{"id":4279,"date":"2024-02-06T22:19:22","date_gmt":"2024-02-06T22:19:22","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/2024\/02\/06\/ley-10-de-1982\/"},"modified":"2024-02-06T22:19:22","modified_gmt":"2024-02-06T22:19:22","slug":"ley-10-de-1982","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/2024\/02\/06\/ley-10-de-1982\/","title":{"rendered":"LEY 10 DE 1982"},"content":{"rendered":"\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>LEY 10 DE 1982<\/p>\n<p>\u00a0 (ENERO 20)<\/p>\n<p>\u00a0 Por la cual se ordena la realizaci\u00f3n de una obra de utilidad p\u00fablica en la \u00a0 ciudad de Cartagena, se hace una cesi\u00f3n y se dictan otras disposiciones.<\/p>\n<p>\u00a0 El Congreso de Colombia<\/p>\n<p>\u00a0 DECRETA: \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO 1\u00ba.-Ord\u00e9nase la recuperaci\u00f3n, adecuaci\u00f3n y saneamiento, con materiales \u00a0 de relleno obtenido por dragado de la Ci\u00e9naga de La Virgen o por rellenos \u00a0 convencionales con materiales de cantera, de las tierras de bajamar ubicadas en \u00a0 el Municipio de Cartagena, dentro de los siguientes linderos:<\/p>\n<p>\u00a0 &#8220;Partiendo del punto denominado Pl n\u00famero 1 coordenadas 1&#8217;644.710.00 N y \u00a0 842.415.00 E en l\u00ednea, en sentido Sur-Este, hasta el punto Pl n\u00famero 2 de \u00a0 coordenadas 1&#8217;644.352.00 N y 842.298.00 E; de este punto en l\u00ednea recta y en \u00a0 sentido Sur-este, hasta el punto Pl n\u00famero 3 de coordinadas 1&#8217;644.101.00 N y \u00a0 842.316.00 E; de este punto en l\u00ednea recta en sentido Sur-este hasta el punto Pl \u00a0 n\u00famero 4 de coordenadas 1&#8217;643.935.00N y 842.655.00 E; de este punto en l\u00ednea \u00a0 recta y en sentido sur-este hasta el punto Pl n\u00famero 5 de coordenadas \u00a0 1&#8217;643.743.00 N y 842.990.00 E; de este punto en l\u00ednea recta y en sentido \u00a0 Sur-este hasta el punto Pl n\u00famero 6 de coordenadas 1&#8217;643.656.00 n y 843.268.00 \u00a0 E; de este punto en l\u00ednea recta y en sentido Sur-este hasta el punto Pl n\u00famero 7 \u00a0 de coordenadas 1&#8217;643.589.00 N y 843.619.00 E; de este punto en l\u00ednea recta y en \u00a0 sentido Sur-este hasta el punto Pl n\u00famero 8 de coordenadas 1&#8217;643.450.00 N y 8 E; \u00a0 de este punto en l\u00ednea recta y en sentido Nor-este hasta el punto Pl n\u00famero 9 de \u00a0 coordenadas 1&#8217;643.488.00 n y 845.242.00 E; de este punto en l\u00ednea recta y en \u00a0 sentido Sur-este hasta el punto Pl n\u00famero 10 de coordenadas 1&#8217;643.384.00 N y \u00a0 845.954.00 E; de este punto en l\u00ednea recta y en sentido Sur-este hasta el punto \u00a0 Pl n\u00famero 11 de coordenadas 1&#8217;643.065.00 N y 846.566.00 E; de este punto en \u00a0 l\u00ednea recta y en sentido Sir-Este hasta el punto Pl n\u00famero 12 de coordenadas \u00a0 1&#8217;642.523.50 N y 846.946.50 E; puntos todos ellos pertenecientes a la poligonal \u00a0 de eje de la futura avenida. De este \u00faltimo punto Pl n\u00famero 12 en l\u00ednea recta y \u00a0 en sentido Nor-este hasta el punto denominado LMP-20 de coordenadas 1&#8217;642.569.67 \u00a0 N y 846.875.57 E; de este punto en l\u00ednea recta y en sentido Nor-este hasta ek \u00a0 oybto LMP-19 de coordenadas 1&#8217;642.614.79 N y 846.854.03 E; est epunto en l\u00ednea \u00a0 recta y en sentido Nor-oeste hasta el punto LMP-18 de coordenadas 1&#8217;642.731.12 N \u00a0 y 846.630.09 E; este punto en l\u00ednea recta y en sentido Nor-oeste hasta el punto \u00a0 LMP-17 de coordenadas 1&#8217;642.837.68 N y 846.536.64 E; de este punto en l\u00ednea \u00a0 recta y en sentido Nor-oeste hasta el punto LMP-16 de coordenadas 1&#8217;643.014.11 N \u00a0 y 846.236.62 E; de este punto en l\u00ednea recta y en sentido Nor-oeste hasta el \u00a0 punto LMP-15 de coordenadas 1&#8217;643.164.80 N y 845.228.36 E; de este punto en \u00a0 l\u00ednea recta y en sentido Nor-oeste hasta el punto LMP-14 de coordenadas \u00a0 1&#8217;643.254.94 N y 845.040.05 E; de este punto en l\u00ednea recta y en sentido \u00a0 Sur-oeste hasta el punto LMP-13 de coordenadas 1&#8217;643.224.12 N y 844.906.92 E; de \u00a0 sete punto en l\u00ednea recta y en sentido Nor-oeste hasta el punto LMP-12 de \u00a0 coordenadas 1&#8217;643.238.87 N y 844.061.93 E; de este punto en l\u00ednea recta y en \u00a0 sentido Nor-oeste hasta el punto LMP-11 de coordenadas 1&#8217;643.325.78 N y \u00a0 843.564.26 E; de este punto en l\u00ednea recta y en sentido Nor-oeste hasta el punto \u00a0 LMP-10 de coordenadas 1&#8217;643.394.18 N y 843.390.25 E; de este punto en l\u00ednea \u00a0 recta y en sentido Sur-oeste hasta el punto LMP-9 de coordenadas 1&#8217;643.376.47 N \u00a0 y 843.085.84 E; de este punto en l\u00ednea recta y en sentido Nor-oeste hasta el \u00a0 punto LMP-8 de coordenadas 1&#8217;643.427.45 N y 842.788.35 E; de este punto en l\u00ednea \u00a0 recta y en sentido Nor-oeste hasta el punto LMP-5 de coordenadas 1&#8217;643.536.93 N \u00a0 y 842.525.26 E; de este punto en l\u00ednea recta y en sentido Nor-oeste hasta el \u00a0 punto LMP-6 de coordenadas 1&#8217;643.625.96 N y 842.403.89 E; de este punto en l\u00ednea \u00a0 recta y en sentido Nor-oeste hasta el punto LMP-5 de coordenadas 1&#8217;643.722.98 N \u00a0 842.350.36 E; de este punto en l\u00ednea recta y en sentido Nor-oeste hasta el punto \u00a0 LMP-4 de coordenadas 1&#8217;643.917.84 N 842.259.50 E; de este punto en l\u00ednea recta y \u00a0 en sentido Nor-oeste hasta el punto LM-3 de coordenadas 1&#8217;644.107.61 N y \u00a0 842.237.88 E; este punto en l\u00ednea recta y en sentido Nor-oeste hasta el punto \u00a0 LMP-2 de coordenadas 1&#8217;644.268.11 N y 842.259.87 E; de este punto en l\u00ednea recta \u00a0 y en sentido Nor-este hasta el punto LMP-1 de coordenadas 1&#8217;644.657.70 N y \u00a0 842.275.57 E; de este punto en l\u00ednea recta y en sentido Nor-este hasta el punto \u00a0 LC-3 de coordenadas 1&#8217;644.600.89 N y 842.282.27 E; de este punto en l\u00ednea recta \u00a0 y en snetido Nor-este hasta el punto LC-2 de coordenadas 1&#8217;644.680.79 N y \u00a0 842.317.50 E; de este punto en l\u00ednea recta y en sentido Nor-este el punto LC-1 \u00a0 de coordenadas 1&#8217;644.740.07 N y 842.348.10 E; de este punto en l\u00ednea recta y en \u00a0 sentido Sur-este hasta encontrar el punto Pl N\u00famero 1, punto de partida y \u00a0 encierre; todos estos puntos corresponden estrictamente a los l\u00edmites de la \u00a0 l\u00ednea de m\u00e1s alta marea, defendi\u00e9ndose en esta forma un primer lote de cabida de \u00a0 137.29 Has, aproximadamente&#8221;.<\/p>\n<p>\u00a0 Partiendo del punto Pl n\u00famero 12 de coordenadas 1.642.523.50 N y 846.946.50 E en \u00a0 l\u00ednea recta y en sentido Nor-oeste hasta el punto PC-8 de Coordenadas \u00a0 1.642.968.52 N y 846.824.06 E de este punto en l\u00ednea recta y en sentido Nor-este \u00a0 hasta el punto PC-7 de coordenadas 1.643.113.99 N 846.899.79 E; de este punto en \u00a0 l\u00ednea recta y sentido Nor-este hasta el punto PC-6 de coordenadas 1.643.173.63 N \u00a0 846.967.20 E; de este punto en l\u00ednea recta y en sentido Nor-este hasta el punto \u00a0 PC-5 de coordenadas 1.643.347.65 N y 847.316.22 E; de este punto en l\u00ednea recta \u00a0 y en sentido Sur-oeste hasta el punto PC-4 de coordenadas 1.642.930.98 N y \u00a0 847.218.38 E; de este punto en l\u00ednea recta y en sentido Sur-este hasta el punto \u00a0 PC-3 de coordenadas 1.642.701.83 N y 847.165.55 E; de este punto en l\u00ednea recta \u00a0 y en sentido Sur-oeste hasta el punto PC-2 de coordenadas 1.642.530.89 N y \u00a0 847.129.10 E; de este punto en l\u00ednea recta y en sentido Sur-oeste hasta el punto \u00a0 PC-1 de coordenadas 1.642.447.49 N y 847.107.93 E; de este \u00faltimo punto en l\u00ednea \u00a0 recta y en sentido Nor-oeste hasta encontrar el punto Pl n\u00famero 12 punto de \u00a0 partida y encierre, defini\u00e9ndose en esta forma un segundo lote de cabida \u00a0 superficial de 23.84 hect\u00e1reas aproximadamente.<\/p>\n<p>\u00a0 La descripci\u00f3n de los linderos referidos en los p\u00e1rrafos anteriores, se ha \u00a0 extractado del plano elaborado por el Instituto Geogr\u00e1fico Agust\u00edn Codazzi, a \u00a0 solicitud de la Regional Bolivar del Instituto de Cr\u00e9dito Territorial para estos \u00a0 fines. Dicho plano est\u00e1 aprobado por las autoridades respectivas y forma parte \u00a0 integrante de esta ley.<\/p>\n<p>\u00a0 ARTICULO 2\u00ba.-Para todos los efectos legales, decl\u00e1ranse de utilidad p\u00fablica los \u00a0 trabajos ordenados en el articulo anterior.<\/p>\n<p>\u00a0 ARTICULO 3\u00ba.-Autorizase a la Junta Administradora del Proyecto de Renovaci\u00f3n \u00a0 Urbana de la Zona Sur-oriental de Cartagena, creada por el Decreto 105 del 23 de \u00a0 enero de 1978 y al Instituto de Cr\u00e9dito Territorial Regional Bolivar, como \u00a0 entidad ejecutora, para realizar los trabajos de relleno, adecuaci\u00f3n y \u00a0 saneamiento, ya sea directamente o por contrato, con entidades oficiales o con \u00a0 particulares y con los fondos destinados para el proyecto.<\/p>\n<p>\u00a0 ARTICULO 4\u00ba.-C\u00e9dense a t\u00edtulo gratuito, y como aporte extraordinario a favor del \u00a0 Instituto de Cr\u00e9dito Territorial, Regional Bolivar, los derechos de dominio de \u00a0 la Naci\u00f3n sobre los terrenos que sean recuperados dentro de la zona de bajamar \u00a0 se\u00f1alada en el articulo 1\u00ba de esta ley, con destino exclusivo a la realizaci\u00f3n \u00a0 del Proyecto de Renovaci\u00f3n Urbana de la Zona Sur-oriental de Cartagena.<\/p>\n<p>\u00a0 ARTICULO 5\u00ba.-El Gobierno Nacional, una vez vigente la presente ley, otorgar\u00e1 a \u00a0 favor del Instituto de Cr\u00e9dito Territorial, Seccional Bolivar, la escritura \u00a0 p\u00fablica de cesi\u00f3n de los derechos de la Naci\u00f3n, a los que se refiere el articulo \u00a0 anterior, en una Notaria del C\u00edrculo de Cartagena.<\/p>\n<p>\u00a0 ARTICULO 6\u00ba.-Para la debida realizaci\u00f3n de los trabajos de recuperaci\u00f3n, \u00a0 adecuaci\u00f3n y saneamiento, la Junta Administradora del Proyecto de Renovaci\u00f3n \u00a0 Urbana de la Zona Sur-oriental de Cartagena y su entidad ejecutora, Instituto de \u00a0 Cr\u00e9dito Territorial, Regional Bolivar, deber\u00e1n asegurarse t\u00e9cnicamente y obtener \u00a0 el correspondiente permiso de la Direcci\u00f3n General Mar\u00edtima y Portuaria.<\/p>\n<p>\u00a0 ARTICULO 7\u00ba.-La Junta Administradora del Proyecto de Renovaci\u00f3n Urbana de la \u00a0 Zona Sur-oriental de Cartagena y la entidad ejecutora, Instituto de Cr\u00e9dito \u00a0 Territorial, Regional Bolivar, promover\u00e1n ante las autoridades competentes las \u00a0 acciones conducentes para rescatar los derechos de la Naci\u00f3n en las zonas de \u00a0 bajamar comprendidas dentro de los linderos se\u00f1alados en el articulo 1\u00ba de esta \u00a0 ley, que personas particulares o entidades oficiales haya usurpado.<\/p>\n<p>\u00a0 ARTICULO 8\u00ba.-Contra lo dispuesto en el articulo anterior valdr\u00e1n las pruebas que \u00a0 acrediten dominio privado de conformidad con la ley, sobre terrenos que no sean \u00a0 o hayan sido de bajamar y est\u00e9n comprendidos dentro de los linderos y medidas \u00a0 establecidas en el articulo 1\u00ba de la presente ley.<\/p>\n<p>\u00a0 ARTICULO 9\u00ba.-Esta ley regir\u00e1 desde su promulgaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u00a0 Dada en Bogot\u00e1, D.E., a los &#8230; de las del mes de &#8230; de mil novecientos ochenta \u00a0 y uno.<\/p>\n<p>\u00a0 El Presidente del Honorable Senado de la Rep\u00fablica, GUSTAVO DAJER CHADID, el \u00a0 Presidente de la honorable C\u00e1mara de Representantes, J. AURELIO IRAGORRI \u00a0 HORMAZA, el Secretario General del honorable Senado de la Rep\u00fablica, Crisp\u00edn \u00a0 Villaz\u00f3n de Armas, El Secretario General de la honorable C\u00e1mara de \u00a0 Representantes, Ernesto Tarazona Solano.<\/p>\n<p>\u00a0 Rep\u00fablica de Colombia Gobierno Nacional<\/p>\n<p>\u00a0 Bogot\u00e1, D.E., 14 de enero de 1982.<\/p>\n<p>\u00a0 Publ\u00edquese y c\u00famplase.<\/p>\n<p>\u00a0 JULIO CESAR TURBAY AYALA<\/p>\n<p>\u00a0 El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, Eduar Wiesner Dur\u00e1n, el Ministro de \u00a0 Desarrollo Econ\u00f3mico, Gabriel Melo Guevara , el Ministro de Obras P\u00fablicas y \u00a0 Transporte, Enrique Vargas Ram\u00edrez. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 LEY 10 DE 1982 \u00a0 (ENERO 20) \u00a0 Por la cual se ordena la realizaci\u00f3n de una obra de utilidad p\u00fablica en la \u00a0 ciudad de Cartagena, se hace una cesi\u00f3n y se dictan otras disposiciones. \u00a0 El Congreso de Colombia \u00a0 DECRETA: [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[125],"tags":[],"class_list":["post-4279","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-leyes-1982"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4279","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=4279"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4279\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=4279"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=4279"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=4279"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}