{"id":4296,"date":"2024-02-06T22:19:22","date_gmt":"2024-02-06T22:19:22","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/2024\/02\/06\/ley-27-de-1982\/"},"modified":"2024-02-06T22:19:22","modified_gmt":"2024-02-06T22:19:22","slug":"ley-27-de-1982","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/2024\/02\/06\/ley-27-de-1982\/","title":{"rendered":"LEY 27 DE 1982"},"content":{"rendered":"\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>LEY 27 DE 1982<\/p>\n<p>\u00a0 (FEBRERO 5)<\/p>\n<p>\u00a0 Por la cual se crea la Corporaci\u00f3n Aut\u00f3noma Regional para el Desarrollo e \u00a0 Integraci\u00f3n de Nari\u00f1o y Putumayo y se dictan otras disposiciones.<\/p>\n<p>\u00a0 El Congreso de Colombia<\/p>\n<p>\u00a0 DECRETA: \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO 1\u00ba.-Cr\u00e9ase la Corporaci\u00f3n Aut\u00f3noma Regional para el Desarrollo e \u00a0 Integraci\u00f3n de Nari\u00f1o y Putumayo, CNP, como un establecimiento p\u00fablico especial \u00a0 del orden nacional, adscrito al Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, dotado de \u00a0 patrimonio propio, personer\u00eda jur\u00eddica y autonom\u00eda administrativa, par el \u00a0 cumplimiento de las funciones se\u00f1aladas en la presente ley.<\/p>\n<p>\u00a0 ARTICULO 2\u00ba.-La Corporaci\u00f3n tendr\u00e1 como objeto principal promover y encauzar el \u00a0 desarrollo econ\u00f3mico y social de la regi\u00f3n comprendida bao su jurisdicci\u00f3n, \u00a0 prestar asistencia t\u00e9cnica a entidades oficiales y privadas de la regi\u00f3n y \u00a0 auspiciar y realizar programas y proyectos de integraci\u00f3n con la regi\u00f3n \u00a0 fronteriza de la Rep\u00fablica del Ecuador.<\/p>\n<p>\u00a0 Par\u00e1grafo. La Corporaci\u00f3n tiene jurisdicci\u00f3n en los territorios del \u00a0 Departamentos de Nari\u00f1o y la Intendencia del Putumayo y tendr\u00e1 como domicilio la \u00a0 ciudad de Pasto.<\/p>\n<p>\u00a0 El Gobierno Nacional se\u00f1alar\u00e1 la fecha a partir de la cual se iniciar\u00e1 el \u00a0 funcionamiento de la Corporaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u00a0 ARTICULO 3\u00ba.-La Corporaci\u00f3n tendr\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>\u00a0 a) Elaborar, adoptar y orientar los planes, programas y proyectos que las \u00a0 entidades descentralizadas del orden nacional deben realizar en el territorio de \u00a0 su jurisdicci\u00f3n y establecer las prioridades de inversi\u00f3n correspondientes.<\/p>\n<p>\u00a0 b) Establecer mecanismos de coordinaci\u00f3n, evaluaci\u00f3n y control de las acciones \u00a0 adelantadas por otras entidades p\u00fablicas en el territorio de su jurisdicci\u00f3n. \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 c) Ejercer las funciones o asumir la prestaci\u00f3n de los servicios que le sean \u00a0 delegados por otras entidades p\u00fablicas.<\/p>\n<p>\u00a0 d) Ejecutar directamente o por medio de contratos con otras entidades p\u00fablicas o \u00a0 privadas las acciones incluidas dentro de los planes, programas y proyectos \u00a0 definidos por ella y para las entidades descentralizadas del orden nacional que \u00a0 operen en la regi\u00f3n, cuando \u00e9stas as\u00f3 lo autoricen en forma expresa.