DECRETO 967 DE 1986

Decretos 1986
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DECRETO  967 DE 1986    

(marzo  21)    

     

Por el cual se interviene la actividad de las corporaciones de ahorro  y vivienda.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades  constitucionales, en especial de las que le confiere el numeral 14 del artículo  120 de la Constitución Política,    

     

DECRETA:    

     

Artículo  1° Las tasas de interés previstas en  los artículos 4º y 5° del Decreto 272 de 1986  para los Certificados de Ahorro de Valor Constante que expidan las  Corporaciones de Ahorro y Vivienda son tasas máximas. En consecuencia, las  Corporaciones de Ahorro y Vivienda podrán pactar, al expedir tales documentos,  tasas de interés inferiores a las señaladas en dichas disposiciones.    

     

Artículo  2° El presente Decreto rige a partir  de la fecha de su publicación.    

     

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

     

Dado  en Bogotá, D. E., a 21 de marzo de 1986.    

     

BELISARIO  BETANCUR    

     

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

HUGO  PALACIOS MEJÍA.          

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