DECRETO 809 DE 1993

Decretos 1993
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DECRETO 809 DE 1993    

(abril  30)    

POR EL CUAL SE CREA UN CIRCULO NOTARIAL EN EL  DEPARTAMENTO DEL VICHADA Y SE CREA UNA NOTARIA.    

Nota:  Modificado por el Decreto 1412 de 2014.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones  conferidas por el artículo 131 de la Constitución  Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que es preocupación del Gobierno Nacional propender por  la búsqueda de soluciones a las necesidades más sentidas de la población  colombiana;    

Que el Gobierno Nacional es consciente de la necesidad de  ofrecer cada día un mejor servicio a quien lo demande, y de brindar mayor  comodidad a los usuarios en todas aquellas regiones del territorio nacional;    

Que de conformidad con el numeral 10 del artículo 95 del Decreto 2158 de 1992 la Superintendencia de Notariado y Registro ha hecho un  análisis de las condiciones de desarrollo económico-social presente y futuro de  los municipios y regiones del país lo que le ha permitido recomendar al  Gobierno la creación de círculos de notariado y la determinación del número de  Notarios;    

Que en reiteradas oportunidades la Superintendencia de  Notariado y Registro ha recibido solicitudes provenientes de la ciudadanía, en  el sentido de atender la creación de una notaría para el Municipio de La  Primavera;    

Que en razón de que la región afronta problemas de orden  social, se requiere brindar una especial atención por parte del Gobierno  Nacional;    

Que la ampliación de la cobertura del servicio público de  notariado mediante la creación de círculos notariales y notarías, facilitará el  acceso del usuario al servicio y redundará en eficacia y eficiencia en la  prestación del mismo;    

Que la cobertura del actual servicio de notariado  equivale al 45.4% de los 1.022 municipios del país correspondiente a 465  círculos notariales con un total de 611 notarías;    

Que el inciso 3°  del artículo 131 de la Constitución  Política establece “corresponde al Gobierno la creación, supresión y  fusión de los círculos de notariado y registro y la determinación del número de  notarios y oficinas de registro”;    

Que por lo anteriormente expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°  Para la prestación del servicio público notarial créase el siguiente círculo  notarial cuya comprensión municipal y categoría será la que a continuación se  indica:    

CIRCULO NOTARIAL                    

COMPRENSION MUNICIPAL                    

CATEGORIA   

DEPARTAMENTO    DEL VICHADA   

LA PRIMAVERA                    

LA PRIMAVERA                    

3a    

Artículo 2°  Créase la notaría única en el círculo notarial de La Primavera, Vichada.    

Artículo 3°  El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santafé de Bogotá, D.  C., a 30 de abril de 1993.    

CESAR GAVIRIA TRUJILLO    

El Ministro de Justicia y del Derecho.    

ANDRES GONZALEZ DIAZ.    

               

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