DECRETO 2148 DE 1988

Decretos 1988
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DECRETO 2148 DE 1988    

(octubre 14)    

     

Por  el cual se amplia la destinación del saldo por utilizar del decreto  2168 de julio 9 de 1986 modificado por el decreto  número 1730 de septiembre 4 de 1987.    

     

El  Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en  especial de las que le confiere el artículo 225 del Decreto 222 de 1983,  y    

     

CONSIDERANDO:    

     

Que en  desarrollo del Decreto  número 2168 de julio 9 de 1986 por el cual se autorizo a los Ministros de  Hacienda y Crédito Público y de Defensa Nacional para gestionar empréstitos  externos hasta por la suma de diecisiete millones de dólares (US$17.000.000) de  los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas en determinadas  condiciones financieras, destinados a financiar la adquisición de cuatro (4)  aviones con los respectivos repuestos para SATENA, el Gobierno Nacional  contrató un crédito externo por la suma de ocho millones trescientos mil  dólares (US$8.300.000) de los Estados Unidos de América para la adquisición de  tres (3) aviones incluidos los respectivos repuestos, quedando un saldo por  contratar de ocho millones setecientos mil dólares (US$ 8.700.000) de los  Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas.    

Que para el  saldo antes mencionado se expidió el Decreto  número 1730 del 4 de septiembre de 1987, mediante el cual se ajustó la tasa  de interés autorizada por el Decreto  número 2168 del 9 de julio de 1986, disminuyéndola del diez por ciento  (10%) anual fijo al nueve un cuarto por ciento (9,1/4%) anual;    

Que teniendo  en cuenta que el Consejo Nacional de Política Económica y Social en sesión del  2 de septiembre de 1988, según consta en oficio CONPES-056 del 5 de septiembre  de 1988 aprobó la ampliación de la destinación del saldo por contratar del Decreto  número 2168 de julio 9 de 1986 modificado por el Decreto  número 1730 del 4 de septiembre de 1987 en el sentido de adicionar la  compra de una turbina y repuestos aplicables al equipo Fokker de SATENA, el  Gobierno Nacional considera necesario expedir la presente autorización;    

Que por Decreto  número 3141 de noviembre 4 de 1982 se designe Ministro ad hoc de Hacienda y  Crédito Público al Viceministro de Hacienda y Crédito Público para los casos en  que las normas legales hacen incompatible la actuación del Ministro titular,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1°  Con cargo al saldo por utilizar de ocho millones setecientos mil dólares  (US$8.700.000) de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras  monedas del Decreto  número 2168 del 9 de julio de 1986 modificado por el Decreto  número 1730 del 4 de septiembre de 1987 se podrán gestionar empréstitos  externos destinados a financiar la adquisición de un (1) avión y de una (1)  turbina para el equipo Fokker, incluyendo los respectivos repuestos para la  Empresa de Servicio Aéreo a Territorios Nacionales, SATENA.    

     

Artículo 2°  Los demás términos del Decreto  2168 de julio 9 de 1986 y su modificatorio número 1730 de septiembre 4 de  1987 que no sean contrarios a lo establecido en el presente Decreto continúan  vigentes.    

     

Artículo 3°  El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

     

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. E., a 14 de octubre de 1988.    

     

VIRGILIO  BARCO    

     

El Ministro  de Hacienda y Crédito Público ad hoc,    

ARTURO  FERRER CARRASCO.          

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