ENTREMEZCLAMIENTO DE ERORRES – La vía directa debe circunscribirse «a la cuestión jurídica sinprender ni extenderse a la materia probatoria, es decir, no es viable hacer referencia a los aspectos fácticos del conflicto – AC683-2024
ENTREMEZCLAMIENTO DE ERRORES – Al haberse esgrimido la incursión de un error de derecho que, refiere a la contemplación jurídica de la prueba, por vicios en su decreto, incorporación o contradicción, pero al sustentar el reproche, perfiló sus cuestionamientos en la valoración de la prueba – AC2263-2024
ENTREMEZCLAMIENTO DE ERRORES – Al sustentarse en la vulneración indirecta de la ley sustancial invocando errores de derecho en la valoración probatoria, y relacionarlos con la valoración de las pruebas en conjunto y la pretermisión de ciertos medios de convicción – AC3294-2024
ENTREMEZCLAMIENTO DE ERRORES – El ataque se fundó en la alegación sobre algunas pruebas recayó por error de derecho, pero equivocando la senda por acudir al error de hecho por alteración objetiva del contenido de las pruebas – AC5967-2024
ENTREMEZCLAMIENTO DE ERRORES – En el desarrollo del error de derecho no se cuestiona la actividad de aportación, admisión, producción o apreciación de las pruebas documentales. La censura realmente emite su propia apreciación, sin contrastarla con la del Tribunal, del contenido de las escrituras públicas que refiere. Esto para sustentar la existencia de unos indicios de simulación. Sin embargo, el cuestionamiento del contenido material de las pruebas es propio de la senda del error de hecho y no de derecho – AC4424-2024
ENTREMEZCLAMIENTO DE ERRORES – Falla de la casacionista al indicar un error de derecho por infracción de normas alusivas a la carga de la prueba y posteriormente criticar la pretermisión de la confesión de la demandada que es un error de hecho – AC1762-2024
ENTREMEZCLAMIENTO DE ERRORES – Falla de la recurrente al denunciar errores de hecho y sustentarloso errores de derecho – AC545-2024
ENTREMEZCLAMIENTO DE ERRORES – La sustentación desatendió de forma absoluta la carga demostrativa que se le impone respecto de cada tipo de desafuero, que de suyo resultan ipatibles respecto de unas mismas probanzas – AC4098-2024
ENTREMEZCLAMIENTO DE ERRORES – Mixtura de la casacionista al denunciar error de hecho y sustentarlao un error de derecho – AC1156-2024
ENTREMEZCLAMIENTO DE ERRORES – Pues, advierte la recurrente el cercenamiento de algunos testimonios, pero a reglón seguido reprocha la decisión del tribunal por indebida valoración de los medios probatorios en conjunto, típico error de derecho – AC1763-2024
ENTREMEZCLAMIENTO DE ERRORES – Se recriminó al juzgador por no apreciar las pruebas en conjunto. Pero, en el desarrollo del embate se plantearon pretermisiones de medios de convicción. Lo cual es propio de un error de hecho que no de derecho. Produciéndose un entremezclamiento o mixtura de yerros probatorios – AC4927-2024
ENTREMEZCLAMIENTO DE ERRORES – Ya que a pesar de denunciar un evidente yerro fáctico porque el ad quem, entre otras conclusiones, dio por acreditada la unión marital de hecho entre María Rosalía Díaz Tamayo y Rafael Humberto Mejía Cuevas, la casacionista, para demostrar la acusación, expuso la configuración de un error jurídico, al expresar que no obstante que el Código General del Proceso, en sus artículos 164 a 176, establece la necesidad de la prueba, el juzgador de segundo orden no valoró individual y conjuntamente, de conformidad con la regla de la sana crítica, los medios de convicción – SC1726-2024