DECRETO 581 DE 1982
(febrero 24)
por el cual se aprueba con modificaciones el Acuerdo número 001 del 9 de noviembre de 1981, expedido por el Consejo Comisarial del. Vichada que fija el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos de la Comisaría Especial del Vichada para-el período fiscal comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 1982.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones legales y en especial de las que le confiere el artículo 6° de la Constitución y el artículo 13 del Decreto 1926 de 1975, parágrafo único,
DECRETA:
Artículo primero. Apruébase con modificaciones el Acuerdo número 001 del 9 de noviembre de 1981, expedido por el Consejo Comisarial del Vichada, que fija el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos de la Comisaría Especial del Vichada, para el período fiscal comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 1982, cuyo texto dice:
«ACUERDO NÚMERO 0001 DE 1981
“por el cual se fija el Presupuesto de Rentas y Gastos de la Comisaría Especial del Vichada, para la vigencia fiscal comprendida entre el primero de enero y el treinta y uno de diciembre de 1982”.
El Consejo Comisarial del Vichada, en uso de sus facultades legales,
ACUERDA:
Artículo primero. Fíjase los cómputos del Presupuesto de Rentas y Gastos Y Recursos de Capital del Tesoro Comisarial para la vigencia fiscal del primero de enero al treinta y uno de diciembre de mil novecientos ochenta y dos (1982), en la suma de setenta y ocho millones seiscientos ochenta y cinco mil ochocientos pesos ($ 78.685.800.00) moneda corriente, según los pormenores siguientes:
PRIMERA PARTE
PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS
CAPITULO I
Ingresos Corrientes
78.685.400
INGRESOS TRIBUTARIOS … … … … … … … …
12.686.300
B)
Impuestos indirectos … … … … … … … … .
12.686.300
05 Tabaco y cigarrillos nacionales … … … … ..
2.430.000
06 Cerveza … … … … … … … … … … … … .
7.000.000
09 Cigarrillos extranjeros … … … … … … … …
1.000.000
10 Licores y vinos extranjeros … … … … … …
80.000
11 Licores y vinos nacionales … … … … … …
1.000.000
12 Impuesto de Previsión Social … … … … … .
756.300
13 Otros impuestos indirectos … … … … … …
420.000
INGRESOS NO TRIBUTARIOS … … … … … … …
65.999.100
A)
Tasas por servicio … … … … … … … … … ..
1.265.000
15 Energía … … … … … … … … … … … … ..
860.000
17 Acueducto … … .. … … … … … … … … …
379.000
18 Transporte … … … … … … … … … … … ..
25.000
19 Alquiler de maquinaria … … … … … … … ..
1.000
B)
Rentas ocasionales … … … … … … … … …
210.000
22 Multas … … … … … … … … … … … … …
20.000
23 Reintegros … … … … … … … … … … … ..
120.000
24 Aprovechamiento … … … … … … … … … .
70.000
C)
Rentas contractuales … … … … … … … … ..
2.300.000
28 Arrendamientos … … … … … … … … … …
300.000
31 Otras rentas contractuales … … … … … …
2.000.000
D)
Aportes y participaciones … … … … … … …
62.224.100
35 Cuentas estabilización de precios derivados del petróleo, electrificadora … … … … .. … … ..
12.000.000
36 Participación impuesto a la venta … … … ..
100
37 Transferencias funcionamiento Dainco … …
47.224.000
38 Transferencia FER … … … … … … .. … …
3.000.000
CAPITULO II
Recursos de Capital
400
RECURSOS DEL BALANCE DEL TESORO … … ..
400
A)
Saldo vigencia expirada … … … … … … … ..
100
51 Superávit… … … … … … … … … … … … .
100
C)
Venta de activos … … … .. … … … .. … … …
300
56 Bienes raíces … .. … … … … … … … … …
100
57 Semovientes … … … … … … … … … … …
100
Total Presupuesto de Rentas e Ingresos
78.685.800
SEGUNDA PARTE
PUESUPUESTO DE GASTOS
Artículo segundo. Aprópiase para atender los gastos de la Comisaría Especial del Vichada, durante la vigencia fiscal comprendida entre el primero de enero al treinta y uno de diciembre de mil novecientos ochenta y dos (1982), una suma igual a la del cálculo de las rentas y recursos de capital de tesoro de la Comisaría determinada en el artículo anterior, por valor de setenta y ocho millones seiscientos ochenta y cinco mil ochocientos pesos ($ 78.685.800.00) moneda corriente, distribuidos así:
CAPITULO III
RESUMEN GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
A) Servicios personales… … … … … … … … … … …
49.533.138
B) Gastos generales… … … … … … … … … … … … .
8.509.707
C) Transferencias… … … … … … … … … … … … …
13.537.814
D) Servicio de la Deuda… … … … … … … … … … …
2.700.000
Total… … … … … … …… … … … … … … … … … …
74.280.659
CONSEJO COMISARIAL
A)
Servicios personales … … … … … … … … ..
750.427
01 Dietas … … … … … … … … … … … … …
720.000
02 Sueldos personal nómina (2½) meses … …
28.525
03 Prima de navidad … … … … … … … … … .
1.902
B)
Gastos Generales … … … … … … … … … …
270.000
17 Compra de equipo … … … … … … … … …
150.000
18 Viáticos y gastos de viaje … … … … … … ..
393.000
21 Materiales y suministros … … … … … … …
20.000
Total Consejo Comisarial … … … … … … …
1.313.427
DESPACHO COMISARIAL
A)
Servicios personales … … … … … … … … ..
3.107.160
02 Sueldo personal de nóminas … … … … … .
2.248.800
03 Gastos de representación … … … … … … .
297.600
08 Prima de navidad … … … … … … … … … .
230.000
09 Prima técnica … … … … … … … … … … ..
103.200
10 Prima de vacaciones … … … … … … … …
115.000
11 Prima semestral … … … … … … … … … …
110.400
14 Subsidio familiar … … … … … … … … … ..
2.160
B)
Gastos generales … … … … … … … … … ..
1.150.000
16 Mantenimiento y aseguros … … … … … …
70.000
17 Compra de equipos … … … … … … … … ..
50.000
18 Viáticos y gastos de viaje … … … … … … ..
500.000
19 Comunicación y transportes… … … … … …
20.000
21 Materiales y suministro … … … … … … … .
40.000
22 Impresos y publicaciones… … … … .. … …
15.000
26 Gastos de orden público … … … … … … …
350.000
27 Gastos especiales … … … … … … … … …
100.000
28 Gastos de varios imprevistos … … … … … .
5.000
Total Despacho Comisarial … … … … … … .
