones, los equipos de laboratorio, \u00a0 comunicaciones y transporte y los dem\u00e1s elementos que requiera el Departamento \u00a0 Administrativo de Seguridad para el cumplimiento de sus tareas;<\/p>\n<p>\u00a0 2. Adquirir y suministrar los elementos que requiera la conservaci\u00f3n y \u00a0 mantenimiento de los inmuebles y equipos del Departamento;<\/p>\n<p>\u00a0 3. Celebrar contratos de prestaci\u00f3n de servicios para la ejecuci\u00f3n de labores \u00a0 t\u00e9cnicas, cient\u00edficas o docentes que no puedan ser atendidas por el personal de \u00a0 planta del Departamento Administrativo de Seguridad;<\/p>\n<p>\u00a0 4. Asumir los gastos que demanden la elaboraci\u00f3n, transporte, seguros, \u00a0 distribuci\u00f3n y expedici\u00f3n de c\u00e9dulas de extranjer\u00eda, certificados judiciales y \u00a0 carn\u00e9s de competencia del Departamento Administrativo de Seguridad;<\/p>\n<p>\u00a0 5. Asumir los gastos que demande la impresi\u00f3n y distribuci\u00f3n del \u00f3rgano de \u00a0 divulgaci\u00f3n del Departamento;<\/p>\n<p>\u00a0 6. Asumir los gastos que demande la asistencia judicial del personal del \u00a0 Departamento que deba comparecer ante los jueces por infracciones a las Leyes \u00a0 con ocasi\u00f3n del ejercicio de sus funciones y en desarrollo de las mismas, cuando \u00a0 ellos sean necesarios ajuicio del Jefe del Departamento;<\/p>\n<p>\u00a0 7. Adquirir o construir y mantener instalaciones para las Academias, Escuelas o \u00a0 centros de Formaci\u00f3n y Capacitaci\u00f3n de Investigadores y T\u00e9cnicos en todo lo \u00a0 relacionado con Inteligencia, Polic\u00eda Judicial, Seguridad Rural, Emigraci\u00f3n e \u00a0 Inmigraci\u00f3n, Seguridad Personal y Polic\u00eda Cient\u00edfica y asumir los gastos que \u00a0 demande su funcionamiento y la realizaci\u00f3n de sus programas;<\/p>\n<p>\u00a0 8. Asumir los gastos que demanden los programas de bienestar social, recreaci\u00f3n, \u00a0 vivienda y casinos de los empleados del Departamento Administrativo de Seguridad \u00a0 y el funcionamiento de Liceos para los hijos de los empleados, para lo cual \u00a0 podr\u00e1 destinar hasta un quince por ciento (15%) de sus ingresos.<\/p>\n<p>\u00a0 La Junta Administradora del Fondo podr\u00e1 destinar un 10% m\u00e1s para auxiliar por \u00a0 una sola vez, en forma discrecional y previa reglamentaci\u00f3n del Gobierno, a los \u00a0 familiares del empleado que fallezca en acci\u00f3n violenta de servicio o que como \u00a0 consecuencia de la misma quede con una invalidez permanente.<\/p>\n<p>\u00a0 En la misma forma, la Junta Administradora podr\u00e1 disponer en forma discrecional \u00a0 de este 10% para costear los gastos totales de entierro del empleado que \u00a0 fallezca estando al servicio de la Instituci\u00f3n..<\/p>\n<p>\u00a0 CAPITULO II<\/p>\n<p>\u00a0 Direcci\u00f3n v Administraci\u00f3n del Fondo<\/p>\n<p>\u00a0 ARTICULO 3\u00ba.-La direcci\u00f3n v administraci\u00f3n del Fondo estar\u00e1 a cargo de un \u00a0 Consejo Directivo presidido por el Jefe del Departamento Administrativo de \u00a0 Seguridad e Integrado, adem\u00e1s, por un delegado del Presidente de la Rep\u00fablica, y \u00a0 por el Secretario General, el Jefe de la Oficina Jur\u00eddica y los Jefes de las \u00a0 Divisiones de Personal y de Servicios y Suministros del Departamento.<\/p>\n<p>\u00a0 ARTICULO 4\u00ba.-El Consejo Directivo tendr\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>\u00a0 a) Formular la pol\u00edtica general del organismo y los planes y programas que deba \u00a0 desarrollar:<\/p>\n<p>\u00a0 b) Adoptar los estudios de la entidad;<\/p>\n<p>\u00a0 d) Autorizar o aprobar todo acto o contrato cuya cuant\u00eda exceda de trescientos \u00a0 mil pesos ($300.000.00);\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 c) Autorizar al Jefe del Departamento para delegar en los funcionarios que el \u00a0 mismo Consejo determine el cumplimiento de algunas funciones que le corresponden \u00a0 como Gerente del Fondo;<\/p>\n<p>\u00a0 f) Las dem\u00e1s que se\u00f1alen la Ley, los reglamentos y los estatutos.