{"id":615,"date":"2020-11-24T18:15:38","date_gmt":"2020-11-24T18:15:38","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/2020\/11\/24\/ley-544-de-1999\/"},"modified":"2020-11-24T18:15:38","modified_gmt":"2020-11-24T18:15:38","slug":"ley-544-de-1999","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/2020\/11\/24\/ley-544-de-1999\/","title":{"rendered":"LEY 544 DE 1999"},"content":{"rendered":"<p>LEY 544 DE 1999            <\/a><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p align=\"center\"><b><font size=\"2\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" border=\"0\" src=\"http:\/\/dmsjuridica.com\/CODIGOS\/LEGISLACION\/LEYES\/2019\/dms.png\" width=\"138\" height=\"103\"align=\"center\"><\/p>\n<\/p>\n<p align=\"center\"><b><font size=\"6\">LEY 544 DE 1999 <\/font> <\/b><\/p>\n<p align=\"center\"><b><font size=\"2\">(diciembre 23) <\/font> <\/b> <\/p>\n<p align=\"center\"><b><font size=\"2\">Diario Oficial No 43.837, de&nbsp; 31 de diciembre de 1999 <\/font> <\/b><\/p>\n<p align=\"center\"><b><font size=\"2\">EL CONGRESO DE COLOMBIA<\/font><\/b><font size=\"2\"> <\/font><\/p>\n<p align=\"center\"><font size=\"2\">Por medio de la cual se aprueban la &quot;Enmienda al inciso (f) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#17\">17<\/A><\/b> del Acuerdo relativo a la Organizaci\u00f3n Internacional de Telecomunicaciones por Sat\u00e9lite -Intelsat&quot; hecho en Washington el veinte (20) de agosto de mil novecientos setenta y uno (1971), aprobada por la Vig\u00e9sima Asamblea de Partes en Copenhague, Dinamarca, el 31 de agosto de 1995, y la &quot;Enmienda a los Incisos (d) (i) y (h) del art\u00edculo 6o. y (f) del art\u00edculo 22 del Acuerdo Operativo de la Organizaci\u00f3n de Telecomunicaciones por Sat\u00e9lite&quot; hecho en Washington el veinte (20) de agosto de mil novecientos setenta y uno (1971), aprobadas por la Vig\u00e9sima Quinta Reuni\u00f3n de Signatarios en Singapur el 4 de abril de 1995. <\/font><\/p>\n<p><font size=\"2\">*<b>Resumen de Notas de Vigencia<\/b>*<\/font><\/p>\n<p><TABLE cellSpacing=0 cellPadding=6 rules=none width=\"100%\"  border=1 frame=border>      <TR>    <TD align=\"justify\"><b><font size=\"2\">NOTAS DE VIGENCIA<\/font><\/b><font size=\"2\">:<\/font><\/TD><\/TR>    <TR>    <TD align=\"justify\"><font size=\"2\">2. Enmiendas promulgada por el <b> <a hrefx=\"..\/..\/decretos\/2002\/D1472de2002.htm\">Decreto 1472 de 2002<\/a><\/b>, publicado en el Diario Oficial No. 44.873, de 20 de julio de 2002<\/font><\/TD><\/TR>    <TR>    <TD align=\"justify\"><font size=\"2\">1. Ley declarada EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante <b><a hrefx=\"..\/..\/Sentencias\/C-1138-00.rtf\">Sentencia C-1138-00<\/a><\/b> de 30 de agosto de 2000, Magistrado Ponente Dr. Antonio Barrera Carbonell. <\/font> <\/TD><\/TR><\/TABLE><DIV>&nbsp;<\/DIV>   <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\">Visto el texto de la &quot;Enmienda al inciso (f) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#17\">17<\/A><\/b> del Acuerdo Relativo a la Organizaci\u00f3n Internacional de Telecomunicaciones por Sat\u00e9lite&quot; -Intelsat- hecho en Washington el veinte (20) de agosto de mil novecientos setenta y uno (1971) aprobada por la vig\u00e9sima Asamblea de Partes en Copenhague, Dinamarca, el 31 de agosto de 1995 y la &quot;Enmienda a los Incisos (d)(i) y (h) del art\u00edculo 6o. y (f) del art\u00edculo 22 del Acuerdo Operativo de la Organizaci\u00f3n de Telecomunicaciones por Sat\u00e9lite&quot; hecho en Washington el veinte (20) de agosto de mil novecientos setenta y uno (1971), aprobadas por la Vig\u00e9sima Quinta Reuni\u00f3n de Signatarios en Singapur el 4 de abril de 1995. <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\">(Para ser transcrito: se adjuntan fotocopias de los textos \u00edntegros de los instrumentos internacionales mencionados, incluidas sus enmiendas, debidamente autenticados por el Jefe de la Oficina Jur\u00eddica del Ministerio de Relaciones Exteriores). <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\">&nbsp;<\/p>\n<p align=\"center\"><b><font size=\"2\">ACUERDO RELATIVO A LA ORGANIZACI\u00d3N INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES POR SAT\u00c9LITE &quot;INTELSAT&quot;  <\/font><\/b><\/p>\n<p>  <font size=\"2\" face=\"Arial\">Incluida la enmienda al inciso (f) del Art\u00edculo XVII del Acuerdo aprobada por la Vig\u00e9sima Asamblea de Partes en Copenhague, Dinamarca, el 31 de agosto de 1995. <\/font> <DIV>&nbsp;<\/DIV> <\/p>\n<p align=\"center\"><b><font size=\"2\" face=\"Arial\">PRE\u00c1MBULO: <\/font> <\/b><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Los Estados Partes del presente Acuerdo, <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Considerando el principio enunciado en la Resoluci\u00f3n 1721 (XVI) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, estimando que la comunicaci\u00f3n por medio de sat\u00e9lites debe estar cuanto antes al alcance de todas las naciones del mundo con car\u00e1cter universal y sin discriminaci\u00f3n alguna, <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Considerando las disposiciones pertinentes del Tratado sobre los principios que deben regir las actividades de los Estados en la exploraci\u00f3n y utilizaci\u00f3n del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, y en particular su art\u00edculo <b> <A hrefx=\"Leyes\/L0544_99.htm#1\">1<\/A> <\/b>que declara que el espacio ultraterrestre deber\u00e1 utilizarse en provecho y en inter\u00e9s de todos los pa\u00edses, <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Visto que en virtud del Acuerdo por el que se establece un r\u00e9gimen provisional de un sistema comercial mundial de telecomunicaciones por sat\u00e9lite, y el Acuerdo Especial af\u00edn, se ha creado un sistema comercial mundial de telecomunicaciones por sat\u00e9lite, <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Deseosos de continuar el desarrollo de este sistema de telecomunicaciones por sat\u00e9lite con el objeto de lograr un sistema comercial mundial \u00fanico de telecomunicaciones por sat\u00e9lite como parte de una red mundial perfeccionada de telecomunicaciones capaz de suministrar servicios m\u00e1s amplios de telecomunicaciones a todas las \u00e1reas del mundo y de contribuir a la paz y al entendimiento mundiales, <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Decididos a brindar a tales fines, para beneficio de toda la humanidad, por medio de las t\u00e9cnicas m\u00e1s avanzadas disponibles, las instalaciones m\u00e1s eficaces y econ\u00f3micas posibles compatibles con el mejor y m\u00e1s equitativo uso del espectro de frecuencias radioel\u00e9ctricas y del espacio orbital, <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Estimando que las telecomunicaciones por sat\u00e9lite deber\u00e1n estar organizadas de modo que permitan a todos los pueblos tener acceso al sistema mundial de sat\u00e9lites, y permitan a aquellos Estados miembros de la Uni\u00f3n Internacional de Telecomunicaciones que as\u00ed lo deseen la posibilidad de invertir capital en dicho sistema y de participar, por consiguiente, en la concepci\u00f3n, desarrollo, construcci\u00f3n, incluido el suministro de equipo, instalaci\u00f3n, explotaci\u00f3n, mantenimiento y propiedad del sistema. <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">En virtud del Acuerdo por el que se establece un r\u00e9gimen provisional de un sistema comercial mundial de telecomunicaciones por sat\u00e9lite. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Convienen en lo siguiente: <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <font face=\"Arial\"><A name=1><b><font size=\"2\">ARTICULO 1o. <i>Definiciones.<\/i><\/font><\/b><\/A><i><font size=\"2\"> <\/font><\/i><\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Para los fines del presente Acuerdo: <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(a) El t\u00e9rmino<b> &quot;Acuerdo&quot; <\/b>designa el presente Acuerdo, incluidos los anexos al mismo, pero excluyendo los t\u00edtulos de los art\u00edculos, abierto a la firma de los Gobiernos en Washington el 20 de agosto de 1971, por el cual se establece la Organizaci\u00f3n Internacional de Telecomunicaciones por Sat\u00e9lite &quot;Intelsat&quot;: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(b) El t\u00e9rmino <b>&quot;Acuerdo Operativo&quot;<\/b> designa el acuerdo, incluido su anexo, pero excluyendo los t\u00edtulos de los art\u00edculos, abierto en Washington el 20 de agosto de 1971 a la firma de los Gobiernos o de las entidades de telecomunicaciones designadas por los gobiernos, de conformidad con las disposiciones del presente Acuerdo; <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(c) El t\u00e9rmino <b>&quot;Acuerdo Provisional&quot; <\/b>designa el Acuerdo que establece un r\u00e9gimen provisional para el sistema mundial comercial de comunicaciones por sat\u00e9lite, firmado por los Gobiernos en Washington el 20 de agosto de 1964; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(d) El t\u00e9rmino <b>&quot;Acuerdo Especial&quot;<\/b> designa el Acuerdo firmado el 20 de agosto de 1964 por los Gobiernos o por las entidades de telecomunicaciones designadas por los Gobiernos, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo Provisional; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(e) El t\u00e9rmino <b>&quot;Comit\u00e9 Interino de Telecomunicaciones por Sat\u00e9lite&quot;<\/b> designa el Comit\u00e9 establecido por el art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#4\">4<\/A><\/b> del Acuerdo Provisional; <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(f) El t\u00e9rmino <b>&quot;Parte&quot;<\/b> designa el Estado para el cual el presente Acuerdo ha entrado en vigor al cual se le aplica provisionalmente; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(g) El t\u00e9rmino <b>&quot;Signatario&quot;<\/b> designa la parte o la entidad de telecomunicaciones designada por la parte, que ha firmado el Acuerdo Operativo y para la cual este \u00faltimo ha entrado en vigor o al cual se le aplica provisionalmente; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(h) El t\u00e9rmino <b>&quot;segmento espacial&quot; <\/b>designa los sat\u00e9lites de telecomunicaciones, las instalaciones y los equipos de seguimiento, telemetr\u00eda, telemando, control, comprobaci\u00f3n y dem\u00e1s conexos necesarios para el funcionamiento de dichos sat\u00e9lites; <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(i) El t\u00e9rmino<b> &quot;segmento espacial de Intelsat&quot;<\/b> designa el segmento espacial propiedad de Intelsat; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(j) El t\u00e9rmino <b>&quot;telecomunicaciones&quot;<\/b> designa toda transmisi\u00f3n, emisi\u00f3n o recepci\u00f3n de signos, se\u00f1ales, escritos, im\u00e1genes, sonidos o informaciones de cualquier naturaleza, por hilo, radioelectricidad, medios \u00f3pticos u otros sistemas electromagn\u00e9ticos; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(k) El t\u00e9rmino <b>&quot;servicios p\u00fablicos de telecomunicaciones&quot; <\/b>designa los servicios de telecomunicaciones fijos o m\u00f3viles que puedan prestarse por medio de sat\u00e9lite y que est\u00e9n disponibles para su uso por el p\u00fablico, tales como telefon\u00eda, telegraf\u00eda, t\u00e9lex, transmisi\u00f3n de facs\u00edmil, transmisi\u00f3n de datos, transmisi\u00f3n de programas de radiodifusi\u00f3n y de televisi\u00f3n entre estaciones terrenas aprobadas para tener acceso al segmento espacial de Intelsat, para su posterior transmisi\u00f3n al p\u00fablico, as\u00ed como circuitos arrendados para cualquiera de estos prop\u00f3sitos; pero excluyendo aquellos servicios m\u00f3viles de un tipo que no haya sido proporcionado de conformidad con el Acuerdo Provisional y el Acuerdo Especial antes de la apertura a firma del presente Acuerdo, suministrados por medio de estaciones m\u00f3viles que operen directamente con un sat\u00e9lite concebido total o parcialmente para prestar servicios relacionados con la seguridad o control en vuelo de aeronaves o con la radionavegaci\u00f3n a\u00e9rea o mar\u00edtima; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(l) El t\u00e9rmino <b>&quot;servicios especializados de telecomunicaciones&quot; <\/b>designa los servicios de telecomunicaciones distintos de aquellos definidos en el p\u00e1rrafo (k) del presente art\u00edculo, que pueden prestarse por medio de sat\u00e9lite, incluyendo, aunque sin limitarse a ello, servicios de radionavegaci\u00f3n, de radiodifusi\u00f3n por sat\u00e9lite para recepci\u00f3n por el p\u00fablico en general, de investigaci\u00f3n espacial, meteorol\u00f3gicos y los relativos a recursos terrestres; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(m) El t\u00e9rmino <b>&quot;bienes&quot;<\/b> comprende todo elemento, incluso derechos contractuales, cualquiera que sea su naturaleza, sobre los cuales se puedan ejercer derechos de propiedad; y <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(n) Los t\u00e9rminos <b>&quot;concepci\u00f3n&quot;<\/b> y <b>&quot;desarrollo&quot;<\/b> incluyen la investigaci\u00f3n directamente relacionada con los prop\u00f3sitos de Intelsat. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <font face=\"Arial\"><A name=2><b><font size=\"2\">ARTICULO 2o. <i>Establecimiento de Intelsat.<\/i><\/font><\/b><\/A><i><font size=\"2\"> <\/font><\/i><\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(a) Dando debida consideraci\u00f3n a los principios enunciados en el pre\u00e1mbulo del presente Acuerdo, las partes establecen por el mismo la organizaci\u00f3n internacional de telecomunicaciones por sat\u00e9lite &quot;Intelsat&quot;, cuyo fin principal es continuar y perfeccionar sobre una base definitiva la concepci\u00f3n, desarrollo, construcci\u00f3n, establecimiento, mantenimiento y explotaci\u00f3n del segmento espacial del sistema comercial mundial de telecomunicaciones por sat\u00e9lite, establecido conforme a las disposiciones del Acuerdo Provisional y del Acuerdo Especial; <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(b) Cada Estado parte firmar\u00e1 o designar\u00e1 una entidad de telecomunicaciones, p\u00fablica o privada, para que firme el Acuerdo Operativo, el cual ser\u00e1 concluido de conformidad con las disposiciones del presente Acuerdo, y que se abrir\u00e1 a la firma al mismo tiempo que el presente Acuerdo. Las relaciones entre cualquier entidad de telecomunicaciones, en su calidad de Signatario, y la parte que la design\u00f3 se regir\u00e1n por la legislaci\u00f3n nacional aplicable; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(c) Las administraciones y entidades de telecomunicaciones podr\u00e1n, conforme a su legislaci\u00f3n nacional aplicable, negociar y concertar directamente aquellos acuerdos sobre tr\u00e1fico que fueren apropiados respecto al uso, por parte de las mismas, de los circuitos de telecomunicaciones suministrados en virtud del presente Acuerdo y del Acuerdo Operativo, as\u00ed como los servicios que habr\u00e1n de proporcionarse al p\u00fablico, las instalaciones, la distribuci\u00f3n de los ingresos y los acuerdos comerciales conexos. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <font face=\"Arial\"><A name=3><b><font size=\"2\">ARTICULO 3o. <i>Alcance de las actividades de Intelsat.<\/i><\/font><\/b><\/A><i><font size=\"2\"> <\/font><\/i><\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(a) En la continuaci\u00f3n y mejoramiento sobre bases definitivas de las actividades relativas al segmento espacial del sistema comercial mundial de telecomunicaciones por sat\u00e9lite a que se refiere el p\u00e1rrafo (a) del art\u00edculo II del presente Acuerdo, Intelsat tendr\u00e1 como objetivo primordial el suministro, sobre una base comercial, del segmento espacial necesario para proveer a todas las \u00e1reas del mundo y sin discriminaci\u00f3n, servicios internacionales p\u00fablicos de telecomunicaciones de alta calidad y confianza. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(b) Ser\u00e1n considerados sobre las mismas bases que los servicios internacionales p\u00fablicos de telecomunicaciones: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(i) Los servicios nacionales p\u00fablicos de telecomunicaciones entre \u00e1reas separadas por \u00e1reas que no se hallen bajo la jurisdicci\u00f3n del Estado interesado, o entre \u00e1reas separadas por alta mar; y <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ii) Los servicios nacionales p\u00fablicos de telecomunicaciones entre \u00e1reas que no est\u00e9n comunicadas entre s\u00ed mediante instalaciones terrestres de banda ancha y que se hallen separadas por barreras naturales de un car\u00e1cter tan excepcional que impidan el establecimiento viable de instalaciones terrestres de banda ancha entre tales \u00e1reas, siempre que la Reuni\u00f3n de Signatarios, tomando en cuenta el asesoramiento de la Junta de Gobernadores, otorgue previamente la aprobaci\u00f3n pertinente. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(c) El segmento espacial de Intelsat, establecido para lograr su objetivo primordial, se suministrar\u00e1, as\u00ed mismo, para otros servicios nacionales p\u00fablicos de telecomunicaciones, sobre una base no discriminatoria y en la medida en que ello no menoscabe la capacidad de Intelsat para lograr su objetivo primordial. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(d) A petici\u00f3n, y sujeto a t\u00e9rminos y condiciones apropiados, el segmento espacial de Intelsat tambi\u00e9n podr\u00e1 utilizarse para servicios especializados de telecomunicaciones, internacionales o nacionales, no destinados a fines militares, siempre que: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(i) Con ello no se afectare desfavorablemente el suministro de servicios p\u00fablicos de telecomunicaciones; y <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ii) Los arreglos fueren, por lo dem\u00e1s, aceptables desde el punto de vista t\u00e9cnico y econ\u00f3mico. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(e) Intelsat podr\u00e1 proporcionar, separadamente de su segmento espacial, sat\u00e9lites o instalaciones conexas, a petici\u00f3n y sujeto a t\u00e9rminos y condiciones apropiados para: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(i) Servicios nacionales p\u00fablicos de telecomunicaciones en territorios bajo la jurisdicci\u00f3n de una o m\u00e1s Partes; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ii) Servicios internacionales p\u00fablicos de telecomunicaciones entre territorios bajo la jurisdicci\u00f3n de dos o m\u00e1s partes; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(iii) Servicios especializados de telecomunicaciones, que no fueren para fines militares; Siempre que la operaci\u00f3n eficiente y econ\u00f3mica del segmento espacial de Intelsat no fuere menoscabada en forma alguna. <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(f) La utilizaci\u00f3n del segmento espacial de Intelsat para servicios especializados de telecomunicaciones de conformidad con el p\u00e1rrafo (d) del presente art\u00edculo, as\u00ed como el suministro de sat\u00e9lites o instalaciones conexas separados del segmento espacial de Intelsat de conformidad con el p\u00e1rrafo (e) del presente art\u00edculo, ser\u00e1n objeto de contratos concertados entre Intelsat y quienes lo soliciten. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">La utilizaci\u00f3n de instalaciones del segmento espacial de Intelsat para servicios especializados de telecomunicaciones de conformidad con el p\u00e1rrafo (d) del presente art\u00edculo, as\u00ed como el suministro de sat\u00e9lites o instalaciones conexas separados del segmento espacial de Intelsat para servicios especializados de telecomunicaciones de conformidad con el inciso (iii) del p\u00e1rrafo (e) del presente art\u00edculo, deber\u00e1n estar de acuerdo con autorizaciones apropiadas de la Asamblea de Partes, en la etapa de planeaci\u00f3n, de conformidad con el inciso (iv) del p\u00e1rrafo (c) del art\u00edculo VII del presente Acuerdo. Si la utilizaci\u00f3n de las instalaciones del segmento espacial de Intelsat para servicios especializados de telecomunicaciones ocasionare gastos adicionales que resultasen de modificaciones requeridas en las instalaciones existentes o proyectadas del segmento espacial de Intelsat, o si se trata del suministro de sat\u00e9lites o instalaciones conexas separados del segmento espacial de Intelsat para servicios especializados de telecomunicaciones de conformidad con el inciso (iii) del p\u00e1rrafo (e) del presente art\u00edculo, se deber\u00e1 obtener, de conformidad con el inciso (iv) del p\u00e1rrafo (c) del art\u00edculo<b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#7\">7<\/A> <\/b>del presente Acuerdo, la autorizaci\u00f3n de la Asamblea de Partes tan pronto como la Junta de Gobernadores pueda informar detalladamente a la Asamblea de Partes sobre el costo estimado de la propuesta, los beneficios que de ella se derivar\u00edan, los problemas t\u00e9cnicos o de otra \u00edndole que implicar\u00eda y los probables efectos sobre los servicios existentes o previsibles de Intelsat. Dicha autorizaci\u00f3n se obtendr\u00e1 antes de iniciar el procedimiento de adquisici\u00f3n de la instalaci\u00f3n o instalaciones en cuesti\u00f3n. Antes de conceder tales autorizaciones, la Asamblea de Partes, en casos apropiados, llevar\u00e1 a cabo consultas, o se cerciorar\u00e1 de que ha habido consultas por parte de Intelsat, con los Organismos Especializados de las Naciones Unidas que tengan competencia directa respecto del suministro de los servicios especializados de telecomunicaciones en cuesti\u00f3n. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <font face=\"Arial\"><A name=4><b><font size=\"2\">ARTICULO 4o. <i>Personalidad jur\u00eddica.<\/i><\/font><\/b><\/A><i><font size=\"2\"> <\/font><\/i><\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(a) Intelsat gozar\u00e1 de personalidad jur\u00eddica. Tendr\u00e1 la plena capacidad necesaria para el ejercicio de sus funciones y el logro de sus objetivos, incluyendo la de: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">i) Concertar acuerdos con Estados u organizaciones internacionales; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ii) Contratar; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(iii) Adquirir bienes y disponer de ellos; y <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(iv) Actuar en juicio. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(b) Cada parte deber\u00e1 adoptar las medidas que sean necesarias dentro de su respectiva jurisdicci\u00f3n para hacer efectivas, en t\u00e9rminos de sus propias leyes, las disposiciones del presente art\u00edculo. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <font face=\"Arial\"><A name=5><b><font size=\"2\">ARTICULO 5o.<i> Principios financieros.<\/i><\/font><\/b><\/A><i><font size=\"2\"> <\/font><\/i><\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(a) Intelsat ser\u00e1 la propietaria del segmento espacial de Intelsat y de todos los dem\u00e1s bienes adquiridos por Intelsat. El inter\u00e9s financiero en Intelsat de cada signatario ser\u00e1 igual al monto a que se llegue mediante la aplicaci\u00f3n de su participaci\u00f3n de inversi\u00f3n a la evaluaci\u00f3n efectuada seg\u00fan se determina en el art\u00edculo 7o. del Acuerdo Operativo; <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(b) Cada signatario tendr\u00e1 una participaci\u00f3n de inversi\u00f3n correspondiente a su porcentaje de la utilizaci\u00f3n total del segmento espacial de Intelsat por todos los signatarios, seg\u00fan se determina en las disposiciones del Acuerdo Operativo. No obstante, ning\u00fan signatario, aun si su utilizaci\u00f3n del segmento espacial de Intelsat es nula, tendr\u00e1 una participaci\u00f3n de inversi\u00f3n inferior a la m\u00ednima establecida en el Acuerdo Operativo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(c) Cada Signatario contribuir\u00e1 a las necesidades de capital de Intelsat y recibir\u00e1 el reembolso de capital y la compensaci\u00f3n por uso de capital, de conformidad con las disposiciones del Acuerdo Operativo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(d) Todos los usuarios del segmento espacial de Intelsat pagar\u00e1n cargos de utilizaci\u00f3n determinados conforme a las disposiciones del presente Acuerdo y del Acuerdo Operativo. Las tasas de utilizaci\u00f3n del segmento espacial para cada tipo de utilizaci\u00f3n ser\u00e1n las mismas para todos los solicitantes de asignaci\u00f3n del segmento espacial para dicho tipo de utilizaci\u00f3n; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(e) Intelsat podr\u00e1 financiar y tener la propiedad, como parte del segmento espacial de Intelsat, de los sat\u00e9lites e instalaciones conexas separados a que se hace referencia en el p\u00e1rrafo (e) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#3\">3<\/A><\/b> del presente Acuerdo, previa aprobaci\u00f3n un\u00e1nime de todos los Signatarios. Si no se concediera dicha aprobaci\u00f3n, deber\u00e1n permanecer separados del segmento espacial de Intelsat y los que lo soliciten tendr\u00e1n que financiar y tener la propiedad de los mismos. En este caso, los t\u00e9rminos y las condiciones financieras fijadas por Intelsat, ser\u00e1n suficientes para cubrir plenamente los gastos que resulten de la concepci\u00f3n, el desarrollo, la construcci\u00f3n y el suministro de dichos sat\u00e9lites e instalaciones conexas separados, as\u00ed como una parte adecuada de los gastos generales y administrativos de Intelsat. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <font face=\"Arial\"><A name=6><b><font size=\"2\">ARTICULO 6o. <i>Estructura de Intelsat.<\/i><\/font><\/b><\/A><i><font size=\"2\"> <\/font><\/i><\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(a) Intelsat tendr\u00e1 los siguientes \u00f3rganos: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(i) La Asamblea de Partes; <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ii) La Reuni\u00f3n de Signatarios; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(iii) La Junta de Gobernadores; y <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(iv) Un \u00f3rgano ejecutivo, responsable ante la junta de Gobernadores; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(b) Excepto en la medida en que el presente Acuerdo o el Acuerdo Operativo espec\u00edficamente dispongan otra cosa, ning\u00fan \u00f3rgano tomar\u00e1 decisiones o actuar\u00e1 de cualquier otro modo que altere, anule, demore o de cualquier manera que obstaculice el ejercicio de un poder o el cumplimiento de una responsabilidad o funci\u00f3n atribuida a otro \u00f3rgano por el presente Acuerdo o por el Acuerdo Operativo; <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(c) Con sujeci\u00f3n al p\u00e1rrafo (b) del presente art\u00edculo, la Asamblea de Partes, la Reuni\u00f3n de Signatarios y la Junta de gobernadores tomar\u00e1n nota cada una, y dar\u00e1n debida y adecuada consideraci\u00f3n a toda resoluci\u00f3n o recomendaci\u00f3n tomada, o punto de vista expresado, por otro de estos \u00f3rganos actuando en el cumplimiento de las responsabilidades y ejercicio de las funciones que les atribuye el presente Acuerdo o el Acuerdo Operativo. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <font face=\"Arial\"><A name=7><b><font size=\"2\">ARTICULO 7o. <i>Asamblea de Partes.<\/i><\/font><\/b><\/A><i><font size=\"2\"> <\/font><\/i><\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(a) La Asamblea de Partes estar\u00e1 compuesta por todas las partes y ser\u00e1 el \u00f3rgano principal de Intelsat. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(b) La Asamblea de Partes considerar\u00e1 aquellos asuntos de Intelsat que sean primordialmente de inter\u00e9s para las partes como Estados soberanos. Tendr\u00e1 el poder de considerar la pol\u00edtica general y los objetivos a largo plazo de Intelsat que sean compatibles con los principios, prop\u00f3sitos y alcance de las actividades de Intelsat, seg\u00fan se establece en el presente Acuerdo. De conformidad con los p\u00e1rrafos (b) y (c) del art\u00edculo<b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#6\">6<\/A> <\/b>del Presente Acuerdo, la Asamblea de Partes dar\u00e1 la debida y adecuada consideraci\u00f3n a las resoluciones, recomendaciones y puntos de vista que le remitan la reuni\u00f3n de Signatarios o la Junta de Gobernadores; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(c) La Asamblea de Partes tendr\u00e1 las siguientes funciones y poderes: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(i) En el ejercicio de su poder de considerar la pol\u00edtica general y los objetivos a largo plazo de Intelsat, expresar puntos de vista o hacer recomendaciones, seg\u00fan lo considere apropiado, a los dem\u00e1s \u00f3rganos de Intelsat; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ii) Determinar que se adopten medidas para evitar que las actividades de Intelsat entren en conflicto con cualquier convenci\u00f3n multilateral general que sea compatible con el presente Acuerdo y a la cual se hubieran adherido por lo menos dos tercios de las partes; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(iii) Considerar y tomar decisiones sobre propuestas para enmendar el presente Acuerdo de conformidad con el art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#17\">17<\/A><\/b> del mismo, as\u00ed como hacer propuestas, expresar sus puntos de vista y formular recomendaciones sobre enmiendas al Acuerdo Operativo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(iv) Autorizar, mediante reglas generales o determinaciones espec\u00edficas, la utilizaci\u00f3n del segmento espacial de Intelsat y el suministro de sat\u00e9lites e instalaciones conexas separados del segmento espacial de Intelsat para servicios especializados de telecomunicaciones, dentro del alcance de las actividades establecidas en el p\u00e1rrafo (d) e inciso (iii) del p\u00e1rrafo (e) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#3\">3<\/A><\/b> del presente Acuerdo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(v) Examinar, con el fin de asegurar la aplicaci\u00f3n del principio de no discriminaci\u00f3n, las reglas generales establecidas de conformidad con el inciso (v) del p\u00e1rrafo (b) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#8\">8<\/A> <\/b>del presente Acuerdo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(vi) Considerar y expresar sus puntos de vista sobre los informes presentados por la Reuni\u00f3n de Signatarios y la Junta de Gobernadores sobre la ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas generales, las actividades y el programa a largo plazo de Intelsat. