LEY 2591 DE 2026

Leyes 2026

Asistente Jurídico Inteligente

Selecciona un texto en la página o analiza el artículo completo.

ⓘ Puedes seleccionar un fragmento de texto o analizar el artículo completo.

LEY 2591 DE 2026

(julio 6)

D.O. 53.548, julio 9 de 2026

por medio de la cual se aprueba el “Tratado constitutivo de la comunidad de policías de América (Ameripol), suscrito en Brasilia, el 9 de noviembre de 2023 y su “Anexo relativo a los privilegios e inmunidades para el funcionamiento de su sede permanente en Bogotá – Colombia”.

El Congreso de Colombia

Visto el texto del “Tratado constitutivo de la comunidad de policías de América (Ameripol), suscrito en Brasilia, el 9 de noviembre de 2023 y su “Anexo relativo a los privilegios e inmunidades para el funcionamiento de su sede permanente en Bogotá – Colombia”.

Se adjunta copia fiel y completa de la copia certificada en español del texto del tratado y su anexo, certificados por el Coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Tratados de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, documentos que reposan en el Archivo del Grupo Interno de Trabajo de Tratados de este Ministerio y que consta en once (11) folios.

El presente proyecto de ley consta de veintitrés (23) folios. PROYECTO DE LEY NÚMERO 360 DE 2024 por medio de la cual se aprueba el “Tratado constitutivo de la comunidad de policías de América (Ameripol), suscrito en Brasilia, el 9 de noviembre de 2023 y su “Anexo relativo a los privilegios e inmunidades para el funcionamiento de su sede permanente en Bogotá – Colombia”.

El Congreso de Colombia

Visto el texto del “Tratado constitutivo de la comunidad de policías de América (Ameripol), suscrito en Brasilia, el 9 de noviembre de 2023 y su “Anexo relativo a los privilegios e inmunidades para el funcionamiento de su sede permanente en Bogotá – Colombia”.

Se adjunta copia fiel y completa de la copia certificada en español del texto del Tratado y su anexo, certificados por el Coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Tratados de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, documentos que reposan en el Archivo del Grupo Interno de Trabajo de Tratados de este Ministerio y que consta en once (11) folios.

El presente proyecto de ley consta de veintitrés (23) folios.

Anexo

RAMA EJECUTIVA DEL PODER PÚBLICO – PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Bogotá, D. C., a 16 de diciembre de 2024.

Autorizado. Sométase a la consideración del Honorable Congreso de la República para los efectos constitucionales.

(Fdo.) GUSTAVO PETRO URREGO

La Secretaria General encargada de las funciones del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores,

(Fdo.) Paola Andrea Vásquez Restrepo.

DECRETA:

Artículo Primero. Apruébese el “Tratado Constitutivo de la Comunidad de Policías de América”, suscrito en Brasilia, Brasil, el 9 de noviembre de 2023 y su “Anexo relativo a los privilegios e inmunidades para el funcionamiento de su sede permanente en Bogotá – Colombia”.

Artículo Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley 7ª de 1944, el “Tratado Constitutivo de la Comunidad de Policías de América” suscrito en Brasilia, Brasil, el 9 de noviembre de 2023 y su “Anexo relativo a los privilegios e inmunidades para el funcionamiento de su sede permanente en Bogotá – Colombia”, que por el artículo primero de esta ley se aprueba, obligarán a la República de Colombia a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.

Artículo Tercero. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.

El Presidente del Honorable Senado de la República,

Lidio Arturo García Turbay.

El Secretario General del Honorable Senado de la República,

Diego Alejandro González González.

El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes,

Julián David López Tenorio.

El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes,

Jaime Luis Lacouture Peñaloza.

REPÚBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL

Publíquese y cúmplase.

Ejecútese, previa revisión de la Corte Constitucional, conforme al artículo 241-10 de la Constitución Política.

Dada, a los 6 de julio de 2026.

GUSTAVO PETRO URREGO

La Ministra de Relaciones Exteriores,

Rosa Yolanda Villavicencio Mapy.

El Ministro de Defensa Nacional,

Pedro Arnulfo Sánchez Suárez

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *