DECRETO 2361 DE 1988

Decretos 1988
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DECRETO 2361 DE 1988    

(noviembre  17)    

     

Por el cual se suprime un cargo, se eleva la categoría de un consulado  y se hace un nombramiento.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades  que le confieren los numerales 5, 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución  Política y en desarrollo de los Decretos 2016 de 1968 y 1745 de 1983,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1°  A partir del 31 de diciembre de 1988, suprímese en el Consulado de Colombia en  Munich, República Federal de Alemania, el cargo de un (1) Cónsul de Primera  Clase, Grado Ocupacional 3 EX, con una asignación básica mensual de dos mil  trescientos cuarenta y ocho dólares con 19/100 (US$ 2.348.19), actualmente  ocupado por el doctor José Joaquín Gori Cabrera.    

     

Artículo 2°  A partir del 31 de diciembre de 1988, elévase a la categoría de Consulado  General, el Consulado de Colombia en Munich, República Federal de Alemania.    

     

Artículo 3°  A partir del 31 de diciembre de 1988, créase en el Consulado General de  Colombia en Munich, República Federal de Alemania, el cargo de un (1) Cónsul  General, Grado Ocupacional 4 EX, con una asignación básica mensual de dos mil  setecientos ochenta y un dólar con 04/100 (US$ 2.781.04).    

     

Artículo 4°  A partir del 31 de diciembre de 1988, de conformidad con lo establecido en los  artículos 55 y 35 de los Decretos 2016 de 1968 y 1745 de 1983,  respectivamente, nómbrase en comisión al doctor José Joaquín Gori Cabrera,  Cónsul General, Grado Ocupacional 4 EX, en el Consulado General de Colombia en  Munich, República Federal de Alemania, cargo creado mediante el artículo 3°  del presente Decreto.    

     

El doctor  Gori Cabrera, es funcionario inscrito en el escalafón de la Carrera Diplomática  y Consular de la República, en la categoría de Ministro Consejero.    

     

Artículo 5°  Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto se pagarán  con cargo al Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.    

     

Artículo 6°  Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

     

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. E., a 17 de noviembre de 1988.    

     

VIRGILIO  BARCO    

     

El Ministro  de Relaciones Exteriores,    

JULIO  LONDOÑO PAREDES.    

     

El Ministro  de Hacienda y Crédito Público,    

LUIS  FERNANDO ALARCON MANTILLA.          

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