<\/p>\n<p>\u00a0 e) Realizar campa\u00f1as educativas de promoci\u00f3n de la comunidad, de capacitaci\u00f3n \u00a0 t\u00e9cnica, de desarrollo agroindustrial, y agropecuario y de conservaci\u00f3n de los \u00a0 recursos naturales, en coordinaci\u00f3n con las entidades legalmente competentes.<\/p>\n<p>\u00a0 f) Asesorar a los municipios ubicados en el territorio de su jurisdicci\u00f3n o en \u00a0 el \u00e1rea de influencia, en el cumplimiento de sus funciones, en la elaboraci\u00f3n de \u00a0 planes de desarrollo y en las gestiones que deban adelantar entre otras \u00a0 entidades publicas o privadas.<\/p>\n<p>\u00a0 g) Participar en la organizaci\u00f3n o fortalecimiento de entidades descentralizadas \u00a0 destinadas a mejorar la prestaci\u00f3n de los servicios p\u00fablicos, la ejecuci\u00f3n de \u00a0 proyectos socioecon\u00f3micos y a fomentar el desarrollo de la regi\u00f3n.<\/p>\n<p>\u00a0 h) Trazar especiales programas de capacitaci\u00f3n del personal vinculado a la \u00a0 Corporaci\u00f3n, con el objeto de logra un m\u00e1ximo de especializaci\u00f3n del recurso \u00a0 humano que posea la entidad.<\/p>\n<p>\u00a0 i) Formar parte de las empresas industriales y comerciales indirectas del \u00a0 Estado, as\u00ed como tambi\u00e9n de Sociedades de Econom\u00eda Mixta Nacionales e \u00a0 Internacionales, siempre y cuando los asociados tengan objetivos afines con los \u00a0 de la Corporaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u00a0 j) Adquirir los bienes necesarios para el cumplimiento de las funciones de la \u00a0 Corporaci\u00f3n mediante compraventa o expropiaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u00a0 k) Determinar los programas de obras de la Corporaci\u00f3n que deban realizarse por \u00a0 el sistema de valorizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u00a0 l) Establecer y cobrar tasas y tarifas por los servicios que preste.<\/p>\n<p>\u00a0 m) Determinar el plan de usos del suelo de las tierras urbanas y rurales de la \u00a0 regi\u00f3n que contemple normas sobre desarrollos: urbanos, agropecuarios, \u00a0 industriales, tur\u00edsticos, pesqueros, mineros, de reforestaci\u00f3n, de cuencas \u00a0 hidrogr\u00e1ficas y de reserva ecol\u00f3gica.<\/p>\n<p>\u00a0 n) Preparar y elaborar conjuntamente con las instituciones correspondientes de \u00a0 la Rep\u00fablica del Ecuador, programas y proyectos de integraci\u00f3n fronteriza para \u00a0 se sometidos luego a la aprobaci\u00f3n de las autoridades competentes, as\u00ed como \u00a0 celebrar los convenios que su realizaci\u00f3n exija.<\/p>\n<p>\u00a0 o) Adelantar programas de generaci\u00f3n, transmisi\u00f3n y distribuci\u00f3n de energ\u00eda \u00a0 el\u00e9ctrica, en coordinaci\u00f3n con los sistemas el\u00e9ctricos del Departamentos de \u00a0 Nari\u00f1o, la Intendencia del Putumayo y el sistema nacional de interconexi\u00f3n \u00a0 el\u00e9ctrica.<\/p>\n<p>\u00a0 p) Promover o ejecutar obras de irrigaci\u00f3n, drenaje, recuperaci\u00f3n de tierras, \u00a0 regulaci\u00f3n de fuentes de agua, defensa contra las inundaciones y contra la \u00a0 degradaci\u00f3n de la calidad de las aguas y su contaminaci\u00f3n y para el manejo \u00a0 integral de cuencas hidrogr\u00e1ficas y aguas subterr\u00e1neas.