REGULACION EN MATERIA DE CAMBIOS INTERNACIONALES

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REGULACION EN MATERIA DE CAMBIOS INTERNACIONALES-Decretos que dicte el Presidente de la República en ejercicio de la potestad reglamentaria sólo podrán desarrollar las disposiciones expedidas por la Junta Directiva del Banco de la República.V. C-536/05

REGULACION EN MATERIA DE CAMBIOS INTERNACIONALES-Sujeción a la jerarquía normativa.V. C-536/05

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