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(vii) Expresar, en forma de recomendaciones y de conformidad con el art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#14\">14<\/A><\/b> del presente Acuerdo, sus conclusiones respecto de la intenci\u00f3n de establecer, adquirir o utilizar instalaciones de segmento espacial separadas del segmento espacial de Intelsat; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(viii) Decidir, de conformidad con el inciso (i) del p\u00e1rrafo (b) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#16\">16<\/A><\/b> del presente Acuerdo, respecto al retiro de una parte de Intelsat; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ix) Decidir respecto de cuestiones relativas a las relaciones oficiales entre Intelsat y los Estados, fueren Partes o no, o las organizaciones internacionales; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(x) Considerar las quejas que le presenten las partes; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(xi) Seleccionar los jurisperitos a que se refiere el art\u00edculo 3o. del Anexo C al presente Acuerdo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(xii) Decidir sobre el nombramiento del Director General de conformidad con los art\u00edculos <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#11\">11<\/A><\/b> y <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#12\">12<\/A><\/b> del presente Acuerdo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(xiii) Adoptar la estructura del \u00f3rgano ejecutivo de conformidad con el art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#12\">12<\/A><\/b> del presente Acuerdo; y <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(xiv) Ejercer cualesquiera otros poderes encuadrados en las atribuciones de la Asamblea de Partes, de conformidad con las disposiciones del presente Acuerdo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(d) La primera reuni\u00f3n ordinaria de la Asamblea de Partes ser\u00e1 convocada por el Secretario General dentro del plazo de un a\u00f1o a partir de la fecha en que el presente Acuerdo entre en vigor. Las reuniones ordinarias siguientes deber\u00e1n organizarse cada dos a\u00f1os. Sin embargo, la Asamblea de Partes podr\u00e1 disponer otra cosa en cada reuni\u00f3n. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(e) (i) Adem\u00e1s de las reuniones ordinarias previstas en el p\u00e1rrafo (d) del presente art\u00edculo, la Asamblea de Partes podr\u00e1 celebrar reuniones extraordinarias que ser\u00e1n convocadas, sea a solicitud de la Junta de Gobernadores actuando de conformidad con las disposiciones de los art\u00edculos <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#14\">14<\/A><\/b> o <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#16\">16<\/A><\/b> del presente Acuerdo, sea a solicitud de una o m\u00e1s partes cuando tenga la aceptaci\u00f3n de un tercio de las partes por lo menos, incluyendo las que presentaron la solicitud. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ii) Las solicitudes para reuniones extraordinarias deber\u00e1n expresar el prop\u00f3sito de la reuni\u00f3n y deber\u00e1n enviarse por escrito al Secretario General o al Director General, quien tomar\u00e1 las medidas necesarias a fin de que se lleve a cabo la reuni\u00f3n a la brevedad posible y de conformidad con las reglas de procedimiento de la Asamblea de Partes para la convocaci\u00f3n de tales reuniones. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(f) El qu\u00f3rum para toda reuni\u00f3n de la Asamblea de Partes se constituir\u00e1 por los representantes de una mayor\u00eda de las Partes. Cada Parte tendr\u00e1 un voto. Las decisiones sobre cuestiones substantivas se tomar\u00e1n por un voto afirmativo emitido por dos tercios por lo menos de las partes cuyos representantes est\u00e9n presentes y votantes. Las decisiones sobre cuestiones de procedimiento se tomar\u00e1n por un voto afirmativo emitido por una mayor\u00eda simple de las Partes cuyos representantes est\u00e9n presentes y votantes. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Las controversias sobre si una cuesti\u00f3n es de procedimiento o substantiva ser\u00e1n decididas por un voto emitido por una mayor\u00eda simple de las partes cuyos representantes est\u00e9n presentes y votantes; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(g) La Asamblea de Partes adoptar\u00e1 su propio reglamento, que incluir\u00e1 una disposici\u00f3n para la elecci\u00f3n de un Presidente y dem\u00e1s miembros de la Mesa Directiva; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(h) Cada Parte sufragar\u00e1 sus propios gastos de representaci\u00f3n en las reuniones de la Asamblea de Partes. Los gastos de las reuniones de la Asamblea de Partes ser\u00e1n considerados como un gasto administrativo de Intelsat para los fines del art\u00edculo 8o. del acuerdo operativo. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <font face=\"Arial\"><A name=8><b><font size=\"2\">ARTICULO 8. <i>Reuni\u00f3n de Signatarios.<\/i><\/font><\/b><\/A><i><font size=\"2\"> <\/font><\/i><\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(a) La Reuni\u00f3n de Signatarios se compondr\u00e1 por todos los signatarios. De conformidad con los p\u00e1rrafos (b) y (c) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#6\">6<\/A> <\/b>del presente Acuerdo, la Reuni\u00f3n de Signatarios dar\u00e1 la debida y adecuada consideraci\u00f3n a las resoluciones, recomendaciones y puntos de vista que le remitan la Asamblea de Partes o la Junta de Gobernadores; <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(b) La Reuni\u00f3n de Signatarios tendr\u00e1 las siguientes funciones y poderes: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(i) Considerar y expresar a la Junta de Gobernadores sus puntos de vista sobre el informe anual y los estados financieros anuales que le son presentados por la Junta de Gobernadores; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ii) Expresar sus puntos de vista y formular recomendaciones sobre propuestas de enmienda al presente Acuerdo de conformidad con el art\u00edculo<b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#7\">7<\/A> <\/b>del mismo, as\u00ed como examinar y tomar decisiones, de conformidad con las disposiciones del art\u00edculo 22 del Acuerdo Operativo y tomando en cuenta todas las observaciones y recomendaciones expresadas por la Asamblea de Partes o la Junta de Gobernadores, sobre las propuestas de enmienda al Acuerdo Operativo que sean compatibles con el presente Acuerdo; <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(iii) Considerar y expresar sus puntos de vista acerca de los informes que le sean presentados por la Junta de Gobernadores sobre futuros programas, inclusive sobre las posibles implicaciones financieras de los mismos; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(iv) Considerar y decidir sobre cualquier recomendaci\u00f3n hecha por la Junta de Gobernadores en relaci\u00f3n con un aumento en el tope previsto en el art\u00edculo 5o. del Acuerdo Operativo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(v) Mediante recomendaci\u00f3n de la Junta de Gobernadores y para orientaci\u00f3n de \u00e9sta, establecer reglas generales relativas a: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(A) La aprobaci\u00f3n de estaciones terrenas para acceso al segmento espacial de Intelsat; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(B) La asignaci\u00f3n de la capacidad del segmento espacial de Intelsat, y <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(C) El establecimiento y ajuste de las tasas de utilizaci\u00f3n del segmento espacial de Intelsat sobre una base no discriminatoria. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(vi) Tomar decisiones, de conformidad con el art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#16\">16<\/A><\/b> del presente Acuerdo, respecto al retiro de un Signatario de Intelsat; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(vii) Considerar y expresar sus puntos de vista respecto de las quejas que le presenten los Signatarios, sea directamente o bien por conducto de la Junta de Gobernadores, o los usuarios del segmento espacial de Intelsat que no sean Signatarios por conducto de la Junta de Gobernadores; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(viii) Preparar y presentar a la Asamblea de Partes, y a las partes, los informes relativos a la ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica general, las actividades y el programa a largo plazo de Intelsat; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ix) Tomar decisiones sobre las aprobaciones a que se refiere el inciso (ii) del p\u00e1rrafo (b) del art\u00edculo<b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#3\">3<\/A><\/b> del presente Acuerdo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(x) Considerar y expresar sus puntos de vista acerca del informe sobre disposiciones permanentes de gerencia presentado por la Junta de Gobernadores a la Asamblea de Partes conforme al p\u00e1rrafo (g) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#12\">12<\/A><\/b> del presente Acuerdo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(xi) Proceder anualmente a las determinaciones previstas en el art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#9\">9<\/A> <\/b>del presente Acuerdo para los fines de representaci\u00f3n en la Junta de Gobernadores; y <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(xii) Ejercer todos los dem\u00e1s poderes encuadrados en las atribuciones de la Reuni\u00f3n de Signatarios de conformidad con las disposiciones del presente Acuerdo y del Acuerdo Operativo. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(c) La primera reuni\u00f3n ordinaria de la Reuni\u00f3n de Signatarios ser\u00e1 convocada por el Secretario General a solicitud de la Junta de Gobernadores dentro del plazo de nueve meses a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo. En lo sucesivo, se celebrar\u00e1 una reuni\u00f3n ordinaria cada a\u00f1o civil. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(d) (i) Adem\u00e1s de las reuniones ordinarias previstas en el p\u00e1rrafo (c) del presente art\u00edculo, la Reuni\u00f3n de Signatarios podr\u00e1 celebrar reuniones extraordinarias que ser\u00e1n convocadas, sea a solicitud de la Junta de Gobernadores, sea a solicitud de uno o m\u00e1s Signatarios cuando tenga la aceptaci\u00f3n de un tercio de los Signatarios por lo menos, incluyendo los que presentaron la solicitud. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ii) Las solicitudes para reuniones extraordinarias deber\u00e1n expresar el prop\u00f3sito de la reuni\u00f3n y deber\u00e1n enviarse por escrito al Secretario General o al Director General, quien tomar\u00e1 las medidas necesarias a fin de que se lleve a cabo la reuni\u00f3n a la brevedad posible y de conformidad con las reglas de procedimiento de la Reuni\u00f3n de Signatarios para la convocaci\u00f3n de tales reuniones. El orden del d\u00eda para tal reuni\u00f3n se limitar\u00e1 al prop\u00f3sito para el cual se convoca; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(e) El qu\u00f3rum para toda sesi\u00f3n de la Reuni\u00f3n de Signatarios se constituir\u00e1 por los representantes de la mayor\u00eda de los Signatarios. Cada Signatario tendr\u00e1 un voto. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Las decisiones sobre cuestiones substantivas se tomar\u00e1n por un voto afirmativo emitido por lo menos por dos tercios de los Signatarios cuyos representantes est\u00e9n presentes y votantes. Las decisiones sobre cuestiones de procedimiento se tomar\u00e1n por un voto afirmativo emitido por una mayor\u00eda simple de los Signatarios cuyos representantes est\u00e9n presentes y votantes. Las controversias sobre si una cuesti\u00f3n espec\u00edfica es de procedimiento o substantiva ser\u00e1n decididas por un voto emitido por una mayor\u00eda simple de los signatarios cuyos representantes est\u00e9n presentes y votantes. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(f) La reuni\u00f3n de Signatarios adoptar\u00e1 su propio reglamento, que incluir\u00e1 una disposici\u00f3n para la elecci\u00f3n de un Presidente y dem\u00e1s miembros de la Mesa Directiva; <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(g) Cada Signatario sufragar\u00e1 sus propios gastos de representaci\u00f3n en las reuniones de la Reuni\u00f3n de Signatarios. Los gastos de las reuniones de la Reuni\u00f3n de Signatarios ser\u00e1n considerados como un gasto administrativo de Intelsat para los fines del art\u00edculo 8 del Acuerdo Operativo. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <font face=\"Arial\"><A name=9><b><font size=\"2\">ARTICULO 9o. <i>Junta de Gobernadores: composici\u00f3n y voto.<\/i><\/font><\/b><\/A><i><font size=\"2\"> <\/font><\/i><\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(a) La Junta de Gobernadores se compondr\u00e1 de: <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(i) Un Gobernador que represente a cada Signatario cuya participaci\u00f3n de inversi\u00f3n no fuere menor que la participaci\u00f3n m\u00ednima determinada de conformidad con el p\u00e1rrafo (b) del presente art\u00edculo; <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ii) Un Gobernador que represente a cada grupo de dos o m\u00e1s Signatarios no representados conforme al inciso (i) del Presente p\u00e1rrafo, cuya suma de participaciones de inversi\u00f3n no fuere menor que la participaci\u00f3n m\u00ednima determinada de conformidad con el p\u00e1rrafo (b) del presente art\u00edculo y que han acordado ser as\u00ed representados; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(iii) Un Gobernador que represente a cada grupo de no menos de cinco Signatarios no representados conforme a los incisos (i) o (ii) de este p\u00e1rrafo y que pertenezcan a una de las regiones definidas en la Conferencia Plenipotenciaria de la Uni\u00f3n Internacional de Telecomunicaciones, celebrada en Montreux en 1965, cualquiera que fuere el total de participaciones de inversi\u00f3n de los Signatarios que integran el grupo. Sin embargo, el n\u00famero de Gobernadores dentro de esta categor\u00eda no exceder\u00e1 de dos de cualquier regi\u00f3n definida por la Uni\u00f3n, o cinco de todas dichas regiones. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(b) (i) Durante el per\u00edodo entre la entrada en vigor del presente Acuerdo y la primera reuni\u00f3n de la Reuni\u00f3n de Signatarios, la participaci\u00f3n de inversi\u00f3n m\u00ednima que dar\u00e1 derecho a un Signatario o Grupo de Signatarios a estar representado en la Junta de Gobernadores, ser\u00e1 igual a la participaci\u00f3n de inversi\u00f3n del Signatario que ocupe el decimotercer lugar en la lista por orden decreciente de los montos de las participaciones de inversi\u00f3n iniciales de todos los Signatarios. <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ii) Despu\u00e9s del per\u00edodo mencionado en el inciso (i) del presente p\u00e1rrafo, la Reuni\u00f3n de Signatarios fijar\u00e1 anualmente la participaci\u00f3n de inversi\u00f3n m\u00ednima que dar\u00e1 derecho a un Signatario o grupo de Signatarios a estar representado en la Junta de Gobernadores. A tal efecto, la Reuni\u00f3n de Signatarios procurar\u00e1 que el n\u00famero de Gobernadores sea aproximadamente de veinte, exclusi\u00f3n hecha de aquellos que hayan sido designados de conformidad con el inciso (iii) del p\u00e1rrafo (a) del presente art\u00edculo. <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(iii) Con el prop\u00f3sito de efectuar las determinaciones a que se refiere el inciso (ii) del presente p\u00e1rrafo, la Reuni\u00f3n de Signatarios fijar\u00e1 una participaci\u00f3n de inversi\u00f3n m\u00ednima de conformidad con el siguiente procedimiento: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(A) Si la Junta de Gobernadores, en el momento de efectuarse la determinaci\u00f3n, tuviera de veinte a veintid\u00f3s Gobernadores, la Reuni\u00f3n de Signatarios fijar\u00e1 una participaci\u00f3n de inversi\u00f3n m\u00ednima igual a la que tenga el Signatario que en la lista vigente en aquel momento ocupe la misma posici\u00f3n que ocupaba en la lista vigente al hacerse la determinaci\u00f3n anterior, el Signatario seleccionado en aquella ocasi\u00f3n. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(B) Si la Junta de Gobernadores, en el momento de hacerse la determinaci\u00f3n, tuviera m\u00e1s de veintid\u00f3s Gobernadores, la Reuni\u00f3n de Signatarios fijar\u00e1 una participaci\u00f3n de inversi\u00f3n m\u00ednima igual a la que tenga el Signatario que en la lista vigente en aquel momento ocupe una posici\u00f3n precedente a la que, en la lista vigente al hacerse la determinaci\u00f3n anterior, ocupaba el Signatario seleccionado en aquella ocasi\u00f3n; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">C) Si la Junta de Gobernadores, en el momento de hacerse la determinaci\u00f3n, tuviera menos de veinte Gobernadores, la Reuni\u00f3n de Signatarios fijar\u00e1 una participaci\u00f3n de inversi\u00f3n m\u00ednima igual a la que tenga el Signatario que en la lista vigente en aquel momento ocupe una posici\u00f3n posterior a la que, en la lista vigente al hacerse la determinaci\u00f3n anterior, ocupaba el Signatario seleccionado en aquella ocasi\u00f3n. <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(iv) Si por la aplicaci\u00f3n del m\u00e9todo de ordenamiento previsto en la fracci\u00f3n (B) del inciso (iii) del presente p\u00e1rrafo, el n\u00famero de Gobernadores fuere menos de veinte, o en el caso de la fracci\u00f3n (C) del mismo inciso, m\u00e1s de veintid\u00f3s, la Reuni\u00f3n de Signatarios determinar\u00e1 una participaci\u00f3n de inversi\u00f3n m\u00ednima que mejor asegure que haya veinte Gobernadores; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(v) Para los efectos de las disposiciones establecidas en los incisos (iii) y (iv) del presente p\u00e1rrafo no se tomar\u00e1n en cuenta los gobernadores designados conforme al inciso (iii) del p\u00e1rrafo (a) del presente art\u00edculo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(vi) Para los efectos de las disposiciones del presente p\u00e1rrafo, las participaciones de inversi\u00f3n determinadas de conformidad con el inciso (ii) del p\u00e1rrafo (c) del art\u00edculo 6o. del Acuerdo Operativo entrar\u00e1n en vigor a partir del primer d\u00eda de la reuni\u00f3n ordinaria de la Reuni\u00f3n de Signatarios siguiente a dicha determinaci\u00f3n; <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(C) Siempre que un Signatario o grupo de Signatarios cumpla satisfactoriamente los requisitos de representaci\u00f3n de conformidad con los incisos (i), (ii) o (iii) del p\u00e1rrafo (a) del presente art\u00edculo, tendr\u00e1 derecho a estar representado en la Junta de Gobernadores. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">En el caso de los grupos se\u00f1alados en el inciso (iii) del p\u00e1rrafo (a) del presente art\u00edculo, dicho derecho ser\u00e1 conferido en cuanto el \u00f3rgano ejecutivo reciba una solicitud por escrito de dicho grupo y siempre que el n\u00famero de grupos ya representados en la Junta de gobernadores, en el momento de recibirse dicha solicitud por escrito, no haya llegado a los l\u00edmites establecidos en el inciso (iii) del p\u00e1rrafo (a) del presente art\u00edculo. Si en el momento de recibirse una de dichas solicitudes por escrito, la composici\u00f3n de la Junta de Gobernadores ya hubiere llegado a los l\u00edmites establecidos en el inciso (iii) del p\u00e1rrafo (a) del presente art\u00edculo, el grupo de Signatarios interesado podr\u00e1 someter su solicitud a la pr\u00f3xima reuni\u00f3n ordinaria de la Reuni\u00f3n de Signatarios para su resoluci\u00f3n, de conformidad con las disposiciones del p\u00e1rrafo (d) del presente art\u00edculo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(d) A petici\u00f3n de cualquier grupo o grupos de Signatarios comprendidos en el inciso (iii) del p\u00e1rrafo (a) del presente art\u00edculo, la Reuni\u00f3n de Signatarios anualmente determinar\u00e1 cu\u00e1les de entre dichos grupos estar\u00e1n o continuar\u00e1n estando representados en la Junta de Gobernadores. Para tal fin, si dichos grupos son m\u00e1s de dos de cualquier regi\u00f3n definida por la Uni\u00f3n Internacional de Telecomunicaciones, o son m\u00e1s de cinco de todas aquellas regiones, la Reuni\u00f3n de Signatarios primero escoger\u00e1 al grupo que tenga la m\u00e1s alta participaci\u00f3n de inversi\u00f3n combinada de entre cada regi\u00f3n definida por la Uni\u00f3n y del cual se haya recibido una solicitud por escrito, de conformidad con el p\u00e1rrafo (c) del presente art\u00edculo. Si el n\u00famero de grupos as\u00ed escogidos fuere menor de cinco, los grupos restantes que deban estar representados se escoger\u00e1n en el orden decreciente de las participaciones de inversi\u00f3n sumadas de cada grupo, sin exceder de los l\u00edmites establecidos en el inciso (iii) del p\u00e1rrafo (a) del presente art\u00edculo. <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(e) Con el fin de asegurar continuidad en la Junta de Gobernadores, cada Signatario o grupo de Signatarios representado de conformidad con los incisos (i), (ii) o (iii) del p\u00e1rrafo (a) de este art\u00edculo, continuar\u00e1 estando representado, individualmente o como parte de tal grupo, hasta la siguiente determinaci\u00f3n efectuada de conformidad con el p\u00e1rrafo (b) o el p\u00e1rrafo (d) del presente art\u00edculo, pese a cualquier cambio que pueda ocurrir en su participaci\u00f3n o sus participaciones de inversi\u00f3n como resultado de cualesquier ajuste en las participaciones de inversi\u00f3n. Empero, la representaci\u00f3n como parte de un grupo cesar\u00e1 si el retiro del grupo de uno o m\u00e1s Signatarios privase al grupo del derecho a estar representado en la Junta de Gobernadores de conformidad con las disposiciones de los incisos (ii) o (iii) del p\u00e1rrafo (a) del presente art\u00edculo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(f) Sujeto a las disposiciones del p\u00e1rrafo (g) del presente art\u00edculo, cada Gobernador tendr\u00e1 una participaci\u00f3n de voto igual a la parte de la participaci\u00f3n de inversi\u00f3n del Signatario o grupo de Signatarios que representa que se deriva de la utilizaci\u00f3n del segmento espacial de Intelsat para los siguientes tipos de servicios: <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(i) Servicios p\u00fablicos de telecomunicaciones internacionales; <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ii) Servicios p\u00fablicos de telecomunicaciones nacionales entre \u00e1reas separadas por \u00e1reas que no se hallen bajo la jurisdicci\u00f3n del Estado interesado, o entre \u00e1reas separadas por alta mar; y <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(iii) Servicios nacionales p\u00fablicos de telecomunicaciones entre \u00e1reas que no est\u00e9n comunicadas entre s\u00ed mediante instalaciones terrestres de banda ancha y que se hallen separadas por barreras naturales de un car\u00e1cter tan excepcional que impidan el establecimiento viable de instalaciones terrestres de banda ancha entre tales \u00e1reas, siempre que la Reuni\u00f3n de Signatarios haya otorgado previamente la aprobaci\u00f3n pertinente de conformidad con el inciso (ii) del p\u00e1rrafo (b) del art\u00edculo III del presente Acuerdo. <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(g) Para los fines del p\u00e1rrafo (f) del presente art\u00edculo, se aplicar\u00e1n las siguientes reglas: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(i) Si de conformidad con lo dispuesto en el p\u00e1rrafo (d) del art\u00edculo 6o. del Acuerdo Operativo se concede a un Signatario una participaci\u00f3n de inversi\u00f3n menor, la reducci\u00f3n se aplicar\u00e1 proporcionalmente a todos los tipos de su utilizaci\u00f3n; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ii) Si de conformidad con lo dispuesto en el p\u00e1rrafo (d) del art\u00edculo 6o. del Acuerdo Operativo se concede a un Signatario una participaci\u00f3n de inversi\u00f3n mayor, el incremento se aplicar\u00e1 proporcionalmente a todos los tipos de su utilizaci\u00f3n; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(iii) Si de conformidad con lo dispuesto en el p\u00e1rrafo (h) del art\u00edculo 6o. del Acuerdo Operativo un Signatario tiene una participaci\u00f3n de inversi\u00f3n del 0,05 por ciento y forma parte de un grupo para fines de representaci\u00f3n en la Junta de Gobernadores de conformidad con lo establecido en los incisos (ii) o (iii) del p\u00e1rrafo (a) del presente art\u00edculo, su participaci\u00f3n de inversi\u00f3n se considerar\u00e1 como derivada de su utilizaci\u00f3n del segmento espacial de Intelsat para servicios de los tipos se\u00f1alados en el p\u00e1rrafo (f) del presente art\u00edculo; y <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(iv) Ning\u00fan Gobernador podr\u00e1 emitir m\u00e1s del cuarenta por ciento de la participaci\u00f3n de voto total de todos los Signatarios y grupos de Signatarios representados en la Junta de gobernadores. Si la participaci\u00f3n de voto de cualquier gobernador llegare a exceder el cuarenta por ciento del total de las participaciones de voto, el excedente ser\u00e1 distribuido en partes iguales entre los dem\u00e1s miembros en la Junta de Gobernadores. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(h) Para los fines de la composici\u00f3n de la Junta de Gobernadores y el c\u00e1lculo de la participaci\u00f3n de voto de los gobernadores, las participaciones de inversi\u00f3n determinadas de conformidad con el inciso (ii) del subp\u00e1rrafo (c) del art\u00edculo 6o. del Acuerdo Operativo entrar\u00e1n en vigor a partir del primer d\u00eda de la reuni\u00f3n ordinaria de la Reuni\u00f3n de Signatarios que se celebre despu\u00e9s de dicha determinaci\u00f3n; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(i) El qu\u00f3rum para toda reuni\u00f3n de la Junta de Gobernadores estar\u00e1 constituido, sea por una mayor\u00eda de la Junta de Gobernadores que incluya por lo menos dos tercios del total de la participaci\u00f3n de voto de todos los Signatarios y grupos de Signatarios representados en la Junta de Gobernadores, sea por el n\u00famero total de Gobernadores menos tres, independientemente del monto de las participaciones de voto que representen; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(j) La Junta de Gobernadores tratar\u00e1 de adoptar sus decisiones por unanimidad. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Sin embargo, a falta de acuerdo un\u00e1nime, tomar\u00e1 decisiones: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(i) En todas las cuestiones sustantivas, sea por un voto afirmativo emitido por un m\u00ednimo de cuatro Gobernadores que tengan por lo menos dos tercios del total de la participaci\u00f3n de voto de todos los Signatarios y grupos de Signatarios representados en la Junta de Gobernadores, tomando en cuenta la distribuci\u00f3n del exceso al que se refiere el inciso (iv) del p\u00e1rrafo (g) del presente art\u00edculo, sea por un voto afirmativo emitido por lo menos por el n\u00famero total de Gobernadores menos tres, independientemente del monto de las participaciones de voto que representen; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ii) En todas las cuestiones de procedimiento, por un voto afirmativo emitido por una mayor\u00eda simple de los Gobernadores presentes y votantes, con un voto cada uno; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(k) Las controversias sobre si una cuesti\u00f3n es de procedimiento o de sustancia se resolver\u00e1n por el Presidente de la Junta de Gobernadores. La decisi\u00f3n del Presidente podr\u00e1 ser rechazada por una mayor\u00eda de dos tercios de los Gobernadores presentes y votantes, con un voto cada uno. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(l) La Junta de Gobernadores podr\u00e1, si lo considera apropiado, crear comisiones consultivas para asistirla en el desempe\u00f1o de sus funciones; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(m) La Junta de Gobernadores adoptar\u00e1 su propio reglamento, que incluir\u00e1 el m\u00e9todo para la elecci\u00f3n de un Presidente y los dem\u00e1s miembros de la Mesa Directiva. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">No obstante las disposiciones del p\u00e1rrafo (j) del presente art\u00edculo, el reglamento podr\u00e1 prever cualquier m\u00e9todo de votaci\u00f3n que la Junta de Gobernadores considere apropiado para la elecci\u00f3n de los miembros de la Mesa Directiva. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(n) La primera reuni\u00f3n de la Junta de Gobernadores se convocar\u00e1 de acuerdo con las disposiciones del p\u00e1rrafo 2o. del Anexo al Acuerdo Operativo. La Junta de Gobernadores se reunir\u00e1 con la frecuencia necesaria, pero no menos de cuatro veces al a\u00f1o. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font face=\"Arial\"><A name=10><b><font size=\"2\">ARTICULO 10. <i>Junta de Gobernadores: funciones.