DECRETO 1520 DE 1988

Decretos 1988
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DECRETO 1520 DE 1988    

(julio 29)    

     

Por  el cual se aplaza la vigencia del articulo 1°  y 2° del decreto  número 1342 de fecha 8 de julio de 1988.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades  que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución  Política,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1°  Aplázase la vigencia de los artículos 1°  y 2° del Decreto  número 1342 de fecha 8 de julio de 1988, hasta el 15 de octubre de 1988.    

     

Artículo 2°  Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

     

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. E., a 29 de julio de 1988.    

     

VIRGILIO  BARCO    

     

El Ministro  de Relaciones Exteriores,    

JULIO  LONDOÑO PAREDES.    

     

El Ministro  de Hacienda y Crédito Público,    

LUIS  FERNANDO ALARCON MANTILLA.          

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