DECRETO 4755 DE 2005

Decretos 2005
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DECRETO 4755 DE 2005    

(diciembre 30)    

por el cual se modifica el literal d) del artículo 2° del Decreto 2757 de 2000.    

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus  facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el  numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política de  Colombia,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Modifícase el literal d) del artículo 2° del Decreto 2757 de 2000,  el cual quedará así:    

d) Los recursos del numeral 11, a más tardar el último día  hábil de los dos meses siguientes a aquel en que se produzca el recaudo, con  base en la certificación que para el efecto expida la Dirección de Impuestos y  Aduanas Nacionales, DIAN.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha  de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 30 de diciembre de 2005.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Alberto Carrasquilla Barrera.    

               

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