<\/p>\n<p>\u00a0 q) Reglamentar, administrar, conservar, manejar y fomentar los recursos \u00a0 naturales renovables y del medio ambiente.<\/p>\n<p>\u00a0 r) Aplicar el c\u00f3digo de recursos naturales protecci\u00f3n del medio ambiente.<\/p>\n<p>\u00a0 s) Formular un plan vial para la regi\u00f3n y fomentar el mejoramiento de los \u00a0 sistemas de comunicaci\u00f3n y transporte dentro del \u00e1rea de su jurisdicci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u00a0 ARTICULO 4\u00ba.-La administraci\u00f3n de la Corporaci\u00f3n estar\u00e1 a cargo de la Junta \u00a0 Directiva y del Director Ejecutivo.<\/p>\n<p>\u00a0 ARTICULO 5\u00ba.-La Junta Directiva de la Corporaci\u00f3n estar\u00e1 integrada as\u00ed:<\/p>\n<p>\u00a0 1\u00ba. El Jefe del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n o su Delegado, quien la \u00a0 presidir\u00e1.<\/p>\n<p>\u00a0 2\u00ba. El Gobernador de Nari\u00f1o o su Delegado.<\/p>\n<p>\u00a0 3\u00ba. El Intendente del Putumayo o su Delegado.<\/p>\n<p>\u00a0 4\u00ba. Dos representantes del Presidente de la Rep\u00fablica y sus respectivos \u00a0 suplentes.<\/p>\n<p>\u00a0 5\u00ba. Dos representantes del sector privado.<\/p>\n<p>\u00a0 ARTICULO 6\u00ba.-Son funciones de la Junta Directiva las siguientes:<\/p>\n<p>\u00a0 a) Adoptar y reformar los estatutos de la Corporaci\u00f3n y determinar su planta de \u00a0 personal, los cuales ser\u00e1n sometidos a l aprobaci\u00f3n del Gobierno Nacional;<\/p>\n<p>\u00a0 b) Dictar el reglamento interno y el manual de funciones de la Corporaci\u00f3n y \u00a0 adoptar, de acuerdo con el Director Ejecutivo, la pol\u00edtica administrativa de la \u00a0 misma;<\/p>\n<p>\u00a0 c) Establecer cu\u00e1les de los servicios presados por la Corporaci\u00f3n deber\u00e1n ser \u00a0 retribuidos por medio de tasas, y fijas su cuant\u00eda y forma de pago, todo de \u00a0 acuerdo con las disposiciones legales;<\/p>\n<p>\u00a0 d) Establecer cu\u00e1les de las obras que emprenda la entidad ser\u00e1n financiadas \u00a0 mediante el sistema de valorizaci\u00f3n; liquidar el gravamen correspondiente y \u00a0 reglamentar su recaudo, todo de acuerdo con las disposiciones legales;<\/p>\n<p>\u00a0 e) Autorizar los actos, contratos, operaciones y negocios de la entidad que por \u00a0 su naturaleza o cuant\u00edo requieran de esta formalidad, conforme a la ley o a los \u00a0 estatutos.<\/p>\n<p>\u00a0 f) Aprobar el proyecto de presupuesto anual de ingresos, gastos e inversiones y \u00a0 someterlos al tr\u00e1mite posterior para su adopci\u00f3n por el Congreso;<\/p>\n<p>\u00a0 g) Adoptar planes y proyectos para el desarrollo del \u00e1rea de jurisdicci\u00f3n de la \u00a0 entidad, de conformidad con las reglas que prescriba el Departamento Nacional de \u00a0 Planeaci\u00f3n;<\/p>\n<p>\u00a0 h) Determinar las funciones del Director Ejecutivo, fijar su radio de acci\u00f3n; \u00a0 asignarle facultades y atribuciones que permitan alcanzar los prop\u00f3sitos de la \u00a0 Corporaci\u00f3n;<\/p>\n<p>\u00a0 i) Autorizar al Director Ejecutivo para comprometer a la Corporaci\u00f3n en \u00a0 obligaciones a corto, mediano y largo plazo y para pignorar sus bienes, cuando \u00a0 para el cumplimiento de sus fines ello fuere necesario;<\/p>\n<p>\u00a0 j) Autorizar al Director Ejecutivo para transigir, someter a arbitramento a \u00a0 comprometer diferencias o litigios en que la entidad sea parte, conforme a la \u00a0 ley;<\/p>\n<p>\u00a0 k) Inspeccionar la marcha de la entidad y orientar al Director Ejecutivo en el \u00a0 cumplimiento de sus funciones, y<\/p>\n<p>\u00a0 l) Darse su propio reglamento.