DECRETO 1308 DE 1989

Decretos 1989
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DECRETO 1308 DE 1989        

(junio  19)    

por  el cual se modifica el Decreto  reglamentario 606 de 1945 y se reglamenta el artículo 75 de la Ley 2ª de 1976.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de sus facultades constitucionales y en especial de las que le  confiere el numeral 3° del artículo 120 de la Constitución Política,    

DECRETA:    

Artículo 1° La Junta Asesora de Selección Artística  creada mediante Decreto 606 de 1945,  estará adscrita al Instituto Colombiano de Cultura y su función principal es  dictaminar sobre la calidad artística y cultural de los espectáculos públicos  que soliciten a Colcultura concepto favorable para gozar del beneficio de  exoneración del impuesto a espectáculos públicos establecido en los artículos 7°  y 3° de las Leyes 45 y 60 de 1944, respectivamente y artículo 75 de la Ley 2ª de 1976. Además  podrá asesorar al Instituto Colombiano de Cultura sobre aspectos artísticos  culturales, cada vez que éste le solicite.    

Artículo 2° La conformación de la Junta Asesora de  Selección Artística la determinará la Junta Directiva del Instituto Colombiano  de Cultura dándole representación en todo caso al Ministerio de Hacienda y  Crédito Público y a Coldeportes. Igualmente le definirá el marco de acción  dentro del cual ejercerá sus funciones.    

Artículo 3° La promoción, coordinación y selección  de la programación del Teatro Colón, estará a cargo del Instituto Colombiano de  Cultura (Colcultura).    

Artículo 4° El presente Decreto rige a partir de su  publicación, deroga el literal b) y parágrafo del artículo 2° y artículo 3° del  Decreto 606 de 1945  y demás normas que le sean contrarias.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. E., a 19 de junio de 1989.    

VIRGILIO  BARCO    

Ministro de Educación Nacional,    

MANUEL  FRANCISCO BECERRA BARNEY.

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