DECRETO 1828 DE 1998

Decretos 1998
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DECRETO 1828 DE 1998    

(septiembre 7)    

por  el cual se otorga el carácter de permanente a la Comisión  Interinstitucionalpara la Promoción y Protección de los Derechos Humanos de los  Trabajadores.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades  constitucionales y legales, en especial de las conferida por el artículo 1º del  Decreto ley 1050  de 1968, y    

CONSIDERANDO:    

Que  mediante Decreto  número 1413 del 27 de mayo de 1997 se creó la Comisión Interinstitucional  parar la Promoción y Protección de los Derechos Humanos de los Trabajadores;    

Que  mediante el Decreto  465 del 6 de marzo de 1998 se amplió el término para el funcionamiento de  la Comisión hasta el 30 de agosto de 1998;    

Que  con el fin de ejercer una labor continua de promoción y protección de los  derechos humanos en el sector laboral del país, se hace necesario darle  carácter permanente a la Comisión.    

DECRETA:    

Artículo  1º. Otorgar el carácter de permanente como organismo consultivo y coordinador  del Gobierno Nacional a la Comisión Interinstitucional para la Promoción y  Protección de los Derechos Humanos de los Trabajadores.    

Artículo  2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado  en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 7 de septiembre de 1998.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El  Ministro del Interior,    

Néstor Humberto Martínez Neira.    

El  Ministro de Justicia y del Derecho,    

Parmenio Cuéllar Bastidas.    

El  Ministro de Defensa Nacional,    

Rodrigo Lloreda Caicedo.    

El  Ministro de Trabajo y Seguridad Social,    

Hernando Yepes Arcila              

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