SILENCIO POSITIVO

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SILENCIO POSITIVO – Establecido

SILENCIO POSITIVO – Establecido como cláusula en contrato de seguro de responsabilidad de servidores públicos que genera la aceptación tácita de la reclamación por parte de la aseguradora ante la ausencia de respuesta dentro de los quince días siguientes a la solicitud. Ausencia de mérito de la interpretación de la cláusula como reducción de los términos para decidir por parte de la aseguradora. SC130-2018

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