VIOLACIÓN DE LA LEY SUSTANCIAL

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VIOLACIÓN DE LA LEY SUSTANCIAL –

VIOLACIÓN DE LA LEY SUSTANCIAL – Deber del recurrente de explicar y justificar la forma en que el sentenciador transgredió las normas de derecho sustancial, no es procedente enumerarlas. Le corresponde al censor a través de los medios de convicción acreditar la equivocación del sentenciador. Reiteración en sentencia de 15 de julio de 2008 y 20 de marzo de 2013. Cuando se plantean errores de hecho debe el censor indicar con claridad en que consiste y cuáles son las pruebas sobre las que recae; de igual forma, acreditar el yerro y enseñar su trascendencia en el sentido de la sentencia. Ausencia de los requisitos formales para combatir el descuido en que pudo incurrir el Tribunal. Debe existir una relación entre el fallo y el ataque que se invoca. AC2753-2018

VIOLACIÓN DE LA LEY SUSTANCIAL – Deber del recurrente de explicar y justificar la forma en que se transgredieron las normas de derecho sustancial, no es procedente enumerarlas. Reiteración en auto de 11 de noviembre de 2016. Cuando se plantean errores de hecho debe el censor indicar con claridad en que consiste y cuáles son las pruebas sobre las que recae; de igual forma, acreditar el yerro y enseñar su trascendencia en el sentido de la sentencia. Ausencia de los requisitos formales para combatir la pifia en que pudo incurrir el Tribunal. Debe existir una relación entre el fallo y el ataque que se invoca. Reiteración en auto de 22 de septiembre de 2014. AC2339-2018

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