UNIÓN TEMPORAL

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UNIÓN TEMPORAL – La alianza celebrada entre las partes realmente no correspondía a la tipificada socialmenteo Unión Temporal,o quiera que uno de sus rasgos distintivos, al tenor del numeral 7 del artículo 7 de la ley 80 de 1993, es la asunción de responsabilidad solidaria de sus integrantes en el cumplimiento de la propuesta y del objeto contratado – SC422-2024

UNIÓN TEMPORAL – Modalidad de cooperación para que varios entes sumen sus fuerzas e intereses en torno a un propósitoún, sin ánimo de asociarse; por tanto, no se pueden catalogaro personas jurídicas. Reiterado en auto AC1325-2022 – AC1107-2024

UNIÓN TEMPORAL – No advierte el juzgado receptor que la llamada a juicio era una Unión Temporal, la cual no detenta la categoría de persona jurídica y, por ende, su vecindad en el Distrito Capital según los documentos de constitución no es una circunstancia atributiva depetencia – AC397-2024

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