<\/i><\/font><\/b><\/A><i><font size=\"2\"> <\/font><\/i><\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(a) La Junta de Gobernadores tendr\u00e1 la responsabilidad de la concepci\u00f3n, el desarrollo, la construcci\u00f3n, el establecimiento, la explotaci\u00f3n y el mantenimiento del segmento espacial de Intelsat y, de conformidad con el presente Acuerdo, el Acuerdo Operativo y las determinaciones que a este respecto hubieren sido adoptadas por la Asamblea de Partes, seg\u00fan lo dispone el art\u00edculo VII del presente Acuerdo, de llevar a cabo las dem\u00e1s actividades que emprenda Intelsat. Para cumplir dichas responsabilidades, la Junta de Gobernadores tendr\u00e1 los poderes y ejercer\u00e1 las funciones encuadradas en sus atribuciones de conformidad con el presente Acuerdo y el Acuerdo Operativo, los cuales incluir\u00e1n: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(i) Adoptar pol\u00edticas, planes y programas en relaci\u00f3n con la concepci\u00f3n, el desarrollo, la construcci\u00f3n, el establecimiento, la explotaci\u00f3n y el mantenimiento del segmento espacial de Intelsat y, seg\u00fan fuere apropiado, en relaci\u00f3n con las dem\u00e1s actividades que Intelsat est\u00e1 autorizada para emprender; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ii) Adoptar procedimientos, reglas, t\u00e9rminos y condiciones para las adquisiciones, compatibles con el art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#13\">13<\/A><\/b> del presente Acuerdo, y aprobar contratos de adquisiciones; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(iii) Adoptar pol\u00edticas financieras e informes financieros anuales y aprobar presupuestos; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(iv) Adoptar pol\u00edticas y procedimientos compatibles con el art\u00edculo 17 del Acuerdo Operativo para la adquisici\u00f3n, protecci\u00f3n y distribuci\u00f3n de derechos sobre invenciones e informaci\u00f3n t\u00e9cnica; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(v) Formular recomendaciones a la Reuni\u00f3n de Signatarios relativas al establecimiento de las reglas generales a que se refiere el inciso (v) del p\u00e1rrafo (b) del art\u00edculo<b> <A hrefx=\"Leyes\/L0544_99.htm#8\">8<\/A><\/b> del presente Acuerdo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(vi) Adoptar criterios y procedimientos, de conformidad con las reglas generales que hubieran sido establecidas por la Reuni\u00f3n de Signatarios, para la aprobaci\u00f3n de estaciones terrenas para acceso al segmento espacial de Intelsat, para la verificaci\u00f3n y comprobaci\u00f3n de las caracter\u00edsticas de funcionamiento de estaciones terrenas que tienen acceso al segmento espacial de Intelsat y la coordinaci\u00f3n del acceso al segmento espacial de Intelsat, y su utilizaci\u00f3n, por parte de dichas estaciones terrenas; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(vii) Adoptar los t\u00e9rminos y las condiciones que rijan la asignaci\u00f3n de la capacidad del segmento espacial de Intelsat, de conformidad con las reglas generales que hubieran sido establecidas por la Reuni\u00f3n de Signatarios; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(viii) Determinar peri\u00f3dicamente las tasas de utilizaci\u00f3n del segmento espacial de Intelsat, de conformidad con las reglas generales que hubieran sido establecidas por la Reuni\u00f3n de Signatarios; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ix) Adoptar las medidas que fueran apropiadas, de conformidad con las disposiciones del art\u00edculo 5o. del Acuerdo Operativo, en relaci\u00f3n con un aumento en el tope previsto en dicho art\u00edculo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(x) Dirigir la negociaci\u00f3n con la Parte en cuyo territorio est\u00e1 la sede de Intelsat, con el fin de concluir un Acuerdo de Sede relativo a los privilegios, exenciones e inmunidades a que se refiere el p\u00e1rrafo (c) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#15\">15<\/A><\/b> del presente Acuerdo, y presentar dicho Acuerdo a la Asamblea de Partes para su decisi\u00f3n; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(xi) Aprobar el acceso de estaciones terrenas no normalizadas al segmento espacial de Intelsat, de conformidad con las reglas generales que hubieren sido establecidas por la Reuni\u00f3n de Signatarios; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(xii) Establecer los t\u00e9rminos y las condiciones de acceso al segmento espacial de Intelsat por parte de entidades de telecomunicaciones que no est\u00e9n bajo la jurisdicci\u00f3n de una Parte, seg\u00fan las reglas generales establecidas por la Reuni\u00f3n de Signatarios de conformidad con el inciso (v) del p\u00e1rrafo (b) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#8\">8<\/A>o<\/b> del presente Acuerdo y las disposiciones del p\u00e1rrafo (d) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#5\">5<\/A>o<\/b> Del presente Acuerdo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(xiii) Decidir sobre la contrataci\u00f3n de pr\u00e9stamos y arreglos para sobregiros, de conformidad con el art\u00edculo 10 del Acuerdo Operativo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(xiv) Presentar a la Reuni\u00f3n de Signatarios un informe anual sobre las actividades de Intelsat, as\u00ed como estados financieros anuales; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(xv) Presentar a la Reuni\u00f3n de Signatarios informes acerca de futuros programas, inclusive sobre las posibles implicaciones financieras de dichos programas; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(xvi) Presentar a la Reuni\u00f3n de Signatarios informes y recomendaciones sobre cualquier otro asunto que la Junta de Gobernadores considere apropiado para consideraci\u00f3n por la Reuni\u00f3n de Signatarios; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(xvii) Suministrar la informaci\u00f3n que sea requerida por cualquier Parte o Signatario que permita a dicha Parte o Signatario cumplir con sus obligaciones de conformidad con el presente Acuerdo o con el Acuerdo Operativo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(xviii) Nombrar y revocar el nombramiento del Secretario General, de conformidad con el art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#12\">12<\/A><\/b>, y del Director General, de conformidad con los art\u00edculos <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#7\">7<\/A><\/b>, <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#11\">11<\/A><\/b> y <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#12\">12<\/A><\/b>, del presente Acuerdo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(xix) Designar a un alto funcionario del \u00f3rgano ejecutivo para que act\u00fae como Secretario General Interino, de conformidad con el inciso (i) del p\u00e1rrafo (d) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#12\">12<\/A><\/b>, y designar a un alto funcionario del \u00f3rgano ejecutivo para que act\u00fae como Director General Interino, de conformidad con el inciso (i) del p\u00e1rrafo (d) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#11\">11<\/A><\/b> del presente Acuerdo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(xx) Fijar el n\u00famero, el estatuto y las condiciones de empleo para todos los cargos del \u00f3rgano ejecutivo, por recomendaci\u00f3n del Secretario General o del Director General; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(xxi) Aprobar el nombramiento, por el Secretario General o por el Director General, de los altos funcionarios que dependen directamente de \u00e9l; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(xxii) Concertar contratos, de conformidad con el inciso (ii) del p\u00e1rrafo (c) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#11\">11<\/A><\/b> del presente Acuerdo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(xxiii) Establecer reglas internas generales y adoptar decisiones, caso por caso, respecto de la notificaci\u00f3n a la Uni\u00f3n Internacional de Telecomunicaciones, de conformidad con sus reglas de procedimiento de las frecuencias que hayan de utilizarse para el segmento espacial de Intelsat; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(xxiv) Proporcionar a la Reuni\u00f3n de Signatarios el asesoramiento mencionado en el inciso (ii) del p\u00e1rrafo (b) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#3\">3<\/A> <\/b>del presente Acuerdo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(xxv) Expresar, de conformidad con las disposiciones del p\u00e1rrafo (c) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#14\">14<\/A><\/b> del presente Acuerdo, sus puntos de vista en forma de recomendaciones y dar su parecer a la Asamblea de Partes, conforme a los p\u00e1rrafos (d) o (e) del citado art\u00edculo, respecto de la intenci\u00f3n de establecer, adquirir o utilizar instalaciones de segmento espacial separadas de las del segmento espacial de Intelsat; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(xxvi) Adoptar las medidas previstas en el art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#16\">16<\/A><\/b> del presente Acuerdo y en el art\u00edculo 21 del Acuerdo Operativo, en relaci\u00f3n con el retiro de un Signatario de Intelsat; y <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(xxvii) Expresar sus puntos de vista y formular recomendaciones sobre las propuestas de enmienda al presente Acuerdo, de conformidad con el p\u00e1rrafo (b) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#17\">17<\/A><\/b> del mismo, proponer enmiendas al Acuerdo Operativo, de conformidad con el p\u00e1rrafo (a) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#22\">22<\/A><\/b> del mismo, y expresar sus puntos de vista y formular recomendaciones respecto de las propuestas de enmienda al Acuerdo Operativo, de conformidad con el p\u00e1rrafo (b) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#22\">22<\/A><\/b> del mismo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(b) De conformidad con las disposiciones de los p\u00e1rrafos (b) y (c) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#6\">6<\/A><\/b> del presente Acuerdo, la Junta de Gobernadores deber\u00e1: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(i) Dar debida y adecuada consideraci\u00f3n a las resoluciones, recomendaciones y puntos de vista dirigidos a ella por la Asamblea de Partes y por la Reuni\u00f3n de Signatarios; y <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ii) En sus informes a la Asamblea de Partes y a la Reuni\u00f3n de Signatarios, incluir informaci\u00f3n sobre las acciones o decisiones tomadas con respecto a dichas resoluciones, recomendaciones o puntos de vista y las razones por las que se hubieren tomado dichas acciones o decisiones. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <font face=\"Arial\"><A name=11><b><font size=\"2\">ARTICULO 11. <i>Director General.<\/i><\/font><\/b><\/A><i><font size=\"2\"> <\/font><\/i><\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(a) El \u00f3rgano ejecutivo estar\u00e1 presidido por el Director General y su estructura ser\u00e1 establecida dentro del plazo de seis a\u00f1os a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(b) (i) El Director General ser\u00e1 el funcionario ejecutivo principal y el representante legal de Intelsat, y responder\u00e1 directamente ante la Junta de Gobernadores del desempe\u00f1o de todas las funciones de la Gerencia; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ii) El Director General actuar\u00e1 de conformidad con las pol\u00edticas y directivas de la Junta de Gobernadores; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(iii) El Director General ser\u00e1 nombrado por la Junta de Gobernadores y estar\u00e1 sujeto a confirmaci\u00f3n por la Asamblea de Partes. El Director General podr\u00e1 ser despedido del cargo, existiendo causa, por la junta de Gobernadores obrando por su propia autoridad. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(iv) La consideraci\u00f3n principal que deber\u00e1 tomarse en cuenta para el nombramiento del Director General y para la selecci\u00f3n del resto del personal del \u00f3rgano ejecutivo ser\u00e1 la necesidad de garantizar las m\u00e1s altas normas de integridad, competencia y eficiencia. El Director General y el resto del personal del \u00f3rgano ejecutivo se abstendr\u00e1n de cualquier acci\u00f3n incompatible con sus responsabilidades frente a Intelsat. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(c) (i) Las disposiciones permanentes sobre la gerencia ser\u00e1n compatibles con los objetivos y prop\u00f3sitos b\u00e1sicos de Intelsat, con el car\u00e1cter internacional de \u00e9sta y con la obligaci\u00f3n de Intelsat de proporcionar, sobre una base comercial, instalaciones de telecomunicaciones de alta calidad y confianza. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ii) El Director General, en representaci\u00f3n de Intelsat, contratar\u00e1 con una o m\u00e1s entidades competentes la realizaci\u00f3n de funciones t\u00e9cnicas y operativas, en la m\u00e1xima extensi\u00f3n posible dentro de la debida consideraci\u00f3n a los costos y compatible con los criterios de idoneidad, eficacia y eficiencia. Dichas entidades podr\u00e1n poseer nacionalidad diversa o ser una sociedad internacional de propiedad y bajo el control de Intelsat. Tales contratos ser\u00e1n negociados, ejecutados y administrados por el Director General; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(d) (i) La Junta de Gobernadores designar\u00e1 a un alto funcionario del personal del \u00f3rgano ejecutivo para que act\u00fae como Director General Interino cuando el Director General est\u00e9 ausente, impedido para desempe\u00f1ar sus deberes, o cuando su cargo quede vacante. El Director General Interino estar\u00e1 capacitado para ejercer todos los poderes que corresponden al Director General, de conformidad con el presente Acuerdo y el Acuerdo Operativo. En el caso de una vacante, el Director General Interino desempe\u00f1ar\u00e1 su cargo hasta que un Director General, debidamente nombrado y confirmado, asuma su puesto a la mayor brevedad posible de conformidad con el inciso (iii) del p\u00e1rrafo (b) del presente art\u00edculo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ii) El Director General podr\u00e1 delegar en otros funcionarios del \u00f3rgano ejecutivo los poderes necesarios para hacer frente a las necesidades del momento. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <font face=\"Arial\"><A name=12><b><font size=\"2\">ARTICULO 12. <i>Gerencia transitoria y Secretario General.<\/i><\/font><\/b><\/A><i><font size=\"2\"> <\/font><\/i><\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(a) Como cuestiones prioritarias a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo, la Junta de Gobernadores: <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(i) Nombrar\u00e1 el Secretario General y autorizar\u00e1 el nombramiento del personal necesario para auxiliarlo; <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ii) Preparar\u00e1 el contrato de servicios de gerencia de conformidad con el p\u00e1rrafo (e) del presente art\u00edculo; y <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(iii) Iniciar\u00e1 la preparaci\u00f3n del estudio sobre las disposiciones definitivas de gerencia, de conformidad con el p\u00e1rrafo (f) del presente art\u00edculo. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(b) El Secretario General ser\u00e1 el representante legal de Intelsat hasta que el primer Director General asuma su cargo. De conformidad con las pol\u00edticas y directivas de la Junta de Gobernadores, el Secretario General ser\u00e1 responsable de la realizaci\u00f3n de todos los servicios de gerencia, salvo aquellos que hayan de proporcionarse en virtud del contrato de servicios de gerencia concertado de conformidad con el p\u00e1rrafo (e) del presente art\u00edculo, inclusive los servicios especificados en el Anexo A del presente Acuerdo. El Secretario General mantendr\u00e1 ampliamente al corriente a la Junta de Gobernadores sobre la actuaci\u00f3n del contratista de servicios de gerencia en el cumplimiento de su contrato. En la medida de lo posible, el Secretario General estar\u00e1 presente o representado en, y observar\u00e1 las negociaciones de, los contratos principales dirigidos por el contratista de servicios de gerencia en representaci\u00f3n de Intelsat, pero no participar\u00e1 en las mismas. Con este fin, la Junta de Gobernadores podr\u00e1 autorizar el nombramiento al \u00f3rgano ejecutivo de un peque\u00f1o n\u00famero de personal t\u00e9cnicamente calificado para que auxilie al Secretario General. El Secretario General no se interpondr\u00e1 entre la Junta de Gobernadores y el contratista de servicios de gerencia ni ejercer\u00e1 una funci\u00f3n supervisora sobre dicho contratista; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(c) La consideraci\u00f3n primordial en el nombramiento del Secretario General y en la selecci\u00f3n del resto de personal del \u00f3rgano ejecutivo, ser\u00e1 la necesidad de garantizar las m\u00e1s altas normas de integridad, competencia y eficiencia. El Secretario General y dem\u00e1s personal del \u00f3rgano ejecutivo se abstendr\u00e1 de cualquier que sea incompatible con sus responsabilidades frente a Intelsat. El Secretario General podr\u00e1 ser removido, si existe causa, por la Junta de Gobernadores obrando por su propia autoridad. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">El puesto de Secretario General dejar\u00e1 de existir en cuanto el primer Director General asuma su cargo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(d) (i) La Junta de Gobernadores designar\u00e1 a un alto funcionario del \u00f3rgano ejecutivo para que act\u00fae como Secretario General Interino cuando el Secretario General est\u00e9 ausente, impedido para desempe\u00f1ar sus deberes o quede vacante su cargo. El Secretario General Interino estar\u00e1 capacitado para ejercer todos los poderes que corresponden al Secretario General de conformidad con el presente Acuerdo y el Acuerdo Operativo. En el caso de vacante, el Secretario General Interino desempe\u00f1ar\u00e1 su cargo hasta que un nuevo Secretario General, nombrado por la Junta de Gobernadores a la brevedad posible, asuma su puesto. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ii) El Secretario General podr\u00e1 delegar en otros funcionarios del \u00f3rgano ejecutivo, los poderes necesarios para hacer frente a las necesidades del momento. <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(e) El contrato mencionado en el inciso (ii) del p\u00e1rrafo (a) del presente art\u00edculo se celebrar\u00e1 entre la &quot;Communications Satellite Corporation&quot;, denominada en el presente Acuerdo contratista de servicios de gerencia, e Intelsat, y abarcar\u00e1 la realizaci\u00f3n de servicios t\u00e9cnicos y operativos de gerencia para Intelsat, seg\u00fan se especifica en el Anexo B al presente Acuerdo y de conformidad con las directrices que se prev\u00e9n en el mismo, durante un per\u00edodo que terminar\u00e1 al final del sexto a\u00f1o a partir de la fecha de la entrada en vigor del presente Acuerdo. El contrato incluir\u00e1 disposiciones de conformidad con las cuales el contratista de servicios de gerencia: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(i) Actuar\u00e1 ci\u00f1\u00e9ndose a las pol\u00edticas y directivas pertinentes de la Junta de Gobernadores; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ii) Ser\u00e1 directamente responsable ante la junta de Gobernadores hasta que el primer Director General asuma su cargo, y a partir de entonces lo ser\u00e1 por conducto del Director General; y <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(iii) Suministrar\u00e1 al Secretario General toda la informaci\u00f3n necesaria para que \u00e9ste mantenga ampliamente al corriente a la Junta de Gobernadores sobre la actuaci\u00f3n del contratista de servicios de gerencia, y para que est\u00e9 presente o representado, y observar pero no intervenir, en las negociaciones de los contratos principales efectuados en representaci\u00f3n de Intelsat por el contratista de servicios de gerencia.<\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">El contratista de servicios de gerencia negociar\u00e1, otorgar\u00e1, enmendar\u00e1 y administrar\u00e1 los contratos en representaci\u00f3n de Intelsat, dentro del l\u00edmite de sus responsabilidades conforme al contrato de servicios de gerencia y seg\u00fan lo autorice de otra forma la Junta de Gobernadores. De conformidad con una autorizaci\u00f3n bajo el contrato de servicios de gerencia, o seg\u00fan lo autorice de otra forma la Junta de Gobernadores, el contratista de servicios de gerencia firmar\u00e1 contratos en representaci\u00f3n de Intelsat dentro del l\u00edmite de sus responsabilidades. Todos los dem\u00e1s contratos deber\u00e1n ser firmados por el Secretario General. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(f) El estudio a que se refiere el inciso (iii) del p\u00e1rrafo (a) del presente art\u00edculo se iniciar\u00e1 a la brevedad posible y, en todo caso, dentro del plazo de un a\u00f1o a partir de la fecha en que el presente Acuerdo entre en vigor. Ser\u00e1 llevado a cabo por la Junta de Gobernadores y tendr\u00e1 como fin suministrar la informaci\u00f3n necesaria para determinar las disposiciones definitivas de gerencia que sean m\u00e1s eficientes y efectivas dentro de las normas contenidas en el art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#11\">11<\/A><\/b> del presente Acuerdo. El estudio tomar\u00e1 en cuenta, entre otros, los siguientes elementos: <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(i) Los principios se\u00f1alados en el inciso (i) del p\u00e1rrafo (c) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#11\">11<\/A><\/b> y la pol\u00edtica expresada en el inciso (ii) del p\u00e1rrafo (c) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#11\">11<\/A><\/b> del presente Acuerdo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ii) La experiencia adquirida durante el per\u00edodo de aplicaci\u00f3n del Acuerdo provisional y de las disposiciones transitorias de gerencia previstas en el presente art\u00edculo; <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(iii) La organizaci\u00f3n y los procedimientos adoptados por entidades de telecomunicaciones en todo el mundo y, en especial, los referentes a la aplicaci\u00f3n de los principios rectores a la gerencia y la eficiencia de la misma; <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(iv) Informaci\u00f3n similar a la mencionada en el inciso (iii) del presente p\u00e1rrafo respecto de empresas multinacionales dedicadas a la aplicaci\u00f3n de tecnolog\u00edas avanzadas; y <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(v) Informes que ser\u00e1n encomendados a no menos de tres asesor\u00edas profesionales en cuestiones de gerencia en diferentes partes del mundo. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(g) Dentro del plazo de cuatro a\u00f1os a partir de la fecha de la entrada en vigor del presente Acuerdo, la Junta de Gobernadores presentar\u00e1 a la Asamblea de Partes un informe completo que incorpore los resultados del estudio a que se refiere el inciso (iii) del p\u00e1rrafo (a) del presente art\u00edculo, y que incluir\u00e1 las recomendaciones de la Junta de Gobernadores sobre la estructura del \u00f3rgano ejecutivo. Enviar\u00e1 tambi\u00e9n copias de dicho informe, tan pronto est\u00e9 disponible, a la Reuni\u00f3n de Signatarios y a todas las Partes y Signatarios; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(h) Dentro del plazo de cinco a\u00f1os a partir de la fecha de la entrada en vigor del presente Acuerdo, la Asamblea de Partes, despu\u00e9s de haber considerado el informe de la Junta de Gobernadores mencionado en el p\u00e1rrafo (g) del presente art\u00edculo y Cualquier otro punto de vista sobre el asunto que pudiera haber expresado la Reuni\u00f3n de Signatarios, adoptar\u00e1 la estructura del \u00f3rgano ejecutivo que sea compatible con las disposiciones del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#11\">11<\/A><\/b> del presente Acuerdo. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(i) El Director General asumir\u00e1 su cargo un a\u00f1o antes de que termine el contrato de servicios de gerencia mencionado en el inciso (ii) del p\u00e1rrafo (a) del presente art\u00edculo, o el 31 de diciembre de 1976, de las dos fechas la que ocurra primero. La Junta de Gobernadores nombrar\u00e1 el Director General y la Asamblea de Partes confirmar\u00e1 con la anticipaci\u00f3n suficiente para permitir al Director General asumir su cargo de conformidad con el presente p\u00e1rrafo. Al asumir su cargo, el Director General ser\u00e1 responsable de todos los servicios de gerencia, incluyendo el desempe\u00f1o de las funciones realizadas hasta ese momento por el Secretario General, y de la supervisi\u00f3n de la actuaci\u00f3n del contratista de servicios de gerencia. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(j) El Director General, actuando de conformidad con las pol\u00edticas y directivas pertinentes de la Junta de gobernadores, tomar\u00e1 todas las medias necesarias para asegurar que las disposiciones definitivas de gerencia ser\u00e1n aplicadas en su totalidad dentro del plazo de seis a\u00f1os a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <font face=\"Arial\"><A name=13><b><font size=\"2\">ARTICULO 13. <i>Adquisiciones.<\/i><\/font><\/b><\/A><i><font size=\"2\"> <\/font><\/i><\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(a) De conformidad con el presente art\u00edculo, la adquisici\u00f3n de los bienes y prestaci\u00f3n de servicios requeridos por Intelsat se efectuar\u00e1 mediante el otorgamiento de contratos, basados en respuestas a ofertas en licitaci\u00f3n internacional p\u00fablica, a los licitantes que ofrezcan la mejor combinaci\u00f3n de calidad, precio y plazo de entrega \u00f3ptimo. Los servicios a que se refiere el presente art\u00edculo son aquellos que han de prestar personas jur\u00eddicas. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(b) Si hubiera m\u00e1s de una oferta que contuviera tal combinaci\u00f3n, el contrato ser\u00e1 otorgado de manera que estimule, en los intereses de Intelsat, la competencia mundial. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(c) Podr\u00e1 prescindirse de la licitaci\u00f3n internacional p\u00fablica en aquellos casos espec\u00edficamente mencionados en el art\u00edculo 16 del Acuerdo Operativo. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font face=\"Arial\"><A name=14><b><font size=\"2\">ARTICULO 14. <i>Derechos y obligaciones de los miembros.<\/i><\/font><\/b><\/A><i><font size=\"2\"> <\/font><\/i><\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(a) Las Partes y los Signatarios ejercer\u00e1n los derechos y cumplir\u00e1n las obligaciones que les corresponden conforme al presente Acuerdo, de forma que se respeten plenamente y se promuevan los principios enunciados en el pre\u00e1mbulo y las disposiciones del presente Acuerdo. <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(b) Se permitir\u00e1 a todas las Partes y a todos los Signatarios estar presentes y participar en todas las conferencias y reuniones en las cuales tengan derecho a estar representados de conformidad con cualesquiera disposiciones del presente Acuerdo y del Acuerdo Operativo, as\u00ed como en cualquier otra reuni\u00f3n convocada o que se celebre bajo los auspicios de Intelsat, de conformidad con los acuerdos hechos por Intelsat para tales reuniones, independientemente del lugar donde se celebren. El \u00f3rgano ejecutivo se asegurar\u00e1 de que los acuerdos con la Parte o Signatario anfitri\u00f3n para cada una de tales conferencias o reuniones prevean la admisi\u00f3n y estancia en el pa\u00eds anfitri\u00f3n por la duraci\u00f3n de dicha conferencia o reuni\u00f3n de los representantes de todas las Partes y de todos los Signatarios con derecho a asistir. <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(c) En la medida en que cualquier Parte, signatario o persona bajo la jurisdicci\u00f3n de una Parte, tenga la intenci\u00f3n de establecer, adquirir o utilizar instalaciones de segmento espacial separadas de las del segmento espacial de Intelsat para satisfacer sus necesidades en materia de servicios p\u00fablicos de telecomunicaciones nacionales, dicha Parte o dicho Signatario, antes de establecer, adquirir o utilizar tales instalaciones, deber\u00e1 consultar con la Junta de Gobernadores, la cual expresar\u00e1 en forma de recomendaciones sus conclusiones respecto de la compatibilidad t\u00e9cnica de tales instalaciones y de su operaci\u00f3n con el uso por Intelsat del espectro de frecuencias radioel\u00e9ctricas y del espacio orbital para su segmento espacial existente o proyectado. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(d) En la medida en que cualquier Parte, Signatario o persona bajo la jurisdicci\u00f3n de una Parte proyecte, individual o conjuntamente, establecer, adquirir o utilizar instalaciones de segmento espacial separadas de las del segmento espacial de Intelsat para satisfacer sus necesidades en materia de servicios p\u00fablicos de telecomunicaciones internacionales, dichas partes o dichos signatarios, antes de establecer, adquirir o utilizar tales instalaciones, deber\u00e1n suministrar a la Asamblea de partes toda la informaci\u00f3n pertinente y consultar con la misma, por conducto de la Junta de Gobernadores, para asegurar la compatibilidad t\u00e9cnica de tales instalaciones y de su operaci\u00f3n con el uso por Intelsat del espectro de frecuencias radioel\u00e9ctricas y del espacio orbital para su segmento espacial existente o proyectado y para evitar perjuicios econ\u00f3micos considerables para el sistema global de Intelsat. Una vez efectuadas dichas consultas, la Asamblea de Partes, tomando en consideraci\u00f3n el asesoramiento de la Junta de Gobernadores, expresar\u00e1 en forma de recomendaciones sus conclusiones respecto de las consideraciones expresadas en este p\u00e1rrafo, as\u00ed como respecto de que el suministro o la utilizaci\u00f3n de tales instalaciones no perjudicar\u00e1 el establecimiento de enlaces directos de telecomunicaciones por medio del segmento espacial de Intelsat entre todos los participantes. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(e) En la medida en que cualquier Parte, Signatario, o persona bajo la jurisdicci\u00f3n de una Parte, tenga la intenci\u00f3n de establecer, adquirir o utilizar instalaciones de segmento espacial separadas de las del segmento espacial de Intelsat para satisfacer sus necesidades en materia de servicios especializados de telecomunicaciones nacionales o internacionales, la Parte o el Signatario correspondiente, antes de establecer, adquirir o utilizar tales instalaciones, suministrar\u00e1 toda la informaci\u00f3n pertinente a la Asamblea de Partes, por conducto de la Junta de Gobernadores. La Asamblea de Partes, teniendo en cuenta el asesoramiento de la Junta de Gobernadores, expresar\u00e1 en forma de recomendaciones sus conclusiones respecto de la compatibilidad t\u00e9cnica de tales instalaciones y su operaci\u00f3n con el uso por Intelsat del espectro de frecuencias radioel\u00e9ctricas y del espacio orbital para su segmento espacial existente o proyectado. <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(f) Las recomendaciones de la Asamblea de Partes o de la Junta de Gobernadores hechas de conformidad con el presente art\u00edculo, se formular\u00e1n dentro de un plazo de seis meses a partir de la fecha en que se inicien los procedimientos se\u00f1alados en los p\u00e1rrafos anteriores. Para este fin, se podr\u00e1 convocar una reuni\u00f3n extraordinaria de la Asamblea de Partes. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(g) El presente Acuerdo no se aplicar\u00e1 al establecimiento, a la adquisici\u00f3n ni a la utilizaci\u00f3n de instalaciones de segmento espacial separadas de las del segmento espacial de Intelsat \u00fanicamente para prop\u00f3sitos de seguridad nacional. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <font face=\"Arial\"><A name=15><b><font size=\"2\">ARTICULO 15. <i>Sede de Intelsat, privilegios, exenciones e inmunidades.<\/i><\/font><\/b><\/A><i><font size=\"2\"> <\/font><\/i><\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(a) La sede de Intelsat estar\u00e1 situada en Washington. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(b) Dentro del alcance de las actividades autorizadas por el presente Acuerdo, Intelsat y sus bienes estar\u00e1n exentos en todo Estado Parte del presente Acuerdo, de todo impuesto nacional sobre los ingresos y de todo impuesto directo nacional sobre los bienes y de todo derecho de aduana sobre sat\u00e9lites de telecomunicaciones y piezas y partes para dichos sat\u00e9lites que ser\u00e1n lanzados para uso en el sistema mundial. Cada Parte se compromete a hacer lo posible para otorgar a Intelsat y a sus bienes, de conformidad con sus procedimientos internos, aquellas otras exenciones de impuestos sobre los ingresos, de impuestos directos sobre los bienes, y de los derechos arancelarios, que sean deseables teniendo en cuenta la naturaleza peculiar de Intelsat. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(c) Cada Parte que no sea la Parte en cuyo territorio se encuentra la sede de Intelsat, o la Parte en cuyo territorio se encuentra la sede de Intelsat, seg\u00fan el caso, otorgar\u00e1, de conformidad con el Protocolo o el Acuerdo de Sede a que se refiere el presente p\u00e1rrafo, respectivamente, los privilegios, las exenciones y las inmunidades apropiadas a Intelsat, a sus altos funcionarios y a aquellas categor\u00edas de empleados especificadas en dichos Protocolo y Acuerdo de Sede, a las Partes y a los representantes de Partes, a los Signatarios y a los representantes de Signatarios y a las personas que participen en procedimientos de arbitraje. En particular, cada Parte otorgar\u00e1 a dichos individuos inmunidad de proceso judicial por actos realizados, o palabras escritas o pronunciadas, en el ejercicio de sus funciones y dentro de los l\u00edmites de sus obligaciones al grado y en los casos previstos en el Acuerdo de Sede y el Protocolo mencionados en el presente p\u00e1rrafo. La Parte en cuyo territorio se encuentra la sede de Intelsat deber\u00e1, a la brevedad posible, concertar un Acuerdo de Sede con Intelsat relativo a privilegios, exenciones e inmunidades. El Acuerdo de Sede deber\u00e1 incluir una disposici\u00f3n en el sentido de que todo Signatario que act\u00fae como tal, salvo el Signatario designado por la Parte en cuyo territorio se ubica la sede, estar\u00e1 exento de impuestos nacionales sobre ingresos percibidos de Intelsat en el territorio de dicha Parte. Las dem\u00e1s Partes concertar\u00e1n, a la brevedad posible, un Protocolo relativo a privilegios, exenciones e inmunidades. El Acuerdo de Sede y el Protocolo ser\u00e1n independientes del presente Acuerdo y cada uno prever\u00e1 las condiciones de su terminaci\u00f3n. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font face=\"Arial\"><A name=16><b><font size=\"2\">ARTICULO 16. <i>Retiro.<\/i><\/font><\/b><\/A><i><font size=\"2\"> <\/font><\/i><\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(a) (i) Cualquier Parte o Signatario podr\u00e1 retirarse voluntariamente de Intelsat. Las Partes notificar\u00e1n por escrito al Depositario su decisi\u00f3n de retirarse. La decisi\u00f3n de retiro de un Signatario se notificar\u00e1 por escrito al \u00f3rgano ejecutivo por conducto de la Parte que lo design\u00f3 y dicha notificaci\u00f3n significar\u00e1 la aceptaci\u00f3n por la Parte de la notificaci\u00f3n de la decisi\u00f3n de retiro. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ii) El retiro voluntario notificado de conformidad con el inciso (i) del presente p\u00e1rrafo surtir\u00e1 efecto, y tanto el presente Acuerdo como el Acuerdo Operativo dejar\u00e1n de estar en vigor para la Parte o el Signatario que se retira, tres meses despu\u00e9s de la fecha de recibo de la notificaci\u00f3n o, si la notificaci\u00f3n as\u00ed lo indicara, en la fecha en que se lleve a cabo la siguiente determinaci\u00f3n de participaciones de inversi\u00f3n de conformidad con el inciso (ii) del p\u00e1rrafo (c) del art\u00edculo 6o. del Acuerdo Operativo despu\u00e9s del t\u00e9rmino del mencionado plazo de tres meses. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(b) (i) Si pareciere que una Parte ha dejado de cumplir cualesquiera de las obligaciones estipuladas en el presente Acuerdo, la Asamblea de Partes, tras de recibir notificaci\u00f3n a este efecto o actuando por propia iniciativa y habiendo considerado cualesquiera alegaciones presentadas por la Parte, podr\u00e1 decidir, si encuentra que en efecto ha ocurrido dicho incumplimiento, que se considere dicha Parte como retirada de Intelsat. El presente Acuerdo dejar\u00e1 de estar en vigor para dicha Parte a partir de la fecha de tal decisi\u00f3n. A este efecto, podr\u00e1 convocarse una reuni\u00f3n extraordinaria de la Asamblea de Partes. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ii) Si pareciere que un Signatario, como tal, ha dejado de cumplir cualesquiera de las obligaciones estipuladas en el presente Acuerdo o en el Acuerdo Operativo, que no sean aquellas impuestas por el p\u00e1rrafo (a) del art\u00edculo 4o. del Acuerdo Operativo, y que dicho incumplimiento no ha sido remediado tres meses despu\u00e9s de que el Signatario hubiere recibido notificaci\u00f3n por escrito del \u00f3rgano ejecutivo de una resoluci\u00f3n de la Junta de Gobernadores por la que \u00e9sta toma nota del incumplimiento, la Junta de Gobernadores, tras de considerar las alegaciones presentadas por el Signatario o por la Parte que lo design\u00f3, podr\u00e1 suspender los derechos del Signatario correspondiente y podr\u00e1 as\u00ed mismo recomendar a la Reuni\u00f3n de Signatarios que se considere a dicho Signatario como retirado de Intelsat. Si la Reuni\u00f3n de Signatarios, tras de examinar las alegaciones presentadas por dicho Signatario o por la Parte que lo design\u00f3, aprueba la citada recomendaci\u00f3n de la Junta de Gobernadores, el retiro del Signatario surtir\u00e1 efecto a partir de la fecha de su aprobaci\u00f3n, y tanto el presente Acuerdo como el Acuerdo Operativo dejar\u00e1n de estar en vigor para el mismo a partir de esa fecha. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(c) Si un signatario dejase de pagar alguna suma que adeudara de conformidad con el p\u00e1rrafo (a) del art\u00edculo 4o. del Acuerdo Operativo dentro de los tres meses a partir de la fecha del vencimiento de tal pago, los derechos del Signatario conforme al presente Acuerdo y al Acuerdo Operativo quedar\u00e1n autom\u00e1ticamente suspendidos. Si dentro de los tres meses a partir de la fecha de la suspensi\u00f3n, el Signatario no hubiese pagado la totalidad de las sumas adeudadas, o la parte que lo design\u00f3 no hubiese hecho una sustituci\u00f3n de conformidad con el p\u00e1rrafo (f) del presente art\u00edculo, la Junta de Gobernadores, tras de considerar las alegaciones presentadas por dicho Signatario o por la parte que lo design\u00f3, podr\u00e1 recomendar a la Reuni\u00f3n de Signatarios que se considere a dicho Signatario como retirado de Intelsat. La Reuni\u00f3n de Signatarios, tras de examinar las alegaciones presentadas por dicho Signatario, podr\u00e1 decidir que \u00e9ste sea considerado como retirado de Intelsat, y a partir de la fecha de tal decisi\u00f3n el presente Acuerdo y el Acuerdo Operativo dejar\u00e1 de estar en vigor para el Signatario. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(d) El retiro de una Parte como tal implicar\u00e1 el retiro simult\u00e1neo del Signatario designado por dicha Parte, o de la Parte en su capacidad de Signatario, seg\u00fan el caso, y el presente Acuerdo y el Acuerdo Operativo dejar\u00e1n de estar en vigor para dicho Signatario en la misma fecha en que el presente Acuerdo deje de estar en vigor para la parte que lo design\u00f3. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(e) En todos los casos de retiro de un Signatario de Intelsat, la parte que lo design\u00f3 asumir\u00e1 la calidad de Signatario, o designar\u00e1 a un nuevo Signatario cuya designaci\u00f3n surtir\u00e1 efecto en la fecha de dicho retiro, o se retirar\u00e1 de Intelsat. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(f) Si por alg\u00fan motivo una Parte desea sustituirse por el Signatario que hab\u00eda designado, o designar un nuevo Signatario, dar\u00e1 aviso por escrito al efecto al Depositario; y luego de asumir el nuevo Signatario todas las Obligaciones pendientes del anterior Signatario y despu\u00e9s de firmar el Acuerdo Operativo, el presente Acuerdo y el Acuerdo Operativo entrar\u00e1n en vigor para el nuevo Signatario y dejar\u00e1n de estar en vigor para el Signatario que hab\u00eda sido designado en primer lugar y para quien estaban en vigor. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(g) Al recibir el Depositario o el \u00f3rgano ejecutivo, seg\u00fan el caso, la notificaci\u00f3n de la decisi\u00f3n de retiro de conformidad con el inciso (i) del p\u00e1rrafo (a) del presente art\u00edculo, la Parte que present\u00f3 dicha notificaci\u00f3n y el Signatario designado por la misma, o el Signatario respecto del cual se efectu\u00f3 la notificaci\u00f3n, seg\u00fan el caso, perder\u00e1n todos los derechos de representaci\u00f3n y de voto en todos los \u00f3rganos de Intelsat y no contraer\u00e1n responsabilidad ni obligaci\u00f3n alguna despu\u00e9s del recibo de la notificaci\u00f3n, salvo que el Signatario tendr\u00e1 la obligaci\u00f3n, a menos de que la Junta de Gobernadores decida de otra forma de conformidad con el p\u00e1rrafo (d) del art\u00edculo 21 del Acuerdo Operativo, de pagar la parte que le corresponde de las contribuciones de capital necesarias para atender tanto los compromisos contractuales espec\u00edficamente autorizados antes de tal recibo, como las responsabilidades que emanen de actos u omisiones anteriores a tal recibo. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(h) Durante el per\u00edodo de suspensi\u00f3n de los derechos de un Signatario de conformidad con el inciso (ii) del p\u00e1rrafo (b), o el p\u00e1rrafo (c), del presente art\u00edculo, dicho Signatario continuar\u00e1 teniendo todas las obligaciones y responsabilidades de un Signatario conforme al presente Acuerdo y al Acuerdo Operativo. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(i) Si de conformidad con el inciso (ii) del p\u00e1rrafo (b) o p\u00e1rrafo (c) del presente art\u00edculo, la Reuni\u00f3n de Signatarios decide no aprobar la recomendaci\u00f3n de la Junta de Gobernadores de que un Signatario sea considerado como retirado de Intelsat, la suspensi\u00f3n se revocar\u00e1 en la fecha de tal decisi\u00f3n y a partir de la misma el Signatario gozar\u00e1 de todos los derechos previstos en el presente Acuerdo y el Acuerdo Operativo, a reserva de que cuando un Signatario sea suspendido de conformidad con el p\u00e1rrafo (c) del presente art\u00edculo, en cuyo caso la suspensi\u00f3n no ser\u00e1 revocada hasta que el Signatario haya pagado las sumas adeudadas de conformidad con el p\u00e1rrafo (a) del art\u00edculo 4o. del Acuerdo Operativo. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(j) Si de conformidad con el inciso (ii) del p\u00e1rrafo (b), o con el p\u00e1rrafo (c), del presente art\u00edculo, la Reuni\u00f3n de Signatarios aprueba la recomendaci\u00f3n de la Junta de Gobernadores de que un Signatario sea considerado como retirado de Intelsat, dicho Signatario, despu\u00e9s de tal aprobaci\u00f3n, no incurrir\u00e1 en obligaci\u00f3n ni responsabilidad alguna, excepto que tendr\u00e1 la obligaci\u00f3n, a menos que la Junta de Gobernadores decida de otra forma de conformidad con el p\u00e1rrafo (d) del art\u00edculo 21 del Acuerdo Operativo, de pagar la parte que le corresponde de las contribuciones de capital necesarias para hacer frente tanto a los compromisos contractuales espec\u00edficamente autorizados antes de tal aprobaci\u00f3n, como a las responsabilidades que emanen de actos u omisiones anteriores a tal aprobaci\u00f3n. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(k) Si de conformidad con el inciso (i) del p\u00e1rrafo (b) del presente art\u00edculo, la Asamblea de partes decide que un Parte sea considerada como retirada de Intelsat, esa Parte en su calidad de Signatario, o su Signatario designado, seg\u00fan el caso, no incurrir\u00e1 en obligaci\u00f3n ni responsabilidad alguna despu\u00e9s de tal decisi\u00f3n, excepto que la Parte en su calidad de Signatario, o su Signatario designado, seg\u00fan el caso, tendr\u00e1 la obligaci\u00f3n, a menos de que la Junta de Gobernadores decida de otra forma de conformidad con el p\u00e1rrafo (d) del art\u00edculo 21 del Acuerdo Operativo, de pagar la parte que le corresponde de las contribuciones de capital necesarias para hacer frente tanto a los compromisos contractuales espec\u00edficamente autorizados antes de tal decisi\u00f3n, como a las responsabilidades que emanen de actos u omisiones anteriores a tal decisi\u00f3n. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(l) La liquidaci\u00f3n de las cuentas entre Intelsat y un Signatario para el cual el presente Acuerdo y el Acuerdo Operativo han dejado de estar en vigor, salvo en el caso de sustituci\u00f3n de conformidad con el p\u00e1rrafo (f) del presente art\u00edculo, se efectuar\u00e1 de conformidad con el art\u00edculo 21 del Acuerdo Operativo. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(m) (i) La notificaci\u00f3n de la decisi\u00f3n de una Parte de retirarse de conformidad con el inciso (i) del p\u00e1rrafo (a) del presente art\u00edculo ser\u00e1 transmitida por el Depositario a todas las partes y al \u00f3rgano ejecutivo, el cual la transmitir\u00e1 a todos los signatarios. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ii) Si la Asamblea de partes decide que se considere a una Parte como retirada de Intelsat conforme a lo dispuesto en el inciso (i) del p\u00e1rrafo (b) del presente art\u00edculo, el \u00f3rgano ejecutivo lo notificar\u00e1 a todos los Signatarios y al Depositario, el cual lo notificar\u00e1 a todas las Partes. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(iii) La notificaci\u00f3n de la decisi\u00f3n de un Signatario de retirarse de conformidad con el inciso (i) del p\u00e1rrafo (a) del presente art\u00edculo o del retiro de un Signatario de conformidad con el inciso (ii) del p\u00e1rrafo (b), o con los p\u00e1rrafos (c) o (d), del presente art\u00edculo, ser\u00e1 transmitida por el \u00f3rgano ejecutivo a todos los Signatarios y al Depositario, el cual lo notificar\u00e1 a todas las Partes. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(iv) La suspensi\u00f3n de un Signatario conforme al inciso (ii) del p\u00e1rrafo (b), o al p\u00e1rrafo (c), del presente art\u00edculo, ser\u00e1 notificada por el \u00f3rgano ejecutivo a todos los Signatarios y al Depositario, el cual lo notificar\u00e1 a todas las Partes. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(v) La sustituci\u00f3n de un Signatario conforme al p\u00e1rrafo (f) del presente art\u00edculo, ser\u00e1 notificada por el Depositario a todas las Partes y al \u00f3rgano ejecutivo, el cual lo notificar\u00e1 a todos los Signatarios. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(n) No se exigir\u00e1 el retiro de Intelsat de Parte alguna, ni del Signatario que \u00e9sta haya designado, como consecuencia directa de cualquier cambio en la condici\u00f3n de dicha Parte respecto de la Uni\u00f3n Internacional de Telecomunicaciones. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <font face=\"Arial\"><A name=17><b><font size=\"2\">ARTICULO 17. <i>Enmiendas.<\/i><\/font><\/b><\/A><i><font size=\"2\"> <\/font><\/i><\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(a) Cualquier Parte podr\u00e1 proponer enmiendas al presente Acuerdo. Las propuestas de enmienda ser\u00e1n presentadas al \u00f3rgano ejecutivo, el cual las distribuir\u00e1 a todas las partes y Signatarios a la brevedad posible. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(b) Las propuestas de enmienda ser\u00e1n consideradas por la Asamblea de Partes en su primera reuni\u00f3n ordinaria siguiente a la distribuci\u00f3n por el \u00f3rgano ejecutivo, o bien en una reuni\u00f3n extraordinaria anterior convocada conforme al art\u00edculo vii del presente Acuerdo, siempre que en ambos casos las propuestas hayan sido distribuidas no menos de noventa d\u00edas antes de la apertura de la reuni\u00f3n correspondiente. La Asamblea de Partes, a este efecto, examinar\u00e1 las observaciones y las recomendaciones que haya recibido respecto de las propuestas de enmienda de la Reuni\u00f3n de Signatarios o de la Junta de Gobernadores. <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(c) La Asamblea de Partes tomar\u00e1 decisiones respecto de las propuestas de enmienda de conformidad con las reglas de qu\u00f3rum y votaci\u00f3n establecidas en el art\u00edculo VII del presente Acuerdo. As\u00ed mismo, podr\u00e1 modificar propuestas de enmienda distribuidas conforme al p\u00e1rrafo (b) del presente art\u00edculo y tomar decisiones sobre propuestas de enmienda que no hubieran sido as\u00ed distribuidas pero que resulten directamente de una propuesta de enmienda o de una enmienda modificada. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(d) Las enmiendas aprobadas por la Asamblea de Partes entrar\u00e1n en vigor, de conformidad con el p\u00e1rrafo (e) del presente art\u00edculo, despu\u00e9s de que el Depositario haya recibido notificaci\u00f3n de la aprobaci\u00f3n, aceptaci\u00f3n o ratificaci\u00f3n de la enmienda, sea por: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(i) Dos tercios de los Estados que eran partes en la fecha en que la enmienda fue aprobada por la Asamblea de Partes, siempre que dichos dos tercios incluyan partes que ten\u00edan entonces, o cuyos Signatarios designados ten\u00eda entonces, por lo menos dos tercios del total de las participaciones de inversi\u00f3n, o por <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ii) Un n\u00famero de Estados igual o superior al ochenta y cinco por ciento del n\u00famero total de Estados que eran Partes en la fecha en que la enmienda fue aprobada por la Asamblea de Partes, cualquiera que fuere el monto de las participaciones de inversi\u00f3n que dichas Partes o sus Signatarios designados hubieren tenido en esa ocasi\u00f3n. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(e) El Depositario notificar\u00e1 a todas las Partes, tan pronto como las haya recibido, las aceptaciones, aprobaciones o ratificaciones requeridas por el p\u00e1rrafo (d) del presente art\u00edculo para la entrada en vigor de una enmienda. Noventa d\u00edas a partir de la fecha de esta notificaci\u00f3n, la enmienda entrar\u00e1 en vigor para todas las Partes, incluso para aquellas que a\u00fan no la hubieren aceptado, aprobado o ratificado y que no se hubieren retirado de Intelsat. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(f) No obstante las disposiciones de los p\u00e1rrafos (d) y (e) del presente art\u00edculo, ninguna enmienda entrar\u00e1 en vigor antes de ocho meses a partir de la fecha en que haya sido aprobada por la Asamblea de Partes. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <font face=\"Arial\"><A name=18><b><font size=\"2\">ARTICULO 18. <i>Soluci\u00f3n de controversias.<\/i><\/font><\/b><\/A><i><font size=\"2\"> <\/font><\/i><\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(a) Todas las controversias jur\u00eddicas que surjan en relaci\u00f3n con los derechos y las obligaciones que se estipulan en el presente Acuerdo, o en relaci\u00f3n con obligaciones asumidas por las Partes de conformidad con el p\u00e1rrafo (c) del art\u00edculo 14 o el p\u00e1rrafo (c) del art\u00edculo 15 del Acuerdo Operativo, entre las Partes entre s\u00ed, o entre Intelsat y una o m\u00e1s Partes, si no se resolvieran de otro modo dentro de un plazo razonable, ser\u00e1n sometidas a arbitraje de conformidad con las disposiciones del Anexo C al presente Acuerdo. Toda controversia jur\u00eddica que surja en relaci\u00f3n con los derechos y las obligaciones de conformidad con el presente Acuerdo y el Acuerdo Operativo entre una o m\u00e1s partes y uno o m\u00e1s Signatarios, podr\u00e1 someterse a arbitraje de conformidad con las disposiciones del Anexo C al presente Acuerdo, siempre que la Parte o Partes y el Signatario o Signatarios interesados as\u00ed lo convengan. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(b) Todas las controversias jur\u00eddicas que surjan en relaci\u00f3n con los derechos y las obligaciones de conformidad con el presente Acuerdo, o en relaci\u00f3n con las obligaciones de conformidad con el presente acuerdo o en relaci\u00f3n con las obligaciones asumidas por las Partes de conformidad con el p\u00e1rrafo (c) del art\u00edculo 14 o&nbsp; con el p\u00e1rrafo (c) del art\u00edculo 15 del Acuerdo Operativo, entre una Parte y un Estado que ha dejado de ser Parte, o entre Intelsat y un Estado que ha dejado de ser Parte, y que surjan despu\u00e9s de que dicho Estado dej\u00f3 de ser Parte, si no se resolvieran de otro modo dentro de un plazo razonable, ser\u00e1n sometidas a arbitraje de conformidad con las disposiciones del Anexo C al presente Acuerdo, siempre que el Estado que ha dejado de ser Parte as\u00ed lo acuerde. Si un Estado deja de ser Parte, o si un Estado o entidad de telecomunicaciones dejan de ser signatarios, despu\u00e9s de haber comenzado un arbitraje en el que es litigante, de conformidad con el p\u00e1rrafo (a) del presente art\u00edculo, dicho arbitraje ser\u00e1 continuado y concluido. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(c) Todas las controversias jur\u00eddicas que surjan como consecuencia de acuerdos concertados entre Intelsat y cualquier Parte estar\u00e1n sujetas a las disposiciones sobre soluci\u00f3n de controversias contenidas en dichos acuerdos. De no existir tales disposiciones, dichas controversias, si no se resolvieran de otro modo, podr\u00e1n ser sometidas a arbitraje de conformidad con las disposiciones del Anexo C al presente Acuerdo si los litigantes as\u00ed lo acuerdan. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <font face=\"Arial\"><A name=19><b><font size=\"2\">ARTICULO<\/font><\/b><font size=\"2\"><b> 19. <i>Firma.<\/i><\/b><\/font><\/A><i> <\/i><\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(a) El presente Acuerdo estar\u00e1 abierto a la firma en Washington, del 20 de agosto de 1971 hasta que entre en vigor, o hasta que haya transcurrido un plazo de nueve meses, de las dos fechas la que ocurra primero: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(i) por el Gobierno de cualquier Estado parte en el Acuerdo Provisional; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ii) por el Gobierno de cualquier otro Estado miembro de la Uni\u00f3n Internacional de Telecomunicaciones. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(b) Cualquier Gobierno que firme el presente Acuerdo podr\u00e1 hacerlo sin que su firma est\u00e9 sujeta a ratificaci\u00f3n, aceptaci\u00f3n o aprobaci\u00f3n, o acompa\u00f1ar su firma con una declaraci\u00f3n de que est\u00e1 sujeta a ratificaci\u00f3n, aceptaci\u00f3n o aprobaci\u00f3n. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(c) Cualquier Estado al que se refiere el p\u00e1rrafo a) del presente art\u00edculo podr\u00e1 adherirse al presente Acuerdo despu\u00e9s de que est\u00e9 cerrado a la firma: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(d) No se podr\u00e1 hacer reserva alguna al presente Acuerdo. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font face=\"Arial\"><A name=20><b><font size=\"2\">ARTICULO 20. <i>Entrada en vigor.<\/i><\/font><\/b><\/A><i><font size=\"2\"> <\/font><\/i><\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(a) El presente Acuerdo entrar\u00e1 en vigor sesenta d\u00edas despu\u00e9s de la fecha en que lo hayan firmado no sujeto a ratificaci\u00f3n, aceptaci\u00f3n o aprobaci\u00f3n, o lo hayan ratificado, aceptado o aprobado, o se hayan adherido a \u00e9l, dos tercios de los Estados que eran partes en el Acuerdo Provisional en la fecha en que el presente Acuerdo se abri\u00f3 a firma, siempre y cuando: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(i) dichos dos tercios incluyan partes que entonces ten\u00edan, o partes cuyos signatarios del Acuerdo Especial entonces ten\u00edan, por lo menos dos tercios de las cuotas bajo el Acuerdo Especial, y <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ii) dichas partes o sus entidades de telecomunicaciones designadas hayan firmado el Acuerdo Operativo. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">En la fecha en que se inicie dicho per\u00edodo de sesenta d\u00edas, entrar\u00e1n en vigor las disposiciones del p\u00e1rrafo 2 del Anexo al Acuerdo Operativo a los fines estipulados en el mismo. No obstante las disposiciones antes mencionadas, el presente Acuerdo no entrar\u00e1 en vigor antes de un plazo de ocho meses o m\u00e1s de dieciocho meses a partir de la fecha en que se abra a firma. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(b) Para un Estado cuyo instrumento de ratificaci\u00f3n, aceptaci\u00f3n, aprobaci\u00f3n o adhesi\u00f3n se deposite despu\u00e9s de la fecha en que el presente Acuerdo entre en vigor de conformidad con el p\u00e1rrafo (a) del presente art\u00edculo, el presente Acuerdo entrar\u00e1 en vigor en la fecha de tal dep\u00f3sito. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(c) Una vez que el presente Acuerdo entre en vigor de conformidad con el p\u00e1rrafo (a) del presente art\u00edculo, podr\u00e1 aplicarse provisionalmente para cualquier Estado cuyo Gobierno lo haya firmado sujeto a ratificaci\u00f3n, aceptaci\u00f3n o aprobaci\u00f3n, si dicho Gobierno as\u00ed lo solicita en el momento de la firma o en cualquier fecha ulterior antes de la entrada en vigor del presente Acuerdo. La aplicaci\u00f3n provisional terminar\u00e1: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(i) al depositarse un instrumento de ratificaci\u00f3n, aceptaci\u00f3n o aprobaci\u00f3n del presente Acuerdo por parte de dicho Gobierno; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ii) al expirar un plazo de dos a\u00f1os a partir de la fecha en que el presente Acuerdo entre en vigor, sin haber sido ratificado, aceptado o aprobado por dicho Gobierno; o <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(iii) al notificar dicho Gobierno, antes de la expiraci\u00f3n del plazo mencionado en el inciso (ii) del presente p\u00e1rrafo, su decisi\u00f3n de no ratificar, aceptar o aprobar el presente Acuerdo. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Si la aplicaci\u00f3n provisional termina de conformidad con los incisos (ii) o (iii) del presente p\u00e1rrafo, las disposiciones de los p\u00e1rrafos (g) y (l) del art\u00edculo 16 del presente Acuerdo regir\u00e1n los derechos y las obligaciones de la Parte y de su Signatario designado. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(d) No obstante las disposiciones del presente art\u00edculo, el presente Acuerdo no entrar\u00e1 en vigor para ning\u00fan Estado, ni ser\u00e1 aplicado provisionalmente en relaci\u00f3n con Estado alguno, hasta que su Gobierno, o la entidad de telecomunicaciones designada de conformidad con el presente Acuerdo, haya firmado el Acuerdo Operativo. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(e) Al entrar en vigor, el presente Acuerdo reemplazar\u00e1 y dejar\u00e1 sin efecto al Acuerdo Provisional. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <font face=\"Arial\"><A name=21><b><font size=\"2\">ARTICULO 21. <i>Disposiciones diversas.<\/i><\/font><\/b><\/A><i><font size=\"2\"> <\/font><\/i><\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(a) Las lenguas oficiales y de trabajo de Intelsat ser\u00e1n el espa\u00f1ol, el franc\u00e9s y el ingl\u00e9s. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(b) Las disposiciones internas del \u00f3rgano ejecutivo estipular\u00e1n la pronta distribuci\u00f3n a todas las Partes y Signatarios de copias de todo documento de Intelsat de conformidad con sus pedidos. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(c) De conformidad con lo establecido por la Resoluci\u00f3n 1721 (XVI) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, el \u00f3rgano ejecutivo enviar\u00e1 al Secretario General de las Naciones Unidas y a los Organismos Especializados interesados, para su informaci\u00f3n, un informe anual sobre las actividades de Intelsat. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <font face=\"Arial\"><A name=22><b><font size=\"2\">ARTICULO 22. <i>Depositario.<\/i><\/font><\/b><\/A><i><font size=\"2\"> <\/font><\/i><\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(a) El Gobierno de los Estados Unidos de Am\u00e9rica ser\u00e1 el Depositario del presente Acuerdo, y ser\u00e1 el Gobierno ante el cual ser\u00e1n depositadas las declaraciones a que se refiere el p\u00e1rrafo (b) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#19\">19<\/A><\/b> del presente Acuerdo, los instrumentos de ratificaci\u00f3n, aceptaci\u00f3n, aprobaci\u00f3n o adhesi\u00f3n, las solicitudes de aplicaci\u00f3n provisional y las notificaciones de ratificaci\u00f3n, aceptaci\u00f3n o aprobaci\u00f3n de enmiendas, de decisiones de retirarse de Intelsat, o de terminar la aplicaci\u00f3n provisional del presente Acuerdo. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(b) El presente Acuerdo, cuyos textos en espa\u00f1ol, franc\u00e9s e ingl\u00e9s son igualmente aut\u00e9nticos, se depositar\u00e1 en los archivos del Depositario. El Depositario enviar\u00e1 copias certificadas del texto del presente Acuerdo a todos los Gobiernos que lo han firmado o han depositado instrumentos de adhesi\u00f3n al mismo y a la Uni\u00f3n Internacional de Telecomunicaciones y notificar\u00e1 a dichos gobiernos y a la Uni\u00f3n Internacional de Telecomunicaciones, las firmas, las declaraciones bajo el p\u00e1rrafo (b) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#19\">19<\/A><\/b> del presente Acuerdo, el dep\u00f3sito de instrumentos de ratificaci\u00f3n, aceptaci\u00f3n, aprobaci\u00f3n o adhesi\u00f3n, las solicitudes de aplicaci\u00f3n provisional, del comienzo del per\u00edodo de sesenta d\u00edas a que se refiere el p\u00e1rrafo (a) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#20\">20<\/A><\/b> del presente Acuerdo, la entrada en vigor del presente Acuerdo, las notificaciones de ratificaci\u00f3n, aceptaci\u00f3n o aprobaci\u00f3n de enmiendas, la entrada en vigor de enmiendas, las decisiones de retirarse de Intelsat, los retiros y las terminaciones de aplicaci\u00f3n provisional del presente Acuerdo. La notificaci\u00f3n del comienzo del per\u00edodo de sesenta d\u00edas se efectuar\u00e1 el primer d\u00eda de dicho per\u00edodo. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(c) Al entrar en vigor el presente Acuerdo, el Depositario lo registrar\u00e1 en la Secretar\u00eda de las Naciones Unidas, de conformidad con el art\u00edculo 102 de la Carta de las Naciones Unidas. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\"><b>EN TESTIMONIO DE LO CUAL,<\/b> los Plenipotenciarios respectivos, reunidos en la ciudad de Washington, habiendo presentado sus plenos poderes hallados en buena y debida forma, firman el presente Acuerdo. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Hecho en Washington, el d\u00eda 20 de agosto del a\u00f1o de mil novecientos setenta y uno. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <\/p>\n<p align=\"center\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">ANEXO A <\/font> <\/p>\n<p align=\"center\"><b><font size=\"2\" face=\"Arial\">FUNCIONES DEL SECRETARIO GENERAL <\/font> <\/b> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Entre las funciones del Secretario General mencionadas en el p\u00e1rrafo (b) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#12\">12<\/A><\/b> del presente Acuerdo se incluir\u00e1n las siguientes: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">1) llevar al d\u00eda las previsiones de tr\u00e1fico de Intelsat y con este objeto convocar reuniones regionales peri\u00f3dicas para calcular las demandas de tr\u00e1fico; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">2) aprobar solicitudes de acceso al segmento espacial de Intelsat de estaciones terrenas normalizadas, informar a la Junta de gobernadores sobre solicitudes de acceso por estaciones terrenas no normalizadas y llevar datos sobre fechas de disponibilidad de estaciones terrenas nuevas y existentes; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">3) llevar datos basados en informes presentados por los Signatarios, por otros propietarios de estaciones terrenas y por el contratista de servicios de gerencia sobre las posibilidades y las limitaciones t\u00e9cnicas y operativas de todas las estaciones terrenas nuevas y existentes; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">4) llevar una oficina de documentaci\u00f3n sobre las asignaciones de frecuencias a los usuarios y hacer lo necesario para el registro de frecuencias en la Uni\u00f3n Internacional de Telecomunicaciones; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">5) preparar presupuestos de gastos y de operaci\u00f3n y calcular necesidades de ingresos, bas\u00e1ndose en hip\u00f3tesis de planificaci\u00f3n aprobadas por la Junta de Gobernadores; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">6) recomendar a la Junta de Gobernadores las tasas de utilizaci\u00f3n del segmento espacial de Intelsat; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">7) recomendar a la Junta de Gobernadores m\u00e9todos de aplicaci\u00f3n de contabilidad; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">8) llevar libros de contabilidad y tenerlos en condiciones de revisi\u00f3n, seg\u00fan lo requiera la Junta de Gobernadores, as\u00ed como preparar estados financieros mensuales y anuales; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">9) calcular las participaciones de inversi\u00f3n de los Signatarios, facturar a los Signatarios las contribuciones de capital, facturar a los usuarios por su utilizaci\u00f3n del segmento espacial de Intelsat, recibir pagos en efectivo en nombre de Intelsat y distribuir a los Signatarios los ingresos y dem\u00e1s desembolsos en efectivo en representaci\u00f3n de Intelsat; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">10) informar a la Junta de Gobernadores respecto de Signatarios morosos en sus contribuciones de capital y respecto de usuarios morosos en sus pagos por la utilizaci\u00f3n del segmento espacial de Intelsat; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">11) aprobar y liquidar facturas presentadas a Intelsat por compras autorizadas y contratos celebrados por el \u00f3rgano ejecutivo, as\u00ed como reembolsar al contratista de servicios de gerencia los gastos incurridos por adquisiciones y contratos celebrados en representaci\u00f3n de Intelsat y autorizados por la Junta de Gobernadores; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">12) administrar programas de prestaciones sociales para los empleados de Intelsat, as\u00ed como pagar salarios y gastos autorizados del personal de Intelsat; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">13) invertir o depositar fondos disponibles y girar sobre tales inversiones o dep\u00f3sitos cuando sea necesario para cumplir con las obligaciones de Intelsat; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">14) llevar los datos de los bienes de Intelsat y de su depreciaci\u00f3n y llevar, en colaboraci\u00f3n con el contratista de servicios de gerencia y los Signatarios apropiados, los inventarios de los bienes de Intelsat; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">15) recomendar t\u00e9rminos y condiciones para los acuerdos de asignaci\u00f3n de utilizaci\u00f3n del segmento espacial de Intelsat; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">16) recomendar programas de seguros para la protecci\u00f3n de los bienes de Intelsat y disponer lo necesario al efecto cuando sea autorizado por la Junta de Gobernadores; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">17) para los fines del p\u00e1rrafo (d) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#14\">14<\/A><\/b> del presente Acuerdo, analizar e informar a la Junta de gobernadores sobre los probables efectos econ\u00f3micos para Intelsat de cualquier proyecto de instalaci\u00f3n de segmento espacial separado del segmento espacial de Intelsat; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">18) preparar los temarios provisionales para las reuniones de la Asamblea de Partes, de la Reuni\u00f3n de Signatarios y de la Junta de Gobernadores, as\u00ed como de sus comisiones asesoras, preparar las actas provisionales de tales reuniones y colaborar con los presidentes de las comisiones asesoras en la preparaci\u00f3n de sus temarios, actas e informes para la Asamblea de Partes, la Reuni\u00f3n de Signatarios y la Junta de Gobernadores; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">19) proporcionar servicios de interpretaci\u00f3n y de traducci\u00f3n, reproducci\u00f3n y distribuci\u00f3n de documentos, as\u00ed como preparar las actas taquigr\u00e1ficas de las reuniones, seg\u00fan las necesidades; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">20) llevar un repertorio de las decisiones tomadas por la Asamblea de Partes, la Reuni\u00f3n de Signatarios y la Junta de Gobernadores, as\u00ed como preparar informes y correspondencia relacionados con decisiones tomadas durante sus reuniones; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">21) colaborar en la interpretaci\u00f3n de los reglamentos de la Asamblea de Partes, de la Reuni\u00f3n de Signatarios y de la Junta de Gobernadores as\u00ed como respecto de las atribuciones de sus comisiones asesoras; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">22) tomar las disposiciones necesarias para las reuniones de la Asamblea de Partes, la Reuni\u00f3n de Signatarios y la Junta de Gobernadores, as\u00ed como para sus comisiones asesoras; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">23) recomendar procedimientos y reglas para contratos y compras celebrados en representaci\u00f3n de Intelsat: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">24) tener informada a la Junta de Gobernadores respecto del cumplimiento de las obligaciones por los contratistas, inclusive por el contratista de servicios de gerencia; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">25) compilar y llevar al d\u00eda una lista mundial de licitadores para todas las adquisiciones de Intelsat; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">26) negociar, otorgar y administrar los contratos necesarios para permitir al Secretario General llevar a cabo sus funciones asignadas, inclusive contratos para obtener asistencia por parte de otras entidades para desempe\u00f1ar dichas funciones; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">27) proveer o disponer lo necesario para la provisi\u00f3n de asesoramiento legal a Intelsat, en relaci\u00f3n con las funciones del Secretario General; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">28) prestar servicios apropiados de informaci\u00f3n p\u00fablica; y <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">29) adoptar las disposiciones y convocar conferencias con el fin de negociar el Protocolo relativo a privilegios, exenciones e inmunidades a que se refiere el p\u00e1rrafo (c) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#15\">15<\/A><\/b> del presente Acuerdo. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <\/p>\n<p align=\"center\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">ANEXO B <\/font> <\/p>\n<p align=\"center\"><b><font size=\"2\" face=\"Arial\">FUNCIONES DEL CONTRATISTA DE SERVICIOS DE GERENCIA Y PAUTAS PARA EL CONTRATO DE SERVICIOS DE GERENCIA <\/font><\/b> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">1) Conforme al art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#12\">12<\/A><\/b> del presente Acuerdo, el contratista de servicios de gerencia desempe\u00f1ar\u00e1 las siguientes funciones: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">a) recomendar a la Junta de gobernadores programas de investigaci\u00f3n y desarrollo directamente relacionados con los prop\u00f3sitos de Intelsat; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">b) Seg\u00fan lo autorice la Junta de Gobernadores: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">i) realizar estudios e investigaciones y desarrollo, directamente o bajo contrato, con otras entidades o personas, <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">ii) realizar estudios de sistemas en los campos de la ingenier\u00eda, econom\u00eda y racionalizaci\u00f3n de costos, <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">iii) llevar a cabo pruebas y evaluaciones de simulaci\u00f3n de sistemas, y <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">iv) estudiar y pronosticar la demanda potencial de nuevos servicios de telecomunicaciones por sat\u00e9lite; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">c) orientar a la Junta de Gobernadores sobre la necesidad de adquirir instalaciones para el segmento espacial de Intelsat; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">d) preparar y distribuir solicitudes de ofertas, que incluyan especificaciones, para la adquisici\u00f3n de instalaciones de segmento espacial, seg\u00fan lo autorice la Junta de Gobernadores; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">e) evaluar todas las propuestas recibidas en respuesta a las solicitudes de las mismas y formular recomendaciones a la Junta de Gobernadores sobre tales propuestas: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">f) de conformidad con los reglamentos de adquisiciones y de acuerdo con las decisiones de la Junta de Gobernadores: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(i) negociar, otorgar, enmendar y administrar todos los contratos en representaci\u00f3n de Intelsat para segmentos espaciales; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ii) concertar la provisi\u00f3n de servicios de lanzamiento y las actividades de apoyo necesarias, as\u00ed como cooperar en los lanzamientos; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(iii) concertar p\u00f3lizas de seguro para proteger el segmento espacial de Intelsat, as\u00ed como el equipo destinado a lanzamiento o servicios de lanzamiento; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(iv) proveer o concertar la provisi\u00f3n de servicios de seguimiento, telemedida, telemando y control para los sat\u00e9lites de telecomunicaciones, inclusive la coordinaci\u00f3n de esfuerzos de los Signatarios y otros propietarios de estaciones terrenas que participen en la provisi\u00f3n de estos servicios, para efectuar tareas de colocaci\u00f3n, maniobras y pruebas de sat\u00e9lites, y <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(v) proveer o concertar la provisi\u00f3n de servicios de comprobaci\u00f3n de las caracter\u00edsticas de funcionamiento de sat\u00e9lites, de interrupciones en el funcionamiento, de eficacia, de la potencia del sat\u00e9lite y de las frecuencias utilizadas por las estaciones terrenas, inclusive la coordinaci\u00f3n de los esfuerzos de los Signatarios y de otros propietarios de estaciones terrenas que participen en la provisi\u00f3n de dichos servicios; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">g) recomendar a la Junta de Gobernadores de Intelsat las frecuencias que deber\u00e1 usar el segmento espacial y los planes de ubicaci\u00f3n de los sat\u00e9lites de telecomunicaciones; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">h) operar el Centro de Operaciones de Intelsat y el Centro de Control T\u00e9cnico de Veh\u00edculos Espaciales; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">i) recomendar a la Junta de Gobernadores caracter\u00edsticas de funcionamiento de estaciones terrenas normalizadas, tanto obligatorias como no obligatorias; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">j) evaluar las solicitudes de acceso al segmento espacial de Intelsat de estaciones terrenas no normalizadas; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">k) asignar la capacidad del segmento espacial de Intelsat seg\u00fan lo determine la Junta de Gobernadores; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">l) preparar y coordinar, para su adopci\u00f3n por la Junta de Gobernadores, los planes de operaciones del sistema (incluso estudios de configuraci\u00f3n de la red y planes de contingencia), procedimientos, gu\u00edas, pr\u00e1cticas y normas; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">m) preparar, coordenar y distribuir planes de frecuencia para su asignaci\u00f3n a estaciones terrenas que tengan acceso al segmento espacial de Intelsat; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">n) preparar y distribuir los informes sobre el estado del sistema, en los que se incluir\u00e1 la utilizaci\u00f3n real y proyectada del mismo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">o) distribuir informaci\u00f3n a los Signatarios y a los dem\u00e1s usuarios del sistema sobre nuevos servicios y m\u00e9todos de telecomunicaciones; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">p) para los fines del p\u00e1rrafo (d) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#14\">14<\/A><\/b> del presente Acuerdo, analizar e informar a la Junta de Gobernadores sobre los probables efectos t\u00e9cnicos y operativos para Intelsat de cualquier proyecto de instalaci\u00f3n de segmento espacial separado del segmento espacial de Intelsat, inclusive sobre los planes de frecuencia y su ubicaci\u00f3n; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">q) proporcionar al Secretario General la informaci\u00f3n necesaria para que cumpla con sus obligaciones ante la Junta de Gobernadores, de conformidad con el p\u00e1rrafo 24 del Anexo A al presente Acuerdo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">r) formular recomendaciones relativas a la adquisici\u00f3n, revelaci\u00f3n distribuci\u00f3n y protecci\u00f3n de derechos relativos a invenciones e informaci\u00f3n t\u00e9cnica, de conformidad con las disposiciones del art\u00edculo 17 del Acuerdo Operativo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">s) de conformidad con las decisiones de la Junta de Gobernadores, poner a disposici\u00f3n de Signatarios y terceros los derechos de Intelsat sobre invenciones e informaci\u00f3n t\u00e9cnica de conformidad con el art\u00edculo 17 del Acuerdo Operativo y concertar acuerdos en representaci\u00f3n de Intelsat relativos a los derechos sobre invenciones e informaci\u00f3n t\u00e9cnica; y <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">t) tomar todas las medidas operativas, t\u00e9cnicas, financieras, de adquisici\u00f3n, administrativas y de apoyo necesarias para el cumplimiento de las funciones antes mencionadas. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">2) El contrato de servicios de gerencia incluir\u00e1 condiciones apropiadas para aplicar las disposiciones pertinentes del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#12\">12<\/A><\/b> del presente Acuerdo y dispondr\u00e1 lo siguiente: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">a) el reembolso por Intelsat en d\u00f3lares de los Estados Unidos de Am\u00e9rica de todos los gastos directos o indirectos documentados e identificables, debidamente incurridos por el contratista de servicios de gerencia de conformidad con el contrato; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">b) el pago al contratista de servicios de gerencia de una cantidad fija anual, en d\u00f3lares de los Estados Unidos de Am\u00e9rica, que habr\u00e1 de negociarse entre la Junta de Gobernadores y el contratista de servicios de gerencia; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">c) la revisi\u00f3n peri\u00f3dica por parte de la Junta de Gobernadores, en consulta con el contratista de servicios de gerencia de los gastos previstos en el inciso (a) del presente p\u00e1rrafo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">d) el cumplimiento de la pol\u00edtica y del procedimiento de adquisici\u00f3n de Intelsat en la licitaci\u00f3n y negociaci\u00f3n de contratos a nombre de Intelsat, en forma compatible con las disposiciones pertinentes del presente Acuerdo y del Acuerdo Operativo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">e) las disposiciones sobre invenciones e informaci\u00f3n t\u00e9cnica que sean compatibles con el art\u00edculo 17 del Acuerdo Operativo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">f) la selecci\u00f3n por la Junta de Gobernadores, con el acuerdo del contratista de servicios de gerencia, de personal t\u00e9cnico elegido de entre personas postuladas por los Signatarios, para participar en la evaluaci\u00f3n de los dise\u00f1os y especificaciones de equipo para el segmento espacial; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">g) que las controversias o disputas entre Intelsat y el contratista de servicios de gerencia que pudieran surgir en relaci\u00f3n con el contrato de servicios de gerencia, se resuelvan de conformidad con las Reglas de Conciliaci\u00f3n y Arbitraje de la C\u00e1mara Internacional de Comercio; y <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">h) el suministro por el contratista de servicios de gerencia a la Junta de Gobernadores de toda informaci\u00f3n que sea requerida por cualquier Gobernador para permitirle cumplir con sus responsabilidades en tal capacidad. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <\/p>\n<p align=\"center\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">ANEXO C <\/font> <\/p>\n<p align=\"center\"><font size=\"2\" face=\"Arial\"><b>DISPOSICIONES RELATIVAS A LA SOLUCI\u00d3N DE CONTROVERSIAS A QUE SE REFIEREN EL ARTICULO XVIII DEL PRESENTE ACUERDO Y EL ARTICULO 20 DEL ACUERDO OPERATIVO <\/b> <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font face=\"Arial\"><b><font size=\"2\">ARTICULO<\/font><\/b><font size=\"2\"><b> 1.<\/b> Los \u00fanicos litigantes en los procedimientos de arbitraje instituidos conforme al presente Anexo ser\u00e1n los mencionados en el art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#1\">23<\/A><\/b> del presente Acuerdo, en el art\u00edculo 20 del Acuerdo Operativo y en el Anexo al mismo. <\/font><\/font><\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font face=\"Arial\"><b><font size=\"2\">ARTICULO<\/font><\/b><font size=\"2\"><b> 2.<\/b> Un tribunal de arbitraje, compuesto de tres miembros y debidamente constituido conforme a las disposiciones del presente Anexo, tendr\u00e1 competencia para dictar laudo en cualquier controversia comprendida en el art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#18\">18<\/A><\/b> del presente Acuerdo, en el art\u00edculo 20 del Acuerdo Operativo y en el Anexo al mismo. <\/font><\/font><\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <\/p>\n<p align=\"justify\"><b><font size=\"2\" face=\"Arial\">ARTICULO 3.<\/font><\/b><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">a) Cada Parte podr\u00e1 presentar al \u00f3rgano ejecutivo, a m\u00e1s tardar sesenta d\u00edas antes de la fecha de apertura de la primera reuni\u00f3n ordinaria de la Asamblea de Partes y, posteriormente, a m\u00e1s tardar sesenta d\u00edas antes de la fecha de apertura de cada reuni\u00f3n ordinaria de dicha Asamblea, los nombres de no m\u00e1s de dos jurisperitos que estar\u00e1n disponibles durante el per\u00edodo comprendido desde el t\u00e9rmino de tal reuni\u00f3n hasta el final de la siguiente reuni\u00f3n ordinaria de la Asamblea de Partes, para servir como presidentes o miembros de tribunales constituidos conforme al presente Anexo. El \u00f3rgano ejecutivo preparar\u00e1 una lista de todos los candidatos propuestos, adjuntando a la misma cualesquiera datos biogr\u00e1ficos presentados por la Parte que los proponga, y la distribuir\u00e1 a todas las Partes a m\u00e1s tardar treinta d\u00edas antes de la fecha de apertura de la reuni\u00f3n en cuesti\u00f3n. Si por cualquier raz\u00f3n un candidato no estuviere disponible para su selecci\u00f3n como componente del grupo durante el per\u00edodo de sesenta d\u00edas anteriores a la fecha de apertura de la reuni\u00f3n de la Asamblea de Partes, la Parte que lo propone podr\u00e1, a m\u00e1s tardar catorce d\u00edas antes de la fecha de apertura de la Asamblea de Partes, presentar en sustituci\u00f3n el nombre de otro jurisperito. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">b) De la lista mencionada en el p\u00e1rrafo (a) del presente art\u00edculo, la Asamblea de Partes seleccionar\u00e1 once personas para formar un grupo del cual se seleccionar\u00e1n los presidentes de los tribunales y un suplente para cada una de dichas personas. Los miembros y suplentes desempe\u00f1ar\u00e1n sus funciones durante el per\u00edodo prescrito en el p\u00e1rrafo (a) del presente art\u00edculo. Si un miembro no estuviere disponible para formar parte del grupo, ser\u00e1 reemplazado por su suplente. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">c) A los efectos de designar un presidente de grupo, los componentes del grupo ser\u00e1n convocados a reuni\u00f3n por el \u00f3rgano ejecutivo tan pronto como sea posible despu\u00e9s de la selecci\u00f3n del grupo. El qu\u00f3rum en las reuniones del grupo ser\u00e1 de nueve de los once miembros. El grupo designar\u00e1 como presidente a uno de sus miembros mediante voto afirmativo de por lo menos seis miembros, emitido en una o, si fuera necesario, en m\u00e1s de una votaci\u00f3n secreta. El presidente de grupo as\u00ed designado ejercer\u00e1 sus funciones durante el resto del per\u00edodo de su mandato como miembro del grupo. Los gastos de la reuni\u00f3n del grupo se considerar\u00e1n gastos administrativos de Intelsat para los efectos del art\u00edculo 8o. del Acuerdo Operativo. <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">d) Si tanto un miembro del grupo como su suplente no estuvieren disponibles, la Asamblea de Partes cubrir\u00e1 las vacantes con personas incluidas en la lista mencionada en el p\u00e1rrafo (a) del presente art\u00edculo. No obstante, si la Asamblea de Partes no se reuniera dentro de los noventa d\u00edas siguientes a la fecha en que se han producido las vacantes, \u00e9stas se cubrir\u00e1n mediante selecci\u00f3n por la Junta de Gobernadores de una persona incluida en la lista de candidatos mencionada en el p\u00e1rrafo (a) del presente art\u00edculo, teniendo cada Gobernador un voto. La persona seleccionada para reemplazar a un miembro o a un suplente cuyo mandato no ha expirado, ocupar\u00e1 el cargo durante el plazo restante del mandato de su predecesor. Las vacantes en el cargo de presidente del grupo se cubrir\u00e1n mediante la designaci\u00f3n por los componentes del grupo de uno de sus miembros, de conformidad con el procedimiento establecido en el p\u00e1rrafo (c) del presente art\u00edculo. <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">e) Al seleccionar los miembros del grupo y los suplentes de conformidad con los p\u00e1rrafos (b) o (d) del presente art\u00edculo, la Asamblea de Partes o la Junta de Gobernadores procurar\u00e1n que la composici\u00f3n del grupo siempre refleje una adecuada representaci\u00f3n geogr\u00e1fica, as\u00ed como los principales sistemas jur\u00eddicos seg\u00fan est\u00e1n representados entre las Partes. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">f) Todo miembro o suplente del grupo, que al vencer su mandato se encuentre prestando servicios en un tribunal de arbitraje, continuar\u00e1 actuando en tal capacidad hasta que concluya el procedimiento pendiente ante dicho tribunal. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">g) Si durante el per\u00edodo entre la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo y la constituci\u00f3n del primer grupo de jurisperitos y suplentes de conformidad con las disposiciones contenidas en el p\u00e1rrafo (b) del presente art\u00edculo Surgiera una controversia jur\u00eddica entre los litigantes mencionados en el art\u00edculo 1o. del presente Anexo, el grupo constituido de conformidad con el p\u00e1rrafo (b) del art\u00edculo 3o. del Acuerdo Complementario sobre Arbitraje de fecha 4 de junio de 1965 ser\u00e1 el grupo que ha de utilizarse en relaci\u00f3n con la resoluci\u00f3n de dicha controversia. El citado grupo obrar\u00e1 de acuerdo con las disposiciones del presente Anexo, en cuanto ata\u00f1e a los fines del art\u00edculo XVIII del presente Acuerdo, del art\u00edculo 20 del Acuerdo Operativo y del Anexo al mismo. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <b><font size=\"2\" face=\"Arial\">ARTICULO 4.<\/font><\/b><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">a) El demandante que desee someter una controversia jur\u00eddica a arbitraje proporcionar\u00e1 al demandado o demandados y al \u00f3rgano ejecutivo documentaci\u00f3n que contenga lo siguiente: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(i) una declaraci\u00f3n que describa \u00edntegramente la controversia que se somete a arbitraje, las razones por las cuales se requiere que cada demandado participe en el arbitraje y el laudo que se solicita; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ii) una declaraci\u00f3n que exponga las razones por las cuales el objeto de controversia cae dentro de la competencia del tribunal que haya de constituirse en virtud del presente Anexo, y las razones por las que el laudo que se solicita puede ser acordado por dicho tribunal si falla a favor del demandante; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(iii) una declaraci\u00f3n que explique por qu\u00e9 el demandante no ha podido lograr un arreglo de la controversia en un tiempo razonable mediante negociaci\u00f3n u otros medios, sin llegar al arbitraje; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(iv) prueba del consentimiento de los litigantes en el caso de una controversia en la cual, de conformidad con el art\u00edculo<b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#18\">18<\/A> <\/b>del presente Acuerdo o con el art\u00edculo 20 del Acuerdo Operativo, el consentimiento de los litigantes sea condici\u00f3n previa para someterse a arbitraje de conformidad con el presente Anexo; y <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(v) el nombre de la persona designada por el demandante para formar parte del tribunal. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">b) El \u00f3rgano ejecutivo distribuir\u00e1 a la mayor brevedad a cada Parte y Signatario y al presidente del grupo, una copia de la documentaci\u00f3n mencionada en el p\u00e1rrafo (a) del presente art\u00edculo. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <b><font size=\"2\" face=\"Arial\">ARTICULO 5.<\/font><\/b><\/p>\n<p align=\"justify\"><font face=\"Arial\"><b><font size=\"2\">&nbsp;<\/font><\/b><font size=\"2\">a) Dentro de los sesenta d\u00edas a partir de la fecha en que todos los demandados hayan recibido copia de la documentaci\u00f3n mencionada en el p\u00e1rrafo (a) del art\u00edculo 4o. del presente Anexo, la parte demandada designar\u00e1 una persona para que forme parte del tribunal. Dentro de dicho per\u00edodo los demandados podr\u00e1n, conjunta o individualmente, proporcionar a cada litigante y al \u00f3rgano ejecutivo un documento que contenga sus respuestas a la documentaci\u00f3n mencionada en el p\u00e1rrafo (a) del art\u00edculo 4o. del presente Anexo, incluyendo cualesquiera contrademandas que surjan del asunto en controversia. El \u00f3rgano ejecutivo proporcionar\u00e1 con prontitud al presidente del grupo una copia del citado documento. <\/font><\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">b) En el caso de que la parte demandada omita hacer su designaci\u00f3n dentro del per\u00edodo se\u00f1alado, el presidente del grupo designar\u00e1 a uno de los jurisperitos cuyos nombres fueron presentados al \u00f3rgano ejecutivo de conformidad con el p\u00e1rrafo (a) del art\u00edculo 3o. del presente Anexo. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">c) Dentro de los treinta d\u00edas siguientes a la fecha de la designaci\u00f3n de los dos miembros del tribunal, estos dos miembros seleccionar\u00e1n una tercera persona dentro del grupo constituido de conformidad con el art\u00edculo 3o. del presente Anexo, quien ocupar\u00e1 la presidencia del tribunal. En el caso de que no haya acuerdo dentro de dicho per\u00edodo, cualquiera de los dos miembros designados podr\u00e1 informar al presidente del grupo quien, en un plazo de diez d\u00edas, designar\u00e1 un miembro del grupo, que no sea el mismo, para ocupar la presidencia del tribunal. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">d) El tribunal quedar\u00e1 constituido tan pronto como sea designado su presidente. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <font face=\"Arial\"><b><font size=\"2\">ARTICULO<\/font><\/b><font size=\"2\"><b> 6.<\/b><\/font><\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">a) Si se produce una vacante en el tribunal por razones que el presidente o los dem\u00e1s miembros del tribunal decidan que est\u00e1n fuera de la voluntad de los litigantes, o que son compatibles con la buena marcha del procedimiento de arbitraje, la vacante ser\u00e1 cubierta de conformidad con las siguientes disposiciones: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(i) si la vacante se produce como resultado del retiro de un miembro nombrado por una de las partes en la controversia, dicha parte elegir\u00e1 un sustituto dentro de los diez d\u00edas siguientes a la fecha en que se produjo la vacante; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ii) si la vacante se produce como resultado del retiro del presidente del tribunal o de otro miembro del tribunal nombrado por el presidente, se elegir\u00e1 un sustituto entre los miembros del grupo en la forma se\u00f1alada en los p\u00e1rrafos (c) o (b), respectivamente, del art\u00edculo 5o. del presente Anexo. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">b) si se produce una vacante en el tribunal por alguna raz\u00f3n que no fuera la se\u00f1alada en el p\u00e1rrafo (a) del presente art\u00edculo, o si no fuese cubierta la vacante ocurrida de conformidad con dicho p\u00e1rrafo (a), los dem\u00e1s miembros del tribunal, no obstante las disposiciones del art\u00edculo 2o. del presente Anexo, estar\u00e1n facultados, a petici\u00f3n de una parte, para continuar los procedimientos y rendir el laudo del tribunal. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <b><font size=\"2\" face=\"Arial\">ARTICULO 7.<\/font><\/b><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">a) El tribunal decidir\u00e1 la fecha y el lugar de las sesiones. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">b) Las actuaciones tendr\u00e1n lugar a puerta cerrada y todo lo presentado al tribunal ser\u00e1 confidencial, con la salvedad de que Intelsat y las Partes cuyos Signatarios designados y los Signatarios cuyas Partes designantes sean litigantes en la controversia, tendr\u00e1n derecho a estar presentes y tendr\u00e1n acceso a todo lo que se presente. Cuando Intelsat sea un litigante en las actuaciones, todas las Partes y todos los Signatarios tendr\u00e1n derecho a estar presentes y tendr\u00e1n acceso a todo lo presentado. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">c) En el caso de que surja una controversia sobre la competencia del tribunal, \u00e9ste deber\u00e1 tratar primero dicha cuesti\u00f3n y resolverla a la mayor brevedad posible. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">d) Las actuaciones se har\u00e1n por escrito y cada parte tendr\u00e1 derecho a presentar pruebas por escrito para apoyar sus alegatos en hecho y en derecho. Sin embargo, si el tribunal lo considera apropiado, podr\u00e1n presentarse argumentos y testimonios orales. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">e) Las actuaciones comenzar\u00e1n con la presentaci\u00f3n por el demandante de un escrito que contenga su demanda, los argumentos, los hechos conexos sustanciados por pruebas y los principios jur\u00eddicos que invoca. Al escrito del demandante seguir\u00e1 otro an\u00e1logo del demandado. El demandante podr\u00e1 presentar una respuesta a este \u00faltimo escrito. Se podr\u00e1n presentar alegatos adicionales s\u00f3lo si el tribunal determina que son necesarios. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">f) El tribunal podr\u00e1 conocer y resolver contrademandas que emanen directamente del asunto objeto de la controversia, siempre que las contrademandas sean de su competencia de conformidad con el art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#18\">18<\/A><\/b> del presente Acuerdo, el art\u00edculo 20 del Acuerdo Operativo y el Anexo al mismo. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">g) Si los litigantes llegaren a un acuerdo durante el procedimiento, el acuerdo deber\u00e1 registrarse como laudo dado por el tribunal con el consentimiento de los litigantes. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">h) El tribunal puede dar por terminado el procedimiento en el momento en que decida que la controversia queda fuera de su competencia, de conformidad con el art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#18\">18<\/A><\/b> del presente Acuerdo, el art\u00edculo 20 del Acuerdo Operativo y el Anexo al mismo. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">i) Las deliberaciones del tribunal ser\u00e1n secretas. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">j) El tribunal deber\u00e1 presentar y justificar sus resoluciones y su laudo por escrito. Las resoluciones y los laudos del tribunal deber\u00e1n tener la aprobaci\u00f3n de dos miembros, como m\u00ednimo. El miembro que no estuviere de acuerdo con el laudo podr\u00e1 presentar su opini\u00f3n disidente por escrito. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">k) El tribunal presentar\u00e1 su laudo al \u00f3rgano ejecutivo, quien lo distribuir\u00e1 a todas las partes y a todos los Signatarios. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">l) El tribunal podr\u00e1 adoptar reglas adicionales de procedimiento que est\u00e9n en consonancia con las establecidas por el presente Anexo y que sean necesarias para las actuaciones. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font face=\"Arial\"><b><font size=\"2\">ARTICULO 8.<\/font><\/b><font size=\"2\">Si una parte no act\u00faa, la otra parte podr\u00e1 pedir al tribunal que dicte laudo en su favor. Antes de dictar laudo, el tribunal se asegurar\u00e1 de que tiene competencia y que el caso est\u00e1 bien fundado en hecho y en derecho. <\/font> <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <b><font size=\"2\" face=\"Arial\">ARTICULO 9.<\/font><\/b><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">a) La Parte cuyo Signatario designado fuera litigante tendr\u00e1 derecho a intervenir y a ser litigante adicional en el asunto. Se podr\u00e1 intervenir notific\u00e1ndolo al efecto por escrito al tribunal y a los otros litigantes. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">b) Cualquiera otra Parte, cualquier Signatario, o Intelsat, si considera que tiene un inter\u00e9s sustancial en la resoluci\u00f3n del asunto, podr\u00e1 solicitar al tribunal permiso para intervenir y convertirse en litigante adicional en el asunto. Si el tribunal estima que el demandante tiene un inter\u00e9s sustancial en la resoluci\u00f3n del asunto, acceder\u00e1 a la petici\u00f3n. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font face=\"Arial\"><b><font size=\"2\">ARTICULO 10.<\/font><\/b><font size=\"2\">A solicitud de un litigante o por iniciativa propia, el tribunal podr\u00e1 designar a los peritos cuya ayuda estime necesarias. <\/font> <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font face=\"Arial\"><b><font size=\"2\">ARTICULO 11.<\/font><\/b><font size=\"2\">Cada Parte, cada Signatario e Intelsat, proporcionar\u00e1n toda la informaci\u00f3n que el tribunal, bien a solicitud de un litigante o bien por iniciativa propia, determine sea necesaria para la tramitaci\u00f3n y resoluci\u00f3n de la controversia. <\/font> <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font face=\"Arial\"><b><font size=\"2\">ARTICULO 12.<\/font><\/b><font size=\"2\">Durante el curso del procedimiento el tribunal podr\u00e1, mientras no haya dictado laudo definitivo, se\u00f1alar cualesquiera medidas provisionales que considere protegen los respectivos derechos de los litigantes. <\/font> <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <b><font size=\"2\" face=\"Arial\">ARTICULO 13.<\/font><\/b><\/p>\n<p><font size=\"2\" face=\"Arial\">a) El laudo del tribunal se fundamentar\u00e1 en: <\/font> <\/p>\n<p> <font size=\"2\" face=\"Arial\">(i) el presente Acuerdo y el Acuerdo Operativo, y <\/font> <font size=\"2\" face=\"Arial\">(ii) los principios de derecho generalmente aceptados. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">b) El laudo del tribunal, inclusive el que refleja el acuerdo de los litigantes de conformidad con el p\u00e1rrafo (g) del art\u00edculo 7o. del presente Anexo, ser\u00e1 obligatorio para todos los litigantes y ser\u00e1n cumplidos de buena fe por ellos. Cuando Intelsat sea litigante, si el tribunal resuelve que la decisi\u00f3n de uno de los \u00f3rganos de Intelsat es nula y sin efecto por no haber sido autorizada por el presente Acuerdo y por el Acuerdo Operativo, o porque no cumple con los mismos, el laudo ser\u00e1 obligatorio para todas las Partes y todos los Signatarios. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">c) Si hubiere controversia en cuanto al significado o alcance de un laudo, el tribunal que lo dict\u00f3 lo interpretar\u00e1 a solicitud de cualquier litigante. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font face=\"Arial\"><b><font size=\"2\">ARTICULO 14.<\/font><\/b><font size=\"2\">A menos que el tribunal determine de otro modo debido a circunstancias particulares del caso, los gastos del tribunal, inclusive la remuneraci\u00f3n de los miembros del mismo, se repartir\u00e1n por igual entre las partes. Cuando una parte est\u00e9 formada por m\u00e1s de un litigante, la participaci\u00f3n de tal parte ser\u00e1 prorrateada por el tribunal entre los litigantes de esa parte. Cuando Intelsat sea litigante, la porci\u00f3n de gastos que le corresponda relacionados con el arbitraje se considerar\u00e1 como gasto administrativo de Intelsat para los efectos del art\u00edculo 8o. del Acuerdo Operativo. <\/font> <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <\/p>\n<p align=\"center\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">ANEXO D <\/font><\/p>\n<p align=\"center\"><b><font size=\"2\" face=\"Arial\">DISPOSICIONES TRANSITORIAS <\/font><\/b><\/p>\n<p> <b><font size=\"2\" face=\"Arial\">1) Continuidad de las actividades de Intelsat: <\/font> <\/b> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Toda decisi\u00f3n del Comit\u00e9 Interino de Telecomunicaciones por Sat\u00e9lite tomada de conformidad con el Acuerdo Provisional o el Acuerdo Especial y que est\u00e9 en vigor al vencimiento de dichos Acuerdos, continuar\u00e1 en pleno efecto y vigor, a menos y hasta que sea modificada o revocada por los t\u00e9rminos del presente Acuerdo o el Acuerdo Operativo, o en ejecuci\u00f3n de los mismos. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <b><font size=\"2\" face=\"Arial\">2) Gerencia: <\/font><\/b> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Durante el per\u00edodo inmediatamente posterior a la entrada en vigor del presente Acuerdo, la &quot;Communications Satellite Corporation&quot; continuar\u00e1 desempe\u00f1ando la gerencia para la concepci\u00f3n, el desarrollo, la construcci\u00f3n, el establecimiento, la explotaci\u00f3n y el mantenimiento del segmento espacial de Intelsat de conformidad con los mismos t\u00e9rminos y condiciones de servicio que se aplicaron a su funci\u00f3n de gerente seg\u00fan el Acuerdo Provisional y el Acuerdo Especial. En el desempe\u00f1o de sus funciones tendr\u00e1 la obligaci\u00f3n de cumplir todas las disposiciones pertinentes del presente Acuerdo y del Acuerdo Operativo y, en particular, estar\u00e1 sujeta a las pol\u00edticas generales y determinaciones espec\u00edficas de la Junta de Gobernadores, hasta que: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(i) la Junta de Gobernadores determine que el \u00f3rgano ejecutivo est\u00e1 en condiciones de asumir la responsabilidad del desempe\u00f1o de todas o ciertas de las funciones del \u00f3rgano ejecutivo en virtud del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#12\">12<\/A><\/b> del presente Acuerdo, en cuya oportunidad se relevar\u00e1 a la &quot;Communications Satellite Corporation&quot; de su responsabilidad del desempe\u00f1o de cada una de esas funciones a medida que \u00e9stas sean asumidas por el \u00f3rgano ejecutivo, y <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(ii) entre en vigor el contrato de servicios de gerencia al que se refiere el inciso (ii) del p\u00e1rrafo (a) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#12\">12<\/A><\/b> del presente Acuerdo, en cuya oportunidad las disposiciones del presente p\u00e1rrafo dejar\u00e1n de estar en vigor respecto de aquellas funciones dentro del alcance de ese contrato. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <b><font size=\"2\" face=\"Arial\">3) Representaci\u00f3n regional: <\/font><\/b> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Durante el per\u00edodo entre la fecha de la entrada en vigor del presente Acuerdo y la asunci\u00f3n de responsabilidades por el Secretario General, la habilitaci\u00f3n, de conformidad con el p\u00e1rrafo (c) del art\u00edculo<b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#9\">9<\/A> <\/b>del presente Acuerdo, de cualquier grupo de Signatarios que busque representaci\u00f3n en la Junta de Gobernadores de conformidad con el inciso (iii) del p\u00e1rrafo (a) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#10\">10<\/A><\/b> del presente Acuerdo, estar\u00e1 sujeta al recibo por la &quot;Communications Satellite Corporation&quot; de una solicitud por escrito de dicho grupo. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <b><font size=\"2\" face=\"Arial\">4) Privilegios e inmunidades <\/font> <\/b> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Las Partes del presente Acuerdo que eran partes del Acuerdo Provisional otorgar\u00e1n a las personas y entidades sucesoras correspondientes, hasta el momento en que el Acuerdo sobre la Sede y el Protocolo, seg\u00fan el caso, entren en vigor de conformidad con el art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#15\">15<\/A><\/b> del presente Acuerdo, aquellos privilegios, exenciones e inmunidades que dichas Partes otorgaron, inmediatamente antes de la entrada en vigor del presente Acuerdo, al Consorcio Internacional de Telecomunicaciones por Sat\u00e9lite, a los signatarios del Acuerdo Especial, al Comit\u00e9 Interino de Telecomunicaciones por Sat\u00e9lites y a los representantes en el mismo. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV>   <\/p>\n<p align=\"center\"><b><font size=\"2\" face=\"Arial\">\u00aeACUERDO OPERATIVO RELATIVO A LA ORGANIZACI\u00d3N INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES POR SAT\u00c9LITE &quot;INTELSAT&quot; <\/font><\/b><\/p>\n<p>  <font size=\"2\" face=\"Arial\">Incluidas las enmiendas a los incisos d), i) y h) del art\u00edculo 6o. y f) del art\u00edculo 22 del Acuerdo Operativo aprobadas por la Vig\u00e9sima Quinta Reuni\u00f3n de Signatarios en Singapur el 4 de abril de 1995. <\/font> <DIV>&nbsp;<\/DIV> <\/p>\n<p align=\"center\"><b><font size=\"2\" face=\"Arial\">PRE\u00c1MBULO<\/font><\/b><\/p>\n<p> <b><font size=\"2\" face=\"Arial\">Los Signatarios del presente Acuerdo Operativo: <\/font><\/b> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Considerando que los Estados Partes en el Acuerdo relativo a la organizaci\u00f3n internacional de telecomunicaciones por sat\u00e9lite &quot;Intelsat&quot; se han comprometido en el mismo a suscribir el presente Acuerdo Operativo o a designar una entidad de telecomunicaciones a ese efecto. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <font size=\"2\" face=\"Arial\">Convienen en lo siguiente: <\/font> <DIV>&nbsp;<\/DIV> <b><font size=\"2\" face=\"Arial\">ARTICULO 1o. Definiciones <\/font><\/b> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">a) Para los fines del presente Acuerdo Operativo: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">i) El t\u00e9rmino <b>&quot;Acuerdo&quot;<\/b> designa el Acuerdo relativo a la organizaci\u00f3n internacional de telecomunicaciones por sat\u00e9lite &quot;Intelsat&quot;; <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">ii) El t\u00e9rmino <b>&quot;Amortizaci\u00f3n&quot;<\/b> incluye la depreciaci\u00f3n, y <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">iii) El t\u00e9rmino <b>&quot;Bienes&quot;<\/b> comprende todo elemento, inclusive derechos contractuales, cualquiera que sea su naturaleza, sobre el cual se puedan ejercer derechos de propiedad. <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">b) Las definiciones del art\u00edculo<b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#1\">1<\/A> <\/b>del Acuerdo se aplicar\u00e1n al presente Acuerdo Operativo. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <b><font size=\"2\" face=\"Arial\">ARTICULO 2o. Derechos y obligaciones de los Signatarios <\/font><\/b> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Cada Signatario adquiere los derechos previstos para los Signatarios en el Acuerdo y en el presente Acuerdo Operativo y se compromete a cumplir las obligaciones que le imponen dichos Acuerdos. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <b><font size=\"2\" face=\"Arial\">ARTICULO 3o. Transferencia de derechos y obligaciones <\/font><\/b> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">a) A partir de la fecha en que el Acuerdo y el presente Acuerdo Operativo entren en vigor y con sujeci\u00f3n a lo establecido en el art\u00edculo 19 del presente Acuerdo Operativo: <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">i) Todos los derechos de propiedad, los derechos contractuales y todos los dem\u00e1s derechos, inclusive los referentes al segmento espacial, pertenecientes en dicha fecha a los Signatarios del Acuerdo Especial en participaciones indivisas en virtud del Acuerdo Provisional y del Acuerdo Especial, ser\u00e1n propiedad de Intelsat; <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">ii) Todas las obligaciones y responsabilidades adquiridas colectivamente por los Signatarios del Acuerdo Especial o en su nombre, en cumplimiento de las disposiciones del Acuerdo Provisional y del Acuerdo Especial, que est\u00e9n vigentes en la citada fecha, o que emanen de acciones u omisiones anteriores a la misma, pasar\u00e1n a ser obligaciones y responsabilidades del Intelsat. No obstante, el presente inciso no se aplicar\u00e1 a cualquier obligaci\u00f3n o responsabilidad que emane de actos o decisiones tomadas despu\u00e9s de la fecha de apertura a firma del Acuerdo que, despu\u00e9s de la fecha de la entrada en vigor del Acuerdo, no hubieran podido tomarse por la Junta de Gobernadores sin previa autorizaci\u00f3n de la Asamblea de Partes de conformidad con el p\u00e1rrafo f) del art\u00edculo<b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#3\">3<\/A> <\/b>del Acuerdo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">b) Intelsat ser\u00e1 propietaria del segmento espacial de Intelsat y de todos los dem\u00e1s bienes adquiridos por Intelsat; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">c) El inter\u00e9s financiero en Intelsat de cada Signatario ser\u00e1 igual al monto a que se llegue mediante la aplicaci\u00f3n de su participaci\u00f3n de inversi\u00f3n a la evaluaci\u00f3n efectuada seg\u00fan se determina en el art\u00edculo 7o. del presente Acuerdo Operativo. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <\/p>\n<p align=\"justify\"><b><font size=\"2\" face=\"Arial\">ARTICULO 4o. Contribuciones financieras <\/font><\/b><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">a) Cada Signatario contribuir\u00e1 a las necesidades de capital de Intelsat, seg\u00fan se determine por la Junta de Gobernadores de conformidad con los t\u00e9rminos del Acuerdo y del presente Acuerdo Operativo, en proporci\u00f3n a su participaci\u00f3n de inversi\u00f3n seg\u00fan se dispone en el art\u00edculo 6o. del presente Acuerdo Operativo, y recibir\u00e1 el reembolso del capital y la compensaci\u00f3n por el uso del capital de conformidad con las disposiciones del art\u00edculo 8o. del presente Acuerdo Operativo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">b) Las necesidades de capital incluir\u00e1n todos los costos directos e indirectos de concepci\u00f3n, desarrollo, construcci\u00f3n y establecimiento del segmento espacial de Intelsat, y de los dem\u00e1s bienes de Intelsat, as\u00ed como las contribuciones que los Signatarios deban abonar conforme al p\u00e1rrafo f) del art\u00edculo 8o. y al parrafo b) del art\u00edculo 18 del presente acuerdo operativo. La Junta de Gobernadores determinar\u00e1 las necesidades financieras de Intelsat que deber\u00e1n sufragarse con aportaciones de capital por los Signatarios; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">c) Cada Signatario, como usuario del segmento espacial de Intelsat, as\u00ed como todos los dem\u00e1s usuarios, abonar\u00e1n los cargos de utilizaci\u00f3n correspondientes establecidos de conformidad con las disposiciones del art\u00edculo 8o. del presente Acuerdo Operativo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">d) La Junta de Gobernadores determinar\u00e1 el programa de pagos requeridos de conformidad con el presente Acuerdo Operativo. Se cargar\u00e1 un inter\u00e9s calculado de Acuerdo con la tasa determinada por la Junta de Gobernadores a todo monto que no haya sido abonado en la fecha se\u00f1alada para su vencimiento. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <b><font size=\"2\" face=\"Arial\">ARTICULO 5o. Tope de capital <\/font><\/b> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">a) La suma de las aportaciones netas de capital de los Signatarios y de los compromisos contractuales de capital pendientes de pago de Intelsat, estar\u00e1 sujeta a un tope. Dicha suma consistir\u00e1 en las aportaciones acumuladas de capital realizadas por los Signatarios del Acuerdo Especial, de conformidad con los art\u00edculos 3o. y 4o. del mismo y por los Signatarios del presente Acuerdo Operativo, de conformidad con el art\u00edculo 4o. del mismo menos el capital acumulado que les haya sido reembolsado de conformidad con el Acuerdo Especial y el presente Acuerdo Operativo, m\u00e1s la cantidad pendiente de pago por concepto de compromisos contractuales de capital de Intelsat; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">b) El tope mencionado en el p\u00e1rrafo a) del presente art\u00edculo ser\u00e1 de 500 millones de d\u00f3lares de los Estados Unidos de Am\u00e9rica o la cantidad autorizada de conformidad con los p\u00e1rrafos c) o d) del presente art\u00edculo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">c) La Junta de Gobernadores podr\u00e1 recomendar a la Reuni\u00f3n de Signatarios que el tope vigente conforme al p\u00e1rrafo b) del presente art\u00edculo sea elevado. Tal recomendaci\u00f3n ser\u00e1 considerada por la Reuni\u00f3n de Signatarios y el nuevo tope entrar\u00e1 en vigor a partir del momento de la aprobaci\u00f3n por la Reuni\u00f3n de Signatarios; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">d) Sin embargo, la Junta de Gobernadores podr\u00e1 elevar el tope hasta un diez por ciento por encima del l\u00edmite de 500 millones de d\u00f3lares de los Estados Unidos o de Am\u00e9rica o de los l\u00edmites superiores que apruebe la Reuni\u00f3n de Signatarios de conformidad con el p\u00e1rrafo c) del presente art\u00edculo. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <\/p>\n<p align=\"justify\"><b><font size=\"2\" face=\"Arial\">ARTICULO 6o. Participaciones de inversi\u00f3n <\/font><\/b><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">a) Salvo que en el presente art\u00edculo se disponga de otro modo, cada Signatario tendr\u00e1 una participaci\u00f3n de inversi\u00f3n equivalente a su porcentaje de la utilizaci\u00f3n total del segmento espacial de Intelsat por todos los Signatarios; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">b) Para los fines del p\u00e1rrafo a) del presente art\u00edculo, la utilizaci\u00f3n del segmento espacial de Intelsat por un Signatario se determinar\u00e1 dividiendo los cargos de utilizaci\u00f3n del segmento espacial pagaderos a Intelsat por dicho Signatario, entre el n\u00famero de d\u00edas por los cuales deben pagarse dichos cargos durante el plazo de seis meses anterior a la fecha en la cual entra en vigor una determinaci\u00f3n de participaciones de inversi\u00f3n de conformidad con los incisos i), ii) o v) del p\u00e1rrafo c) del presente art\u00edculo. Sin embargo, si el n\u00famero de d\u00edas por los cuales los cargos debieran pagarse por un Signatario por su utilizaci\u00f3n durante dicho plazo de seis meses, fuese menor de noventa, tales cargos no se tomar\u00e1n en cuenta para determinar las participaciones de inversi\u00f3n; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">c) Las participaciones de inversi\u00f3n se determinar\u00e1n para que entren en vigor: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">i) En la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo Operativo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">ii) El primero de marzo de cada a\u00f1o, salvo que el presente Acuerdo Operativo entre en vigor dentro de los seis meses anteriores al primero de marzo, en cuyo caso, y para esa ocasi\u00f3n, no se efectuar\u00e1 determinaci\u00f3n alguna en virtud del presente inciso; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">iii) En la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo Operativo para un nuevo Signatario; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">iv) En la fecha efectiva en que se retire un Signatario de Intelsat, y <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">v) En la fecha en que lo solicite un Signatario que deba pagar por primera vez cargos de utilizaci\u00f3n del segmento espacial de Intelsat en concepto de utilizaci\u00f3n a trav\u00e9s de su propia estaci\u00f3n terrena, siempre que tal solicitud se haga no antes de los noventa d\u00edas a partir de la fecha en que tales cargos son pagaderos;<\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">d) i) Cualquier Signatario puede solicitar que se le asigne una participaci\u00f3n de inversi\u00f3n menor. Tales solicitudes deber\u00e1n presentarse a Intelsat indicando la reducci\u00f3n que se desea en la participaci\u00f3n de inversi\u00f3n. Intelsat, sin demora, pondr\u00e1 en conocimiento de todos los Signatarios tales solicitudes y \u00e9stas se aprobar\u00e1n en la medida en que otros Signatarios acepten mayores participaciones de inversi\u00f3n; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">ii) Cualquier Signatario podr\u00e1 notificar a Intelsat que est\u00e1 dispuesto a aceptar un aumento de su participaci\u00f3n de inversi\u00f3n con el fin de satisfacer las solicitudes de reducci\u00f3n de participaciones de inversi\u00f3n que hayan sido efectuadas conforme al inciso i) del presente p\u00e1rrafo, y hasta qu\u00e9 l\u00edmite, si es que indican alguno. Con sujeci\u00f3n a tales l\u00edmites, la cantidad total de reducci\u00f3n solicitada en las participaciones de inversi\u00f3n de conformidad con el inciso i) del presente p\u00e1rrafo se distribuir\u00e1 entre los Signatarios que hayan aceptado, en virtud del presente inciso, mayores participaciones de inversi\u00f3n en proporci\u00f3n con las participaciones de inversi\u00f3n que ten\u00edan inmediatamente antes del ajuste correspondiente; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">iii) Si las reducciones solicitadas en virtud del inciso i) del presente p\u00e1rrafo no pudiesen distribuirse en su totalidad entre los Signatarios que han aceptado mayores participaciones de inversi\u00f3n en virtud del inciso ii) del presente p\u00e1rrafo, la cantidad total de aumentos aceptados se repartir\u00e1 hasta los l\u00edmites indicados por cada Signatario que acepta una mayor participaci\u00f3n de inversi\u00f3n de conformidad con el presente p\u00e1rrafo, como reducciones a aquellos Signatarios que solicitaron participaciones de inversi\u00f3n menores en virtud del inciso i) del presente p\u00e1rrafo, en proporci\u00f3n con las reducciones que hubieren solicitado de conformidad con dicho inciso i); <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">iv) Cualquier Signatario que hubiere solicitado un participaci\u00f3n de inversi\u00f3n menor o que hubiere aceptado una participaci\u00f3n de inversi\u00f3n mayor en virtud del presente p\u00e1rrafo, se considerar\u00e1 como que ha aceptado la reducci\u00f3n o aumento de su participaci\u00f3n de inversi\u00f3n seg\u00fan se determina de conformidad con el presente p\u00e1rrafo, hasta la pr\u00f3xima determinaci\u00f3n de participaciones de inversi\u00f3n conforme al inciso ii) del p\u00e1rrafo c) del presente art\u00edculo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">v) La Junta de Gobernadores establecer\u00e1 procedimientos apropiados con respecto a la notificaci\u00f3n de solicitudes de reducci\u00f3n de participaciones de inversi\u00f3n hechas por los Signatarios de conformidad con el inciso i) del presente p\u00e1rrafo, y a la notificaci\u00f3n hecha por los Signatarios que est\u00e9n dispuestos a aceptar aumentos en sus participaciones de inversi\u00f3n de conformidad con el inciso ii) del presente p\u00e1rrafo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">e) Con el fin de establecer la composici\u00f3n de la Junta de Gobernadores y para el c\u00e1lculo de la participaci\u00f3n de voto de cada Gobernador, las participaciones de inversi\u00f3n determinadas de conformidad con el inciso ii) del p\u00e1rrafo c) del presente art\u00edculo surtir\u00e1n efecto el primer d\u00eda de la reuni\u00f3n ordinaria de la Reuni\u00f3n de Signatarios siguiente a tal determinaci\u00f3n; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">f) En la medida en que una participaci\u00f3n de inversi\u00f3n se determine de Acuerdo con las disposiciones de los incisos iii) o v) del p\u00e1rrafo c) o del p\u00e1rrafo h) del presente art\u00edculo, y en la medida en que lo haga necesario el retiro de un Signatario, las participaciones de inversi\u00f3n de todos los dem\u00e1s Signatarios se reajustar\u00e1n conforme a la proporci\u00f3n que hayan guardado entre s\u00ed a sus respectivas participaciones de inversi\u00f3n con anterioridad a dicho reajuste. En los casos de retiro de un Signatario, no se aumentar\u00e1n las participaciones de inversi\u00f3n del 0,05 por ciento, determinadas de conformidad con las disposiciones del p\u00e1rrafo h) del presente art\u00edculo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">g) Intelsat comunicar\u00e1 sin demora a todos los Signatarios los resultados de cada determinaci\u00f3n de participaciones de inversi\u00f3n y la fecha de entrada en vigor de dicha determinaci\u00f3n; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">h) No obstante cualquier otra disposici\u00f3n del presente art\u00edculo, ning\u00fan Signatario tendr\u00e1 una participaci\u00f3n de inversi\u00f3n menor que el 0,05 por ciento del total de las participaciones de inversi\u00f3n o mayor que el 150 por ciento de su porcentaje de toda la utilizaci\u00f3n del segmento espacial de Intelsat por todos los Signatarios, seg\u00fan se haya determinado conforme al p\u00e1rrafo b) de este art\u00edculo. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <b><font size=\"2\" face=\"Arial\">ARTICULO 7o. Ajustes financieros entre Signatarios <\/font><\/b> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">a) Los ajustes financieros entre los Signatarios se har\u00e1n, por intermedio de Intelsat, al entrar en vigor el presente Acuerdo Operativo y, en lo sucesivo, en cada determinaci\u00f3n de las participaciones de inversi\u00f3n, sobre la base de una evaluaci\u00f3n hecha conforme al p\u00e1rrafo b) del presente art\u00edculo. Los montos de tales ajustes financieros se determinar\u00e1n respecto de cada Signatario aplicando a dicha evaluaci\u00f3n: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">i) Al entrar en vigor el presente Acuerdo Operativo, la diferencia, si la hubiere, entre la cuota final de cada Signatario seg\u00fan el Acuerdo Especial y su participaci\u00f3n de inversi\u00f3n inicial de conformidad con el art\u00edculo 6o. del presente Acuerdo Operativo, y <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">ii) En cada determinaci\u00f3n posterior de las participaciones de inversi\u00f3n, la diferencia, si la hubiere, entre la nueva participaci\u00f3n de inversi\u00f3n de cada Signatario y su participaci\u00f3n de inversi\u00f3n previa a dicha determinaci\u00f3n; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">b) La evaluaci\u00f3n a que se refiere el p\u00e1rrafo a) del presente art\u00edculo se har\u00e1 como sigue: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">i) Se restar\u00e1 del valor original de todos los activos, incluyendo todo rendimiento o gasto capitalizado, seg\u00fan consten en la contabilidad de Intelsat en la fecha del ajuste, la suma resultante de: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">A) La amortizaci\u00f3n acumulada seg\u00fan conste en la contabilidad de Intelsat en la fecha del ajuste, m\u00e1s; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">B) Los pr\u00e9stamos y otras cuentas pagaderas por Intelsat en la fecha del ajuste; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">ii) Los resultados obtenidos de conformidad con el inciso i) del presente p\u00e1rrafo se ajustar\u00e1n en la forma siguiente: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">A) Sumando o restando, seg\u00fan el caso, para fines de los ajustes financieros y en la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo Operativo, una cantidad que represente cualquier d\u00e9ficit o exceso en el pago por Intelsat de la compensaci\u00f3n por uso de capital en relaci\u00f3n con la cantidad acumulada pagadera seg\u00fan el Acuerdo Especial, a la tasa o tasas de compensaci\u00f3n por uso de capital en vigor durante los per\u00edodos en que eran aplicables las tasas pertinentes, establecidas por el Comit\u00e9 Interino de Telecomunicaciones por Sat\u00e9lite, de conformidad con el art\u00edculo 9o. del Acuerdo Especial. A fin de evaluar la cantidad que represente cualquier d\u00e9ficit o exceso de pago, la compensaci\u00f3n debida se calcular\u00e1 mensualmente y se relacionar\u00e1 con el monto neto de los elementos descritos en el inciso i) del presente p\u00e1rrafo, y <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">B) Sumando o restando, seg\u00fan el caso, con el fin de efectuar los ajustes financieros en cada evaluaci\u00f3n posterior, una cantidad que represente el d\u00e9ficit o el exceso de pago por Intelsat de la compensaci\u00f3n por uso de capital desde la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo Operativo hasta la fecha de entrada en vigor de dicha evaluaci\u00f3n, referida al monto acumulativo que corresponda conforme al presente Acuerdo Operativo, a la tasa o tasas de compensaci\u00f3n por uso de capital en vigor durante los per\u00edodos en que se aplicaron las tasas correspondientes, seg\u00fan lo establezca la Junta de Gobernadores, de conformidad con el art\u00edculo 8o. del presente Acuerdo Operativo. A fin de evaluar la cantidad que representa cualquier d\u00e9ficit o exceso de pago, la compensaci\u00f3n debida se calcular\u00e1 mensualmente y se relacionar\u00e1 con el monto neto de los elementos descritos en el inciso i) del presente p\u00e1rrafo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">c) Los pagos a los Signatarios y los que \u00e9stos hayan de efectuar de conformidad con las disposiciones del presente art\u00edculo, se har\u00e1n en la fecha designada por la Junta de Gobernadores. A cualquier saldo pendiente de pago despu\u00e9s de tal fecha se le agregar\u00e1 un inter\u00e9s calculado conforme a la tasa que determine la Junta de Gobernadores, con la salvedad de que, respecto de los pagos adeudados en virtud del inciso i) del p\u00e1rrafo a) del presente art\u00edculo, el inter\u00e9s se agregar\u00e1 a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo Operativo. La tasa de inter\u00e9s a que se hace referencia en el presente p\u00e1rrafo, ser\u00e1 igual a la tasa de inter\u00e9s determinada por la Junta de Gobernadores de conformidad con el p\u00e1rrafo d) del art\u00edculo 4o. del presente Acuerdo Operativo. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <\/p>\n<p align=\"justify\"><b><font size=\"2\" face=\"Arial\">ARTICULO 8o. Cargos de utilizaci\u00f3n e ingresos <\/font><\/b><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">a) La junta de Gobernadores determinar\u00e1 las unidades de medida de utilizaci\u00f3n del segmento espacial de Intelsat relativa a los diferentes tipos de utilizaci\u00f3n y, guiada por las reglas generales que establezca la Reuni\u00f3n de Signatarios de conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo VIII del Acuerdo, establecer\u00e1 los cargos de utilizaci\u00f3n del segmento espacial de Intelsat. Tales cargos tendr\u00e1n por objeto cubrir los costos de operaci\u00f3n, mantenimiento y administraci\u00f3n de Intelsat, proveer los fondos de explotaci\u00f3n que juzgue necesarios la Junta de Gobernadores, amortizar las inversiones hechas por los Signatarios en Intelsat y compensar a \u00e9stos por el uso de su capital; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">b) Para la utilizaci\u00f3n de una capacidad disponible para fines de servicios especializados de telecomunicaciones, de conformidad con el p\u00e1rrafo d) del <b>ARTICULO<\/b> III del Acuerdo, la Junta de Gobernadores establecer\u00e1 los cargos que han de pagarse por la utilizaci\u00f3n de dichos servicios. Al hacerlo, cumplir\u00e1 con las disposiciones del Acuerdo y del presente Acuerdo Operativo y en particular del p\u00e1rrafo a) del presente art\u00edculo, y tomar\u00e1 en consideraci\u00f3n los costos relacionados con el suministro de servicios especializados de telecomunicaciones, as\u00ed como una parte adecuada de los gastos generales y administrativos de Intelsat. En el caso de sat\u00e9lites separados o instalaciones afines financiados por Intelsat de conformidad con el p\u00e1rrafo e) del art\u00edculo V del Acuerdo, la Junta de Gobernadores establecer\u00e1 los cargos que han de pagarse por la utilizaci\u00f3n de dichos servicios. Al hacerlo, cumplir\u00e1 con las disposiciones del Acuerdo y del presente Acuerdo Operativo y en particular con el p\u00e1rrafo a) del presente art\u00edculo, a fin de cubrir completamente los costos resultantes directamente de la concepci\u00f3n, desarrollo, construcci\u00f3n y suministro de dichos sat\u00e9lites separados o instalaciones conexas, as\u00ed como una parte adecuada de los gastos generales y administrativos de Intelsat; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">c) Al determinar la tasa de compensaci\u00f3n por uso de capital de los Signatarios, la Junta de Gobernadores incluir\u00e1 una asignaci\u00f3n por los riesgos relacionados con la inversi\u00f3n en Intelsat y, tomando en cuenta dicha asignaci\u00f3n fijar\u00e1 una tasa tan cercana como fuera posible al costo del dinero en los mercados mundiales; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">d) La Junta de Gobernadores establecer\u00e1 sanciones apropiadas en los casos en que los pagos de cargos de utilizaci\u00f3n se hubieran demorado tres o m\u00e1s meses; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">e) Los ingresos de Intelsat se aplicar\u00e1n, en la medida en que lo permitan, en el siguiente orden de prioridades: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">i) Para sufragar los costos de operaci\u00f3n, mantenimiento y administraci\u00f3n; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">ii) Para proveer los fondos de operaci\u00f3n que juzgue necesarios la Junta de Gobernadores; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">iii) Para pagar a los Signatarios, en proporci\u00f3n a sus respectivas participaciones de inversi\u00f3n; las sumas que representen el reembolso de capital en la Entidad se\u00f1alada por las disposiciones sobre amortizaci\u00f3n establecidas por la Junta de Gobernadores seg\u00fan consten en la contabilidad de Intelsat; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">iv) Para pagar al Signatario que se haya retirado de Intelsat las cantidades que se le adeuden, de conformidad con el art\u00edculo 21 del presente Acuerdo Operativo, y <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">v) Para pagar a los Signatarios, con el saldo remanente y en proporci\u00f3n a sus respectivas participaciones de inversi\u00f3n, a t\u00edtulo de compensaci\u00f3n por el uso de su capital; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">f) Si los ingresos de Intelsat fueren insuficientes para sufragar los costos de operaci\u00f3n, mantenimiento y administraci\u00f3n, la Junta de Gobernadores podr\u00e1 decidir compensar el d\u00e9ficit, mediante fondos de Intelsat, sobregiros, pr\u00e9stamos, o requiriendo de los Signatarios que hagan contribuciones de capital en proporci\u00f3n a sus respectivas participaciones de inversi\u00f3n, o recurriendo a cualquier combinaci\u00f3n de tales medidas. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <b><font size=\"2\" face=\"Arial\">ARTICULO 9o. Transferencia de fondos <\/font><\/b> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">a) Las liquidaciones de cuentas entre los Signatarios e Intelsat, respecto de transacciones financieras realizadas de conformidad con los art\u00edculos 4o., 7o. y 8o. del presente Acuerdo Operativo, se har\u00e1n de manera tal que se reduzcan al m\u00ednimo tanto las transferencias de fondos entre Signatarios e Intelsat, como el total de fondos retenidos por Intelsat en exceso de los fondos de explotaci\u00f3n que la Junta de Gobernadores determine necesarios; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">b) Todos los pagos que tengan lugar entre Intelsat y los Signatarios de conformidad con el presente Acuerdo Operativo se har\u00e1n en d\u00f3lares de los Estados Unidos de Am\u00e9rica, o en una moneda que sea libremente convertible a d\u00f3lares de los Estados Unidos de Am\u00e9rica. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <b><font size=\"2\" face=\"Arial\">ARTICULO 10. Sobregiros y pr\u00e9stamos <\/font><\/b> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">a) Con el prop\u00f3sito de hacer frente a insuficiencias de recursos financieros y hasta tanto se reciban ingresos adecuados en Intelsat o contribuciones de capital hechas por los Signatarios, de conformidad con el presente Acuerdo Operativo, Intelsat podr\u00e1, con la aprobaci\u00f3n de la Junta de Gobernadores, concertar operaciones de sobregiro; <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">b) En circunstancias excepcionales y si as\u00ed lo decide la Junta de Gobernadores, Intelsat podr\u00e1 concertar pr\u00e9stamos para financiar cualquier actividad que haya emprendido o para hacer frente a cualquier responsabilidad en que haya incurrido, de conformidad con los p\u00e1rrafos a), b) o c) del art\u00edculo III del Acuerdo y con el presente Acuerdo Operativo. Los montos pendientes de pago de dichos pr\u00e9stamos se considerar\u00e1n como compromisos contractuales de capital para los efectos del art\u00edculo 5o. del presente Acuerdo Operativo. De conformidad con el p\u00e1rrafo a), xiv) del art\u00edculo X del Acuerdo, la Junta de Gobernadores deber\u00e1 dar cuenta detallada a la Reuni\u00f3n de Signatarios de las razones que motivaron su decisi\u00f3n de concertar pr\u00e9stamos, as\u00ed como de los t\u00e9rminos y condiciones con los que se obtuvieron dichos pr\u00e9stamos. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <b><font size=\"2\" face=\"Arial\">ARTICULO 11. Gastos excluidos <\/font><\/b> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">No formar\u00e1n parte de los gastos de Intelsat: <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">i) Los impuestos sobre los ingresos de cualquier Signatario percibidos de Intelsat; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">ii) Los gastos de concepci\u00f3n y desarrollo de los lanzadores y las instalaciones de lanzamiento, excepto los gastos de adaptaci\u00f3n de los lanzadores y de las instalaciones de lanzamiento relacionados con la concepci\u00f3n, el desarrollo, la construcci\u00f3n y el establecimiento del segmento espacial de Intelsat, y <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">iii) Los gastos en que incurran los representantes de las Partes o de los Signatarios para asistir a las reuniones de la Asamblea de Partes, de la Reuni\u00f3n de Signatarios, de la Junta de Gobernadores o de cualquier otra reuni\u00f3n de Intelsat. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <b><font size=\"2\" face=\"Arial\">ARTICULO 12. Revisi\u00f3n de cuentas <\/font><\/b><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">La contabilidad de Intelsat ser\u00e1 revisada anualmente por auditores contables independientes nombrados por la Junta de Gobernadores. Cualquier Signatario tendr\u00e1 el derecho de inspeccionar la contabilidad de Intelsat. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <b><font size=\"2\" face=\"Arial\">ARTICULO 13. Uni\u00f3n Internacional de Telecomunicaciones <\/font><\/b> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Adem\u00e1s de observar las reglas pertinentes de la Uni\u00f3n Internacional de Telecomunicaciones, Intelsat dar\u00e1 la debida consideraci\u00f3n, en la concepci\u00f3n, el desarrollo, la construcci\u00f3n y el establecimiento del segmento espacial de Intelsat y en los procedimientos establecidos para regular la operaci\u00f3n del segmento espacial de Intelsat y de las estaciones terrenas, a las recomendaciones y procedimientos pertinentes del Comit\u00e9 Consultivo Internacional Telegr\u00e1fico y Telef\u00f3nico, del Comit\u00e9 Consultivo Internacional de Radiocomunicaciones y de la Junta Internacional de Registro de Frecuencias. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <font face=\"Arial\"><b><font size=\"2\">ARTICULO 14.<\/font><\/b><font size=\"2\"><b>Aprobaci\u00f3n de estaciones terrenas <\/b> <\/font><\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">a) La solicitud de aprobaci\u00f3n de una estaci\u00f3n terrena para utilizar el segmento espacial de Intelsat deber\u00e1 presentarse a Intelsat por el Signatario designado por la Parte en cuyo territorio est\u00e9 o vaya a estar situada la estaci\u00f3n terrena o, para estaciones terrenas situadas en un territorio que no est\u00e9 bajo la jurisdicci\u00f3n de una Parte, por una entidad de telecomunicaciones debidamente autorizada; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">b) El hecho de que la Reuni\u00f3n de Signatarios no establezca reglas generales de conformidad con el inciso v) del p\u00e1rrafo b) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#13\">13<\/A><\/b> del Acuerdo, o de que la Junta de Gobernadores no establezca criterios y procedimientos de conformidad con el p\u00e1rrafo a) vi) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#10\">10<\/A> <\/b>del Acuerdo, para la aprobaci\u00f3n de estaciones terrenas, no impedir\u00e1 que la Junta de Gobernadores considere o adopte medidas respecto de cualquier solicitud de aprobaci\u00f3n para que una estaci\u00f3n terrena tenga acceso al segmento espacial de Intelsat; <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">c) Cada Signatario o entidad de telecomunicaciones mencionado en el p\u00e1rrafo a) del presente art\u00edculo ser\u00e1 responsable de que las estaciones terrenas para las cuales ha presentado una solicitud ante Intelsat cumplan con las reglas y normas especificadas en el documento de aprobaci\u00f3n que se expida a su favor por Intelsat, a menos que, en el caso de que sea un Signatario quien presente la solicitud, la Parte que lo design\u00f3 asuma tal responsabilidad respecto de alguna o todas las estaciones terrenas que no pertenezcan al Signatario ni sean operadas por \u00e9ste. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <\/p>\n<p align=\"justify\"><b><font size=\"2\" face=\"Arial\">ARTICULO 15. Asignaci\u00f3n de capacidad del segmento espacial <\/font><\/b><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">a) Toda solicitud de asignaci\u00f3n de capacidad del segmento espacial de Intelsat se presentar\u00e1 a Intelsat por un Signatario o, en el caso de un territorio que no est\u00e1 bajo la jurisdicci\u00f3n de una Parte, por una entidad de telecomunicaciones debidamente autorizada; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">b) De conformidad con los t\u00e9rminos y condiciones establecidos por la Junta de Gobernadores de conformidad con el art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#10\">10<\/A><\/b> del Acuerdo, la asignaci\u00f3n de capacidad del segmento espacial de Intelsat se har\u00e1 al Signatario o, en el caso de un territorio que no est\u00e1 bajo la jurisdicci\u00f3n de una Parte, a la entidad de telecomunicaciones debidamente autorizada que present\u00f3 la solicitud; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">c) Cada Signatario o entidad de telecomunicaciones a quien se conceda una asignaci\u00f3n de capacidad de conformidad con el p\u00e1rrafo b) del presente art\u00edculo, ser\u00e1 responsable del cumplimiento de todos los t\u00e9rminos y condiciones establecidos por Intelsat respecto de tal asignaci\u00f3n, a menos que, en el caso de que sea un Signatario quien reciba la asignaci\u00f3n, la Parte que lo design\u00f3 asuma tal responsabilidad respecto de las asignaciones efectuadas a favor de alguna o todas las estaciones terrenas que no pertenezcan al Signatario o que no sean operadas por \u00e9ste. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <b><font size=\"2\" face=\"Arial\">ARTICULO 16. Adquisiciones <\/font><\/b> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">a) Todos los contratos relacionados con la adquisici\u00f3n de bienes y la contrataci\u00f3n de servicios requeridos por Intelsat, se adjudicar\u00e1n de conformidad con el art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#13\">13<\/A><\/b> del Acuerdo, el art\u00edculo 17 del presente Acuerdo Operativo y los procedimientos, reglamentos, t\u00e9rminos y condiciones establecidos por la Junta de Gobernadores de conformidad con las disposiciones del Acuerdo y del presente Acuerdo Operativo. Los servicios a que se refiere el presente art\u00edculo son aquellos que han de ser prestados por personas jur\u00eddicas; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">b) Se requerir\u00e1 la aprobaci\u00f3n de la Junta de Gobernadores antes de: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">i) Proceder al env\u00edo de solicitudes de ofertas o invitaciones a licitaciones para contratos cuyo valor se espera que exceda de 500.000 d\u00f3lares de los Estados Unidos de Am\u00e9rica, y <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">ii) Adjudicar cualquier contrato cuyo valor exceda de 500.000 d\u00f3lares de los Estados Unidos de Am\u00e9rica; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">c) La Junta de Gobernadores podr\u00e1 decidir que la adquisici\u00f3n de bienes y prestaci\u00f3n de servicios se podr\u00e1 efectuar mediante procedimientos que no sean sobre una base de licitaci\u00f3n internacional abierta cuando concurran cualesquiera de las circunstancias siguientes: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">i) Cuando el valor calculado del contrato no exceda de 50.000 d\u00f3lares de los Estados Unidos de Am\u00e9rica o de cualquier cantidad mayor que pueda decidir la Reuni\u00f3n de Signatarios en base a las propuestas de la Junta de Gobernadores; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">ii) Cuando se requiera urgentemente una adquisici\u00f3n para hacer frente a una situaci\u00f3n de emergencia que afecte la viabilidad operacional del segmento espacial de Intelsat; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">iii) Cuando las necesidades sean de car\u00e1cter predominantemente administrativo que se presten m\u00e1s a satisfacerse localmente, y <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">iv) Cuando s\u00f3lo exista una fuente de suministro para una especificaci\u00f3n necesaria para satisfacer las necesidades de Intelsat o cuando las fuentes de suministro est\u00e1n tan seriamente restringidas en n\u00famero que no ser\u00eda viable ni servir\u00eda al inter\u00e9s de Intelsat incurrir en el gasto y en el tiempo que implicar\u00eda la licitaci\u00f3n internacional abierta, siempre que, en caso de que exista m\u00e1s de una fuente, todas ellas tengan la oportunidad de presentar sus propuestas sobre una base de igualdad; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">d) Los procedimientos, reglamentos y condiciones mencionados en el p\u00e1rrafo a) del presente art\u00edculo dispondr\u00e1n que se suministre, en el momento oportuno, informaci\u00f3n completa a la Junta de Gobernadores. A petici\u00f3n de cualquier Gobernador, la Junta de Gobernadores podr\u00e1 obtener, respecto de cualquier contrato, toda la informaci\u00f3n que sea precisa con el fin de permitir a dicho Gobernador cumplir con sus responsabilidades en tal capacidad. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <\/p>\n<p align=\"justify\"><b><font size=\"2\" face=\"Arial\">ARTICULO 17. Invenciones e informaci\u00f3n t\u00e9cnica <\/font><\/b><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">a) Intelsat adquirir\u00e1, en relaci\u00f3n con cualquier trabajo realizado por Intelsat, o en su nombre, los derechos sobre las invenciones e informaci\u00f3n t\u00e9cnica que sean necesarias para los intereses comunes de Intelsat y los Signatarios en su car\u00e1cter de tales, pero no m\u00e1s de tales derechos. En los trabajos efectuados por contrato, tales derechos se obtendr\u00e1n sobre una base de no exclusividad; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">b) Para los fines del p\u00e1rrafo a) del presente art\u00edculo, Intelsat, tomando en cuenta sus principios y objetivos, los derechos y las obligaciones de las Partes y de los Signatarios conforme al Acuerdo y al presente Acuerdo Operativo, y las pr\u00e1cticas industriales generalmente aceptadas, asegurar\u00e1 para s\u00ed, en relaci\u00f3n con cualquier trabajo realizado por Intelsat, o en su nombre, que implique un elemento significativo de estudio, investigaci\u00f3n o desarrollo: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">i) El derecho de que se revelen a Intelsat, sin pago, todas las invenciones e informaci\u00f3n t\u00e9cnica generadas por el trabajo realizado por Intelsat, o en su nombre, y <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">ii) El derecho a revelar y hacer que se revele a los Signatarios y a otras entidades o personas bajo la jurisdicci\u00f3n de cualquier Parte y a usar, autorizar y hacer que se autorice a los Signatarios y a otras entidades o personas bajo la jurisdicci\u00f3n de cualquier Parte a usar tales invenciones e informaci\u00f3n t\u00e9cnica: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">A. Sin pago alguno, en relaci\u00f3n con el segmento espacial de Intelsat y con cualquier estaci\u00f3n terrena que opera con el mismo, y <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">B. Para cualquier otro objetivo, bajo condiciones justas y razonables, que han de ser convenidas entre los Signatarios u otras entidades o personas bajo la jurisdicci\u00f3n de una Parte, y el due\u00f1o o inventor de tales invenciones e informaci\u00f3n t\u00e9cnica o cualquier otra entidad o persona debidamente autorizada que tenga un inter\u00e9s de propietario al respecto; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">c) En los trabajos efectuados por contrato, la aplicaci\u00f3n de las disposiciones del p\u00e1rrafo b) del presente art\u00edculo se basar\u00e1 en la retenci\u00f3n, por parte de los contratistas, de la propiedad de los derechos sobre las invenciones e informaci\u00f3n t\u00e9cnica generadas por ellos; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">d) Intelsat tambi\u00e9n asegurar\u00e1 para s\u00ed el derecho, bajo condiciones justas y razonables, a revelar y hacer que se revele a los Signatarios y a otras personas y entidades bajo la jurisdicci\u00f3n de una Parte, y a usar, autorizar y hacer que se autorice a los Signatarios y a otras personas y entidades bajo la jurisdicci\u00f3n de una Parte, a usar las invenciones e informaci\u00f3n t\u00e9cnica directamente utilizadas en la ejecuci\u00f3n del trabajo realizado en nombre de Intelsat, pero no incluido en el p\u00e1rrafo b) del presente art\u00edculo, en la medida en que la persona que ha realizado dicho trabajo tenga la facultad de otorgar tal derecho y en que esta revelaci\u00f3n y este uso sean necesarios para el ejercicio efectivo de los derechos obtenidos de conformidad con el p\u00e1rrafo b) del presente art\u00edculo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">e) La Junta de Gobernadores, en casos individuales en que circunstancias excepcionales as\u00ed lo aconsejen, puede aprobar modificaciones a las normas establecidas en el inciso ii) del p\u00e1rrafo b) y en el p\u00e1rrafo d) del presente art\u00edculo cuando en el curso de las negociaciones se demuestre a la Junta de Gobernadores que el no efectuar la modificaci\u00f3n ir\u00eda en detrimento de los intereses de Intelsat y, en el caso del inciso ii) del p\u00e1rrafo b), que el seguir dichas normas ser\u00eda incompatible con anteriores obligaciones contractuales contra\u00eddas de buena fe por un eventual contratista con un tercero; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">f) La Junta de Gobernadores, en casos individuales en que circunstancias excepcionales as\u00ed lo aconsejen, puede tambi\u00e9n aprobar modificaciones a la norma establecida en el p\u00e1rrafo c) del presente art\u00edculo cuando se llenen todos los siguientes requisitos: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">i) Se demuestre a la Junta de Gobernadores que el no efectuar la modificaci\u00f3n ir\u00eda en detrimento de los intereses de Intelsat; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">ii) Cuando la Junta de Gobernadores determine que Intelsat deber\u00eda poder obtener protecci\u00f3n de patentes en cualquier pa\u00eds, y <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">iii) Cuando, y en el grado en que lo hiciere, el contratista hubiera indicado incapacidad o falta de deseos de obtener dicha protecci\u00f3n oportunamente; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">g) Al determinar si debe aprobar cualesquiera de dichas modificaciones, y la forma en que debe hacerlo, de conformidad con los p\u00e1rrafos e) y f) del presente art\u00edculo, la Junta de Gobernadores tomar\u00e1 en cuenta los intereses de Intelsat y de todos los Signatarios y los beneficios financieros que se estime resultar\u00e1n para Intelsat en dicha modificaci\u00f3n; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">h) En relaci\u00f3n con las invenciones e informaci\u00f3n t\u00e9cnica sobre las cuales se hayan adquirido derechos conforme al Acuerdo Provisional y el Acuerdo Especial, o sean adquiridos de conformidad con el Acuerdo y con el presente Acuerdo Operativo, sobre base distinta al p\u00e1rrafo b) del presente art\u00edculo, Intelsat, al recibir una solicitud deber\u00e1, en la medida en que tenga el derecho de hacerlo: <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">i) Revelar o hacer que se revelen dichas invenciones e informaci\u00f3n t\u00e9cnica a cualquier Signatario, sujeto al reembolso de cualquier pago efectuado por Intelsat o que se exija a \u00e9sta respecto al ejercicio de tal derecho de revelaci\u00f3n; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">ii) Poner a disposici\u00f3n de cualquier Signatario el derecho de revelar o hacer que se revele a los Signatarios y a otras personas y entidades bajo la jurisdicci\u00f3n de una Parte y a usar, autorizar o hacer que se autorice a los Signatarios y a otras personas y entidades bajo la jurisdicci\u00f3n de una Parte, el uso de dichas invenciones e informaci\u00f3n t\u00e9cnica: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">A. Sin pago alguno, en relaci\u00f3n con el segmento espacial de Intelsat o con cualquier estaci\u00f3n terrena que opere con el mismo, y <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">B. Para cualquier otro prop\u00f3sito, bajo t\u00e9rminos y condiciones justas y razonables que han de ser convenidas entre los Signatarios o cualquier otra persona o entidad dentro de la jurisdicci\u00f3n de una Parte e Intelsat o el propietario u originador de tales invenciones e informaci\u00f3n t\u00e9cnica o cualquier otra entidad o persona debidamente autorizada que tenga un inter\u00e9s de propiedad en las mismas y sujeto al reembolso de cualquier pago hecho por Intelsat o que se exija de \u00e9ste respecto al ejercicio de tales derechos; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">i) Intelsat, en la medida en que adquiera el derecho, de conformidad con el inciso i) del p\u00e1rrafo b) del presente art\u00edculo, de que le revelen invenciones e informaci\u00f3n t\u00e9cnica, mantendr\u00e1 informado a cada Signatario que as\u00ed lo solicite, de la disponibilidad y naturaleza general de tales invenciones e informaci\u00f3n t\u00e9cnica. Intelsat, en la medida en que adquiera los derechos, de conformidad con las disposiciones del presente art\u00edculo, para poner a disposici\u00f3n de los Signatarios y de personas y entidades bajo la jurisdicci\u00f3n de una Parte invenciones e informaci\u00f3n t\u00e9cnica, pondr\u00e1, previa solicitud, dichos derechos a disposici\u00f3n de cualquier Signatario o de quien \u00e9ste designe; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">j) La revelaci\u00f3n y el uso de cualquier invenci\u00f3n e informaci\u00f3n t\u00e9cnica sobre la cual Intelsat haya adquirido cualquier derecho, as\u00ed como las condiciones de tal revelaci\u00f3n y uso, se har\u00e1n sobre una base no discriminatoria con respecto de todos los Signatarios o de quienes \u00e9stos designen. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <\/p>\n<p align=\"justify\"><b><font size=\"2\" face=\"Arial\">ARTICULO 18. Responsabilidad <\/font><\/b><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">a) Ni Intelsat ni los Signatarios en su capacidad de tales ni cuando act\u00faen en el ejercicio de sus funciones y dentro de sus atribuciones, ning\u00fan director, funcionario o empleado de los mismos ni representante alguno ante cualquier \u00f3rgano de Intelsat, ser\u00e1n responsables ante ning\u00fan Signatario ni ante Intelsat, y no se podr\u00e1 presentar reclamaci\u00f3n contra ninguno de ellos por da\u00f1os o perjuicios sufridos en virtud de la no disponibilidad, demora o funcionamiento deficiente de los servicios de telecomunicaciones prestados o que deben prestarse de conformidad con el Acuerdo o con el presente Acuerdo Operativo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">b) Si se requiriese a Intelsat o a cualquier Signatario, como tal, en virtud de una sentencia firme dictada por un tribunal competente, o como resultado de un compromiso aceptado o convenido por la Junta de Gobernadores, a que pague el importe de una reclamaci\u00f3n, incluyendo eventualmente cualquier costo o gasto relacionado con la misma, derivada de una actividad ejecutada o autorizada por Intelsat conforme al Acuerdo o al presente Acuerdo Operativo, y en la medida en que dicha reclamaci\u00f3n no sea satisfecha por medio de indemnizaci\u00f3n, seguros u otros arreglos financieros, los Signatarios, a pesar del tope establecido en el art\u00edculo 5 del presente Acuerdo Operativo, pagar\u00e1n a Intelsat la cantidad adeudada por tal reclamaci\u00f3n en proporci\u00f3n a sus respectivas participaciones de inversi\u00f3n en la fecha en que dicha reclamaci\u00f3n deba pagarse por Intelsat; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">c) Si se presenta una reclamaci\u00f3n contra un Signatario, \u00e9ste deber\u00e1 notificar tal reclamaci\u00f3n sin demora a Intelsat como condici\u00f3n al pago por Intelsat del importe de la reclamaci\u00f3n a que se refiere el p\u00e1rrafo b) del presente art\u00edculo, y permitir\u00e1 a Intelsat asesorar y formular recomendaciones respecto de la defensa o dirigir \u00e9sta, o adoptar otras medidas sobre la reclamaci\u00f3n y, en la medida en que lo permita la jurisdicci\u00f3n en que se plante\u00f3 la reclamaci\u00f3n, ser parte en el procedimiento junto con tal Signatario o en sustituci\u00f3n del mismo. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <b><font size=\"2\" face=\"Arial\">ARTICULO 19. Compra del inter\u00e9s <\/font><\/b> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">a) De conformidad con las disposiciones de los art\u00edculos <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#9\">9<\/A><\/b> y <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#15\">15<\/A><\/b> del Acuerdo Provisional, tan pronto como sea posible y dentro de los tres meses a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo Operativo, la Junta de Gobernadores determinar\u00e1, de conformidad con el p\u00e1rrafo d) del presente art\u00edculo, la situaci\u00f3n financiera en Intelsat de cada Signatario del acuerdo especial para el cual, en su calidad de Estado, o para cuyo Estado, el Acuerdo, al entrar en vigor, no hubiera entrado en vigor ni hubiera sido aplicado provisionalmente. La Junta de Gobernadores notificar\u00e1 a cada Signatario por escrito respecto de su situaci\u00f3n financiera y la tasa de inter\u00e9s correspondiente. Esta tasa deber\u00e1 ser cercana al costo del dinero en los mercados mundiales; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">b) Un Signatario podr\u00e1 aceptar la evaluaci\u00f3n de su situaci\u00f3n financiera y la tasa de inter\u00e9s seg\u00fan le hayan sido notificados de conformidad con el p\u00e1rrafo a) del presente art\u00edculo, a menos que hubiese sido acordado de otro modo entre la Junta de Gobernadores y tal Signatario. Intelsat pagar\u00e1 a dicho Signatario, en d\u00f3lares de los Estados Unidos de Am\u00e9rica o en otra moneda libremente convertible a d\u00f3lares de los Estados Unidos de Am\u00e9rica, dentro de los noventa d\u00edas siguientes a la fecha de dicha aceptaci\u00f3n, o dentro de un per\u00edodo mayor, si as\u00ed se hubiera acordado, el monto aceptado, m\u00e1s el inter\u00e9s sobre el mismo aplicable desde la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo Operativo hasta la fecha del pago; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">c) Si hubiera una controversia entre Intelsat y un Signatario en cuanto al importe del monto o la tasa de inter\u00e9s que no pudiera resolverse mediante negociaci\u00f3n dentro del per\u00edodo de un a\u00f1o a partir de la fecha en la cual dicho Signatario fue informado de su situaci\u00f3n financiera conforme al p\u00e1rrafo a) del presente art\u00edculo, el monto y la tasa de inter\u00e9s notificados continuar\u00e1n siendo la oferta en vigor de Intelsat para solucionar dicha controversia, poni\u00e9ndose los fondos correspondientes a disposici\u00f3n de dicho Signatario. Siempre y cuando pueda encontrarse un tribunal mutuamente aceptable, Intelsat someter\u00e1 la controversia a arbitraje si as\u00ed lo solicita el Signatario. Al recibo del laudo del tribunal, Intelsat pagar\u00e1 al Signatario el monto determinado en el laudo en d\u00f3lares de los Estados Unidos de Am\u00e9rica o en otra moneda libremente convertible a d\u00f3lares de los Estados Unidos de Am\u00e9rica; <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">d) La situaci\u00f3n financiera mencionada en el p\u00e1rrafo a) del presente art\u00edculo, se determinar\u00e1 como sigue: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">i) Se multiplicar\u00e1 la cuota final del Signatario bajo el Acuerdo Especial, en la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo Operativo, por la cantidad establecida conforme al p\u00e1rrafo b) del art\u00edculo 7 del presente Acuerdo Operativo, y <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">ii) Del resultado obtenido conforme al inciso i) del presente p\u00e1rrafo, se restar\u00e1 cualquier cantidad adeudada por dicho Signatario en la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo Operativo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">e) Ninguna disposici\u00f3n del presente art\u00edculo: <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">i) Eximir\u00e1 al Signatario a que se refiere el p\u00e1rrafo a) del presente art\u00edculo, de su participaci\u00f3n en las obligaciones contra\u00eddas colectivamente por los Signatarios del Acuerdo Especial, o por cuenta de los mismos, como resultado de actos u omisiones en la ejecuci\u00f3n del Acuerdo Provisional y del Acuerdo Especial con anterioridad a la fecha de la entrada en vigor del presente Acuerdo Operativo, o <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">ii) Privar\u00e1 a tal Signatario de aquellos derechos adquiridos por \u00e9l, en su capacidad de tal, que de otro modo hubiera conservado despu\u00e9s de la expiraci\u00f3n del Acuerdo Especial, y por los cuales el Signatario no hubiese sido compensado de conformidad con las disposiciones del presente art\u00edculo. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <b><font size=\"2\" face=\"Arial\">ARTICULO 20. Soluci\u00f3n de controversias <\/font><\/b> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">a) Toda controversia jur\u00eddica que surja en relaci\u00f3n con los derechos y obligaciones que se estipulan en el Acuerdo o en el presente Acuerdo Operativo de los Signatarios entre s\u00ed o entre Intelsat y uno o m\u00e1s Signatarios, de no poder solucionarse de otra manera dentro de un plazo razonable, ser\u00e1 sometida a un tribunal de arbitraje de conformidad con las disposiciones del Anexo C del Acuerdo; <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">b) Toda controversia de esta naturaleza entre un Signatario y un Estado o entidad de telecomunicaciones que ha dejado de ser Signatario o, entre Intelsat y un Estado o entidad de telecomunicaciones que ha dejado de ser Signatario, y que surgiese despu\u00e9s de que dicho Estado o entidad de telecomunicaciones ha dejado de ser Signatario, de no poder solucionarse de otra manera dentro de un plazo razonable, ser\u00e1 sometida a arbitraje y, si las partes as\u00ed lo acuerdan, tal arbitraje se regular\u00e1 conforme a las disposiciones del Anexo C del Acuerdo. Si un Estado o entidad de telecomunicaciones deja de ser Signatario despu\u00e9s de haberse iniciado un arbitraje en el que es litigante, dicho arbitraje continuar\u00e1 y terminar\u00e1 de conformidad con las disposiciones del Anexo C del Acuerdo o, en su caso, de conformidad con aquellas otras disposiciones por las cuales se regula dicho arbitraje; <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">c) Toda controversia jur\u00eddica que surja de los acuerdos y contratos que Intelsat concierte con cualquier Signatario quedar\u00e1 sometida a las disposiciones sobre soluci\u00f3n de controversias contenidas en tales acuerdos y contratos. En ausencia de dichas disposiciones, tales controversias, de no poderse solucionar de otra manera dentro de un plazo razonable, se someter\u00e1n a arbitraje de conformidad con las disposiciones del Anexo C del Acuerdo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">d) Si en la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo Operativo se encontrase pendiente de conclusi\u00f3n un arbitraje en curso conforme al Acuerdo Suplementario sobre Arbitraje fechado el 4 de junio de 1965, las disposiciones de dicho Acuerdo Suplementario continuar\u00e1n en vigor respecto del citado arbitraje hasta su conclusi\u00f3n. Si el Comit\u00e9 Interino de Telecomunicaciones por Sat\u00e9lites fuese parte en dicho arbitraje, Intelsat lo reemplazar\u00e1 como parte. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <\/p>\n<p align=\"justify\"><b><font size=\"2\" face=\"Arial\">ARTICULO 21. Retiro <\/font><\/b><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">a) Dentro del plazo de tres meses a partir de la fecha efectiva del retiro de un Signatario de Intelsat, de conformidad con el art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#16\">16<\/A><\/b> del Acuerdo, la Junta de Gobernadores notificar\u00e1 a dicho Signatario la evaluaci\u00f3n que ha hecho de su estado financiero en Intelsat correspondiente a la fecha efectiva del retiro y los t\u00e9rminos de liquidaci\u00f3n propuestos conforme al p\u00e1rrafo c) del presente art\u00edculo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">b) La notificaci\u00f3n prevista en el p\u00e1rrafo a) del presente art\u00edculo incluir\u00e1 un estado de cuenta que indique: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">i) La cantidad que haya de pagar Intelsat al Signatario, resultante de multiplicar la participaci\u00f3n de inversi\u00f3n del Signatario en la fecha efectiva del retiro, por el monto establecido en la evaluaci\u00f3n llevada a cabo en dicha fecha de conformidad con el p\u00e1rrafo b) del art\u00edculo 7 del presente Acuerdo Operativo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">ii) Las cantidades pendientes que haya de pagar el Signatario a Intelsat de conformidad con lo dispuesto en los p\u00e1rrafos g), j) o k) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#16\">16<\/A><\/b> del Acuerdo, que representen su participaci\u00f3n en las contribuciones de capital para compromisos contractuales espec\u00edficamente autorizados, ya sea antes de la fecha de recibo por la autoridad competente de su notificaci\u00f3n de decisi\u00f3n de retiro o, antes de la fecha efectiva del retiro, seg\u00fan el caso, junto con el calendario de pagos propuesto para satisfacer dichos compromisos contractuales, y <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">iii) Cualquier cantidad que dicho Signatario, en la fecha efectiva del retiro, deba a Intelsat; <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">c) Las cantidades a que se refieren los incisos i) y ii) del p\u00e1rrafo b) del presente art\u00edculo, ser\u00e1n reembolsadas por Intelsat al Signatario dentro de un plazo an\u00e1logo a aqu\u00e9l en que se reembolsen a otros Signatarios sus contribuciones de capital, o dentro de un plazo m\u00e1s breve que considere apropiado la Junta de Gobernadores. La Junta de Gobernadores fijar\u00e1 la tasa de inter\u00e9s pagadera al Signatario, o por el Signatario, con respecto a toda cantidad que en cualquier momento pueda estar pendiente de pago; <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">d) En la evaluaci\u00f3n efectuada de conformidad con el inciso ii) del p\u00e1rrafo b) del presente art\u00edculo, la Junta de Gobernadores podr\u00e1 decidir relevar al Signatario, total o parcialmente, de la obligaci\u00f3n de abonar su participaci\u00f3n en las contribuciones de capital necesarias para satisfacer tanto los compromisos contractuales espec\u00edficamente autorizados, como las responsabilidades derivadas de actos u omisiones anteriores, sea al recibo del aviso de retiro, sea en la fecha efectiva de retiro del Signatario de conformidad con el art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#16\">16<\/A><\/b> del Acuerdo; <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">e) Salvo que la Junta de Gobernadores decida de otro modo conforme al p\u00e1rrafo d) del presente art\u00edculo, ninguna disposici\u00f3n del presente art\u00edculo: <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">i) Eximir\u00e1 al Signatario a que se refiere el p\u00e1rrafo a) del presente art\u00edculo de su participaci\u00f3n en cualquiera de las obligaciones no contractuales de Intelsat que emanen de actos u omisiones en la ejecuci\u00f3n del Acuerdo y del presente Acuerdo Operativo con anterioridad al recibo del aviso de retiro o, en su caso, a la fecha efectiva de retiro, o <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">ii) Privar\u00e1 a tal Signatario de ninguno de los derechos adquiridos en su capacidad de Signatario que hubiese conservado en el caso de no retirarse, y por los cuales el Signatario no haya sido ya compensado en virtud de las disposiciones del presente art\u00edculo. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <b><font size=\"2\" face=\"Arial\">ARTICULO 22. Enmiendas <\/font><\/b> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">a) Cualquier Signatario, la Asamblea de Partes o la Junta de Gobernadores podr\u00e1 proponer enmiendas al presente Acuerdo Operativo. Las propuestas de enmienda ser\u00e1n presentadas al \u00f3rgano ejecutivo, el cual las distribuir\u00e1 a todas las Partes y a todos los Signatarios a la brevedad posible; <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">b) Las propuestas de enmienda ser\u00e1n consideradas por la Reuni\u00f3n de Signatarios en su primera reuni\u00f3n ordinaria siguiente a la distribuci\u00f3n por el \u00f3rgano ejecutivo, o bien en una reuni\u00f3n extraordinaria anterior convocada conforme al art\u00edculo VIII del Acuerdo, siempre que en ambos casos las propuestas de enmienda haya sido distribuidas no menos de noventa d\u00edas antes de la apertura de la reuni\u00f3n correspondiente. La Reuni\u00f3n de Signatarios, a este efecto, examinar\u00e1 las observaciones y las recomendaciones que hayan recibido respecto de las propuestas de enmienda de la Asamblea de Partes o de la Junta de Gobernadores; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">c) La Reuni\u00f3n de Signatarios tomar\u00e1 decisiones respecto de las propuestas de enmienda de conformidad con las reglas de qu\u00f3rum y votaci\u00f3n establecidas en el art\u00edculo VIII del Acuerdo. As\u00ed mismo, podr\u00e1 modificar propuestas de enmienda distribuidas conforme al p\u00e1rrafo b) del presente art\u00edculo y tomar\u00e1 decisiones sobre propuestas de enmienda que no hubieran sido as\u00ed distribuidas pero que resulten directamente de una propuesta de enmienda o de una enmienda modificada; <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">d) Las enmiendas aprobadas por la Reuni\u00f3n de Signatarios entrar\u00e1n en vigor, de conformidad con el p\u00e1rrafo e) del presente art\u00edculo, despu\u00e9s de que el Depositario haya recibido notificaci\u00f3n de la aprobaci\u00f3n de la enmienda, sea por: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">i) Dos tercios de los Signatarios que eran Signatarios en la fecha en que la enmienda fue aprobada por la Reuni\u00f3n de Signatarios, siempre que dichos dos tercios incluyan Signatarios que ten\u00edan entonces por lo menos dos tercios del total de las participaciones de inversi\u00f3n, o por <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">ii) Un n\u00famero de Signatarios igual o superior al ochenta y cinco por ciento del n\u00famero total de Signatarios que eran Signatarios en la fecha en que la enmienda fue aprobada por la Reuni\u00f3n de Signatarios cualquiera que fuere el monto de las participaciones de inversi\u00f3n que dichos Signatarios hubieren tenido en esa ocasi\u00f3n. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">La notificaci\u00f3n de la aprobaci\u00f3n de una enmienda por un Signatario ser\u00e1 enviada al Depositario por la Parte concerniente. Dicha comunicaci\u00f3n significar\u00e1 la aceptaci\u00f3n de la citada enmienda por la Parte; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">e) El Depositario notificar\u00e1 a todos los Signatarios del recibo de las aprobaciones de la enmienda requeridas por el p\u00e1rrafo d) del presente art\u00edculo. Transcurrido el plazo de noventa d\u00edas desde la fecha de esta notificaci\u00f3n, dicha enmienda entrar\u00e1 en vigor respecto de todos los Signatarios, incluso de aquellos que no se hubieren retirado voluntariamente de Intelsat ni hubieren todav\u00eda aceptado, aprobado o ratificado dicha enmienda. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <b><font size=\"2\" face=\"Arial\">ARTICULO 23. Entrada en vigor <\/font><\/b> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">a) El presente Acuerdo Operativo entrar\u00e1 en vigor para un Signatario en la fecha en que entre en vigor el Acuerdo, de conformidad con los p\u00e1rrafos a) y d), o b) y d) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#20\">20<\/A><\/b> del Acuerdo, para la Parte concerniente; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">b) El presente Acuerdo Operativo se aplicar\u00e1 provisionalmente para un Signatario en la fecha en que el Acuerdo se aplique provisionalmente, de conformidad con los p\u00e1rrafos c) y d) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#20\">20<\/A><\/b> del Acuerdo, a la Parte concerniente; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">c) El presente Acuerdo Operativo estar\u00e1 en vigor mientras lo est\u00e9 el Acuerdo. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <b><font size=\"2\" face=\"Arial\">ARTICULO 24. Depositario <\/font><\/b> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">a) El Gobierno de los Estados Unidos de Am\u00e9rica ser\u00e1 el Depositario del presente Acuerdo Operativo, cuyos textos en espa\u00f1ol, franc\u00e9s e ingl\u00e9s son igualmente aut\u00e9nticos. El presente Acuerdo Operativo se depositar\u00e1 en los archivos del Depositario con el cual se depositar\u00e1n as\u00ed mismo las notificaciones de aprobaci\u00f3n de enmiendas, de sustituci\u00f3n de un Signatario de conformidad con el p\u00e1rrafo f) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#16\">16<\/A><\/b> del Acuerdo y de los retiros de Intelsat; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">b) El Depositario transmitir\u00e1 copias certificadas de los textos del presente Acuerdo Operativo a todos los Gobiernos y a todas las entidades de telecomunicaciones designadas que lo hayan firmado y a la Uni\u00f3n Internacional de Telecomunicaciones, y notificar\u00e1 a dichos Gobiernos, entidades de telecomunicaciones designadas y Uni\u00f3n Internacional de Telecomunicaciones, las firmas del presente Acuerdo Operativo, el comienzo del per\u00edodo de sesenta d\u00edas a que se hace referencia en el p\u00e1rrafo a) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#20\">20<\/A><\/b> del Acuerdo, la entrada en vigor del presente Acuerdo Operativo, las notificaciones de aprobaci\u00f3n de enmiendas y la entrada en vigor de las enmiendas al presente Acuerdo Operativo. El aviso del comienzo del per\u00edodo de sesenta d\u00edas se dar\u00e1 el primer d\u00eda de dicho per\u00edodo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">c) Al entrar en vigor el presente Acuerdo Operativo, el Depositario lo registrar\u00e1 en la Secretar\u00eda de las Naciones Unidas, de conformidad con el art\u00edculo 102 de la Carta de las Naciones Unidas. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">En testimonio de lo cual, los que suscriben, debidamente autorizados, firman el presente Acuerdo Operativo. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Hecho en Washington, el 20 de agosto de mil novecientos setenta y uno. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <\/p>\n<p align=\"center\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">ANEXO <\/font><\/p>\n<p align=\"center\"><b><font size=\"2\" face=\"Arial\">DISPOSICIONES TRANSITORIAS <\/font> <\/b><\/p>\n<p> <b><font size=\"2\" face=\"Arial\">1. Obligaciones de los Signatarios <\/font><\/b> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Todo Signatario del presente Acuerdo Operativo que hubiere sido, o cuya Parte designante hubiere sido, parte del Acuerdo Provisional, deber\u00e1 pagar, o tendr\u00e1 derecho a recibir, seg\u00fan el caso, el monto neto de cualquier cantidad que, de conformidad con el Acuerdo Especial, adeudase o se le adeudase, en la fecha de entrada en vigor del Acuerdo, esa parte en su capacidad de Signatario o su Signatario designado del Acuerdo Especial. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <\/p>\n<p align=\"justify\"><b><font size=\"2\" face=\"Arial\">2. Constituci\u00f3n de la Junta de Gobernadores <\/font><\/b><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">a) En la fecha en que se inicie el per\u00edodo de sesenta d\u00edas a que se hace referencia en el p\u00e1rrafo a) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#20\">20<\/A><\/b> del Acuerdo y a partir de esa fecha, la &quot;Communications Satellite Corporation&quot; notificar\u00e1 semanalmente a todos los Signatarios del Acuerdo Especial y a los Estados o entidades de telecomunicaciones designadas por los mismos y para los cuales entre en vigor el presente Acuerdo Operativo, o para los cuales sea aplicado provisionalmente en la fecha de entrada en vigor del acuerdo, la participaci\u00f3n estimada de inversi\u00f3n inicial de cada uno de tales Estados o entidades de telecomunicaciones, conforme a las disposiciones del presente Acuerdo Operativo; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">b) Durante dicho per\u00edodo de sesenta d\u00edas, la &quot;Communications Satellite Corporation&quot; har\u00e1 los tr\u00e1mites administrativos necesarios para convocar la primera reuni\u00f3n de la Junta de Gobernadores; <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">c) En el plazo de tres d\u00edas a partir de la fecha de entrada en vigor del Acuerdo, la &quot;Communications Satellite Corporation&quot;, actuando de conformidad con el p\u00e1rrafo 2 del Anexo D al acuerdo, deber\u00e1: <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">i) Notificar a todos los Signatarios para los cuales el presente Acuerdo Operativo ha entrado en vigor, o ha sido aplicado provisionalmente, el monto de sus participaciones de inversi\u00f3n iniciales determinadas, de conformidad con el art\u00edculo 6 del presente Acuerdo Operativo, y <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">ii) Notificar a todos los Signatarios respecto de los tr\u00e1mites hechos para la primera reuni\u00f3n de la Junta de Gobernadores, que ser\u00e1 convocada dentro de un plazo no mayor de treinta d\u00edas a partir de la entrada en vigor del Acuerdo. <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <\/p>\n<p align=\"justify\"><b><font size=\"2\" face=\"Arial\">3. Soluci\u00f3n de Controversias <\/font><\/b><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Cualquier controversia jur\u00eddica que pueda surgir entre Intelsat y la &quot;Communications Satellite Corporation&quot; en relaci\u00f3n con la prestaci\u00f3n de servicios por dicha entidad y que se origine entre las fechas de entrada en vigor del presente Acuerdo Operativo y del contrato celebrado, de conformidad con las disposiciones del inciso ii) del p\u00e1rrafo a) del art\u00edculo <a hrefx=\"L0544_99.htm#12\"><b>12<\/b><\/A> del Acuerdo, ser\u00e1 sometida a arbitraje de conformidad con las disposiciones del Anexo C al Acuerdo, de no solucionarse de otra forma dentro de un plazo razonable\u00af. <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">El suscrito Jefe de la Oficina Jur\u00eddica del Ministerio de Relaciones Exteriores <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <\/p>\n<p align=\"center\"><b><font size=\"2\" face=\"Arial\">HACE CONSTAR: <\/font><\/b><\/p>\n<p align=\"justify\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Que la presente reproducci\u00f3n es fiel fotocopia tomada de la Publicaci\u00f3n Oficial del texto \u00edntegro del Acuerdo y el Acuerdo Operativo de Intelsat contentivo de la &quot;Enmienda al inciso f) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#17\">17<\/A><\/b> del acuerdo relativo a la Organizaci\u00f3n Internacional de Telecomunicaciones por Sat\u00e9lite&quot; &quot;Intelsat&quot; hecho en Washington el veinte (20) de agosto de mil novecientos setenta y uno (1971), aprobada por la Vig\u00e9sima Asamblea de partes en Copenhague, Dinamarca el 31 de agosto de 1995, y de la enmienda a los &quot;incisos d), i) y h) del art\u00edculo 6 y f) del art\u00edculo 22 del acuerdo operativo de la Organizaci\u00f3n de Telecomunicaciones por Sat\u00e9lite&quot;, hecho en Washington el veinte (20) de agosto de mil novecientos setenta y uno (1971), aprobadas por la Vig\u00e9sima Quinta Reuni\u00f3n de Signatarios en Singapur el cuatro (4) de abril de mil novecientos noventa y cinco (1995), documento que reposa en los archivos de la Oficina Jur\u00eddica de este Ministerio. <\/font><\/p>\n<p align=\"justify\">&nbsp;<\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Dada en Santa Fe de Bogot\u00e1, D. C., el d\u00eda nueve (9) de octubre de mil <\/font> <\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">novecientos noventa y siete (1997). <\/font> <\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\">&nbsp;<\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">H\u00e9ctor Adolfo Sintura Varela, <\/font> <\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Jefe Oficina Jur\u00eddica\u00af. <\/font> <\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\">&nbsp;<\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">RAMA EJECUTIVA DEL PODER PUBLICO <\/font><\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\">&nbsp;<\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA <\/font> <\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Santa Fe de Bogot\u00e1, D. C., 28 de noviembre de 1998 <\/font> <\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Aprobado, som\u00e9tase a la consideraci\u00f3n del honorable Congreso Nacional para los&nbsp; efectos constitucionales.  <\/font><\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\">&nbsp;<\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(Fdo.) ERNESTO SAMPER PIZANO <\/font><\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\">&nbsp;<\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">La Ministra de Relaciones Exteriores, <\/font> <\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">(Fdo.) Mar\u00eda Emma Mej\u00eda V\u00e9lez. <\/font> <\/p>\n<p>  &nbsp;<\/p>\n<p align=\"center\"><font face=\"Arial\"><b><font size=\"2\">DECRETA<\/font><\/b><font size=\"2\">: <\/font> <\/font> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font face=\"Arial\"><b><font size=\"2\">ARTICULO<\/font><\/b><font size=\"2\"><b> 1o. <\/b>Apru\u00e9base la &quot;Enmienda al inciso f) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#17\">17<\/A><\/b> &#39;Acuerdo Relativo a la Organizaci\u00f3n Internacional de Telecomunicaciones por Sat\u00e9lite&#39;, &quot;Intelsat&quot; hecho en Washington el veinte (20) de agosto de mil novecientos setenta y uno (1971), aprobada por la Vig\u00e9sima Asamblea de Partes en Copenhague, Dinamarca, el 31 de agosto de 1995, y la &quot;Enmienda a los incisos d), i) y h) del art\u00edculo 6 y f) del art\u00edculo 22 del Acuerdo Operativo de la Organizaci\u00f3n de Telecomunicaciones por Sat\u00e9lite&quot;, hecho en Washington el veinte (20) de agosto de mil novecientos setenta y uno (1971), aprobadas por la Vig\u00e9sima Quinta Reuni\u00f3n de Signatarios en Singapur el 4 de abril de 1995. <\/font> <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font face=\"Arial\"><b><font size=\"2\">ARTICULO<\/font><\/b><font size=\"2\"><b> 2o. <\/b>De conformidad con lo dispuesto en el articulo 1o. De la Ley 7a. de 1944, la &quot;Enmienda al inciso f) del art\u00edculo <b> <a hrefx=\"L0544_99.htm#17\">17<\/A><\/b> del Acuerdo Relativo a la Organizaci\u00f3n Internacional de Telecomunicaciones por Sat\u00e9lite&quot; &quot;Intelsat&quot;, hecho en Washington el veinte (20) de agosto de mil novecientos setenta y uno (1971), aprobada por la Vig\u00e9sima Asamblea de Partes en Copenhague, Dinamarca,el 31 de agosto de 1995 y la &quot;Enmienda a los incisos d), i) y h) del art\u00edculo 6 y f) del art\u00edculo 22 del Acuerdo Operativo de la Organizaci\u00f3n de Telecomunicaciones por Sat\u00e9lite&quot;, hecho en Washington el veinte (20) de agosto de mil novecientos setenta y uno (1971), aprobadas por la Vig\u00e9sima Quinta Reuni\u00f3n de Signatarios en Singapur el 4 de abril de 1995, que por el art\u00edculo primero de esta ley se aprueban, obligar\u00e1n al pa\u00eds a partir de la fecha en que se perfeccione el v\u00ednculo internacional respecto de las mismas. <\/font> <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <\/p>\n<p align=\"justify\"><font face=\"Arial\"><b><font size=\"2\">ARTICULO<\/font><\/b><font size=\"2\"><b> 3o.<\/b> La presente ley rige a partir de la fecha de su publicacion. <\/font> <\/font> <\/p>\n<p><DIV>&nbsp;<\/DIV> <\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">El Presidente del honorable Senado de la Rep\u00fablica, <\/font> <\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Miguel Pinedo Vidal. <\/font> <\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\">&nbsp;<\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">El Secretario General del honorable Senado de la Rep\u00fablica, <\/font> <\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Manuel Enr\u00edquez Rosero. <\/font> <\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\">&nbsp;<\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">El Presidente de la honorable C\u00e1mara de Representantes, <\/font> <\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Armando Pom\u00e1rico Ramos. <\/font> <\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\">&nbsp;<\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">El Secretario General de la honorable C\u00e1mara de Representantes, <\/font> <\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Gustavo Bustamante Moratto. <\/font> <\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\">&nbsp;<\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">REPUBLICA DE COLOMBIA &#8211; GOBIERNO NACIONAL <\/font><\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\">&nbsp;<\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Comun\u00edquese y publ\u00edquese. <\/font> <\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">EJEC\u00daTESE previa revisi\u00f3n de la Corte Constitucional, conforme al art\u00edculo <\/font> <\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font face=\"Arial\"><b><a hrefx=\"..\/..\/..\/contitucion_politica\/contitucion_politica.htm#241\"><font size=\"2\">241<\/font><\/A><\/b><font size=\"2\">-10 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica. <\/font> <\/font> <\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Dada en Santa Fe de Bogot\u00e1, D. C., a 23 de diciembre de 1999. <\/font><\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\">&nbsp;<\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><b><font size=\"2\" face=\"Arial\">ANDR\u00c9S PASTRANA ARANGO <\/font><\/b><\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\">&nbsp;<\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">El Ministro de Relaciones Exteriores, <\/font> <\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Guillermo Fern\u00e1ndez de Soto. <\/font> <\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\">&nbsp;<\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">La Ministra de Comunicaciones, <\/font> <\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">Claudia de Francisco Zambrano. <\/font> <\/p>\n<p align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\"><font size=\"2\" face=\"Arial\">&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; <\/font> <\/p>\n<p>  <P align=\"center\" style=\"margin-top: 0; margin-bottom: 0\">&nbsp;<\/P><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>LEY 544 DE 1999 &nbsp; LEY 544 DE 1999 (diciembre 23) Diario Oficial No 43.837, de&nbsp; 31 de diciembre de 1999 EL CONGRESO DE COLOMBIA Por medio de la cual se aprueban la &quot;Enmienda al inciso (f) del art\u00edculo 17 del Acuerdo relativo a la Organizaci\u00f3n Internacional de Telecomunicaciones por Sat\u00e9lite -Intelsat&quot; hecho en Washington [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[14],"tags":[],"class_list":["post-615","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-leyes-1999"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/615","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=615"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/615\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=615"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=615"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/leyes\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=615"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}