4.257.160
SECRETARIA ADMINISTRATIVA
A)
Servicios personales … … … … … … … … .
6.961.286
02 Sueldo personal de nóminas … … … … …
5.485.200
03 Gastos de representación … … … … … …
178.800
08 Prima de navidad … … … … … … … … …
512.153
10 Prima de vacaciones … … … … … … … …
245.833
11 Prima semestral … … … … … … … … … ..
236.000
12 Indemnización por vacaciones … … … … …
67.300
13 Reconocimiento por entrega de oficina … …
30.000
14 Subsidio familiar … … … … … … … … … ..
206.000
B)
Gastos generales … … … … … … … … … ..
1.280.000
16 Mantenimiento y seguros … … … … … … ..
40.000
17 Compra de equipo… … … … … … … … …
100.000
18 Viáticos y gastos de viaje … … … … … … .
380.000
19 Comunicación y transporte … … … … … …
20.000
20 Servicios públicos … … … … … … … … …
20.000
21 Materiales y suministro … … … … … … … .
600.000
22 Impresos y publicaciones … … … … … … ..
20.000
25 Pago por prima de pólizas de manejo … … .
100.000
C)
Transferencias … … … … … … … … … … ..
13.537.814
a) Pago de Previsión Social
8.628.313
30 Aporte patronal Caja de Previsión Social … .
3.830.374
31 Aporte Ley 4a de 1966, artículo 1° … … … ..
756.300
32 Cesantías … … … … … … … … … … … …
4.041.639
b) Pagos a otras entidades del sector público
1.899.201
35 Pago Servicio Policía Nacional … … … … ..
50.000
37 SENA … … … … … … … … … … … … …
196.428
38 ESAP … … … .. … … .. … … … … … … …
196.428
39 I.C.B.F. … … … … … … … … … … … … …
392.856
41 Giros municipios y corregimientos por participación escrita … … … … … … … … … ..
663.489
42 Prima Distrito Policía Nacional … … … … …
400.000
c) Pago a particulares y organismos privados …
180.000
48 Aporte Coinco programa gestión delegada (Agentes (Fiscales) … … … … … … … … … …
180.000
d) Otras transferencias
2.830.300
54 Raciones y traslados de presos … … … … .
450.300
55 Gastos y protección indígenas … … … … …
200.000
57 Aguinaldo del niño pobre … … … … … … …
100.000
58 Auxilio gentes de escasos recursos … … …
50.000
59 Celebración Día del Campesino … … … …
50.000
61 Celebración festividades patrias … … … … .
20.000
65 Auxilio radioperador Dainco … … … … … …
60.000
67 Auxilio funerario … … … … … … … … … …
100.000
68 Comisariato de obreros y empleados … … ..
100.000
70 Reserva para pago de convención colectiva.
500.000
71 Aporte para monopolio de licores … … … …
200.000
D.
Servicio de la deuda … .. … … … … … … …
2.700.000
87 Deudas a Cooperativas de Intendencias y Comisarías (Coinco) … … … … … … … … … .
500.000
88 Saldos deudas vigencias expiradas … … …
1.800.000
89 Intereses amortizaciones empristite Fonade
400.000
Sección Alcaldías y Corregidurías e Inspecciones de Policía
A)
Servicios personales … … … … … … … … ..
5.812.110
02 Sueldo personal de nóminas … … … … … .
4.638.000
03 Gastos de representación … … … … … … .
178.800
08 Prima de navidad … … … … … … … … … .
435.547
10 Prima de vacaciones … … … … … … … …
209.063
11 Prima semestral … … … … … … … … … ..
200.700
14 Subsidio familiar … … … … … … … … … ..
150.000
B)
Gastos generales … … … … … … … … … …
400.000
16 Mantenimiento y seguros … … … … … … ..
50.000
17 Compra de equipo … … … … … … … … …
50.000
18 Viáticos y gastos de viaje … … … … … … ..
150.000
19 Comunicaciones y transportes … … … … …
50.000
21 Materiales y suministro … … … … … … … .
100.000
Total Secretaría Administrativa … … … … …
30.691.210
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
A)
Servicios personales … … … … … … … … ..
30.097.973
02 Sueldo personal de nómina … … … … … …
16.523.052
03 Gastos de representación … … … … … …
178.800
06 Jornales … … … … … … … … … … … … .
8.572.680
08 Prima de navidad … … … … … … … … …
2.299.382
09 Prima técnica … … … … … … … … … … ..
154.800
10 Prima de vacaciones … … … … … … … …
1.103.704
11 Prima semestral … … … … … … … … … ..
1.059.555
14 Subsidio familiar … … … … … … … … … ..
206.000
B)
Gastos generales … … … … … … … … … …
4.920.889
16 Mantenimiento y seguros … … … … … … .
714.349
17 Compra de equipo … … … … … … … … …
100.000
18 Viáticos y gastos de viaje … … … … … … .
700.000
19 Comunicación y transporte … … … … … …
20.000
21 Materiales y suministro … … … … … … … .
3.386.540
Total Secretaría de Obras Públicas … … … .
35.018.862
SECRETARIA DE EDUCACION
A)
Servicios personales … … … … … … … … .
2.804.182
02 Sueldo personal de nóminas … … … … … .
2.056.037
03 Gastos de representación … … … … … …
178.800
08 Prima de navidad … … … … … … … … … .
211.410
09 Prima técnica … … … … … … … … … … ..
103.200
10 Prima de vacaciones … … … … … … … …
101.477
11 Prima semestral … … … … … … … … … …
97.418
14 Subsidio familiar … … … … … … … … … ..
55.840
B)
Gastos generales … … … … … … … … … ..
195.816
18 Viáticos y gastos de viaje … … … … … … .
100.000
21 Materiales y suministros … … … … … … …
95.810
Total Secretaría de Educación … … … … … .
3.000.000
Total Gastos de Funcionamiento
74.280.659
GASTOS DE INVERSIÓN
Programa II
Hacienda
Unidad Ejecutora: Secretaría Administrativa … … …
150.000
INVERSIÓN DIRECTA … … … … … … .. … … … ..
