DECRETO 2783 DE 1981

Decretos 1981
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DECRETO 2783  DE 1981

(octubre 9)    

     

por el  cual se aclaran los Decretos   1526 de 1978 y   1524 Bis  de 1981.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus  facultades legales,    

     

DECRETA:    

     

Artículo único. Aclárase el artículo 2° del   Decreto 1526 de 1978,  el cual quedará así:    

     

“Artículo segundo. Los fondos provenientes de este  empréstito los destinará el Ministerio de Obras Públicas y Transporte, a través  del Fondo Vial Nacional, para financiar la adquisición de una cantidad  aproximada de 1.400 metros de puente metálico de emergencia”.    

     

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

     

Comuníquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D. E., a 9 de octubre de 1981.    

     

JULIO CESAR TURBAY AYALA    

     

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado,    

Javier  Fernández Riva.    

     

El Ministro de Obras Públicas y Transporte,    

Enrique  Vargas Ramírez.          

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