DECRETO 952 DE 1982

Decretos 1982

DECRETO 952  DE 1982    

(abril 19)    

     

por el  cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se abre un  crédito adicional en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1982 para  el Ministerio de Hacienda y Crédito Público par $ 1.795.341.056.91.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus  facultades legales, y    

     

CONSIDERANDO:    

     

Que el Gobierno Nacional, de conformidad con lo dispuesto  en el artículo 99 del   Decreto ley 294 de  1973, orgánico del manejo del Presupuesto, está facultado para abrir en  receso del Congreso, créditos adicionales en el Presupuesto Nacional, con la  aprobación del Consejo de Ministros y el concepto previo y favorable del  Consejo de Estado;    

     

Que el Gobierno Nacional dispone de recursos del Crédito  Externo para adicionar el Presupuesto Nacional con el fin de adelantar un  programa de salud, con base en el contrato de préstamo celebrado el 14 de enero  de 1982 entre el Kreditanstalt Für Wiederaufbau-KFW-y la República de Colombia;    

     

Que para amparar la apertura dei crédito adicional en el  Presupuesto de Gastos de la actual vigencia, en cumplimiento de lo dispuesto en  el artículo 101, numeral 2°, del   Decreto ley 294 de  1973, el Contralor General de la República, expidió el certificado de  disponibilidad número 1 de 1982, por valor de $ 1.795.341.056.91;    

     

Que con la apertura de este crédito adicional no se excede  del 25% del total da la Ley de Apropiaciones;    

     

Que el honorable Consejo de Ministros ha autorizado la  apertura del crédito propuesto y el honorable Consejo de Estado emitió concepto  previo y favorable sobre el mismo, y    

     

Que se han cumplido los requisitos legales necesarios para  la tramitación de esta operación presupuestal,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1° Adiciónase el Presupuesto de Rentas y Recursos  de Capital de la vigencia fiscal de 1982, en la cantidad de un mil setecientos  noventa y cinco millones trescientos cuarenta y un mil cincuenta y seis pesos  con 91/100 ($ 1.795.341.056.91) moneda corriente, que con base en el  certificado de disponibilidad número 1 de 1982, se incorpora así:    

     

Presupuesto  de Rentas y Recursos de Capital    

     

CAPITULO XIII    

     

Recursos  del Crédito    

     

b) Recursos del Crédito Externo    

        

Numeral 133. Equivalente en pesos del producto del contrato de    préstamo celebrado entre el KFW y la República de Colombia el 14 de enero de    1982 ..$                    

1.795.341.056.91   

Valor del recurso … … … … … … … … … … … … … .. … … … …    … … … .$                    

1.795.341.056.91      

     

Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el  artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional en el Presupuesto de  Gastos de la vigencia fiscal de 1982, así:    

     

Presupuesto  de Inversión    

     

CAPITULO 05    

Dirección  General de Crédito Público    

     

PROGRAMA 2304    

Infraestructura  Física de Salubridad    

     

Inversión indirecta    

     

Recurso: Crédito Externo KPW y la República de Colombia.    

        

41-332. Artículo 5684 A. Para entregar al Fondo Nacional    Hospitalario en calidad de Aporte con destino a la dotación de los siguientes    Hospitales: Erazmo Meoz de Cúcuta; San José de Popayán; Nuevo de Santa Marta;    Nuevo de Montería; Nuevo de Tunja; Rosario Pumarejo de Valledupar;    Universitario de Pereira; San Jorge de Pereira; Kennedy de Bogotá; Nuevo de    Duitama; Nuevo de Florencia; Nuevo de Ipiales; Nuevo de Pitalito;    Montecarmelo de C. Bolívar; Centro de Urgencias Pediátrico de Bogotá; Nuevo    de San Andrés; Nuevo de Purificación; Nuevo de San Juan Cesar; Nuevo de    Aguachica; Nuevo de Mocoa … … … … … … … … … … … … …$                    

1.795.341.056.91   

Valor del crédito adicional … … … … … … … … … … … … …    … … … … ..$                    

1.795;341.056.91      

     

Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecñ2  de su expedición.    

     

Comuníquese y publíquese.    

     

Dado en Bogotá, D E., a abril 1° de 1982.    

     

JULIO CESAR TURBAY AYALA    

     

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Eduardo  Wiesner Durán          

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