DECRETO 4407 DE 2004

Decretos 2004
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DECRETO 4407 DE 2004    

(diciembre 30)    

por el cual se reglamenta parcialmente  la Ley 49 de 1990 y la Ley 3ª de 1991    

El Presidente de la República  de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales que le  confieren el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y  en desarrollo de las Leyes 49 de 1990, 3ª de 1991, y 812 de  2003,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Adiciónase con el  siguiente parágrafo transitorio el artículo 61 del Decreto 975 de 2004:    

“Parágrafo Transitorio:  Los dineros destinados por las Cajas de Compensación Familiar al Fondo de  Subsidio de Vivienda de Interés Social, FOVIS, durante la vigencia de 2004, se  asignarán a los postulantes de la primera prioridad hasta el 31 de marzo del  año 2005″. Una vez cumplido el plazo establecido, se dará curso a atender  la segunda y tercera prioridad señaladas en el artículo 68 de la Ley 49 de 1990”.    

Artículo 2°. Vigencia y  modificaciones. El presente decreto rige a partir de la fecha y adiciona  transitoriamente el artículo 61 del Decreto 0975 de 2004.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 30 de  diciembre de 2004.    

ÁLVARO  URIBE VÉLEZ.    

El Ministro de Hacienda y  Crédito Público,    

Alberto Carrasquilla Barrera.    

El Ministro de la Protección  Social,    

Diego Palacio Betancourt.    

La Ministra de Ambiente,  Vivienda y Desarrollo Territorial,    

Sandra Suárez Pérez.    

               

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