150.000
Subprograma 201. Compras certificado de aportación Coinco … … … .. … … .. … .. … … … …
150.000
Programa III
Obras Públicas.
Unidad Ejecutora: Obras Públicas … … … … … … .
4.255.141
INVERSIÓN DIRECTA … … … … … … .. … … … ..
3.000.000
Subprograma 339. Compra de combustible para generación de energía eléctrica … … … .. … … .. …
3.000.000
INVERSION INDIRECTA … … … … … … … … … .
1.255.141
Subprograma. 318. Aporte fondos de Obras Públicas Municipales … … … … … … … … … … …
1.255.141
Total Gastos de Inversión… … … … … … …
4.405.141
Total Presupuesto de Gastos … … … … … ..
78.685.800
RESUMEN PRESUPUESTO DE GASTOS
Funcionamiento
Inversión
Total
Consejo Comisarial… … … … … .. … … … … .
1.313.427
1.313.427
Despacho Comisarial … … … … … .. … … … .
4.257.160
4.257.160
Secretaría Administrativa… … … … … .. … … .
30.691.210
150.000
30.841.210
Secretaria de Obras Públicas… … … … … .. …
35.018.862
4.255.141
39.274.003
Secretaría de Educación… … … … … .. … … .
3.000.000
3.000.000
Total… … … … … .. … … … … … … … .. … ..
74.280.569
4.405.141
78.685.800
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo tercero. El único ordenador de gastos de la Comisaría del Vichada será el Comisario.
Artículo cuarto. Ningún giro podrá ser pagado, ni será válido sin la refrendación de la Auditoría Fiscal.
Artículo quinto. La partida autorizada para cada concepto incluido en el Presupuesto de Gastos deberá aplicarse exclusivamente al objeto determinado en el texto del respectivo artículo presupuestal, sin exceder el monto señalado.
Artículo sexto. Ningún funcionario o Agente de la Comisaría podrá obligarse a efectuar gastos o contraer compromisos no contemplados en el Presupuesto de Gastos respectivo, o en exceso del saldo disponible. Quienes actúen en contradicción de esta norma serán personalmente responsables de las obligaciones contraídas, sin perjuicios de las sanciones administrativas y/o personales que le correspondan.
Artículo séptimo. La dependencia comisarial que tenga dentro del Presupuesto apropiaciones para inversión, obligatoriamente dará prioridad a la continuación y terminación de las obras ya iniciadas, antes de emprender otras, de acuerdo con los planes y programas.
Artículo octavo. Prohíbese expresamente a la Administración Comisarial la apertura de Cartas de Créditos cuya finalidad sea efectuar pagos por anticipado o de cuyo texto se deduzca que el beneficio pueda utilizarla y sin que se haya suministrado el bien de acuerdo con el contrato o solicitud de suministro, en relación con los cuales se abrió la Carta de Crédito. Tanto la apertura de la Carta de Crédito, como su refrendación final del banco respectivo, serán revisadas por el Auditor Fiscal, quien se abstendrá de hacerlo si no está legalizado el contrato o la solicitud de suministro que da origen en el primer caso, o si no se ha cumplido totalmente la obligación en el segundo caso.
Artículo noveno. Para mantener el equilibrio del Presupuesto y regular la expedición de giros a las disponibilidades efectivas de los recursos financieros, el Gobierno Comisarial con participación del Secretario Administrativo, preparan durante los últimos cinco días de cada mes, programa de los recursos que espere recibir, para ello tendrán en cuenta el comportamiento de las rentas e ingresos de los meses corridos en ejercicio y la viabilidad de los recursos que espera recibir que se hubiere incluido en el Presupuesto; simultáneamente preparará otros programas de las obligaciones propuestas por cada una de las dependencias administrativas, de acuerdo con los cronogramas y demás avances de información de los planes en ejecución.
Finalmente, con base en lo anterior, se preparará un programa de las sumas que puedan girarse a cada dependencia administrativa, discriminadas por el objeto del gasto.
Artículo décimo. La Administración Comisarial no podrá celebrar contratos, ni contraer obligaciones a cargo de la vigencia fiscal, sin que se haya previamente constituido la respectiva reserva presupuestal, refrendada per la Auditoría Fiscal.
Artículo decimoprimero. El monto total de los acuerdos de ordenación de gastos, tanto de funcionamiento como de inversión, que deban cubrirse con el producto de las rentas ordinarias y los recursos del balance, no podrá exceder, durante los primeros seis meses del ejercicio, de la mitad del Presupuesto de las referidas ventas y recursos para el respectivo ejercicio. Del mes de julio en adelante, el límite máximo de los acuerdos de ordenación de gastos globalmente considerados, será el promedio del recaudo de las rentas e ingresos durante los meses transcurridos del año.
Parágrafo. Las limitaciones establecidas en este artículo no se aplicarán al servicio de interés, amortizaciones y otros gastos de la deuda pública, así como para determinados gastos de inversión que por razones especiales sea necesario acordar poner sumas superiores de lo determinado.
Artículo decimosegundo. En les acuerdos de ordenación de gastes y artes de destinar partidas para erogaciones que puedan ser aplazadas deberán incluirse en su orden, la duodécima parte de los sueldos y/o gastos fijos ele administración en el mes respectivo, en cuanto legalmente no se haya disminuido el costo del correspondiente servicio, la cuota correspondiente al precio de la deuda pública; las cuotas que correspondan al pago de contratos y pedidos que hayan sido objeto de certificados de reserva expedida por la Contraloría, las participaciones a los municipios y corregimientos.
Artículo decimotercero. Ninguna obra se podrá iniciar sin que el contrato respectivo esté perfeccionado incluyendo pago de impuesto de timbre y derecho de publicación, certificado de reserva de fondo expedidos por la Auditoría Fiscal, si su cuantía lo exigiere, y el cumplimiento de las demás disposiciones vigentes relacionadas con el respectivo contrato.
Artículo decimocuarto. La. Tesorería no podrá hacer ningún pago por concepto de adquisición de bienes o servicios, sin antes haberse cumplido los trámites legales y la presentación de las cuentas debidamente autorizadas y reconocidas por, el funcionario ordenador de gastos.
Artículo decimoquinto. Los gastos de representación del Comisario y los Secretarios se pagarán por mensualidades con el respectivo sueldo.
Artículo decimosexto. Toda erogación con cargo a gastos imprevistos que exceda a la suma de mil pesos ($ 1.000.000), deberá ser autorizada por el Comisario mediante resolución motivada.
