Asistente Jurídico Inteligente
Selecciona un texto en la página o analiza el artículo completo.
DECRETO 1778 DE 1984
(julio 17)
por el cual se deroga el Decreto 575 de 1974.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 575 de abril 5 de 1974 dispuso que al devolverle el pasaporte a un deportado, o expedirle uno nuevo, la autoridad expedidora anotará en las páginas de observaciones que la persona ha sido deportada del país y el motivo por el cual se produjo la deportación;
Que en la actualidad dicha disposición no se considera necesaria ni conveniente,
DECRETA:
Artículo 1° Derógase el Decreto 575 de 1974.
Artículo 2° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 17 de julio de 1984.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Augusto Ramírez Ocampo.