CONTRATO DE PROMESA DEPRAVENTA – Falta de determinación del contrato prometido frente al título y causa para la transferencia de las cuotas reclamadas. Requisitos para su formación válida: 1) estar por escrito, 2) tener objeto lícito, 3) establecer un plazo o condición, 4) determinar el contrato futuro. La nulidad es la consecuencia jurídica ante el no cumplimiento de los requisitos legales. Improcedencia de las restituciones mutuas – SC490-2024