Artículo decimoséptimo. Establécese la tabla de viáticos para la Comisaría cuando el funcionario fuere comisionado fuera de la Comisaría y/o cuando la comisión fuere ordenada dentro del mismo territorio para fuera del sitio habitual de trabajo y hubiere que pernoctar fuera de ella, se reconocerán viáticos así:
El Comisario ganará viáticos a razón de $ 1.200.00 diarios.
Sueldo de $ 20.000.00 a $ 35.000.00 a razón de $ 900.00 diarios.
Sueldo de $ 10.000.00 a $ 20.000.00 a razón de $ 300.00 diarios.
Sueldo de $ 10.000.00 o menos, a razón de $ 700.00 diarios.
Cuando la Comisión fuere ordenada fuera del territorio:
Hasta:
$ 8.000.00
$
$ 800.00
diarios
De:
8.001.00
a
16.000.00
1.300.00
diarios
De:
16.001.00
a
31.000.00
1.900.00
diarios
De:
31.001.00
a
46.000.00
2.300.00
diarios
De:
46.001.00
a
60.000.00
2.700.00
diarios
De:
60.001.00
en adelante
3.100.00
diarios
Artículo decimoctavo. Las comisiones de servicio se conferirán mediante acto administrativo en el cual se expresará en término de su duración, que no podrá exceder de veinte días, sin embargo, no estarán sujetas a los términos de este artículo las comisiones que por su naturaleza exijan necesariamente una duración mayor a juicio del jefe del respectivo organismo.
Parágrafo. Queda prohibida toda comisión de servicio de carácter permanente.
Artículo decimonoveno. Los Consejeros Comisariales ganarán viáticos iguales a los del Comisario, cuando viajen en comisión oficial dentro o fuera del territorio comisarial; en todo caso, las comisiones serán ordenadas por el Comisario mediante resolución previa.
Artículo vigésimo. El pago de viáticos y gastos de transporte de los empleados comisariales en comisión sólo podrán efectuarse cuando exista resolución previa de la Comisaría en la que se ordene la comisión a lugar diferente al que el empleado ejerce normalmente sus funciones y se fija el término de la misma y el valor de los viáticos correspondientes. El empleado deberá estar ejerciendo el cargo y presentar constancia sobre el cumplimiento de la comisión.
Parágrafo. No habrá lugar a viáticos cuando la comisión se cumpla dentro del mismo día de salida; en tal caso, sólo habrá lugar a reconocimiento de gastos de transporte.
Artículo vigesimoprimero. Los choferes y los motoristas fluviales de la Comisaría, no se consideran en comisión dentro de su territorio, por el hecho de destinárseles a un nuevo frente de trabajo en forma permanente.
Artículo vigesimosegundo. Toda remuneración que tenga carácter de sueldo se pagará por nómina, conferirle a lo determinado en la resolución de asignaciones civiles. Por planilla sólo se payarán los obreros destinados a la construcción y conservación de obras públicas.
Artículo vigesimotercero. El pago ole las vacaciones en dinero sólo podrá hacerse en caso de retiro del empleado o cuando se trate de funcionarios de manejo o técnicos cuyo retiro temporal trastorne la normal presentación del servicio.
Artículo vigesimocuarto. Toda erogación con cargo al rubro “Gastos Especiales” que exceda la suma de mil pesos ($ 1.000.00), deberá ser autorizada mediante resolución motivada y firmada por el Comisario. Cuando esta erogación sobrepase a la suma de diez mil pesos ($ 10.000.00), deberá tener el visto bueno del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías.
Artículo vigesimoquinto. De los auxilios autorizados en este Acuerdo, no se girará su valor sino cuando su inversión pueda ser controlada directamente por la Comisaría y visadas las cuentas respectivas por el Auditor Fiscal, cualquiera que sea su destinación.
Artículo vigesimosexto. El Comisario a través de la Secretaría Administrativa, informará a la División de Presupuesto del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías acerca del estado financiero mediarte cuadros que demuestren tanto los ingresos como los gastos durante el mes anterior.
Artículo vigesimoséptimo. Las adquisiciones tanto de consumo como devolutivo que realice el Almacén General de la Comisaría, se efectuarán conforme a las disposiciones establecidas por la Contraloría General de la República y demás normas vigentes.
Parágrafo. Toda cuenta de cobro por valor superior a veinte mil pesos ($ 20.000.00), se acompañará del respectivo contrato escrito, debidamente registrados con sujeción a las disposiciones legales pertinentes.
Artículo vigesimoctavo. El Comisario queda autorizado para celebrar los contratos que sean necesarios para la correcta ejecución del Presupuesto, todo conforme a las disposiciones legales. Las negociaciones sobre empréstito público se tramitarán conforme a la ley vigente.
Artículo vigesimonoveno. Queda absolutamente prohibido dictar resoluciones de reconocimiento para legalizar obligaciones contraídas por fuera del Presupuesto o sobre el valor de las apropiaciones y girar relaciones y autorización sin situación de fondo con el mismo objeto.
Artículo trigésimo. Queda terminantemente prohibido el pago con cargo a recursos propios del Tesoro Comisarial de servicios personales y gastas generales de entidades distintas a las de la Comisaría, salvo lo que se pacta en convenios especiales o sea dispuesto por la ley.
Artículo trigesimoprimero. En desarrollo del artículo noveno del Decreto número 1925 de 1975, las gestiones que deba cumplir el Agente Fiscal, estarán subordinadas y dependerán del Jefe de la Sección de Gestión Delegada. La sede del Agente Fiscal será la ciudad de Bogotá.
Artículo trigesimosegundo. Los gastes de cada dependencia, tendrán el siguiente orden de prioridad para su giro:
Primera prioridad:
— Servicios personales.
— Transferencias de ley, cuota patronal, Caja de Previsión Social, SENA, ESAP, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).
— Aportes a COINCO para programa gestión delegada (Agentes Fiscales).
— Auxilio Radio-Operador DAINCO.
— Servicio de la deuda.
Segunda prioridad:
— Demás transferencias y gastos de inversión.
No podrá emitirse giros, ni hacerse pagos, ni refrendarse giros por los funcionarios competentes, cuando se hiciere en contravención a lo dispuesto en el presente artículo.
Artículo trigesimotercero. Prohíbese contracreditar y trasladarse internamente el aporte de la Caja de Previsión Social y las partidas del servicio de la deuda.
