DECRETO 1199 DE 1982

Decretos 1982
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DECRETO 1199 DE 1982    

(abril 23)    

     

por el cual se modifica el Decreto número  1155 de 1980.    

     

Nota: Derogado por el Decreto 2477 de 1986,  artículo 307.    

     

El Presidente de la República  de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1° El artículo 48 del  Decreto 1155 de 1984.  quedara así:    

     

Para los efectos del parágrafo  primero del artículo 4° de la Ley 61 de 1979, cuando  se hayan estipulado algunas clases de cánones, participaciones, o cualesquiera  sea la denominación que se les dé, que resulten en montos superiores al cinco  por ciento (5%) del valor de la producción en boca de mina liquidado sobre el  precio determinado por el Ministerio de Minas y Energía, será el mencionado  monto resultante de esas clases de participaciones o cánones, el único impuesto  que deba abonarse al Fondo Nacional del Carbón, que se distribuirá de  conformidad con lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 61 de 1979.    

     

En caso de que los cánones,  participaciones, o cualesquiera sea la denominación que se les dé, resulten en  montos inferiores al cinco por ciento (5%) del valor de la producción en boca  de mina, el monto del impuesto será en este caso para todos los efectos al  cinco por ciento (5%) del valor de esa producción, contándose como parte de él,  los cánones, participaciones o cualesquiera sumas, que se hayan fijado en el  contrato.    

     

Artículo 2° El artículo 49 del  Decreto 1155 de 1980  quedará así:    

     

Para efectos del impuesto  sobre la renta, serán deducibles las sumas que por concepto del impuesto  establecido en el artículo anterior se paguen durante el respectivo año o  período gravable.    

     

Artículo 3° El presente Decreto  rige a partir de la fecha de su expedición.    

     

Comuníquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, a 23 de abril  de 1982.    

     

JULIO CESAR TURBAY AYALA    

     

El Ministro de Minas y  Energía,    

Carlos Rodado Noriega.    

     

El Ministro de Hacienda y  Crédito Público,    

Eduardo Wiesner Durán.          

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