INTERPRETACIÓN DE CONTRATO DE RE
INTERPRETACIÓN DE CONTRATO DE RESPONSABILIDAD CIVIL – En la cobertura del daño moral y del lucro cesante por ausencia de estipulación expresa. Hermenéutica de los artículos 1088 y 1127 del código de comercio para determinar el daño indemnizable y de las expresiones “que sufra” del artículo 1127 del Código de Comercio y “que cause” del artículo 84 de la ley 45 de 1990. SC002-2018