DECRETO 1300 DE 2005

Decretos 2005
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DECRETO 1300 DE 2005    

(abril 27)    

por el cual  se modifica la tarifa de retención en la fuente a título del impuesto sobre la  renta aplicable a los pagos o abonos en cuenta que se realicen a las empresas  de servicios temporales de empleo a que se refiere el inciso primero del  artículo 2° del Decreto 1626 de 2001.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de  sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el  numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y  los artículos 365 y 392 del Estatuto Tributario,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Modifícase el inciso primero del artículo 2°  del Decreto 1626 de 2001,  el cual queda así:    

“La tarifa de retención en la fuente a título del  impuesto sobre la renta aplicable por las personas jurídicas, las sociedades de  hecho y las demás entidades o personas naturales que tengan la calidad de  agentes retenedores, sobre los pagos o abonos en cuenta que se realicen a las  empresas de servicios temporales de empleo, es del uno por ciento (1%) del  valor total del respectivo pago o abono en cuenta.”    

Nota, artículo 1º: Ver artículo 1.2.4.4.10. del Decreto 1625 de 2016,  Decreto Único Reglamentario en Materia Tributaria.    

Artículo 2º. Vigencia.  El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga  las normas que le sean contrarias.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 27 de abril de 2005.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Alberto Carrasquilla Barrera.    

               

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