Artículo trigesimocuarto. Este Acuerdo rige a partir del primero de enero de mil novecientos ochenta y dos (1982).
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Puerto Carreño, capital de la Comisaría Especial del Vichada, a los nueve (9) días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y uno (1981).
El Vicepresidente Consejo Comisarial,
Gustavo Velásquez Daza.
La Secretaria Consejo,
Kenny Tovar de B,
CERTIFICACION:
La suscrita Secretaria del honorable Consejo Comisarial, se permite certificar que el presente Acuerdo fue aprobado en primer debate el día trece (13) de octubre, según, Acta número 008 y en segundo debate el día nueve (9) de noviembre, según Acta número 026.
La Secretaria Consejo,
Kenny Tovar de B.
Despacho Comisarial. Puerto Carreño, noviembre veintitrés (23) de mil novecientos ochenta y uno (1981).
Sancionado:
El Comisario Especial del Vichada,
Guillermo Brillo Garrido.
El Secretario Administrativo,
Luis Enrique Resales H.»
Artículo segundo. Modificase el Acuerdo de que trata el artículo primero de este Decreto, en los siguientes términos:
«ACUERDO NÚMERO 001 DE 1981
(noviembre 9)
“por el cual se fija el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos de la Comisaría Especial del Vichada, para el período fiscal comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 1982”.
El Consejo Comisarial del Vichada, en uso de sus atribuciones legales y en especial de las que le confiere el artículo 13, literal e) del Decreto 1926 de 1975,
ACUERDA:
Artículo primero. Fíjanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Comisaría Especial del Vichada, para el período fiscal comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 1982, en la suma de ochenta y ocho millones ciento sesenta y ocho mil dieciocho pesos ($ 88.168.018.00) moneda corriente, así:
PRIMERA PARTE
PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS
CAPITULO I
Ingresos Corrientes
88.167.618
INGRESOS TRIBUTARIOS … … … … … … … …
13.987.000
B)
Impuestos Indirectos … … … … … … … … .
13.987.000
05 Tabaco … … … … … … … … … … … … ..
2.430.000
06 Cerveza … … … … … … … … … … … … .
7.000.000
08 Cigarrillos extranjeros … … … … … … … …
1.000.000
10 Licores y vinos extranjeros … … … … … …
2.080.000
11 Licores y vinos nacionales … … … … … …
1.000.000
12 Impuesto de Previsión Social … … … … … .
57.000
13 Otros impuestos indirectos … … … … … …
420.000
INGRESOS NO TRIBUTARIOS … … … … … … …
74.180.618
A)
Tasas por servicio … … … … … … … … … ..
1.265.000
15 Energía … … … … … … … … … … … … ..
360.000
17 Acueducto … … … … .. … … … … … … …
379.000
18 Transportes … … … … … … … … … … …
25.000
19 Alquiler de maquinaria … … … … … … … ..
1.000
B)
Rentas ocasionales … … … … … … … … …
210.000
22 Multas … … … … … … … … … … … … …
20.000
23 Reintegros … … … … … … … … … … … ..
120.000
24 Aprovechamientos … … … … … … … … …
70.000
C)
Rentas contractuales … … … … … … … … ..
300.000
28 Arrendamientos … … … … … … … … … …
300.000
D)
Aportes, auxilios y participaciones … … … ..
72.405.618
35 Cuentas estabilización de precios derivados del petróleo. Electrificadora … … … … … … …
9.000.000
36 Participación de impuesto a la venta … … ..
100
37 Transferencias funcionamiento Dainco … …
47.224.000
38 Transferencias FER … … … … … … .. … ..
3.100.000
39 Adicional transferencia funcionamiento Dainco … … … … … … … … … … … … … …
13.081.518
CAPITULO II
Recursos de Capital
RECURSOS DEL BALANCE DEL TESORO … … ..
400
A)
Saldos vigencias expiradas … … … … … …
400
51 Superávit… … … … … … … … … … … … .
100
C)
Venta de activos … … … .. … … … .. … … …
300
56 Bienes raíces … .. … … … … … … … … …
100
57 Semovientes … … … … … … … … … … …
100
58 Maquinaria … … … … … … … … … … … ..
100
Total Presupuesto de Rentas e Ingresos
88.168.018
SEGUNDA PARTE
PRESUPUESTO DE GASTOS
Artículo segundo. Aprópiase para atender los gastos del Gobierno Comisarial durante el periodo fiscal comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 1982, una suma igual a la del cálculo de las rentas e ingresos del Tesoro de la Comisaría Especial del Vichada, determinado en el artículo anterior por un valor de ochenta y ocho millones ciento sesenta y ocho mil dieciocho pesos ($ 88.168.018.00) moneda corriente, distribuidos así:
CAPITULO III
Gastos de Funcionamiento
CONSEJO COMISARIAL
A)
Servicios personales … … … … … … … … $
752.267
01 Dietas … … … … … … … … … … … … …
720.000
02 Sueldos personal nómina (2½) meses … …
30.250
03 Prima de navidad … … … … … … … … … .
2.017
B)
Gastos Generales … … … … … … … … … …
463.000
17 Compra de equipo … … … … … … … … …
150.000
18 Viáticos y gastos de viaje … … … … … … ..
293.000
21 Materiales y suministros … … … … … … …
20.000
Total Consejo Comisarial … … … … … … …
1.215.267
DESPACHO COMISARIAL
A)
Servicios personales … … … … … … … … ..
3.244.948
02 Sueldos personal de nómina … … … … … .
2.336.400
03 Gastos de representación … … … … … … .
302.400
08 Prima de navidad … … … … … … … … … .
219.458
09 Prima técnica … … … … … … … … … … ..
120.000
10 Prima de vacaciones … … … … … … … …
119.740
11 Prima semestral … … … … … … … … … …
114.950
14 Subsidio familiar … … … … … … … … … ..
2.000
B)
Gastos generales … … … … … … … … … ..
1.150.000
16 Mantenimiento y seguros … … … … … … ..
70.000
17 Compra de equipo … … … … … … … … …
50.000
18 Viáticos y gastos de viaje … … … … … … ..
500.000
19 Comunicación y transporte… … … … … … .
20.000
21 Materiales y suministros … … … … … … …
40.000
22 Impresos y publicaciones… … … … .. … …
15.000
26 Gastos de orden público … … … … … … …
350.000
27 Gastos especiales … … … … … … … … …
100.000
28 Gastos varios e imprevistos … … … … … ..
5.000
Total Despacho Comisarial … … … … … … .
