CONFLICTO DEPETENCIA EN PROCESO DE ADJUDICACIÓN DE APOYOS -petencia territorial: «domicilio del demandado» y «residencia del demandado, persona en condición de discapacidad». Aplicación analógica de los numerales 1 y 13 literal a) del artículo 28 del Código General del Proceso. Diferencia entre domicilio y residencia – AC3673-2025