<\/p>\n<p>\u00a0 ARTICULO 5\u00ba.-El Jefe del Departamento har\u00e1 las veces de Gerente del Fondo y, en \u00a0 consecuencia, llevar\u00e1 su representaci\u00f3n legal. Previa autorizaci\u00f3n del Consejo \u00a0 Directivo, el Jefe del Departamento podr\u00e1 delegar en el Secretario General la \u00a0 ordenaci\u00f3n del gasto y, en este caso, los actos del delegado, cuando as\u00ed se \u00a0 requiera, ser\u00e1n refrendados por el Jefe de la Oficina Jur\u00eddica del Departamento.<\/p>\n<p>\u00a0 ARTICULO 6\u00ba.-La vigilancia de la gesti\u00f3n del Fondo se cumplir\u00e1 por intermedio de \u00a0 la Auditoria Fiscal de la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica ante el \u00a0 Departamento Administrativo de Seguridad.<\/p>\n<p>\u00a0 ARTICULO 7\u00ba.-Corresponde al Gerente del Fondo:<\/p>\n<p>\u00a0 a) Dictar los actos, realizar las operaciones y celebrar los contratos para el \u00a0 cumplimiento de las funciones del Fondo;<\/p>\n<p>\u00a0 b) Atribuir funciones especificas a los empleados del Departamento \u00a0 Administrativo de Seguridad para el cumplimiento de los objetivos del Fondo;<\/p>\n<p>\u00a0 c) Elaborar y someter a la consideraci\u00f3n del Consejo Directivo el proyecto anual \u00a0 de presupuesto de ingresos, gastos e inversiones del Fondo y las sugerencias que \u00a0 estime convenientes para el buen funcionamiento del organismo;<\/p>\n<p>\u00a0 d) Ejecutar el presupuesto, abrir cr\u00e9ditos adicionales, efectuar traslados y \u00a0 hacer las dem\u00e1s operaciones necesarias para el cumplimiento de las funciones del \u00a0 Fondo, con arreglo a las normas legales y reglamentarias sobre la materia;<\/p>\n<p>\u00a0 e) Presentar anualmente al Presidente de la Rep\u00fablica el balance y un informe \u00a0 sobre la marcha general de la entidad;<\/p>\n<p>\u00a0 f) Representar al Fondo en juicio o fuera de \u00e9l;<\/p>\n<p>\u00a0 g) Proferir las providencias que requiera la marcha administrativa del Fondo, en \u00a0 especial para el control de los contratos que celebre, los cuales deben regirse \u00a0 por las disposiciones legales y reglamentarias expedidas para los \u00a0 establecimientos p\u00fablicos del orden nacional;<\/p>\n<p>\u00a0 h) Constituir mandatarios judiciales y extrajudiciales;<\/p>\n<p>\u00a0 i) Organizar y reglamentar, de acuerdo con las normas expedidas por la \u00a0 Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica, el sistema de contabilidad del Fondo, y<\/p>\n<p>\u00a0 j) Las dem\u00e1s que le correspondan como representante legal del Fondo o se le \u00a0 atribuyan por ley o reglamento.<\/p>\n<p>\u00a0 CAPITULO III<\/p>\n<p>\u00a0 Patrimonio del Fondo<\/p>\n<p>\u00a0 ARTICULO 8\u00ba.-El Patrimonio del Fondo Rotatorio del Departamento Administrativo \u00a0 de Seguridad estar\u00e1 constituido por:<\/p>\n<p>\u00a0 a) Las partidas que expresamente se le asignen en el presupuesto nacional;<\/p>\n<p>\u00a0 b) Los dineros provenientes de adquisici\u00f3n de c\u00e9dulas de extranjer\u00eda, \u00a0 certificados, producto de remates, multas y dep\u00f3sitos se\u00f1alados en el articulo \u00a0 3\u00ba de la Ley 15 de 1968;<\/p>\n<p>\u00a0 c) Los dineros dejados de percibir por los empleados del Departamento \u00a0 Administrativo de Seguridad como consecuencia de la suspensi\u00f3n en el ejercicio \u00a0 de sus funciones cuando hubiere sido condenados, todo de conformidad con lo \u00a0 dispuesto en los art\u00edculos 35 y 36 del Decreto Ley 625 de 1974;<\/p>\n<p>\u00a0 e) El cincuenta por ciento (50%) de la asignaci\u00f3n b\u00e1sica mensual fijada para los \u00a0 cargos de detectives investigadores, detectives dactiloscopistas y de seguridad, \u00a0 rural alumnos, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley 1550 de 1978 y \u00a0 el cincuenta por ciento (50%) de las mismas asignaciones para los cargos de \u00a0 Auxiliares Administrativos (Oficial de Inmigraci\u00f3n), Alumnos y de Agentes \u00a0 Secretos durante el tiempo de su formaci\u00f3n profesional;<\/p>\n<p>\u00a0 