4.394.948
SECRETARIA ADMINISTRATIVA
A)
Servicios personales … … … … … … … … .
9.948.967
02 Sueldos personal de nómina … … … … …
7.744.560
03 Gastos de representación … … … … … …
181.200
08 Prima de navidad … … … … … … … … …
716.667
10 Prima de vacaciones … … … … … … … …
344.000
11 Prima semestral … … … … … … … … … ..
330.240
12 Indemnización por vacaciones … … … … …
67.300
13 Reconocimiento por entrega de oficina … …
30.000
14 Subsidio familiar … … … … … … … … … ..
235.000
B)
Gastos generales … … … … … … … … … ..
1.280.000
16 Mantenimiento y seguros … … … … … … ..
40.000
17 Compra de equipo… … … … … … … … …
100.000
18 Viáticos y gastos de viaje … … … … … … .
380.000
19 Comunicación y transporte … … … … … …
20.000
20 Servicios públicos … … … … … … … … …
20.000
21 Materiales y suministros … … … … … … ..
600.000
22 Impresos y publicaciones … … … … … … ..
20.000
25 Pago de prima de póliza de manejo … … …
100.000
C)
Transferencias … … … … … … … … … … ..
14.751.925
a) Pago de Previsión Social
10.353.745
30 Aporte patronal Caja de Previsión Social … .
4.063.712
30 1 Reserva para Caja de Previsión Social. Pago cesantías parciales y otros … … … … …
2.000.000
31 Aporte Ley 4a de 1966, artículo 1° … … … ..
57.000
32 Cesantías … … … … … … … … … … … …
4.233.033
b) Pago a otras entidades del sector público …
1.844.880
35 Pago Servicios Policía Nacional … … … … .
50.000
37 SENA … … … … … … … … … … … … …
162.040
38 ESAP … … … .. … … .. … … … … … … …
162.040
39 I.C.B.F. … … … … … … … … … … … … …
370.000
41 Giros a municipios y corregimientos por participación en rentas 30%… … … … … .. … .
700.800
42 Prima Distrito Policía Nacional … … … … …
400.000
c) Pagos a particulares y organismos privados.
180.000
48 Aporte a Coinco programa gestión delegada (Agentes Fiscales) … … … … … … … … … …
180.000
d) Otras transferencias … … … … … … … … ..
2.373.300
54 Raciones y traslado de presos … … … … ..
450.300
55 Gastos protección indígenas … … … … … .
200.000
57 Aguinaldo del niño pobre … … … … … … …
100.000
58 Auxilio gentes escasos recursos … … … …
50.000
59 Celebración Día del Campesino … … … …
50.000
61 Celebración festividades patrias … … … …
20.000
65 Auxilio radioperador Dainco … … … … … …
60.000
67 Auxilio funerario … … … … … … .. … … …
100.000
68 Comisariato de obreros y empleados … … ..
300.000
70 Auxiliar estudios según convención … … …
843.000
71 Aporte para monopolio de licores … … … …
200.000
D.
Servicio de la Deuda … .. … … … … … … …
2.700.000
87 Deudas a cooperativas de Intendencias y Comisarias (Coinco) … … … … … … … … … .
500.000
88 Saldo deuda vigencias expiradas … … … …
1.800.000
89 Intereses amortizaciones empréstitos Fonade … … … … … … … … … … … … … ..
400.000
Sección Alcaldías, Corregimientos e Inspecciones de Policía
A)
Servicios personales … … … … … … … … ..
5.963.824
02 Sueldos personal de nómina … … … … …
4.807.200
03 Gastos de representación … … … … … … .
181.200
08 Prima de navidad … … … … … … … … … .
451.064
10 Prima de vacaciones … … … … … … … …
216.510
11 Prima semestral … … … … … … … … … ..
207.850
14 Subsidio familiar … … … … … … … … … ..
100.000
B)
Gastos generales … … … … … … … … … …
400.000
16 Mantenimiento y seguros … … … … … … ..
50.000
17 Compra de equipo … … … … … … … … …
50.000
18 Viáticos y gastos de viaje … … … … … … ..
150.000
19 Comunicación y transporte … … … … … …
50.000
21 Materiales y suministros … … … … … … ..
100.000
Total Secretaría Administrativa … … … … …
34.744.716
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
A)
Servicios personales … … … … … … … … ..
20.006.998
02 Sueldos personal de nómina … … … … …
15.246.492
03 Gastos de representación … … … … … …
181.200
06 Jornales … … … … … … … … … … … … .
8.745.515
08 Prima de navidad … … … … … … … … …
2.202.077
09 Prima técnica … … … … … … … … … … ..
180.000
10 Prima de vacaciones … … … … … … … …
1.056.997
11 Prima semestral … … … … … … … … … ..
1.014.717
14 Subsidio familiar … … … … … … … … … ..
380.000
B)
Gastos generales … … … … … … … … … …
4.920.889
16 Mantenimiento y seguros … … … … … … .
714.349
17 Compra de equipo … … … … … … … … …
100.000
18 Viáticos y gastos de viaje … … … … … … .
700.000
19 Comunicaciones y transporte … … .. … … .
20.000
21 Materiales y suministros (dotación obreros ..
3.386.540
Total Secretaría de Obras Públicas … … … .
33.927.887
SECRETARIA DE EDUCACION
A)
Servicios personales … … … … … … … … .
2.899.393
02 Sueldos personal nómina … … … … … … .
1.122.800
03 Gastos de representación … … … … … …
181.200
08 Prima de navidad … … … … … … … … … .
219.184
09 Prima técnica … … … … … … … … … … ..
120.000
10 Prima de vacaciones … … … … … … … …
105.209
11 Prima semestral … … … … … … … … … …
101.000
14 Subsidio familiar … … … … … … … … … ..
50.000
B)
Gastos generales … … … … … … … … … ..
200.607
18 Viáticos y gastos de viaje … … … … … … .
100.000
21 Materiales y suministros … … … … … … …
100.607
Total Secretaría de Educación … … … … … .
3.100.000
Total Gastos de Funcionamiento
77.382.818
RESUMEN GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
A) Servicios personales… … … … … … … … … … …
51.516.397
B) Gastos generales… … … … … … … … … … … … .
