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DECRETO 2423 DE 2001
(noviembre 15)
por el cual se establece la planta de Personal de empleados públicos de la Justicia Penal Militar del Ministerio de Defensa Nacional.
Nota 1: Derogado por el Decreto 313 de 2021, artículo 4º.
Nota 2: Modificado por el Decreto 4484 de 2008, por el Decreto 4174 de 2007, por el Decreto 3406 de 2004 y por el Decreto 108 de 2004.
Nota 3: Ver Sentencia del Consejo de Estado del 13 de julio de 2006. Expediente: 0186-03 (2003-00063). Sección 2ª. Actor: Alba Raquel Medina Meza. Ponente: Jaime Moreno García. Ver Auto del Consejo de Estado del 10 de abril de 2003. Expediente: 0186-03 (2003-00063). Actor: Alba Raquel Medina Meza. Ponente: Nicolás Pájaro Peñaranda.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le otorga el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de la Justicia Penal Militar del Ministerio de Defensa Nacional presentó los estudios de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, para modificar su planta de personal;
Que la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó el certificado de viabilidad presupuestal mediante Oficio número 6527 del 24 de agosto de 2001;
Que mediante Oficio número 008736 del 12 de septiembre de 2001, el Departamento Administrativo de la Función Pública emitió concepto favorable para la presente planta,
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímense de la planta de Empleados Públicos del Ministerio de Defensa Nacional al servicio de la Justicia Penal Militar, contenida en los Decretos 1514 y 2763 de 2000, los siguientes cargos:
N° de Empleos Dependencia y denominación del cargo Código Grado
Juzgado de División, Fuerza Naval, Comando
Aéreo y Policía Nacional
1 (uno) Auditor de Guerra de División, Fuerza Naval,
Comando Aéreo y Policía Metropolitana
Juzgado de Brigada, Base Aérea, Grupo
Aéreo y Departamento de Policía
8 (ocho) Fiscal Penal Militar ante Juzgado de Brigada,
Base Aérea, Grupo Aéreo, Escuela de Formación
y Departamento de Policía
14 (catorce) Auditor de Guerra de Brigada, Base Aérea, Grupo
Aéreo y Departamento de Policía
Artículo 2º. La planta de Empleados Públicos del Ministerio de Defensa Nacional al servicio de la Justicia Penal Militar queda constituida de la siguiente forma:
PLANTA GLOBAL
Nº de Empleos Dependencia y denominación del cargo Código Grado
Dirección Operativa de la Justicia Penal Militar
1 (uno) Director Operativo 0100 14
1 (uno) Asesor 1020 06
1 (uno) Profesional Especializado 3010 18
1 (uno) Profesional Universitario 3020 12
Tribunal Superior Militar
15 (quince) Magistrado del Tribunal Superior Militar
3 (tres) Fiscal Penal Militar ante el Tribunal Superior
Militar
Nº de Empleos Dependencia y denominación del cargo Código Grado
1 (uno) Secretario del Tribunal Superior Militar
1 (uno) Oficial Mayor del Tribunal Superior Militar
4 (cuatro) Escribiente del Tribunal Superior Militar
19 (diecinueve) Auxiliar Judiciales del Tribunal Superior
Militar
Juzgado de Dirección o Inspección
6 (seis) Juez de Dirección o Inspección
8 (ocho) Fiscal de Dirección o Inspección
5 (cinco) Auditor de Guerra de Dirección o Inspección
Juzgado de División, Fuerza Naval, Comando
Aéreo y Policía Nacional
9 (nueve) Juez de División, Fuerza Naval, Comando Aéreo
y Policía Metropolitana
12 (doce) Fiscal Penal Militar ante Juzgado de División,
Fuerza Naval, Comando Aéreo y Policía Metro-
politana
16 (dieciséis) Auditor de Guerra de División, Fuerza Naval, Co-
mando Aéreo y Policía Metropolitana
Juzgado de Brigada, Base Aérea, Grupo Aéreo
y Departamento de Policía
29 (veintinueve) Juez de Brigada, Base Aérea, Grupo Aéreo,
Escuela de Formación y Departamento de Policía
34 (treinta y cuatro) Fiscal Penal Militar ante Juzgado de Brigada,
Base Aérea, Grupo Aéreo, Escuela de Formación
y Departamento de Policía
19 (diecinueve) Auditor de Guerra de Brigada, Base Aérea, Grupo
Aéreo y Departamento de Policía
Juzgado de Instrucción Penal Militar
156 (ciento
cincuenta y seis) Juez de Instrucción Penal Militar
Secretarios de Juzgado, Fiscalía y Auditoría
263 (doscientos Secretario
sesenta y tres)
Artículo 3º. El Ministro de Defensa Nacional, mediante resolución, distribuirá los cargos de la planta global y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio.
Parágrafo. La incorporación de los empleados a la planta establecida en el artículo 2° del presente decreto se efectuará dentro de los 60 días siguientes a la fecha de su publicación, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 1173 de 1999 y demás normas vigentes sobre la materia.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de su publicación y deroga los Decretos 1514 y 2763 de 2000, y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 15 de noviembre de 2001.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Manuel Santos.
El Ministro de Defensa Nacional,
Gustavo Bell Lemus.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Mauricio Zuluaga Ruiz.