<\/p>\n<p>\u00a0 ARTICULO 7\u00ba.-El Director Ejecutivo de la Corporaci\u00f3n es agente del Presidente de \u00a0 la Rep\u00fablica y de su libre nombramiento y remoci\u00f3n. Es el representante legal de \u00a0 la Corporaci\u00f3n y su m\u00e1xima autoridad ejecutiva.<\/p>\n<p>\u00a0 ARTICULO 8\u00ba.-Las funciones principales del patrimonio y renta de la Corporaci\u00f3n \u00a0 son las siguientes:<\/p>\n<p>\u00a0 a) Las sumas recaudadas por concepto del impuesto predial previsto en el \u00a0 articulo 9\u00ba de este Ley.<\/p>\n<p>\u00a0 b) La participaci\u00f3n en las regal\u00edas, c\u00e1nones o beneficios por la explotaci\u00f3n de \u00a0 hidrocarburos de que trata el articulo 10 de esta Ley.<\/p>\n<p>\u00a0 c) Las partidas o aportes que con destino a la Corporaci\u00f3n se prev\u00e9n en el \u00a0 Presupuesto Nacional, en los presupuestos del Departamento de Nari\u00f1o y de la \u00a0 Intendencia del Putumayo u en general en los presupuestos de los municipios, de \u00a0 las entidades descentralizadas o de cualquiera otra entidad p\u00fablica.<\/p>\n<p>\u00a0 d) Los recursos especiales que establezcan leyes, ordenanzas o acuerdos.<\/p>\n<p>\u00a0 e) Los auxilios y donaciones que reciban de entidades o personas p\u00fablicas o \u00a0 privadas nacionales o extranjeras.<\/p>\n<p>\u00a0 f) Los derechos o tasas que pueda percibir por la prestaci\u00f3n o venta de \u00a0 servicios.<\/p>\n<p>\u00a0 g) Las sumas que reciba por contratos de prestaci\u00f3n de servicios.<\/p>\n<p>\u00a0 h) El producto de las multas que imponga.<\/p>\n<p>\u00a0 i) El producto o rendimiento de su patrimonio o de la enajenaci\u00f3n de sus bienes.<\/p>\n<p>\u00a0 j) Los recursos provenientes del cr\u00e9dito interno o externo.<\/p>\n<p>\u00a0 k) Los dem\u00e1s bienes muebles o inmuebles que adquiera cualquier t\u00edtulo.<\/p>\n<p>\u00a0 Par\u00e1grafo. Para el manejo de estos recursos la Corporaci\u00f3n podr\u00e1 adquirir y \u00a0 enajenar bienes muebles o inmuebles, tomar dinero en pr\u00e9stamo tanto en el \u00a0 interior como en el exterior, construir garant\u00edas de sus obligaciones sobre los \u00a0 bienes que posea, recibir o incorporar a su patrimonio donaciones y legados, \u00a0 celebrar toda clase de contratos para la realizaci\u00f3n de sus fines, y, en \u00a0 general, efectuar todos los actos convenientes para la correcta administraci\u00f3n \u00a0 de su patrimonio.<\/p>\n<p>\u00a0 ARTICULO 9\u00ba.-La contribuci\u00f3n de valorizaci\u00f3n de que trata la ley 25 de 1921 y el \u00a0 Decreto 1604 de 1966 es aplicable a todas las obras p\u00fablicas que ejecute la \u00a0 Corporaci\u00f3n, previa declaraci\u00f3n en tal sentido por la Junta Directiva con \u00a0 sujeci\u00f3n a sus estatutos. Corresponder\u00e1 a las autoridades de la Corporaci\u00f3n y a \u00a0 las dependencias que determine la Junta Directiva, establecer, decreta, \u00a0 distribuir, ejecutar, recaudar y liquidar las obras de valorizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u00a0 ARTICULO 10.