8.414.496
C) Transferencias… … … … … … … … … … … … …
14.751.925
D) Servicio de la Deuda… … … … … … … … … … …
2.700.000
Total… … … … … … …… … … … … … … … … …
77.382.818
CAPITULO IV
Gastos de Inversión
Programa II
Administrativa
Unidad Ejecutora: Secretaría Administrativa… … …
150.000
INVERSIÓN DIRECTA … … … … … … .. … … … ..
150.000
Subprograma 201. Compra de certificados de certificados de aportación Coinco … … … .. … … …
150.000
Proy
1
Coinco … … … … … … … … … … … … .. …
150.000
Programa III
Obras Públicas.
Unidad Ejecutora: Secretaría de Obras Públicas …
10.635.200
INVERSIÓN DIRECTA … … … … … … .. … … … ..
9.000.000
Subprograma 339. Compra de combustible para generación de energía eléctrica … … … … .. … … ..
9.000.000
INVERSION INDIRECTA … .. … … … … … … … …
1.635.200
Subprograma 318. Fondo Especial Obras Públicas ..
1.635.200
Proy
1
Ejecución de obras públicas en los municipios y corregimientos previa aprobación de Dainco (artículo 35, inciso 2°, Decreto 1926 de 1975) …
1.635.200
Total Gastos de Inversión… … … … … … …
10.785.200
Total Presupuesto de Gastos … … … … … ..
88.168.018
RESUMEN PRESUPUESTO DE GASTOS
Funcionamiento
Inversión
Total
Consejo Comisarial … … … … … .. … … … …
1.215.267
1.215.267
Despacho Comisarial … … … … … .. … … … .
4.394.948
4.394.948
Secretaría Administrativa… … … … … .. … … .
34.744.716
150.000
34.894.716
Secretaria de Obras Públicas… … … … … .. …
33.927.887
10.635.200
44.563.087
Secretaría de Educación… … … … … .. … … .
3.100.000
3.100.000
Total… … … … … .. … … … … … … … .. … ..
‘77.382.818
10.785.200
88.163.018
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo tercero. El único ordenador de gastos en la Comisaría del Vichada, será el Comisario.
Artículo cuarto. Ningún giro podrá ser pagado, ni será válido sin la refrendación de la Auditoría Fiscal.
Artículo quinto. La partida autorizada para cada concepto incluido en el Presupuesto de Gastos deberá aplicarse exclusivamente al objeto determinado en el texto del respectivo artículo presupuestal sin exceder el monto señalado.
Artículo sexto. Ningún funcionario Agente de la Comisaría podrá obligarse a efectuar gastos o contraer compromisos no contemplados en el Presupuesto de Gastos respectivo, o en exceso del saldo disponible. Quienes actúen en contravención de esta norma serán personalmente responsables de las obligaciones contraídas, sin perjuicio de las sanciones administrativas y/o penales que les correspondan.
Artículo séptimo. La dependencia comisarial, que tenga dentro del Presupuesto apropiaciones para inversión, obligatoriamente dará prioridad a la continuación y terminación de las obras ya iniciadas, antes de emprender otras, de acuerdo con los planes y programas.
Artículo octavo. Prohíbese expresamente a la Administración la apertura de Cartas de Crédito, cuya finalidad sea efectuar pagos por anticipado o de cuyo texto se deduzca que el beneficiario puede utilizarla sin que se haya suministrado el bien de acuerdo con el contrato o solicitud de suministro, en relación con los cuales se abrió la Carta de Crédito.
Artículo noveno. Para mantener el equilibrio del Presupuesto y regular la expedición de giros a las disponibilidades efectivas de los recursos financieros, el Gobierno Comisarial, con participación del Secretario Administrativo, preparará durante los últimos cinco (5) días de cada mes, un programa de los recursos que espere recibir. Para ello tendrá en cuenta el comportamiento de las rentas e ingresos de los meses corridos en el ejercicio y la viabilidad de los recursos que espere recibir que se hubieren incluido en el Presupuesto. Simultáneamente preparará otro programa de las obligaciones propuestas por cada una de las dependencias administrativas de acuerdo con los cronogramas y demás avances de información de los planes en ejecución.
Finalmente, con base en lo anterior, se preparará un programa de las sumas que puedan girarse a cada dependencia administrativa, discriminada por el objeto del gasto.
Artículo décimo. La Administración Comisarial no podrá celebrar contratos, ni contraer obligaciones a cargo de la vigencia fiscal sin que se haya previamente constituido la respectiva reserva presupuestal, refrendada por la Auditoría Fiscal.
Articulo decimoprimero. El monto total de los acuerdos de ordenación de gastos, tanto de funcionamiento como de inversión , que deban cubrirse con el producto de las rentas ordinarias y los recursos del balance, no podrá exceder, durante los primeros seis (6) meses del ejercicio, de la mitad del Presupuesto de las referidas rentas y recursos para el respectivo ejercicio. Del mes de julio en adelante, el límite máximo de los acuerdos de ordenación de gastos globalmente considerados, será el promedio del recaudo de las rentas e ingresos durante los meses transcurridos del año.
Parágrafo. Las limitaciones establecidas en este artículo, no se aplicarán al servicio de intereses, amortizaciones y otros gastos de la deuda pública, así como para determinados gastos de inversión que por razones especiales sea necesario acordar por sumas superiores de lo determinado.
Artículo decimosegundo En los acuerdos de ordenación de gastos y antes de destinar partidas para erogaciones que puedan ser aplazadas, deberán incluirse en su orden: la duodécima parte de los sueldos y/o gastos fijos de administración en el mes respectivo, en cuanto legalmente no se haya disminuido el costo del correspondiente servicio; la cuota correspondiente al servicio de la deuda pública, las cuotas que correspondan al pago de contratos y pedidos que hayan sido objeto de certificados de reserva expedidos por la Auditoría; las participaciones a los municipios y corregimientos.
Artículo decimotercero. Ninguna obra se podrá iniciar sin que el contrato respectivo esté perfeccionado incluyendo pago de impuesto de timbre y derechos de publicación, certificado de reserva de fondos expedido por la Auditoría Fiscal, si su cuantía lo exigiere, y el cumplimiento de las demás disposiciones vigentes relacionados con el respectivo contrato.
Parágrafo. Queda prohibida toda comisión de servicios de carácter permanente y los empleados en comisión de estudios no tendrán derecho a devengar viáticos.
