SALAS DE REVISION

S

SALAS DE REVISION – Naturaleza jurídica. A. 290/13.

SALAS DE REVISION-Cambio de jurisprudencia constituye causal de nulidad A. 213/09

SALAS DE REVISION-Conservan su poder decisorio en el marco de la autonomía judicial A. 213/09

SALAS DE REVISION-Libertad para resolver según su criterio jurídico en ejercicio de su autonomía judicial A. 085A/11

SALAS DE REVISION-Son órgano de cierre de la jurisdicción constitucional ya que contra sus decisiones no procede recurso alguno A. 085A/11

SALAS DE REVISION-Sujeción se predica respecto de la jurisprudencia y no de los precedentes de otras salas de revisión A. 213/09

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