-Establ\u00e9cese con destino a la Corporaci\u00f3n, un impuesto especial \u00a0 sobre las propiedades inmuebles situadas dentro del \u00e1rea de jurisdicci\u00f3n \u00a0 equivalente al tres por mil (3\u00ba\/m) sobre el monto de los aval\u00faos catastrales.<\/p>\n<p>\u00a0 Los tesoreros municipales cobrar\u00e1n y recaudar\u00e1n el impuesto a que se refiere el \u00a0 inciso anterior, simult\u00e1neamente con el impuesto predial, en forma conjunta e \u00a0 inseparable, dentro de los plazos se\u00f1alados por los municipios par el pago de \u00a0 dicho impuesto. La mora en el pago del impuesto especial con destino a la \u00a0 Corporaci\u00f3n, causar\u00e1 inter\u00e9s del uno por ciento (1%) mensual o por fracci\u00f3n de \u00a0 mes. El impuesto recaudado ser\u00e1 mantenido en cuenta separada y entregado \u00a0 mensualmente por los Tesoreros a la Corporaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u00a0 Par\u00e1grafo 1\u00ba.-Queda exentos de sete impuesto los predios rurales de extensi\u00f3n \u00a0 inferior a veinte hect\u00e1reas (20 Has) y las personas cuyo patrimonio no exceda de \u00a0 cien mil pesos ($100.000) comprobado mediante la presentaci\u00f3n de la copia de la \u00a0 declaraci\u00f3n de renta y patrimonio gravable inmediatamente anterior.<\/p>\n<p>\u00a0 Si se comprueba inexactitud en la declaraci\u00f3n de renta y patrimonio o se \u00a0 establece ocultaci\u00f3n de patrimonio, el Tesorero respectivo har\u00e1 efectivo el \u00a0 impuesto o impondr\u00e1 al contribuyente una multa equivalente al ciento por ciento \u00a0 (100%) del mismo.<\/p>\n<p>\u00a0 La exenci\u00f3n ha de ser reconocida mediante resoluci\u00f3n dictada por el \u00a0 correspondiente tesorero, de la cual remitir\u00e1 copia a la Corporaci\u00f3n. La \u00a0 Corporaci\u00f3n est\u00e1 facultada para revocar la exenci\u00f3n reconocida por el tesorero \u00a0 cuando estime que no se dan las circunstancias legales que la autoriza.<\/p>\n<p>\u00a0 Par\u00e1grafo 2\u00ba.-La Corporaci\u00f3n pagar\u00e1 hasta un 2% del producido del impuesto \u00a0 especial a los Municipios ubicados en su jurisdicci\u00f3n, como reconocimiento a los \u00a0 gastos en que \u00e9stos incurran en le proceso de facturaci\u00f3n, liquidaci\u00f3n y \u00a0 percepci\u00f3n del impuesto. Los Municipios y la Corporaci\u00f3n establecer\u00e1n los \u00a0 acuerdos de rigor.<\/p>\n<p>\u00a0 ARTICULO 11.-La Corporaci\u00f3n tendr\u00e1 derecho a un porcentaje del diez por ciento \u00a0 (10%) de las regal\u00edas, c\u00e1nones o beneficios pagados al Estado por las \u00a0 explotaciones petrol\u00edferas que se adelante por el sistema de concesi\u00f3n, como \u00a0 participaci\u00f3n por la producci\u00f3n de hidrocarburos en el territorio de su \u00a0 jurisdicci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u00a0 Esta participaci\u00f3n ser\u00e1 liquidada por el Ministerio de Minas y disminuye en la \u00a0 proporci\u00f3n correspondiente el porcentaje legalmente establecido para la Naci\u00f3n, \u00a0 la participaci\u00f3n una vez liquidada deber\u00e1 ser pagada por los respectivos \u00a0 concesionarios a la Corporaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u00a0 Par\u00e1grafo.