Consejo: selecciona texto para analizar solo ese fragmento. Si no seleccionas nada, se tomará el artículo completo.
DECRETO 183 DE 1988
(enero 28)
Por el cual se liberan los precios de admisión a las salas de exhibiciones Cinematográficas.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las atribuciones que le confiere el literal a) del articulo 2° del Decreto 129 de 1976,
DECRETA:
Articulo 1° Las tarifas de admisión a las salas de exhibiciones cinematográficas serán señaladas libremente por los exhibidores.
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.E., a 28 de enero de 1988.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Comunicaciones,
FERNANDO CEPEDA ULLOA.