Artículo decimonoveno. Los Consejeros Comisariales ganarán viáticos iguales a los del Comisario cuando viajen en comisión oficial dentro o fuera del territorio comisarial; en todo caso, las comisiones serán ordenadas por el Comisario, mediante decreto previo,
Artículo vigésimo. El pago de viáticos y gastos de viaje de los empleados oficiales comisariales en comisión, sólo podrá efectuarse cuando exista decreto previo de la Comisaría, en el cual se ordene la comisión y se fije el término y objeto de la misma y el valor de los viáticos correspondientes, de acuerdo con la escala de viáticos. El empleado deberá estar ejerciendo el cargo y presentar constancia sobre el cumplimiento de la comisión.
Parágrafo. No habrá lugar a viáticos cuando el desplazamiento se cumpla dentro del mismo día, en tal caso sólo habrá lugar a reconocimiento de gastos de transporte.
Artículo vigesimoprimero. La remuneración de los empleados públicos se pagará por nómina conformé a lo determinado en la resolución de asignaciones civiles y la de los trabajadores oficiales por planilla. Esta clasificación se debe hacer al tenor del artículo 23 y siguiente del Decreto 1925 de 1975.
Los aumentos establecidos en el Acuerdo de Asignaciones Civiles, en ningún caso cobijarán a los trabajadores oficiales sindicalizados, los cuales se regirán por convenciones colectivas de trabado.
Parágrafo. En cumplimiento del Decreto Nacional número 2552 del 16 de septiembre de 1981, queda congelada la planta de personal de la Comisaría lo mismo que la vinculación de trabajadores oficiales que se pagan por planilla. La Auditoría ante la Comisaría velará por el estricto cumplimiento de este decreto.
Artículo vigesimosegundo. El pago de las vacaciones en dinero, sólo podrá hacerse en caso de retiro del empleado o cuando se trate de funcionarios de manejo o técnico cuyo retiro temporal trastorne la normal prestación del servicio.
Artículo vigesimotercero. Toda erogación con cargo al rubro “Gastos Especiales” que exceda a la suma de mil pesos ($ 1.000.00) moneda corriente, deberá ser autorizada mediante decreto motivado. Cuando esta erogación sobrepase la suma de diez mil pesos ($ 10.000.00) moneda corriente, deberá tener el visto bueno del Jefe del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías.
Artículo vigesimocuarto. De los auxilios autorizados en este Acuerdo no se girará su valor sino cuando su inversión pueda ser controlada directamente por el Comisario y visadas las cuentas respectivas por el Auditor Fiscal, cualquiera que sea su destinación.
Artículo vigesimoquinto. El Comisario a través de la Secretaría Administrativa deberá enviar mensualmente a la División de Presupuesto del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías, copia de la ejecución presupuestal de rentas y gastos del decreto de acuerdo mensual de ordenación de gastos en los primeros diez (10) días del mes siguiente.
Parágrafo. También deberán enviar a esta División copia de los decretos de traslados presupuestales internos. Los informes de que trata este artículo serán indispensables para tramitar los decretos que requieren aprobación del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías.
Artículo vigesimosexto. Las adquisiciones de elementos tanto de consumo como devolutivos que realice el Almacén General Comisarial, se efectuarán conforme a las disposiciones establecidas por la Contraloría General de la República y demás normas vigentes.
Parágrafo. Toda cuenta de cobro por un valor superior a veinte mil pesos ($ 20.000) moneda corriente, se acompañará del respectivo contrato escrito, debidamente estampillado con sujeción a las disposiciones legales vigentes.
Artículo vigesimoséptimo. El Comisario queda autorizado para celebrar los contratos que sean necesarios para la correcta ejecución del Presupuesto, todo conforme a las disposiciones legales.
igualmente para asociarse o contratar con otras entidades del orden nacional la construcción de obras públicas y la prestación de servicios que se hallen a cargo de la Comisaría. Las negociaciones sobre empréstitos públicos se tramitarán conforme a la Ley 14 de enero de 1981.
Artículo vigesimoctavo. Queda absolutamente prohibido dictar decretos de reconocimiento para legalizar obligaciones contraídas por fuera del Presupuesto o sobre el valor de las apropiaciones y girar relaciones de autorización sin situación de fondos con gel mismo objeto.
Articulo vigesimonoveno. Queda terminantemente prohibido el pago con cargo a recursos propios del Tesoro Comisarial de servicios personales y gastos generales de entidades distintas a las de la Comisaría salvo lo que se pacte en convenios especiales o sea dispuesto por la ley.
Artículo trigésimo. Las gestiones que deba cumplir el Agente Fiscal estarán coordinadas con el Jefe de la Sección de Gestión Delegada, la sede del Agente Fiscal será la ciudad de Bogotá.
Artículo trigesimoprimero. Los gastos de cada dependencia tendrán el siguiente orden de prioridad para su giro:
Primera:
— Servicios personales.
— Transferencias de ley, cuota patronal, Caja de Previsión Social, SENA, ESAP, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).
— Aporte a COINCO para programa gestión delegada (Agentes Fiscales).
— Auxilio Radio-Operador DAINCO.
— Servicio de la deuda.
Segunda:
— Gastos generales.
Tercera:
— Demás transferencias y gastos de inversión.
No podrán emitirse ni refrendarse giros, no hacerse pagos cuando se hicieren en contravención a lo dispuesto en el presente artículo.
Artículo trigesimosegundo. Prohíbese contracreditar las partidas correspondientes a la Caja de Previsión Social y al servicio de la deuda.
Articulo trigesimotercero. Este Acuerdo rige a partir del primero de enero de mil novecientos ochenta y dos (1982).
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Puerto Carreño, capital de la Comisaría Especial del Vichada, a los nueve días del mes de noviembre de 1981.
El Vicepresidente Consejo Comisarial,
(Fdo.) Gustavo Velásquez Daza.
La Secretaría Consejo,
(Fdo.) Kenny Tovar de Beltrán.
Sancionado.
Puerto Carreño, noviembre 23 de 1981.
El Comisario Especial del Vichada,
(Fdo.) Guillermo Enrique Britto G.
El Secretario Administrativo,
(Fdo.) Luis Enrique Rosales H.»
Artículo tercero. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 24 de febrero de 1982.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Eduardo Wiesner Durán.
El Jefe del Departamento,
Gustavo Svenson Cervera.