DEBIDO PROCESO PENAL – El derecho de defensa se empieza a ejercer desde el momento que se tenga conocimiento de la existencia de una actuación penal en su contra, incluso durante la etapa de indagación. C-500/14.
DEBIDO PROCESO PENAL – Fiscalía General deberá respetar los términos de instrucción. T-647/13.
DEBIDO PROCESO PENAL – Fundamental. T-647/13.
DEBIDO PROCESO PENAL – Garantías legales en materia penal respecto de personas incursas en un procedimiento internacional. T-686/14.
DEBIDO PROCESO PENAL – Relevancia frente a la protección del derecho a la defensa. T-647/13.
DEBIDO PROCESO PENAL – Vulneración por dilación injustificada y vencimiento de términos de instrucción de todos los procesos. T-647/13.