DECRETO 930 DE 1996

Decretos 1996
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DECRETO 930  DE 1996    

(mayo  24)    

por la  cual se determinan una Unidad Especial de Desarrollo Fronterizo y una Zona de  Frontera, y se deroga el Decreto número  896 de 1996.    

El  Presidente de la República, en ejercicio de las facultades constitucionales y  legales, y en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 5º de la Ley 191 de 1995,    

DECRETA:    

Artículo 1º.  Para los efectos de la Ley 191 de 1995, se  determina como Unidad Especial de Desarrollo Fronterizo, el Municipio de  Agustín Codazzi, ubicado en el Departamento del Cesar, y como Zona de Frontera,  el Corregimiento de Cumaribo, ubicado en el Departamento del Vichada, además de  las establecidas en los Decretos 1814 y 2036 de 1995 y 150 de 1996.    

Artículo 2º.  El presente Decreto rige a partir de su publicación y deroga el Decreto número  896 de 1996.    

Publíquese y  cúmplase.    

Dado en  Santa Fe de Bogotá, D.C., a 24 de mayo de 1996.    

ERNESTO  SAMPER PIZANO    

El Ministro  de Hacienda y Crédito Público,    

José Antonio  Ocampo Gaviria.              

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