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DECRETO 714 DE 1986
(marzo 4)
Por el cual se modifica el Decreto reglamentario 1003 de 1983.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y de las que le confiere el artículo 40 del Decreto ley 1653 de 1977,
DECRETA:
Artículo 1° El artículo primero del Decreto 1003 de 1983, quedará así: el Instituto de Seguros Sociales suministrará cada seis (6) meses, en forma gradual, a sus funcionarios de Seguridad Social, tres (3) uniformes, si las funciones que cumplen corresponden a empleos del área asistencial, y dos (2), si desempeñan cargos del área administrativa, adecuados a la naturaleza y necesidades del servicio y a las condiciones climáticas del lugar de trabajo.
Artículo 2° El artículo 2° del Decreto 1003 de 1983 quedará así: los uniformes de que trata el artículo anterior serán entregados a los funcionarios de Seguridad Social en su sede de trabajo, a través de la dependencia del Instituto encargada del suministro de elementos, en los meses de febrero y agosto de cada año.
A los funcionarios que ingresen al Instituto con posterioridad a las fechas señaladas para la entrega de uniformes, se les entregará la dotación correspondiente al semestre, dentro de los quince (15) días inmediatamente siguientes a la fecha de posesión y siempre que el ingreso se produzca, por lo menos, dos (2) meses antes de la fecha de la siguiente entrega.
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 4 de marzo de 1986.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
JORGE CARRILLO ROJAS.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
ERICINA MENDOZA SALADÉN.