PRINCIPIO DE LA DOBLE INCRIMINAC
PRINCIPIO DE LA DOBLE INCRIMINACIÓN – Artículo 511-1 del código de procedimiento penal- definición. 22206/04
PRINCIPIO DE LA DOBLE INCRIMINACION – Concepto. 20834/03
PRINCIPIO DE LA DOBLE INCRIMINACIÓN – Hecho motivo de la solicitud no sea un delito político o de opinión. 22109/04
PRINCIPIO DE LA DOBLE INCRIMINACIÓN – Modalidad que guarda consonancia con la conducta que penalmente se ha reprimido en Colombia. 21990/04.
PRINCIPIO DE LA DOBLE INCRIMINACIÓN – Petición de extradición con legislación interna. 22212/04
PRINCIPIO DE LA DOBLE INCRIMINACIÓN – Se reprime con pena privativa de la libertad cuyo mínimo no sea inferior a cuatro años. 22109/04
PRINCIPIO DE LA DOBLE INCRIMINACIÓN. 21989/04 – 22205/04 – 22254/04 – 22564/04
PRINCIPIO DE LA DOBLE INCRIMINACIÓN. 22395/04