DECRETO 656 DE 1980
(MARZO 14 DE 1980)
Por el cual se dictan normas sobre prima técnica.
*Nota de vigencia*
Derogado por el artículo 5° del Decreto 37 de 1989, publicado en el Diario Oficial No. 38640 de 3 enero de 1989: “Por el cual se dictan normas sobre Prima Técnica.”
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,
En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley 48 de 1979,
DECRETA
Artículo 1. *Derogado por el Decreto 37 de 1989* Para los efectos previstos en el artículo 53 del Decreto 1042 de 1978, el título de especialización de post-grado allí previsto podrá suplirse con cinco años de ejercicio profesional en actividad independiente o subordinada y cinco años de profesorado en universidad legalmente aprobada, siempre que la materia o materias objeto del ejercicio y de la docencia tengan relación directa con las funciones del cargo de que se trate.
*Nota de vigencia*
Derogado por el artículo 5 del Decreto 37 de 1989, publicado en el Diario Oficial No. 38640 de 3 enero de 1989: “Por el cual se dictan normas sobre Prima Técnica.”
Artículo 2. *Derogado por el Decreto 37 de 1989* Para todos los efectos serán compatibles la prima técnica y los gastos de representación, pero la remuneración total no podrá exceder la de su superior inmediato.
En todo caso la remuneración asignada a un empleado, comprendiendo todos los conceptos, no podrá exceder la que por razón de sueldo y gastos de representación corresponda a los Ministros y Jefes de Departamento Administrativo.
*Nota de vigencia*
Derogado por el artículo 5 del Decreto 37 de 1989, publicado en el Diario Oficial No. 38640 de 3 enero de 1989: “Por el cual se dictan normas sobre Prima Técnica.”
Artículo 3. *Derogado por el Decreto 37 de 1989* Este Decreto rige desde su expedición.
*Nota de vigencia*
Derogado por el artículo 5 del Decreto 37 de 1989, publicado en el Diario Oficial No. 38640 de 3 enero de 1989: “Por el cual se dictan normas sobre Prima Técnica.”
Publíquese y Cúmplase
Dado en Bogotá, a 14 de marzo de 1980
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
Jaime García Parra
El Jefe de Departamento Administrativo del Servicio Civil
Laura Ochoa de Ardila