DECRETO 890 DE 2002

Decretos 2002
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DECRETO 890 DE 2002    

(mayo 7)    

por  el cual se concede una autorización para aceptar una invitación, 

  una comisión de servicios en el exterior y se hace un encargo.    

El Presidente de  la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y en  especial las conferidas en el numeral 18 del artículo 189 de la Constitución Política,  el artículo 34 del Decreto 1950 de 1973,  Decreto 2197 de 1996,  y    

CONSIDERANDO:    

Que en el marco  de la Presidencia Española de la Unión Europea, el doctor Juan Carlos Aparicio  Pérez, Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales de España, invita el Ministerio  de Trabajo y Seguridad Social para que participe en la conferencia de Ministros  de Seguridad Social de Europa, Latinoamérica y el Caribe, a celebrarse durante  el periodo comprendido entre el 13 y el 15 de mayo de 2002, en la ciudad de Valencia- España;    

Que el  Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de España, cubrirá el desplazamiento y  estadía al Ministro de Trabajo y Seguridad Social de Colombia, por los días 13,  14 y 15 de mayo de 2002;    

Que dada la  trascendencia de este evento, es de vital importancia la participación activa  del doctor Angelino Garzón, Ministro de Trabajo y Seguridad Social de Colombia;    

Que se cuenta  con la correspondiente disponibilidad presupuestal para atender los gastos que  ocasione esta comisión, referidos a viáticos complementarios, con cargo a la  Caja Menor de Viáticos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social-Grupo  Administrativo, según certificación expedida por el funcionario responsable de  fecha 30 de abril de 2002,    

DECRETA:    

Artículo 1°.  Conferir comisión de servicios en el exterior al doctor Angelino Garzón  Ministro de Trabajo y Seguridad Social, por el término de cinco (5) días y  medio (1/2) día, comprendidos entre el 11 y el 16 de mayo de 2002, incluidos  los días de desplazamiento, para que participe en la Conferencia de Ministros  de Seguridad Social de Europa, Latinoamérica y el Caribe, a celebrarse durante  el periodo comprendido entre el 13 y el 15 de mayo de 2002, en la ciudad de  Valencia-España.    

Artículo 2°.  Autorizar el doctor Angelino Garzón, Ministro de Trabajo y Seguridad Social,  para aceptar por parte del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de España,  los gastos de desplazamiento y estadía por el período comprendido entre el 13 y  el 15 de mayo de 2002.    

Artículo 3°. El  Ministerio de Trabajo y Seguridad Social suministrará al doctor Angelino  Garzón, Ministro de Trabajo y Seguridad Social, durante su participación en la  Conferencia de Ministros de Seguridad Social de Europa, Latinoamérica y el  Caribe, viáticos complementarios para desplazamientos terrestres y gastos  menores, a razón de ciento noventa dólares (US$190) diarios, durante cinco (5)  días y de noventa y cinco dólares (US$95) por el último día, con cargo a la  Caja Menor de Viáticos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social-Grupo  Administrativo, según certificación expedida por el funcionario responsable de  fecha abril 30 de 2002.    

Artículo 4°.  Encargar al doctor Alvaro Patiño Pulido, Viceministro de Trabajo y Seguridad  Social, de las funciones del Despacho del Ministro de Trabajo y Seguridad  Social, durante la ausencia de su titular, doctor Angelino Garzón.    

Artículo 5°. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Bogotá, D. C., a  7 de mayo de 2002.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

               

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