f) Los dineros provenientes de servicios de protecci\u00f3n y vigilancia contratados \u00a0 en casos especiales con el Departamento Administrativo de Seguridad;<\/p>\n<p>\u00a0 g) Los dineros provenientes de: Aparcamiento y vigilancia de elementos \u00a0 decomisados provisionalmente; distribuci\u00f3n, venta y propaganda del \u00f3rgano de \u00a0 divulgaci\u00f3n del Departamento; matriculas, pensiones y becas que se reciban en \u00a0 los Liceos; arrendamientos de locales; utilidades del suministro de alimentaci\u00f3n \u00a0 v abastecimiento; rendimientos de cafeter\u00edas, casinos y centros de recreaci\u00f3n; \u00a0 intereses corrientes y de mora que se ocasionen por la concesi\u00f3n de pr\u00e9stamos. y \u00a0 ejecuci\u00f3n de programas de bienestar social de acuerdo con la reglamentaci\u00f3n que \u00a0 sobre el particular dicte el Jefe del Departamento;<\/p>\n<p>\u00a0 h) Los dineros, cr\u00e9ditos, elementos devolutivos y especies de cualquier g\u00e9nero \u00a0 que al entrar en vigencia esta Ley estuvieren en Fondos Especiales de las \u00a0 Academias de Investigaci\u00f3n, dep\u00f3sitos para renovaci\u00f3n de equipo de transportes, \u00a0 reposici\u00f3n de elementos varios, reposici\u00f3n de armamento y en el Fondo de \u00a0 Bienestar Social del Departamento;<\/p>\n<p>\u00a0 i) Las donaciones de muebles e inmuebles que se le hagan con arreglo a las \u00a0 normas del Decreto 150 de 1976, y<\/p>\n<p>\u00a0 j) Los dem\u00e1s bienes que. como persona jur\u00eddica, adquiera a cualquier t\u00edtulo.<\/p>\n<p>\u00a0 ARTICULO 9\u00ba.-Los elementos y bienes muebles adquiridos por el Fondo Rotatorio \u00a0 del Departamento Administrativo de Seguridad ingresar\u00e1n y egresar\u00e1n por el \u00a0 Almac\u00e9n General del Departamento de acuerdo con las normas legales sobre la \u00a0 materia.<\/p>\n<p>\u00a0 ARTICULO 10.-El Gobierno Nacional reglamentar\u00e1 lo relacionado con los modelos y \u00a0 valor de las c\u00e9dulas de extranjer\u00eda, certificados judiciales y carn\u00e9s \u00a0 mencionados en esta Ley. (Nota: La expresi\u00f3n se\u00f1alada en negrilla fue declarada \u00a0 inexequible por la Corte Constitucional en sentenica C-2436 de 2005.)<\/p>\n<p>\u00a0 ARTICULO 11.-Esta Ley rige desde la fecha de su promulgaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u00a0 Dada en Bogot\u00e1, D. E., a los tres d\u00edas de diciembre de mil novecientos ochenta.<\/p>\n<p>\u00a0 El Presidente del H. Senado JOSE IGNACIO DIAZ-GRANADOS, el Presidente dc la H. \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 C\u00e1mara, HERNANDO TURBAY TURBAY el Secretario General del H Senado, Amaury \u00a0 Guerrero, El Secretario de la H. C\u00e1mara, Jairo Morera Lizcano.<\/p>\n<p>\u00a0 Rep\u00fablica de Colombia-Gobierno Nacional<\/p>\n<p>\u00a0 Bogot\u00e1, D. E., 13 de enero de 1981.<\/p>\n<p>\u00a0 JULIO CESAR TURBAY AYALA<\/p>\n<p>\u00a0 El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0<\/p>\n<p>Jaime Garc\u00eda \u00a0 Parra, \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de \u00a0 Justicia, \u00a0<\/p>\n<p>Felio Andrade \u00a0 Manrique. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 LEY 4 DE 1981 \u00a0 (ENERO 13) \u00a0 &#8220;Por la cual se crea el Fondo Rotatorio del Departamento Administrativo de \u00a0 Seguridad y se dictan normas para su organizaci\u00f3n y funcionamiento&#8221;. \u00a0 El Congreso de Colombia \u00a0 DECRETA: \u00a0 CAPITULO I \u00a0 Definici\u00f3n, naturaleza [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[124],"tags":[],"class_list":["post-4226","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-leyes-1981"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4226","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=4226"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4226\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=4226"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=4226"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=4226"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}