-As\u00ed mismo la Corporaci\u00f3n percibir\u00e1 el 10% de todo canon, regal\u00eda o \u00a0 beneficio que se le pague a la naci\u00f3n en desarrollo de cualquier explotaci\u00f3n de \u00a0 recurso natural que se encuentre en el territorio del Departamento de Nari\u00f1o o \u00a0 la Intendencia del Putumayo.<\/p>\n<p>\u00a0 ARTICULO 12.-EL impuesto previsto en el articulo d\u00e9cimo y la participaci\u00f3n de \u00a0 que trata el articulo 11 de la presente Ley, se har\u00e1n exigibles 60 d\u00edas despu\u00e9s \u00a0 de promulgada la ley. Estos ingresos se comenzar\u00e1n a causar a favor de la \u00a0 Corporaci\u00f3n en la fecha anteriormente determinada, a pesar de que ella no \u00a0 hubiere entrado a funcionar administrativamente.<\/p>\n<p>\u00a0 ARTICULO 13.-Decl\u00e1rase de utilidad p\u00fablica e inter\u00e9s social, la adquisici\u00f3n \u00a0 mediante expropiaci\u00f3n e indemnizaci\u00f3n previa, de los bienes necesarios para el \u00a0 cumplimiento de las funciones de la Corporaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u00a0 ARTICULO 14.-El control fiscal ser\u00e1 ejercido por el Auditor Fiscal que designe \u00a0 el Contralor General de la Rep\u00fablica, de conformidad con las mismas normas a las \u00a0 cuales est\u00e1n sometidos los establecimientos p\u00fablicos del orden nacional.<\/p>\n<p>\u00a0 Dada en Bogot\u00e1, D.E., a los &#8230; d\u00edas del mes de &#8230; de mil novecientos ochenta y \u00a0 uno (1981).<\/p>\n<p>\u00a0 El Presidente del honorable Senado, GUSTAVO DAJER CHADID, el Presidente de la \u00a0 honorable C\u00e1mara, J. AURELIO IRAGORRI JORMANZA, el Secretario General del \u00a0 honorable Senado, Crisp\u00edn Villaz\u00f3n de Armas, el Secretario General de la \u00a0 honorable C\u00e1mara de Representantes, Ernesto Tarazona Solano.<\/p>\n<p>\u00a0 Rep\u00fablica de Colombia-Gobierno Nacional<\/p>\n<p>\u00a0 Bogot\u00e1, D.E., 5 de febrero de 1982.<\/p>\n<p>\u00a0 Publ\u00edquese y ejec\u00fatese.<\/p>\n<p>\u00a0 JULIO CESAR TURBAY AYALA<\/p>\n<p>\u00a0 El Ministro de Gobierno, Jorge Mario Eastman, el Minisro de Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0 P\u00fablico, Eduardo Wiesner Dur\u00e1n, el Jefe del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, \u00a0 Federico Nieto Tafur. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 LEY 27 DE 1982 \u00a0 (FEBRERO 5) \u00a0 Por la cual se crea la Corporaci\u00f3n Aut\u00f3noma Regional para el Desarrollo e \u00a0 Integraci\u00f3n de Nari\u00f1o y Putumayo y se dictan otras disposiciones. \u00a0 El Congreso de Colombia \u00a0 DECRETA: \u00a0 ARTICULO 1\u00ba.-Cr\u00e9ase la [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[125],"tags":[],"class_list":["post-4296","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-leyes-1982"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4296","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=4296"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4296\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=4296"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=4296"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=4296"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}